CIVICO ALBACETE Flashcards

(106 cards)

1
Q

CUANDO SE APROBO?

A

22 ABRIL 2015

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2
Q

CUANDO SE PUBLICO EN EL BOP?

A

29 ABRIL 2015

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3
Q

CUANTIA DE LAS SANCIONES

A

L hasta 120
G 121-1.500
MG 1.501-3.000

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4
Q

disposiciones??

A

4114

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5
Q

CUANTOS ARTICULOS TIENE EN TOTAL

A

83

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6
Q

Normas de conducta en el espacio público, infracciones, sanciones e intervenciones específicas, TITULO y art?

A

TITULO 2
art 12-63

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7
Q

Disposiciones comunes sobre el régimen sancionador, titulo y arts??

A

TITULO 3
art 64-83

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8
Q

El régimen sancionador
capitulo y art??

A

CAPITULO 2
art 71-83

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9
Q

Sa2ciones

A

72

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10
Q

Graduación de las sanciones

A

73

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11
Q

Responsabilidad por conductas cometidas por menores de edad

A

75

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12
Q

ConcurrenSia de sanSiones

A

76

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13
Q

4esponsabilidad de las infracciones

A

74

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14
Q

Reparación de daños

A

81

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15
Q

Rebaja de la sanción por pago inmediato y destino de las multas

A

77

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16
Q

Suschichución de multas y reparación de daños por trabajos en beneficio de la comunidad

