Daños Flashcards

1
Q

Objetivos

A

Restituir y reparar por culpa o negligencia

Otros: prevenir, delimitar y punir

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2
Q

Obligaciones procesales

A

Demandante tiene carga de prueba salvo que no se exija culpa o haya gran riesgo (se invierte. Debe demostrar diligencia respecto a riesgo)

Riesgo no justifica, salvo extremo o por ley

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3
Q

Tipos de responsabilidad

A

Contractual: entre contratos y obligaciones. Obligar hacer o compensar no hacer

Extracontractual

Si afecta ambas, hay flexibilidad. Si hay contrato, contractual y extracontracusl si afecta terceros

Si hay delito, CP, si no, CC

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4
Q

Responsabilidad en menores

A

-14: inimputable penal

+14: solidaria con padres>tutores>acogedores>guardadores legales>de hecho

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5
Q

Responsabilidad precontractual

A

Por ruptura de tratos de mala fe por abuso y deslealtad

Se incluye gastos comprometidos y pérdida de oportunidades (probada)

También aunque no haya animo real de contratar

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6
Q

Enriquecimiento injusto

A

Beneficio aprovechado sin daña efectivo

Debe probarse

Se restituye solo ganancia

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7
Q

Responsabilidad extracontractual: hecho propio

A

Acción u omisión voluntaria con daño efectivo casual cierto y valuable (debe probarse emergente y/o lucro cesante. No vale nominal o simbólico)

Duradero, continuo, tardíos, sobrevenidos (si es algo ya indemnizado, solo si afecta sustancialmente)

En materiales calor de mercado o de valuación e valor. En morales, valor atribuido o se subsume (en tráfico, baremos)

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8
Q

Tipos especiales de daño extracontractual: integridad fisica

A

Por muerte (salvo durante tramitación de proceso judicial), lesiones, daño estético, y sufrimiento

Las secuelas; por perjuicio personal, moral o patrimonial. Las lesiones temporales; sólo 30€/día hasta curación, por pérdida de calidad de vida, gastos médicos o afectados morales cercanos si es muy grave

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9
Q

Tipos especiales de daño extracontractual: por honor, intimidad y propia imagen

A

Se presume en intromisión ilegítima. Depende del caso y su gravedad

También hay acción de cesación, abstención, derecho de réplica, publicación de sentencia, y devolución de lucro obtenido

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10
Q

Tipos especiales de daño extracontractual: por familia

A

Separaciones, nulidad por mala fe (solo probar mala fe de otro), incumplimiento de guarda, custodia (por decisión propia o por administración), o por promesa de matrimonio si genera gastos u obligaciones

No vale en parejas de hecho, salvo para enriquecimiento injusto o moral por infidelidad o paternidad, o por alimentos a hijos no biológicos

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11
Q

Tipos especiales de daño extracontractual: medio ambiente

A

Daño público objetivo (no a particulares, que sólo puede pedir reparación o técnica de incisiones en colindantes)

En acústica, por depreciación de valor, daños psi/físicos o morale, disminución de calidad de vida o afectación a DF

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12
Q

La causalidad: condiciones sine que non

A

La acción causa el daño. Prueba por demandante o quien quiere compensación (demandado en IA)

Debe ser daño imputable previsible fuera del riesgo ordinario, dentro de lo protegido, según lo afectado directamente

No incluye consecuencias remotas o improbables

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13
Q

La causalidad: concurrencia de causas

A

Culpa anonima: responsable indeterminado de grupo. Solidario

Coautoria: solidaria o subsidiaria si es cómplice

Diversidad de autores: según probabilidad de causar el daño

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14
Q

La causalidad: culpa exclusiva de víctima

A

Se rompe nexo causal y se enoxera

Demandadod ese probar

Si hay concurrencia, se mide proporcionalidad (puede reducir hasta 75% la indemnización)

