1. Comparative Law (General Notions) Flashcards

1
Q

Explain the 4 steps of the method of comparison

A
  1. Identify the problem, state it as precisely as possible
  2. Identify the home jurisdiction and foreign jurisdiction
  3. Identify the parent legal system
  4. Where is the solution contained? Code? Statute?
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
2
Q

What does Judge Koops say about comparative law

A

That it can help us solve the many problems we all share as societies, because they are very similar

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
3
Q

¿A qué nos enfrentamos hoy?

A
  • Contrato Social de nacional a supranacional
  • Es un acuerdo realizado en el interior de un grupo por sus miembros: Estado y ciudadanos; en relación con los derechos y deberes estatales y de sus ciudadanos.
  • El populismo que dinamita la integración y conduce a ula polarización
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
4
Q

Explain the birth of Comparative Law

A

IN 1900, AT THE INTERNAYIONAL CONGRESS OF COMPARATIVE LAW HELD IN PARIS

  • First used in the 19th century when it became clear that the comparison of legal institutions deserved a systematic approach, in order to increae understandig of foreign cultures to further legal progress
  • Experts from every part of Europe delivered papers and discussed the nature, aims and general interest of comparative law.
  • Particular emphasis was laid on its role in the preparation of a “common law for the civilized world”, the contents of which would be laid down by international legislation.
  • The stress however, was on comparative legislation and codification because (with the exception of one English jurist) the congress had attracted only jurists form continental European countries
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
5
Q

¿Qué es el Derecho Comparado?

A
  1. Es una actividad intelectual en que el Derecho es el objeto y la comparación es el proceso
  2. Es un análisis que enriquece la oferta de soluciones
  3. Es el instrumento que permite comprender y mejorar el sistema jurídico de un Estado determinado.
  4. Es una pare del desarrollo tecnológico que ha reducido las dimensiones del mundo.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
6
Q

Explain the functions of Comparative Law

A
  1. As an academic discipline: You will be more critical to about the rules you are studying (ej. Diputados)
  2. As a tool of construction: In matters that are not covered by a code provision or statute (exercise one)
  3. As a means of understanding legal rules: Drafting of transnational contracts
  4. As a contribution to the systematic unification and harmonisation of law: European Court of Justice
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
7
Q

Explain the two types of comparison

A
  1. MICROCOMPARISON
    - It demands no particular preparation
    - The specialist in one national system is usually qualified to study those of various other countries of the same general family.
    - His chief needs access to bibliographical material
  2. MACROCOMPARISON:
    - The situation differs greatly in consideration of macrocomparison.
    - Here no comparison is possible without previously identifying and throughly mastering the fundamentals of the law systems as they differ from place to place
    - The jurist must forget his training and begin to reason according to new criteria
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
8
Q

Explica las estrategias d convergencia

A

Son estrategias que se utilizan para alcanzar un derecho uniforme.
El concepto nace en 1978, con los autores Merryman and Clark.

a) Programas para la Unificación – HCCH.
Por ejemplo: La Conferencia de la Haya, su función fundamental es armonizar el derecho. Primera fuente por excelencia del derecho comparado.
- Tienen 40 convenios.
- Son más de 100 países miembros.
- Analizan diferentes jurisdicciones y crean un borrador que se somete a la aprobación, se manda a los diferentes países para ver si están de acuerdo y si lo están lo ratifican (con que lo ratifiquen 2 el convenio ya funciona).

b) Trasplantes legales.
Transferencia de una disposición legal de una jurisdicción a otra. Puede ser voluntaria (adopción de un Código) o impuesta (colonización). –Watson 1974

Transferencia proceso imposible, las reglas no se pueden separar de su contexto político y cultural. –Legrand 1996

La transferencia lo hace nuevo, no se transfiere una ley sino la institución, el concepto legal y estructura. –Watson 2000

c) Convergencia natural.
Se allega a la armonización de los pueblos, por naturaleza. En busca de responder las necesidades de los pueblos.
Los sistemas legales tienden a parecerse porque las sociedades tienden a parecerse:
-Comercio internacional (INCOTERMS, que son patrones generales internacionales.)
-Organizaciones internacionales (WTO)
-Preocupaciones globales (calentamiento global)
-Programas de estudio globales (Erasmus mundus)

INCOTERMS:
• Ex Works.- “La malquerida” (Una hacienda en específico, necesito especificar donde).- La responsabilidad del vendedor es nula y todo lo hace el comprador.
• FOB.-

Dependiendo del caso en específico, sabrás cual de los anteriores utilizar.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
9
Q

Explain how are legal systems classified (what do I need to look for)

A
  1. The system´s historical background and development.
  2. Its predominant and characteristics mode of thought (características y manera de pensar).
  3. Its particularly distinctive institutions.
  4. Its sources of law and the way it handles these (fuentes y la manera en que se relacionan).
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
10
Q

Explica los orígenes del Common y el Civil Law:

A

Civil law

  • orígenes: corpus iuris civilis, compilación solicitada por Justiniano en el siglo VI d.C.
  • Origina en el Código Austriaco de 1786, y el Código de Napoleón de 1804.

Common law

  • orígenes: Inglaterra Edad Media.
  • Organización feudal alrededor de la Corte del Rey: la curia regis.
  • Jueces enviados a impartir justicia a nombre del rey, esta organización creó un Derecho Unitario: common.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
11
Q

Principales características del Civil Law

A
  1. Derecho continental, es el sistema jurídico derivado de aquel aplicado en Europa continental, cuyas raíces se encuentran en el Derecho Romano Germano y Canónico.
  2. Utilizado en gran parte de los territorios europeos y en aquellos colonizados por estos a lo largo de la historia.
  3. En los sistemas del Derecho Civil, los códigos y leyes regulan todas las posibles eventualidades y los jueces tienen un rol limitado en la aplicación del Derecho al caso.
  4. Francia, Alemania, Italia, Argentina, Bolivia, Chile, Ecuador, Colombia, España, Paraguay, Uruguay, Costa Rica.
  5. Universidades (s.XI en Italia) son la principal fuente de difusión.
    - Son gremios estudiantiles y de profesores, que se unifican y nace la universidad.
  6. Va de la ley al caso concreto.
  7. Existe certeza jurídica al saber que tenemos disposiciones jurídicas, pero desde la perspectiva anglosajona lo pueden considerar reducido.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
12
Q

Principales características del Common Law

A
  1. El Common Law es el “Derecho consuetudinario” vigente en la mayoría de los países de tradición anglosajona. El sistema jurídico creado en Inglaterra tras la conquista de Normanda. (1066).
  2. Se aplica el Common Law en Inglaterra, Gales, Irlanda, Escocia y gran parte de las antiguas colonias del Reino Unido, incluyendo EEUU, Australia, Nueva Zelanda, India, Sudáfrica y Hong Kong.
  3. En los sistemas del common law, la jurisprudencia o precedente judicial, se considera como la más importante fuente del Derecho, lo que dota a los jueces de un rol muy activo en el desarrollo normativo.
How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly
13
Q

Principal diferencia entre Civil y Common Law

A

Diferencia: en civil law el caso concreto debe hacer click con la norma, porque los jueces no tienen la facultad de ir creando la ley en base al caso concreto, en el common law los jueces tienen más flexibilidad resuelven en caso concreto y van creando precedentes.

How well did you know this?
1
Not at all
2
3
4
5
Perfectly