A

78

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17
Q

9rescripción y caducidad de las infracciones y sanciones

A

79

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18
Q

Mediación

A

80

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19
Q

Medidas de policía

A

82

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20
Q

Medidas provisionales

A

83

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21
Q

De la limpieza de los espacios publicos CAP ARTS

A

CAP 1
12-14

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22
Q

Del depósito de residuos
CAP ARTS

A

CAP 2
15-17

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23
Q

De la degradación visual del entorno urbano
CAP SEC ART

A

CAP 3 18-26

sec 1 grafitis 19-21
sec 2 carteles 22-24
sec 3 tender 25-26

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24
Q

De la ocupación del espacio público
CAP ART

A

CAP 4
27-30

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25
Del uso del espacio público para juegos CAP ART
CAP 5 31-34
26
De la concentración de personas y de la “práctica del botellón” CAP ART
CAP 6 35-39
27
De la contaminación acústica CAP ART
CAP 7 40-42
28
Del uso impropio del espacio público CAP ART
CAP 8 43-46
29
De los actos vandálicos y de deterioro del espacio público CAP ART
CAP 9 47-49
30
De la tenencia de animales de compañía CAP ART
CAP 10 50-52
31
De la conservación de las zonas verdes, espacios naturales y arbolado de alineación CAP ART
CAP 11 53-55
32
De los atentados contra la dignidad de las personas CAP ART
CAP 12 56-58
33
Organización y autorización de actos públicos CAP ART
CAP 13 59 (solo)
34
De la utilización del espacio público para el ofrecimiento y demanda de servicios sexuales CAP ART
CAP 14 60-63
35
Competencia municipal ART
6
36
Ámbito de aplicación objetiva ART
4
37
Normas generales de convivencia ciudadana y civismo ART
7
38
Derechos y obligaciones ciudadanas ART
8
39
Fomento de la convivencia ciudadana y del civismo ART
11
40
COMO SE LLAMA EL CAP 1 del titulo 1
Objeto, definiciones, fundamentos legales, ámbito objetivo y subjetivo y competencias muni cipales. 1-6
41
COMO SE LLAMA EL CAP 2 del titulo 1
Normas generales de convivencia ciudadana y civismo: Derechos y obligaciones ciudadanas 7-10
42
COMO SE LLAMA EL CAP 3 del titulo 1
Medidas del fomento de la convivencia 11(solo)
43
Se entiende que es reincidencia la comisión en el plazo de ¿----? de más de ¿---? infracción de la misma naturaleza, cuando así haya sido declarado por resolución firme
1 año 1
44
Cada ¿-----? se procederá a hacer una REVISION y actualización de las conductas y previsiones contenidas en esta Ordenanza por si fuera necesario incorporar alguna nueva conducta o previsión adicional, o modificar o suprimir alguna de las existentes.
2 años
45
Tienen la consideración de infracciones MUY GRAVES que serán sancionadas con multa de 1.501 a 3.000 € y/o suspensión de la licencia de actividad con el consiguiente cese de la actividad por un período de tiempo ¿-----? las siguientes: A) Superar en más de ¿---? dB(A) el valor límite establecido de transmisión sonora en el INTERIOR de viviendas como consecuencia del funcionamiento de actividades generadoras de ruidos especialmente las de los estable cimientos de ocio y de hostelería. B) MANIPULAR los aparatos de control permanente de emisión fónica regulados y precintados por los inspectores municipales. C) La realización de espectáculos y actuaciones en directo en los establecimientos de ocio NO AUTORIZADOS en la licencia municipal o de forma expresa.
< 1 mes 5
46
Los propietarios o poseedores de perros que vivan habitualmente en el municipio de Albacete tienen la obligación de inscribirlos en el censo municipal de perros y gatos del Ayuntamiento en el plazo máximo de ¿----? desde la fecha de su NACIMIENTO o en el de ¿----? desde que el animal fue ADQUIRIDO.
3 meses 1 mes
47
Una vez dictada resolución firme y en caso de devolución de los objetos, transcurridos ¿---? sin que el titular los haya recuperado se procederá a su destrucción o entrega a entidades sin ánimo de lucro.
2 meses
48
Asimismo en el plazo de ¿----? desde su entrada en vigor se distribuirá una GUIA sobre el civismo y convivencia ciudadana en el municipio de Albacete
3 meses
49
En el plazo de ¿----? desde la aprobación de esta Ordenanza, el GOBIERNO municipal presentará la propuesta de medio materiales y humanos con previsión presupuestaria concreta para hacer efectivo el cum plimiento de esta Ordenanza.
3 meses
50
art 77 REBAJA Las sanciones de multa podrán hacerse efectivas con una reducción del cincuenta por ciento de la cuantía indicada en el decreto de incoación del procedimiento sancionador si el pago se efectúa en el plazo de¿----? desde su comunicación. Este pago supone la renuncia a formular alegaciones y recursos y la terminación del procedimiento el día del pago, quedando abierta la vía contencioso-administrativa.