En riesgos, solo habituales. Extremos o negligencia es denunciable

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15
Q

La causalidad: daños recíprocos

A

Cada uno representa representa parte. En culpa concurrente, proporción del daño

Juez puede apreciar de oficio concurrencia de culpas, puediendo el demandado demostrar su exoneracion/responsabilidad (debe probarse en tráfico)

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16
Q

La causalidad: negligencia

A

Demandado debe probar diligencia (y especial en casos específicos. Sólo la básica puede no ser suficiente para civil, pero si para administración)

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17
Q

La causalidad: derecho legítimo

A

No responde de daños, salvo en abuso (daño previsible en 1 año y abuso injustificado en 5)

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18
Q

La causalidad: imputación subjetiva

A

No se puede impirar a quienes no comprender las acciones

En menores, responden sus padres o tutores a menos que sean lo bastante maduros, y en ciertos casos, recoven responsabilidad especial

En discapacitados, su curador

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19
Q

La causalidad: personas jurídicas

A

Las personas jurídicas responden con sus cargos responsables al hacer el ejercicio de sus cargos.

Los socios en colectivas y civiles responden personal y solidariamente ante terceros y socios se dañan a la compañía maliciosamente.

Los administradores ante sociedad y ante socios ( deben disolver sociedad si hay causas de disolución)

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20
Q

Responsabilidad civil por hechos ajenos

A

Indemnizar daños causados por terceros con culpa in vigilando o in eligendo de forma directa y objetiva

Se presume culpa en relaciones de dependencia (debe probarse diligencia muy firme)

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21
Q

Responsabilidad civil por hechos ajenos: padres

A

Ambos responden aún sin contacto físico directo (se mantiene en separación)

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22
Q

Responsabilidad civil por hechos ajenos: curadores

A

Debe haber convivencia. Si hay varios, solidaridad. En internados, responde institución

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23
Q

Responsabilidad civil por hechos ajenos: tutores

A

Se mantiene hasta que deje tutela o se remueva cargo. Se mantiene aún si alumno abandona

