Discapacidad - Procedimiento valoración Flashcards

Procedimiento de la valoración de la discapacidad. Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía. Objeto. Calificación en grados. Valoración. Baremos de factores sociales complementarios. Baremo para la determinación de dificultades de movilidad.

1
Q

¿Qué norma regula el procedimiento de reconocimiento de la discapacidad?

A

Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.

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2
Q

¿Cuál es el objetivo del procedimiento de valoración de la discapacidad?

A

Garantizar una valoración uniforme en el Estado que garantice la igualdad en el acceso a derechos, beneficios y servicios.

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3
Q

¿Qué regula el Real Decreto 1971/1999?

A

El procedimiento para el reconocimiento del grado de discapacidad, los baremos y los órganos competentes para realizarlo.

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4
Q

¿Cómo se califican las situaciones de discapacidad?

A

En grados, según el alcance y en base a criterios técnicos unificados (fijados mediante baremos). Podrán incluir factores sociales complementarios (mín. 25% discapacidad).

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5
Q

¿Cuándo se aplica el baremo de factores sociales complementarios?

A

Hasta un máximo de 15 puntos, requiriendo una valoración mínima de discapacidad del 25%.

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6
Q

¿Cómo se determina la necesidad de una tercera persona en la valoración de la discapacidad?

A

Mediante el aplicación del baremo de Valoración de la Dependencia, acreditándose con el reconocimiento de cualquier grado.

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7
Q

¿Cómo se determinan las dificultades de movilidad en el valoración de la discapacidad?

A

Aplicando un baremo específico, acreditándose si cumple con los criterios A,B o C o si obtiene un mínimo de 7 puntos en las limitaciones.

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8
Q

¿Quiénes componen la Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Discapacidad?

A

1) Representantes del Ministerio de Sanidad, SS.SS e Igualdad.
2) Órganos autonómicos competentes.
3) Representante de la asociación más representativa en discapacidad.

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9
Q

¿Cuál es el objetivo de la Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Discapacidad?

A

Garantizar la uniformidad de criterios.

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10
Q

¿Quién garantiza la uniformidad de criterios en la Valoración de la Discapacidad?

A

La Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Discapacidad.

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11
Q

¿Qué es la minusvalía?

A

La desventaja social en un individuo afectado por una deficiencia o discapacidad. Surge en la relación de la persona con el medio, en los obstáculos culturales, materiales o sociales que impiden una integración adecuada en la sociedad.

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12
Q

¿Cómo se aplican los factores sociales complementarios en la valoración de la discapacidad?

A

Tras el estudio de la situación, se otorga un valor absoluto dentro del margen establecido y según el criterio profesional. No son la suma de las situaciones descritas, ni la puntuación total es la suma de las puntuaciones de los factores.

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13
Q

¿Cuáles son los factores sociales complementarios en la valoración de la discapacidad?

A

1) Factor familiar.
2) Factor económico.
3) Factor laboral.
4) Factor cultural.
5) Factor entorno.

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14
Q

¿Qué situaciones se incluyen en el factor familiar para la valoración de los factores sociales complementarios de la discapacidad?

A

1) Problemas graves en miembros de la familia (minusvalía o enfermedad grave en tutores-hijos-convivientes; otros).
2) Ausencia de miembros responsables de la familia (por muerte; abandono; otros).
3) Relaciones intrafamiliares que dificultan la integración de la discapacidad (sobreprotección; abandono encubierto; explotación; otros).
4) Otras situaciones no contempladas (exclusión; bajo nivel cultural; falta de habilidades sociales; otros).

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15
Q

¿Cómo se ponderan las situaciones del factor familiar para la valoración de los factores sociales complementarios de la discapacidad?

A

Hasta un máximo de 3 puntos en cada una de las situaciones/categorías, con un máximo total de 5 puntos.

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16
Q

¿Cómo se calcula el factor económico para la valoración de los factores sociales complementarios de la discapacidad?

A

[Ingresos familiares - Gastos (de vivienda + extraodinarios prolongados)] / nº miembros.

17
Q

¿Qué gastos se computan en el cálculo del factor económico para la valoración de los factores sociales complementarios de la discapacidad?

A

1) Gastos de vivienda: alquiler, amortización de primera vivienda, desahucio, eliminación de barreras.
2) Gastos extraordinarios prolongados: educativos (medidas de apoyo, gastos por carencia de recursos educativos en la zona, etc.); sanitarios (medidas rehabilitadoras y recuperadoras, tratamientos farmacológicos, etc.); otros.

18
Q

¿Cómo se puntúa el factor económico para la valoración de los factores sociales complementarios de la discapacidad?

A

0 puntos: renta per capita > SMI.
Hasta 1 punto: 99% SMI > renta/pax > 50% SMI (familias < 5 pax).
Hasta 2 puntos: 99% SMI > renta/pax > 50% SMI (familias > 5 pax).
Hasta 3 puntos: renta/pax < 49% SMI (familias < 5 pax).
Hasta 4 puntos (máx.): renta/pax < 49% SMI (familias > 5 pax).

19
Q

¿Cómo se calcula el factor laboral para la valoración de los factores sociales complementarios de la discapacidad?