15 DIAS
51
Respecto a la concentración de personas en los espacios públicos, se consuma o no bebidas alcohólicas, la Ordenanza no la permite cuando se pueda producir o produzca una grave perturbación del derecho al descanso, especialmente el descanso nocturno entre¿----?
22:00 y 8:00
52
El contratista de la obra será responsable del cumplimiento de las nor mas de utilización de los contenedores de obra instalados en el espacio público y subsidiariamente los titulares de los establecimientos de alquiler de las cubetas en cuanto a la retirada de las mismas que en todo caso deberá realizarse dentro de ¿----? siguientes a la finalización de los trabajos
24 horas
53
(establecimiento vende alcohol) no obstante y al objeto del restablecimiento de la legalidad los agentes de la autoridad tomarán de manera inmediata la medida de cierre del establecimiento por el número de horas que resten hasta la próxima apertura o hasta las ¿----? en caso de funcionamiento ininterrumpido de la actividad.
9 horas
54
No está permitido como norma general perturbar el descanso y la tranquilidad de los vecinos, en especial en el período comprendido entre las ¿---?
22:00 y 8:00
55
No está permitido hacer sonar, sin causa justificada, cualquier sistema de aviso como alarmas, sirenas, señalización de emergencia y sistemas similares. Se exceptúan de lo anterior las pruebas y ensayos de aparatos en el caso de instalación y mantenimiento de alarmas que podrán efectuarse entre¿----? horas
9:00 y 20:00
56
No está permitida la realización de cualquier actividad generadora de molestias y ruidos por obras o por el funcionamiento de servicios en el período comprendido entre¿-----? horas del día siguiente
22:00 y 8:00
57
Las actividades de carga y descarga de mercancías, la manipulación de cajas, materiales de construcción y acciones similares se prohíben desde las ¿----?horas.
22:00 y 7:00
58
Las actuaciones musicales que se realicen en la vía pública de forma ESPORADICA y FUERA de cualquier es pectáculo autorizado: se hagan en espacios de anchura ¿----? metros. se hagan en horario comprendido entre las ¿----?horas y no tengan una duración superior ¿---? y no podrán superar el tiempo total de ¿----? en un día en la misma ubicación
> 7 metros 10:00 y 22:00 ( de 10 a 10) 30 minutos 2 horas
59
Está especialmente prohibido por esta Ordenanza el ofrecimiento, la solicitud, la negociación o la acep tación de servicios sexuales y práctica de actividades sexuales retribuidas en el espacio público, cuando estas conductas se lleven a cabo en espacios situados a ¿-----? de distancia de zonas residen ciales, centros educativos, sanitarios o cualquier otro lugar donde se realice actividad comercial o empresarial alguna.
< 500 metros
60
No se permite toda conducta que ensucie el espacio público como arrojar cualquier tipo de objeto, en especial colillas, cáscaras de pipas u otros frutos secos, goma de mascar, papeles, envoltorios y otros objetos similares.
13.4 LEVE
61
No está permitido en cualquier espacio público hacer necesidades fisiológicas como defecar, orinar o escupir, salvo en las instalaciones o elementos que estén destinados especialmente a la realización de tales necesidades.
13.6 GRAVE
61
No está permitido que los ocupantes de edificios viertan a la vía pública residuos o partículas derivadas de la limpieza de cualquier clase de objeto como mopas, cepillos, alfombras y similares, así como arrojar agua procedente de riego de plantas, de balcones y terrazas o procedente de la condensación de equipos de clima tización.
13.5 LEVE
62
No está permitido que las mascotas y animales de compañía, en particular perros, realicen sus necesida des en los espacios públicos fuera de los recintos habilitados para ello y, en el caso de que no puedan evitarse la deposición, el propietario, poseedor o tenedor del animal procederá a retirar los excrementos, incluso en los recintos de perros. Se prohíbe expresamente que orinen en las fachadas de los edificios, en los recintos de juegos infantiles y en el resto del mobiliario urbano.
13.7 GRAVE
63
No está permitido el lavado de vehículos en las vías y demás espacios públicos, así como cualquier otra acción sobre los mismos que pueda ensuciarlas
13.14 LEVE
64
Queda prohibido depositar en los contenedores de recogida selectiva (papel-cartón, envases, vidrio, ropa, aceites de cocina, etc.) y en los de residuos orgánicos y resto, cualquier residuo distinto a la finalidad y destino de cada uno de ellos.
16.4 GRAVE
64
La basura domiciliaria y los residuos de la misma naturaleza generados en establecimientos públicos y privados deberá ser introducida, dentro del horario fijado por el Ayuntamiento y en bolsas correctamente cerra das en el contenedor de acera de residuos domiciliarios.
