Noticia Criminal Flashcards
Que es la Noticia criminal
los HJR y en general cualquier información que pueda ser significativa para que el Estado a través de la FGN pueda ejercer formal y materialmente la acción penal.
Por regla general y de manera preferente quien ejerce la accion penal
La fiscalia. Excepcionalmente los particulares en virtud del AL 06 de 2011
Denuncia
Es la regla general. Tiene un papel residual en la ley, todo lo que se quiera tramitar vía NC, es decir todo lo que no sea querellable y de petición especial.
que delitos se son querellables
infracciones menores. taxativos en el art. 74 CPP
Caractersiticas de los delitos querellables
Desistibles, conciliables y transigibles.
Requisitos de la querella
1.Formular querella
2. Únicamente puede promover la acción penal quien tenga un interés directo o indirecto
3.La caducidad de la querella es 6 meses
4. Haber agotado conciliación preprocesal
5. Desistimiento de la querella hasta antes de instalación de juicio oral
Petición especial del ministerio público
Una potestad que por mandato de ley le asiste al PROCURADOR bajo los supuestos del art. 75. La petición especial NO es la regla general, es una excepción.
¿La NC se pueden ampliar?
Si. Por una vez cuando después de formulada la NC con el paso del tiempo surgieran nuevos HJR,
De oficio
Frente a ciertos delitos el estado no necesita que nadie le pida formalmente que inicie una investigación penal.
El estado tiene la potestad de abrir una investigación penal.
Unico requisito es que no sean delitos querellables.
Cuales son los posibles escenarios de la conciliación en la querella
- Querellante no asiste a la conciliación pre procesal se entiende automáticamente desistida tácitamente. Archivo
- Si no comparece el querellado lo que pasa es que, el fiscal protocolizó un acta de no acuerdo
- Van ambos, llegan a un acuerdo de justicia restaurativa y se da cumplimiento a las prestaciones de ese acuerdo. fiscal archiva el proceso
- Ambas partes asisten pero no llegan a un acuerdo, el fiscal deja cumplido ese requisito previo y arranca formalmente con la investigación
Desistimiento de la querella
Hasta antes de la instalación del juicio oral se puede desistir de la actuación en cualquier momento. Debe ser libre consciente y voluntario.El desistimiento no es revocable.
- se produce en la indagación preliminar, o en la sub etapa de investigación → el que debe verificar es la FGN
- Si se concreta con posterioridad al EdA pero ANTES de la instalación del juicio oral → la autoridad competente para hacer esa verificación el el JdC
Quien verifica el desistimiento de la querella
1.Si se produce en la indagación preliminar, o en la sub etapa de investigación → el que debe verificar es la FGN
2.Si se concreta con posterioridad al EdA pero ANTES de la instalación del juicio oral → JdC