Armas Prohibidas VS Prohibidas (salvo funcionarios) Flashcards
(32 cards)
Las armas de fuego que sean resultado de una fabricación ilícita o de modificar sustancialmente las características de fabricación u origen de otras armas, sin la reglamentaria autorización.
Prohibidas
Las armas largas que contengan dispositivos especiales, en su culata o mecanismos, para alojar pistolas u otras armas.
Prohibidas
Las pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín
Prohibidas
Las armas de fuego para alojar o alojadas en el interior de bastones u otros objetos.
Prohibidas
Las armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto
Prohibidas
Los bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda.
Prohibidas
Las armas de fuego, de aire u otro gas comprimido, reales o simuladas, combinadas con armas blancas.
Prohibidas
Las defensas de alambre o plomo
Prohibidas
Las armas de fuego cortas semiautomáticas de percusión central cuya capacidad de carga sea superior a veintiún cartuchos, incluido el alojado en la recámara.
Prohibidas (salvo para funcionarios)
Las armas de fuego largas semiautomáticas de percusión central cuya capacidad de carga sea superior a once cartuchos, incluido el alojado en la recámara.
Prohibidas (salvo para funcionarios)
Las armas de fuego largas de cañones recortados.
Prohibidas (salvo para funcionarios)
Las armas de fuego automáticas que hayan sido transformadas en armas de fuego semiautomáticas.
Prohibidas (salvo para funcionarios)
Los cargadores aptos para su montaje en armas de fuego de percusión central semiautomáticas o de repetición, que en el caso de armas cortas puedan contener más de 20 cartuchos, o en el de armas largas más de 10 cartuchos, salvo los que se conserven por museos, organismos con finalidad cultural, histórica o artística en materia de armas o coleccionistas, con los requisitos y condiciones determinados en el artículo 107.
Prohibidas (salvo para funcionarios)
Las armas de fuego largas que puedan reducirse a una longitud de menos de 60 cm sin perder funcionalidad por medio de una culata plegable, telescópica o eliminable.
Prohibidas (salvo para funcionarios)
Las armas de fuego que hayan sido transformadas para disparar cartuchos de fogueo, productos irritantes, otras sustancias activas o cartuchos pirotécnicos, o para disparar salvas o señales acústicas. Se exceptúan aquellas armas autorizadas para su uso en recreaciones históricas, filmaciones, artes escénicas o espectáculos públicos, con los requisitos y condiciones determinados en los artículos 107 bis y 149.3.
Prohibidas (salvo para funcionarios)
Las armas de alarma y señales que no vayan a emplearse para actividades deportivas, adiestramiento canino profesional, espectáculos públicos, actividades recreativas, filmaciones cinematográficas y artes escénicas, así como para fines de coleccionismo.
Prohibidas (salvo para funcionarios)
Los “sprays” de defensa personal y todas aquellas armas que despidan gases o aerosoles, así como cualquier dispositivo que comprenda mecanismos capaces de proyectar sustancias estupefacientes, tóxicas o corrosivas.
Prohibidas (salvo para funcionarios)
Defensas Eléctricas
Prohibidas (salvo para funcionarios)
Defensas de Goma
Prohibidas (salvo para funcionarios)
Tonfas o similares
Prohibidas (salvo para funcionarios)
Silenciadores adaptables a armas de fuego
Prohibidas (salvo para funcionarios)
Las municiones con balas perforantes, explosivas o incendiarias, así como los proyectiles correspondientes.
Prohibidas (salvo para funcionarios)
Las municiones para pistolas y revólveres con proyectiles ‘‘dum-dum’’ o de punta hueca, así como los propios proyectiles.
Prohibidas (salvo para funcionarios)
Rompecabezas
Prohibidas