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CONCEPTO DE PERICIA MÉDICO LEGAL
Actuaciones médicas las cuales se asesora a la administración de la justicia, sobre algún punto de naturaleza biológica o médica.
INDICIO
Toda señal, huella, signo o marca u análogo hallado en la escena del crimen y que necesariamente requiere de un análisis, estudio mental y/o instrumental.
EVIDENCIA
Todo aquello que es perceptible y observable y que no se puede dudar racionalmente de ello.
PRUEBA
Es un argumento demostrativo para comprobar la existencia o no del hecho que se presume.
Es decir….
El INDICIO es un indicador de que ocurrió un hecho y la EVIDENCIA un INDICIO confrontado científicamente para aseverar algo sobre ese hecho, la PRUEBA es un argumento demostrativo para comprobar la existencia o no del hecho que se presume.
CONTENIDO DEL INFORME PERICIAL
- El informe de los peritos oficiales.
- El informe pericial no puede contener juicios respecto a la responsabilidad o no responsabilidad penal del imputado en relación con el hecho delictuoso materia del proceso.
INFORME DE LOS PERITOS OFICIALES CONTENDRÁ
A. Nombre, apellido, domicilio y DNI, registro o colegiatura.
B. La descripción de la situación o estado de hechos, sea persona o cosa, sobre los que se hizo el peritaje.
C. Exposición detallada de lo que se ha comprobado en relación al encargo.
D. La motivación o fundamentación del examen técnivo.
E. Indicación de los criterios científicos o técnicos, médicos y reglas de los que se sirvieron para hacer el examen.
F. Las conclusiones.
G. La fecha, sello y firma.
PERICIA MÉDICO LEGAL
Documento científico, técnico o práctico –> surge –> Evalución médico legal –> sobre –> Personas, hechos o cosas –> para asesorar –> Administradores de justicia.
PERICIA MÉDICO LEGAL
- Dictamen pericial.
- Experticias.
- Informe pericial.
PERITO
Es la persona competente en determinada ciencia, técnica o arte que asesora al juez o fiscal, sobre un punto debatido y que requiere establecimiento técnico científico.
PERITAJE
Es el examen y estudio que realiza el perito sobre el problema encomendado, para luego entregar su informe o dictamen pericial con sujeción a lo dispuesto por la ley.
CLASES DE EXÁMENES PERICIALES
- Antropología forense.
- Biología forense.
- Físico- químico.
- Odontología forense.
- Dactiloscopía.
- Grafotecnia.
- Inspección técnico criminalistica.
- Balistica Forense.
- Fotografía- video.
- P. contables.
- P. psiquiátrica y psicológica.
- P. tanatología.
- P. toxicológicas.
CLASES DE PERITOS
A. Según la fuente proponente.
B. Según el campo pericial.
C. Según el fuero.
SEGÚN LA FUENTE PROPONENTE
- Perito oficial.
- Perito de parte.
- Perito de oficio.
- Perito dirimente.
SEGÚN EL CAMPO PERICIAL
- Peritos generales.
- Peritos especializados.
SEGÚN EL FUERO
- Penal
- Civil
- Laboral.
- Administrativo.
MARCO NORMATIVO DE LA PERITACIÓN MÉDICA
Ámbito penal–> código procesal penal–> Art. 173-177.
Ámbito civil –> código procesal final –> Art. 262/ 271.
MARCO NORMATIVO DE LA PERITACIÓN MÉDICA
«Art. N° 172 - 173 CP PENAL»
El fiscal o juez de Investigación preparatoria puede disponer de oficina, la realización de un peritaje siempre que la explicación y mejor comprensión de un hecho, requiera conocimiento especializado de naturaleza científica, técnica, artística de experiencia calificada.
MARCO NORMATIVO DE LA PERITACIÓN MÉDICA
«Art. N° 262 CP CIVIL»
La pericia procede cuando de la apreciación de los hechos contravertidos requiere de conocimientos especiales científicos, técnicos, artísticos u otro análogo.
PERFIL DEL PERITO MÉDICO LEGAL
Ténico científico:
- Conocimientos médicos y jurídicos (Idoneidad,
Objetividad y Prudencia).
Ético:
- Objetividad, Imparcialidad, Independencia,
honestidad.
NÚMERO DE PERITOS
«ART 173 CPP»
Los peritos son 1 o 2 (considerable complejidad del asunto o concurso de diferentes especialidades)
PUEDE SER UN SOLO PERITO EN:
- CIrcunstancias que no admitan dilación para conocer la opinión especializada.
- Hecho de poca importancia.
- Tema muy circunscrito y son contados quines lo dominan.
CUALIDADES DEL PERITO MÉDICO LEGAL
- Conocimiento de la medicina general e idealmente de la medicina legal, acreditada formación y experiencia.
- Absoluto respeto a los principios deontológicos y ética médica y juridica en la aplicación de la ciencia forense.
- Oratoria forense, manejo teórico.
- Objetivo.
- Imparcial.
- Manejo adecuado de la ética.
- Capacidad de convencimiento.
- Ecuanimidad.
- Rigurosidad científica en su labor.
- Idoneidad.
- Actuar con celebridad: oportunidad.
OBLIGACIONES DE LOS PERITOS
- Los peritos deben practicar juntos la diligencia.
- Los peritos efectuaran todas las operaciones necesarias para la prueba pericial.
- El peritaje pueden ser presenciadas por el fiscal y perito de parte.
MISIÓN DEL PERITO
- Investigar y defender la verdad.
- Actuar con independencia, imparcialidad y veracidad.
- Informar con terminología científica, sencilla comprensible.
- Cultivar virtudes del equilibrio, minuciosidad, autocrítica y prudencia.