Segunda parte Flashcards

(26 cards)

1
Q

De las Sociedades en Nombre Colectivo

A

ARTÍCULO 33.- Sociedad en nombre colectivo es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden de modo subsidiario pero ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales.

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2
Q

Cómo funciona el principio de la separación patrimonial de las Sociedades en Nombre Colectivo

A

Principio de separación patrimonial imperfecta

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3
Q

Cómo se conforma la razón social de la SNC?

A

Se formará con el nombre y apellido o sólo el apellido de uno o más socios, con el aditamento “y Compañía” u otra expresión equivalente que indique la existencia de más socios, si los hubiere.

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4
Q

Se puede trasmitir el derecho en la sociedad?

A

no podrán ceder su derecho en la sociedad sin el consentimiento expreso de los demás.

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5
Q

Características de la SNC

A
  • Separación y responsabilidad patrimonial imperfecta
  • si hay quiebra se puede y se deben tomar las medidas necesarias para involucrar el patrimonio de los socios
  • Los socios tienen una responsabilidad solidaria con la empresa, sujeta al principio de excusión, se liquida primero el patrimonio de la empresa y después de los interesados.
  • Trabajan bajo una denominación, por su condición jurídica & compañía indicando el tipo de sociedad
  • Preeminencia del elemento persona
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6
Q

Causales de disolución de la sociedad de nombre colectivo

A

a) Terminación del plazo o cumplimiento de la condición prefijada al efecto;
b) Consumación del negocio para que fue constituida
c) Declaratoria firme de quiebra
d) Muerte de uno de los socios. Podrá convenirse, sin embargo, que este hecho no ponga fin a la sociedad, y que ésta continúe con los socios restantes o con los herederos.
e) Fusión con otra sociedad
f) Prematuramente, por el consentimiento unánime de los socios. (Anticipadamente. Lo que contractualmente unió a las personas, contractualmente las puede separar.)

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7
Q

En la sociedad de comandita simple

Cómo funciona el elemento personal

A

Hay socios administradores y socios capitalistas

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8
Q

En la sociedad de comandita simple

Cómo son las normas de retiro

A

reglas para socios administradores y excepcionalmente reglas sucesorias por actos inter vivos para los socios capitalistas

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9
Q

En la sociedad de comandita simple

Autonomía patrimonial

A

Excusión para socios administradores, separación patrimonial para socios capitalistas.

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10
Q

En la sociedad de comandita simple

Representación/administración

A

Socios administradores, no sobre los socios capitalistas.

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11
Q

En la sociedad de comandita simple

Causales de disolución/liquidación

A

Elemento personal

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12
Q

En la sociedad de nombre colectivo

Cómo funciona el elemento personal

A

Socios administradores

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13
Q

En la sociedad de nombre colectivo

normas de retiro

A

sucesión/inter vivos

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14
Q

En la sociedad de nombre colectivo

Autonomía patrimonial

A

Excusión, autonomía imperfecta

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15
Q

En la sociedad de nombre colectivo

Representación/administración

A

Se le entrega por lo general a solo dos socios, socios escogidos

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16
Q

En la sociedad de nombre colectivo

Causales de disolución/liquidación

A

Elemento personal

17
Q

En las SCS

Qué son los socios comanditarios

A

1) Aportan capital,
2) No participan en la gestión social,
3) No asumen responsabilidad frente a terceros acreedores sociales, y
4) Tienen limitada su responsabilidad al aporte comprometido.

18
Q

En la CSC

Qué son Los socios comanditados

A

1) Ponen su trabajo y, en Costa Rica, pueden aportar capital, según art. 68 C.com.
2) Participan en la gestión y la dirección de la sociedad,
3) Asumen una responsabilidad ilimitada, y
4) Responden con su patrimonio personal -aunque sea en vía subsidiaria- por las obligaciones sociales.

19
Q

La SCS se trata de

A

un connubio entre capital (aportado por los socios comanditarios) y trabajo aportado por los socios comanditados y que ponen en riesgo sus propios bienes.

20
Q

Los socios comanditarios, solo están obligados por

A
  1. su aporte
  2. Solo corren el riesgo de perder el capital aportado
  3. Están excluidos de los poderes de administración.

4.

21
Q

Los socios comanditados, están obligados a

A
  1. ) Están obligados, frente a la sociedad, a la ejecución de los aportes
  2. Son personal y solidariamente responsables frente a terceros por las obligaciones sociales (art. 60 C.com.).
    3) Participan en la administración social (art. 57-58 C.com.)
    4) Están sujetos a la prohibición de concurrencia establecida para los socios de la sociedad colectiva (Art. 64 C.com.).
22
Q

La presencia de ambos tipos de socios es requerida “ab initio” y debe subsistir durante la vida de la sociedad, nuestra legislación contiene sanciones en caso de que falte alguna categoría?

A

No. A lo sumo podría preverse la transformación de hecho que se dirá o bien la disolución por la causal del art. 201.b

23
Q

Qué pasa si se muere el administrador de una SCS

A

a falta de acuerdo en el Pacto Social-, un socio comanditario a falta de socios comanditados puede desempeñar interinamente, por el plazo de un mes contado a partir de la muerte del administrador,

24
Q

Administración y rereesentación en la SCS

A

La regla es que solamente los comanditados pueden ser nombrados administradores (V. arts. 57 y 58 C.com.), a los cuales nuestro código denomina “gerentes” o “subgerentes” que tienen la representación legal de la sociedad.

Los socios comanditarios tienen prohibición de participar en la administración social y si lo hacen responden ante terceros

25
Cómo responden a las obligaciones los socios comanditarios?
responden de las obligaciones sociales solo en el límite de la cuota conferida
26
Qué pueden hacer los socios comanditarios?
1) Pueden prestar su trabajo bajo la dirección de los administradores (V. art. 72, inc. d C.com.). 2) Pueden ser nombrados apoderados (arts. 65 y 72, inc. f C.com.) pero se sobreentiende que actuarán bajo las directivas de los socios comanditados administradores. 3) Pueden asistir a las juntas de socios con voto consultivo 4) Puede examinar, inspeccionar y vigilar la contabilidad y los actos administrativos 5) Celebrar con la sociedad, contratos por cuenta propia o ajena 6) Vigilar a la sociedad, conforme el pacto constitutivo y la ley