Capitulo II. Cuartos de residuos.Ambito y normas de aplicación del CTE. Recogida y evacuacion de residuos en almacen de contenedores. Flashcards

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Q

Artículo 22 Introducción

A

El CTE recoge la obligatoriedad de establecer en los edificios de viviendas de nueva construcción, una reserva de espacio destinada a almacén de contenedores de residuos. Esta se dedicará a almacén de contenedores en las zonas en q el ayto establezca la recogida puerta a puerta. El presente documento regula el ámbito y aplicabilidad de la recogida puerta a puerta en el municipio de cordoba y sus características.

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Q

Artículo 23 Aplicabilidad

A

Este capítulo se aplica a los edificios de viviendas de nueva construcción en lo referente a la recogida de los residuos ordinario generados en ellos ( tenga o no locales destinados a otros usos).
Cada edificio debe disponer como mínimo de un almacén de contenedores para las fracciones de residuos q tengan recogida puerta a puerta ,y ,para las q tengan recogida centralizada con contenedores de calle disponer de un espacio de reserva en el q se pueda construir un almacén de contenedores cuando alguna de estas fracciones pase a tener recogida puerta a puerta.
En caso de viviendas aisladas o agrupadas horizontalmente, el almacén y el espacio de reserva puede disponerse de tal forma q sirva a varias viviendas.
Los grandes productores radicados en polígonos industriales, deberán adaptarse a lo establecido en el correspondiente apdo.( apdo. 4 del art.24).
Cuando la aplicación de lo dispuesto en este capítulo no sea urbanística,técnica o económicamente viable,sea incompatible con la naturaleza de la intervención ,se podrá aplicar aquellas soluciones q permitan mayor grado posible de adecuación efectiva . La posible inviabilidad o incompatibilidad se justificarán en el proyecto o memoria y bajo responsabilidad y criterio del proyectista o técnico competente q subscriba la memoria.

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Q

Artículo 24 Ámbito

A

Todo el término municipal de Cordoba ,con el alcance y particularidades q se recogen en este documento.
1 Zonas donde se implante la recogida Neumatica de residuos.
Se considerarán las zonas de aplicación de recogida neumatica como de recogida puerta a puerta para las fracciones q no sean evacuadas x sistema neumático y se puedan recoger en contenedores normalizados de 1000 litros de capacidad.
2 Polígonos industriales
La recogida se establece en modalidad de puerta a puerta.
Cada empresa debe disponer de un cuarto de residuos con capacidad para albergar los residuos correspondientes a su producción semanal y sus características serán las del apdo. 4 de este artículo.
Los residuos específicos q no puedan ser recogidos x los servicios municipales se depositarán en contenedores o espacios adecuados , siempre en espacio privado.
3 Casco histórico.
Espacio localizado en el plano y limitado x las calles q figuran en el anexo I .
Las características urbanísticas de este espacio ( q incluye l@ zona patrimonio de la humanidad) aconsejan limitar al maximo la ubicación de contenedores sobre la vía pública. Por otra parte la tipología de las edificaciones de esta zona condicionan la instalación de cuartos de residuos . En lo q afecta a la gestión de residuos , debe evitarse una proliferación excesiva de pequeños contenedores de recogida puerta a puerta ya q ralentiza la recogida, multiplica costes ,altera el tráfico de vehículos y peatonal y molestias a los vecinos.
Debe garantizarse una correcta manipulación de los contenedores de recogida q deben estar en la vía pública el menor tiempo posible para su evacuación x los vehículos recolectores evitando el efecto de pequeños contenedores ocupando la vía pública del casco histórico, para ello se plantean dos alternativas:
A) Almacén de contenedores vecinal con puerta independiente a la vía pública q garantiza la ágil retirada de residuos . B) En caso de no disponer de cuarto de Residuos accesible se exigirá a los propietarios el correcto traslado de los contenedores desde el cuarto de residuos hasta la vía pública para su recogida y su retorno en el menor tiempo posible.
Como resultado de esto el casco histórico se declara de recogida puerta a puerta a los efectos de aplicación del CTE para las fracciones de MO y EI.
Las viviendas de nueva construcción q x reforma resulte una división y se vean incrementado el nº de viviendas deberá disponer de cuarto vecinal para albergar los residuos producidos en 2 días en contenedores normalizados de 360 o 1000 litros para MO y EI.
4 Grandes productores.
Habrán de contar con cuartos comerciales de residuos particulares para albergar la producción de 2 días en contenedores normalizados de 1 m cúbico y mínimo 2 contenedores .
A este respecto se considera gran productor comercial aquel cuya actividad se desarrolla en locales de más de 300 m cuadrados brutos o q generen más de 1 m cúbico de residuos totales x día de actividad.
Aquel q disponga de local de 1000 m cuadrados o mayor deberá disponer de recinto de contenedores q pueden ser autocompactadores con capacidad para albergar la producción de 2 días y con dimensiones q permita el acceso y maniobra de los vehículos de recogida en el interior.
A) Mercados: deberán contar con cuarto residuos propio, accesible desde la vía pública x los servicios de recogida.
B) Cuartos de residuos colectivos : los grandes productores podrán agruparse y constituir cuarto comercial de residuos colectivo q albergará contenedores normalizados de 1 m cúbico y en nº suficiente para albergar los residuos de dos dias ,siendo el nº de contenedores no inferior a 1 x productor.

