ARTICULO 27: Derecho a la educación, libertad de enseñanza y autonomía universitaria Flashcards
¿Tienen todos los ciudadanos derecho a la educación?
Sí, y ésta tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
¿Es obligatoria la educación?
Sí, en sus niveles básicos (6-16 años)
¿Es gratuita la educación?
Sí, en sus niveles básicos (6-16 años) en centros públicos o sustentadnos con fondos públicos.
¿Tienen los padres derecho a que sus hijos reciban educación religiosa o moral de acuerdo con sus propias convicciones?
Sí, se reconoce este derecho a los padres, y los poderes públicos deben facilitarlo.
¿Existe la libertad de enseñanza?
La libertad de enseñanza supone la posibilidad en los centros privados de dotarse del ideario que decidan.
En los centros públicos se refiere a una cierta autonomía en los niveles superiores a la hora de que los profesores puedan determinar el contenido y el método de la enseñanza, pero siempre respetando la necesaria neutralidad de la enseñanza pública, renunciando a cualquier forma de adoctrinamiento ideológico.
¿Qué deben garantizar los poderes públicos para el ejercicio del derecho a la educación?
- Participación efectiva de todos los sectores afectados. Profesores, padres, alumnos y Administración participarán en el control y gestión de los centros públicos.
- Creación de centros docentes.
- Inspección y homologación de los centros docente para garantizar el cumplimiento de las leyes.
- Ayuda a los centros docentes que reúnan los requisitos que establecen las leyes.
¿Se puede crear libremente un centro docente privado?
Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.
Sólo podrán hacerlo personas con nacionalidad española y no pueden prestar ningún servicio a la Administración educativa estatal, autonómica ni local.
¿Se les dota de autonomía a las Universidades?
Las universidades podrán gestionarse de forma autónoma en el desarrollo de la docencia, la investigación y el estudio.