A

Según los tramos de edad en función del desempleo, añadiendo 0,5 puntos si > a 3 años:
17-25: 0,5 puntos (no puntúa el >3 años).
26-40: 1 punto.
41-50: 2 puntos (1,5 puntos en subempleo).
51-65: 2,5 puntos (2 puntos en subempleo).
*también se considerarán las situaciones de subempleo/precariedad, contabilizándose igual, salvo 2 últimos tramos.

20
Q

¿Qué situaciones no se valorarán en el cómputo del factor laboral para la valoración de los factores sociales complementarios de la discapacidad?

A

1) Discapacidad incompatible con cualquier actividad laboral.
2) Jubilación.
3) Minoría de edad.
Los coletivos (amas de casa, adicciones, religiosos, etc.), serán considerados población general.

21
Q

En el caso de invalidez, ¿cuándo se valorará el factor laboral para la valoración de los factores sociales complementarios de la discapacidad?

A

Cuando exista una demanda explícita.

22
Q

Definición de subempleo/precariedad:

Valoración de los factores sociales complementarios de la discapacidad

A

Trabajo desempeñado por debajo de la capacidad en condiciones laborales precarias.

23
Q

¿Cuál es la máxima valoración del factor familiar para la valoración de los factores sociales complementarios de la discapacidad?

A

5 puntos.

24
Q

¿Cuál es la máxima valoración del factor económico para la valoración de los factores sociales complementarios de la discapacidad?

A

4 puntos: renta per capita < 49% SMI en familias > 5 miembros.

25
Q

¿Cuál es la máxima valoración del factor laboral para la valoración de los factores sociales complementarios de la discapacidad?

A

3 puntos: edad 51-65 años con > 3 años de desempleo.

26
Q

¿Cuál es la máxima valoración del factor cultural para la valoración de los factores sociales complementarios de la discapacidad?

A

4 puntos: no escolarizada/analfabeta o situación cultural deprimida (escolarización parcial/neolector + inadecuada/sin FP ocupacional).

27
Q

¿Cuál es la máxima valoración del factor entorno para la valoración de los factores sociales complementarios de la discapacidad?

A

4 puntos.

28
Q

¿Qué situaciones se incluyen en el factor entorno para la valoración de los factores sociales complementarios de la discapacidad?

A

1) Carencia o dificultad de acceso a recursos necesarios para el proceso de inclusión.
2) Dificultades en la vivienda o barreras arquitectónicas o carencia de transporte adaptado.
3) Problemas de rechazo/exclusión social.

29
Q

¿Cómo se ponderan las situaciones del factor entorno para la valoración de los factores sociales complementarios de la discapacidad?

A

Hasta un máximo de 3 puntos en cada una de las situaciones/categorías, con un máximo total de 4 puntos.

30
Q

¿Qué situaciones suponen el reconocimiento automático de la existencia de dificultades de movilidad en la valoración de la discapacidad?

A

A) Confinado en silla de ruedas.
B) Dependencia absoluta de 2 bastones para deambular.
C) Deambulación con conductas agresivas/difícil control. Graves deficiencias intelectuales que dificultan el uso del transporte.

31
Q

¿Qué limitaciones se tienen en consideración para la determinación de dificultades de movilidad en la valoración de la discapacidad?

A

1) Deambula en terreno llano.
2) Deambula con obstáculos.
3) Subir/bajar un tramo de escaleras.
4) Sobrepasar escalón 40cm.
5) Sostenerse en pie sobre una plataforma de medio de transporte.
(además de las situaciones de valoración automática).

32
Q

¿Cómo se ponderan las limitaciones para la determinación de dificultades de movilidad en la valoración de la discapacidad?

A

0 puntos: sin dificultad.
1 punto: limitación leve.
2 puntos: limitación grave.
3 puntos: limitación muy grave; no puede.

33
Q

¿Cómo se establece la existencia de la dificultad de movilidad en la valoración de la discapacidad?

A

Si se da alguna de las situaciones que lo determina automáticamente o su se obtiene un mínimo de 7 puntos en las limitaciones.

34
Q

¿Cuáles son las situaciones contempladas en el factor cultural para la valoración de los factores sociales complementarios de la discapacidad?

A

1) El currículum escolar.

2) Haber cursado FP: reglada u ocupacional.

35
Q

¿Cuáles son las situaciones contempladas en el factor cultural para la valoración de los factores sociales complementarios de la discapacidad?

A

1) No escolarización/analfabetismo (4 puntos).
2) Situación cultural deprimida: no acceden, o parcialmente, a los sistemas educativos) (4 puntos).
3) Situación cultural inferior: enseñanzas elementales acordes a la edad sin certificado por no rendimiento/conocimientos apropiados (3 puntos).
4) Situación cultural primaria: sin compensar el post-escolaridad, cursaron EP (2-3 puntos dependiendo de si título EP).
5) Situación cultural ordinaria: Certificado enseñanza básica o equivalente (1 punto).

36
Q

¿En qué casos un profesional diferente valora el nivel cultural de los factores sociales complementarios de la discapacidad?

A

Traumatismo craneoencefálico, deterioro orgánico, etc.