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Q

Artículo 25 Características cuartos de residuos

A

1 Superficie útil y características del almacén
Las dimensiones posibilitaron el movimiento de los contenedores y la extracción independiente de cualquiera de ellos.
La superficie útil debe ser como mínimo de 3’5 m cuadrados.
Para los cuartos vecinales, los vecinos accederán desde las zonas comunes por puerta de paso de acceso restringido .
Para la recogida, el cuarto dispondrá de una puerta exterior de 1’50 m libres, accesible desde el exterior del edificio a los servicios de recogida y se facilitará llave universal o mando automático .
En el caso de cuartos vecinales sin acceso directo a la vía pública, se dispondrá también de la misma puerta. El recorrido a través de zona privada y calzada será accesible en dimensiones y rasante para el tránsito rodado de contenedores .
En el recorrido se evitarán escalones o resaltos y se establecerá reserva de vado permanente.
2 Otras caracteristicas.
La temperatura interior no superará los 30º C implementando sistemas de refrigeración o aislamiento.
El revestimiento de las paredes y suelo debe ser impermeable y fácil de limpiar, los encuentros de paredes y suelo deben ser redondeados.
Debe contar al menos con una toma de agua dotada de válvula de cierre y un sumidero sinfónico antimuridos en el suelo.
Debe disponer de iluminación artificial q proporcione 100 lux a una altura respecto del suelo de 1 m y una base de enchufe fija 16A 2P+T según UNE 20.315:1994.
Satisfará las condiciones de protección contra incendios establecidos para los almacenes.
3 Mantenimiento y conservación.
Señalizar correctamente contenedores según fracción.
En el interior y en soporte indeleble figurar normas de uso,mantenimiento e instrucciones para q cada fracción se vierta en el contenedor correspondiente. Cada contenedor se identificará con la dirección o razón social al inmueble q corresponda.
Los usuarios o propietarios deben realizar las operaciones de mantenimiento de la tabla siguiente:
LIMPIEZA SUELO ALMACÉN 1 día
LIMPIEZA CONTENEDORES. 3 días
LAVADO C/MANGUERA SUELO. 2 semanas
LIMPIEZA PAREDES,SUELO,VENTANAS,ETC. 4 semanas
DESINFECCIÓN CONTENEDORES 1’5 meses
DESINFECCIÓN,DESRATIZACIÓN Y DESINFECTACION
DE ALMACÉN Y CONTENEDORES. 1’5 meses
LIMPIEZA GENERAL. 6 meses
En caso de q los servicios municipales contraten la reiteración en el mal estado de las instalaciones x incumplimiento de las normas o mantenimiento de las mismas podrán exigir contrato de mantenimiento q garantice dichas operaciones.

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