3er Parcial Flashcards
(31 cards)
Clasificación de los actos jurídicos
- Por el número de voluntades
- Por la finalidad de las prestaciones
- Si subsiste o no
- Provechos o gravámenes
- Por naturaleza
- Al momento
- Regulado o no por ley
Por el número de voluntades que intervienen…
A. Unilateral
B. Bilateral
C. Plurilateral
Por la finalidad de las prestaciones…
A. Onerosos: buscan beneficio patrimonial recíproco. I.e. Compra-venta
B. Gratuitos: no pretenden reciprocidad de prestaciones. I.e. Donaciones
Si el acto subsiste o no por sí mismo…
- Principal: subsiste por sí
* Accesorio: sigue lo principal
Según se conozcan o no los provechos o gravámenes…
- Conmutativo: se pueden prever pérdidas o ganancias
2. Aleatorio: acontecimiento futuro e incierto
Por la naturaleza del objeto…
A. Dar
B. Hacer
C. No hacer
Atendiendo al momento en que sus efectos se produzcan…
A. Por acto entre vivos
B. Por causa de muerte
Si está regulado o no por la ley…
A. Nominados o típicos: la ley señala en qué consiste y efectos
B. Innominados o atípicos: franquicia o concesión
¿Qué son las modalidades de los actos jurídicos?
Hechos que pueden afectar al acto en cuanto a la exigibilidad de la obligación, el nacimiento o extinción de la misma.
Pueden ser:
- Plazo o término
- Condición
- Modo o carga
Plazo o término
— Realización cierta
- Suspensivo: cuando de su realización depende de la exigibilidad de la obligación; cuando empieza.
- Resolutorio: plazo que da por terminada la duración del acto jurídico y extingue sus efectos; cuando termina.
Condición
— Realización incierta
- Suspensiva: cuando de su realización depende del nacimiento de la obligación
- Resolutoria: la obligación nace y es exigible como acto puro y simple, al cumplirse la condición la obligación se extingue
Modo o carga
Exclusivo para actos gratuitos; no afecta el nacimiento ni extinción ni exigibilidad de la obligación.
Se puede cumplir o no.
Derechos de la persona
Aquellos que les son necesarios al ser humano para lograr sus fines, le corresponden por el hecho de ser persona. Derechos específicos propios del derecho civil.
Artículo 28 CCJ
- La vida
- Integridad física y psíquica
- Afectos, sentimientos, creencias
- Honor y fama
- Oficio y ocupación
- Nombre, pseudónimo
- Imagen, presencia física
- Secreto epistolar, testamentario
Diferencias entre derechos personales y fundamentales
A. De acuerdo al bien jurídico protegido
B. Por el orden legal que los protege
C. Por el medio de defensa
D. Por la persona ante quien se hacen valer
Los … los conocemos en términos absolutos y en el contexto internacional.
Derechos humanos
Los … están contemplados en la constitución desde 2011.
Derechos fundamentales
Los … se nos tienen que respetar social y personalmente, contexto en el que nos ubicamos.
Derechos personales
A. De acuerdo al bien jurídico que protegen
- Fundamentales: protegen derechos humanos
2. Personalidad: núcleo íntimo de derechos de la persona, integrante de un contexto social
B. Por el orden que los protege
- Fundamentales: constitución
2. Personalidad: CC del estado
C. Por medio de defensa
- Fundamentales: se restablecen — juicio de amparo
2. Personalidad: juicios de responsabilidad civil y daño moral ante jueces locales
D. Por la persona ante quien se hacen valer
- Fundamentales: frente al Estado y autoridades
2. Personalidad: frente particulares
Características de los derechos de la personalidad — Art. 26 CCJ
- esenciales
- personalísimos
- originarios
- innatos
- sin contenido patrimonial
- absolutos
- inalienables
- imprescriptibles
- irrenunciables
¿Qué son los atributos de la persona?
Cualidades que nos atribuye el legislador a cada uno de nosotros, características propias de la persona que generan por sí derechos y obligaciones.