16.3 GRAVE (21 a 23 ALBACETE) (20 a 23 ALMANSA)
65
No está permitido arrojar cualquier tipo de residuos desde los vehículos, ya sea en marcha o cuando se encuentren detenidos.
16.7 GRAVE
66
No está permitido el desplazamiento de los contenedores del lugar fijado debiendo en caso de ser nece sario su desplazamiento o traslado contar con la correspondiente autorización municipal.
16.6 GRAVE
67
Las cubetas, contenedores, sacos y en general los envases para el depósito de residuos procedentes de obras de construcción, demolición, rehabilitación o reparación deberán protegerse fuera del horario de reali zación de los trabajos para evitar el depósito de cualquier otro tipo de residuo, así como sustituirse cuando alcancen el límite de carga y en todo caso retirarse cuando haya finalizado el período de autorización para la ocupación de la vía o el espacio público
16.8 GRAVE
68
No está permitida la quema o incineración de cualquier clase de residuos.
16.14 GRAVE
69
No está permitido realizar todo tipo de grafito y pintada, garabato, firma, escrito, inscripción, mancha o grafismo, con cualquier materia (tinta, pintura o similares) o bien rayando la superficie sobre cualquier elemen to del espacio público
19.1 LEVE
70
GRAFITI cuando las conductas atenten especialmente contra el espacio urbano por realizarse sobre monumentos o edificios catalogados o protegidos y cuando tengan lugar en las señales de tráfico o de identificación viaria o en cualquier elemento del mobiliario urbano cuando implique la inutilización o pérdida total o parcial de funcionalidad del elemento.
20.2 MUY GRAVE
71
La colocación de carteles, vallas, rótulos, pancartas, adhesivos, papeles pegados o cualquier otra forma de publicidad, anuncio o propaganda deberá efectuarse únicamente en los lugares o elementos habilitados o autorizados por el Ayuntamiento.
22.1 GRAVE
72
No está permitido el tendido o exposición de ropas, prendas de vestir y elementos domésticos en balco nes, ventanas, antepechos, terrazas exteriores o paramentos de edificios situados hacia la vía pública
25.1 LEVE
73
No está permitido la realización de actividades y la prestación de servicios no autorizados en el espacio público como videncia, tarot, masajes, tatuajes, vigilancia o ayuda al estacionamiento de vehículos u otras acti vidades que contradigan la legislación sobre protección de la propiedad industrial e intelectual
28.1 GRAVE
74
No está permitido en el espacio público el ofrecimiento de juegos que impliquen apuestas en dinero salvo autorización específica.
28.2 GRAVE
75
No están permitidas aquellas conductas que, bajo la apariencia de mendicidad o bajo formas organizadas, representen actitudes coactivas o de acoso u obstaculicen o impidan intencionadamente el libre tránsito de las personas por los espacios públicos.
28.3 GRAVE
76
No se permite la mendicidad ejercida por menores o aquella que se realice directa o indirectamente con menores o discapacitados.
28.5 LEVE
77
No está permitida la práctica de acrobacias y juegos de habilidad con bicicletas, patines o monopatines fuera de las áreas destinadas a tal efecto
32.3 GRAVE
78
A estos efectos se entiende como práctica del “botellón” el consumo de bebidas, preferentemente alcohó licas, en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza, cuando como resultado de la concentración de personas o de la acción de consumo, se pueda causar o se causen molestias a las personas que utilicen el espacio público y a los vecinos, deteriorar la tranquilidad del entorno o provocar en el situaciones de insalubridad.
36.2
79
a) La práctica del “botellón” conforme a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ordenanza. b) El impedimento del uso del espacio público por otros como consecuencia de la concentración de perso nas en el mismo. c) Los actos de deterioro, inutilización o destrozo del espacio público o de cualquiera de sus instalaciones, equipamientos y elementos que dificulten o impidan su normal uso. d) Los actos que ocasionen destrozos o desperfectos a elementos de ornato público tales como fuentes, estatuas públicas. e) La utilización del mobiliario urbano de forma distinta a su finalidad y destino. f) Obstruir el acceso a los portales vecinales o la entrada a garajes públicos o privados de forma que se impida su normal utilización. g) El incumplimiento de las órdenes o requerimientos de los agentes de la autoridad en aplicación de lo dispuesto en esta Ordenanza.
38.1 GRAVE
80
TODO EN GENERAL: cuando supongan por su intensidad una perturbación, alteración o deterioro grave de los bienes jurídicamente protegidos.
MUY GRAVE
81
