Comisión Flashcards
Comisión 37 -41 CGP
Es un encargo que le hace un juez (de igual o mayor jerarquía) a otro juez (del mismo rango o inferior) para el desarrollo de actos procesales
principios que se ven en la comisión
- Inmediación: excepción: se le puede delegar a otras autoridades administrativas cuando se le autorice expresamente art 6 CGP.
- Celeridad.
- Colaboración.
- Competencia (no se puede delegar a un juez superior sino a uno del mismo rango o un juez inferior).
Actos que se pueden comisionar
a. Práctica de pruebas: testimonio, interrogatorio, exhibición de documentos
- Siempre hay que tener en cuenta que esto es una EXCEPCIÓN al principio de inmediación. Antes de la comisión el código dice que si se puede hacer por medios digitales o de manera presencial antes de recurrir a la comisión por otro juez (art 171 CGP)
b. Práctica de algunas diligencias
inspección judicial en la practica de pruebas
Inspección judicial (está prohibido del juez lo comisione cuando está dentro de su jurisdicción. Ejemplo: Si el juez de Cali puede inspeccionar unos documentos en Bogotá lo puede hacer porque no está dentro de su jurisdicción). Esta aparte que tiene que ser de la cede del juez sino también fuera de su jurisdicción. Si se tiene que desplazar fuera de jurisdicción está permitida, si es dentro de su jurisdicción está PROHIBIDA.
b. Práctica de algunas diligencias
entrega de bienes, secuestro de bienes, notificaciones.
El juez de conocimiento, da el encargo/comisión y el comisionado es un juez de igual o menor jerarquía y es que va a desarrollar la diligencia a nombre del juez comitente.
Requisitos del encargo.
1. Que el acto procesal no esté prohibido
2. Competencia funcional y territorial del comisionado
3. El objeto de la comisión debe ser detallado
4. Para pruebas: señalamiento de un plazo.
proceso para la practica de algunas diligencias
El comitente del proceso va a expedir un auto, después de este auto, el secretario va a elaborar el despacho comisorio para encargar la práctica de pruebas o desarrollo de diligencia a un comisionado, luego se le envía al comisionado y este revisa el auto y mira los requisitos para ver si se declara competente o no.