TODO EN GENERAL: cuando los daños producidos alcancen el 70 % del valor de reposición del bien afectado y en todo caso, cuando los actos de deterioro producidos sobre los bienes puedan afectar a la salud e integridad personal, en especial cuando tengan lugar sobre juegos infantiles.
MUY GRAVE
82
el incumplimien to de lo dispuesto en el artículo 36.6 de la Ordenanza para aquellos establecimientos comerciales que vendan bebidas alcohólicas
38.4 MUY GRAVE
83
ALCOHOL OBSTRUIR A AGENTES
38.5 conforme a 2/95 de 2 marzo
84
Los establecimientos que utilicen en el ejercicio de su actividad aparatos de reproducción musical debe rán cumplir con el horario fijado de inicio y fin de la actividad así como el horario de funcionamiento de las terrazas y veladores.
41 GRAVE
85
No está permitido que los conductores y ocupantes de vehículos circulen o estacionen con los equipos reproductores de sonido a una potencia que trascienda al exterior del vehículo y que causen molestias produ ciendo ruidos innecesarios haciendo sonar el claxon, aceleraciones o frenadas bruscas
41 GRAVE
86
No está permitido, salvo lo dispuesto en el artículo 44.3 de esta Ordenanza, disparar petardos, cohetes y toda clase de artículos pirotécnicos que puedan producir ruidos.
41 GRAVE
87
Superar en más de 5 dB(A) el valor límite establecido de transmisión sonora en el interior de viviendas como consecuencia del funcionamiento de actividades generadoras de ruidos especialmente las de los estable cimientos de ocio y de hostelería.
42 MUY GRAVE
88
b) Manipular los aparatos de control permanente de emisión fónica regulados y precintados por los inspec tores municipales.
42 MUY GRAVE
89
La realización de espectáculos y actuaciones en directo en los establecimientos de ocio no autorizadas en la licencia municipal o de forma expresa
42 MUY GRAVE
90
a) Lavarse o bañarse en las fuentes, estanques y similares.
44.1 LEVE
91
b) Lavar ropa u objetos de cualquier clase en fuentes, estanques y similares así como echar peces, abrevar o bañar animales y realizar cualquier manipulación en sus instalaciones y elementos.
44.1 LEVE
92
c) Ensuciar, enturbiar o alterar las características del agua de fuentes, estanques y similares.
44.1 LEVE
93
No está permitido practicar juegos o introducirse en las fuentes ornamentales incluso con motivo de celebraciones de cualquier tipo.
44.2 GRAVE
94
Salvo en caso de celebraciones o fiestas populares que cuenten con la correspondiente autorización mu nicipal no está permitido encender hogueras y fogatas así como portar mechas encendidas y disparar petardos, cohetes y toda clase de artículos pirotécnicos en las vías y espacios públicos. También queda prohibido el en cendido, salvo autorización municipal de acuerdo con la normativa vigente, de fuegos con el fin de proceder a la quema de pastos o restos vegetales en parcelas o fincas particulares.
44.3 GRAVE
95
En el caso particular de los bancos, se prohíbe el uso de forma contraria a su normal destino, no estando permitido pisotearlos, arrancarlos de su ubicación ni realizar cualquier acto que deteriore o perjudique su uso y conservación.
48.3 GRAVE
96
La tenencia de animales de compañía en domicilios, locales y recintos particulares no podrá producir si tuaciones de peligro o incomodidad para los vecinos ni para otras personas en general, así como para el propio animal
51.2 GRAVE
97
No se permite maltratar a los animales, abandonarlos, mantenerlos permanentemente atados o inmovi lizados y hacer donación de los mismos como reclamo publicitario, premio o recompensa distinta de la venta o transacción onerosa de animales
51.5 GRAVE
98
No están permitidas las peleas de perros, gallos o cualesquiera otros animales entre sí, con otras especies o con el hombre, así como adiestrar animales para activar su agresividad o para finalidades prohibidas
51.7 MUY GRAVE
99
Los propietarios o poseedores de perros tienen la obligación de identificarlos mediante la implantación por veterinario autorizado de un elemento microelectrónico (microchip) legible por medios físicos
51.10 GRAVE
100
No está permitida su circulación por los espacios públicos si no van acompañados de personas capacita das y deberán ser conducidos mediante cadena o correa adecuada según el tipo de perro y provistos de bozal cuando estén calificados como potencialmente peligrosos
51.12 GRAVE
101
La práctica de la acampada libre.
54.8 GRAVE
102
Encender fuego, cortar leña con este fin, tirar colillas encendidas y fumar en el interior de las masas forestales.
54.8 MUY GRAVE
103
No se permiten las actitudes de acoso entre menores.
57.3 MUY GRAVE
104
solicitud, negociación y aceptación directa o indirectamente de servicios sexuales y prácticas sexuales retribuidas en el espacio público, en todo el término municipal de Albacete y de forma especial cuando excluyan o limiten la compatibilidad de los diferentes usos de dicho espacio público.
61.1 GRAVE