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24
Q

Responsabilidad civil por hechos ajenos: acción de repeticion

A

En menores, si es imputables civilmente, solidariamente

En incapaces, directamente ante víctima y solidaria ante curador

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25
La responsabilidad objetiva
Crear riesgo o peligro que causa daño a quien no debe tolerarlo (siempre se da en actividades peligrosas, relaciones laborales horizontales y bienes de especial protección) No importa dolo o negligencia y solo se enoxera por culpa de víctima o fuerza mayor Demandante debe probar daño y relación causal (hay casos donde demandado puede probar diligencia)
26
La responsabilidad objetiva: por animales
Poseedor del animal (dueño o no) Solidario si hay varios, salvo que se pueda identificar quien posee al momento del daño
27
La responsabilidad objetiva: por caza
Daños a fincas colindantes (salvo diligencia), aprovechamiento de piezas (subsidiario dueño) Si es colectiva el mismo día o 12 horas antes de daño, aprovechado y dueño subsidiario
28
La responsabilidad objetiva: en tráfico
Conductor por atropellos a personas o animales o administración pública si no protege o advierte correctamente
29
La responsabilidad objetiva: por caída de edificios
Por falta de reparaciones necesarias (admin puede hacerlas a costa de dueño) Se enoxera por prueba de defecto en construcción (repetición a técnicos de obra en 10 años por cimientos y estructura, 3 por no cumplir requisito de habitabilidad y 1 para acabados), fuerza mayor, caso fortuito o por 3ros de mala fe
30
La responsabilidad objetiva: por inmisiones y explosiones
Por máquinas no cuidadas, productos explosivos mal colocados y humo nocivo excesivo Puede pedirse responsabilidad extracontractual junto a acción de negación
31
La responsabilidad objetiva: por caída de árboles
Por daños en lugares de tránsito
32
La responsabilidad objetiva: por cosas tiradas
Cabeza de familia responde por arroyos o caídas de cosas wsde vivienda Se excluye a propietario y arrendador no residentes
33
Consecuencias de responsabilidad civil: in natura
Restitución equivalente o anterior al daño Se evalúa viabilidad y cuestiones específicas
34
Consecuencias de responsabilidad civil: por equivalente
Pecuniaria Suma única, periódica o mixta según criterio del juez
35
Consecuencias de responsabilidad civil: compensatio lucri cum damno
Víctima recibe beneficio a raíz del daño Evitar enriquecimiento injusto Depende de caso
36
Responsabilidad de padres
Por culpa in vigilando o in educando de modo objetivo y directo al padre (hijo subsidiario si comprende daño) Se exonera si se prueba diligencia perfecta o se preocupe por efecto desconocido para padres
37
Responsabilidad de centros docentes
Cuasi objetiva con inversion de prueba Por alumnos menores durante actividades extra/escolares, responde centros (y padres si ellos no tienen cuidado conscientemente) Por docentes, responde titular del centro (puede repetir contra docente con dolo o culpa grave)
38
Responsabilidad en centros docentes: ley y procesos
Centros públicos: LRJSP ante conserjería de educación. Se enoxera por fuerza mayor y culpa exclusiva de víctima Centros privados: ante centro. Si no responde, administración. Enoxera "", caso fortuito y diligencia Centros concertados: ante centro o administración.
39
Responsabilidad por IA
En datos personales, empresas que desarrollen u operen con ella En vehículos autónomos, quien supervise la IA
40
Responsabilidad por productos defectuosos
Todo bien mueble que no cumpla seguridad por diseño, fabricación o información Responsabilidad objetiva solidaria (se exime si no se vende, el defecto no existe al vender, está dentro de la ley, no está hecho para vender, culpa exclusiva de víctima, o está dentro del riesgo, salvo alimentos y medicamentos) y subjetiva en bienes y servicios (3.005.062,52€) en 3 años o 10 desde venta del bien (máx 63.106.270,46€. 500€ si daña propio producto o uso profesional) No se compensa daño moral
41
Responsabilidad de administradores de sociedad
Todo persona que gestione. Deber de diligencia, lealtad y evitar conflictos de interés Responde administrador de hecho mediante separación, exclusión, cesión de conducta o indemnizando. Por acciones sociales (proteger sociedad) e individuales (proteger socios y acreedores) 4 años ante juzgado de lo mercantil
42
Responsabilidad d elos empresarios: extra/contractual
Contractual: incumplir obligación (se resarce o indemniza según el riesgo. Objetiva, y subjetiva en negligencia o dolo) Se excluye fuerza mayor o negligencia Extracontractual: acción u omisión igual que contractual. Víctima debe probar daño intencional o asumir los riesgos
43
Responsabilidad de los empresarios: por hecho ajeno
Acciones de sus dependientes por orden directa o trabajo habitual (en obras y servicios, no hay dependencia, salvo delegación o facultad de vigilancia, control o dirección). Empresario se exonera si dependiente se extralimita o desobedece totalmente Contra ambos o cualquiera de los dos. Empresario debe probar diligencia y puede hacer repetición
44
Responsabilidad de vehículos a motor
Por culpa (negligencia objetiva) o riesgo (enoxera fuerza mayor o culpa exclusiva) por conductor o titular en caso de relación cercana Indemnización con baremos cubierto con seguro obligatorio hasta 70M en personales y 15M en materiales
45
Responsabilidad en relaciones familiares
Ruptura de promesa de matrimonio (sólo si hay gastos u obligaciones adicionales. 1 año de caducidad) Nulidad matrimonial dolosa o negligente (por error en identidad, consentimiento, cualidades...) Infidelidad (daño moral severo, ocultar paternidad o gastos en alimentos a bastardo) Obstaculizar relaciones (daño moral por impedir dolosamente relación con hijos)
46
Responsabilidad sobre protección de datos
Toda información física identificable por destrucción, pérdida, alteración o acceso no autorizado Se indemniza civilmente (objetiva con prueba de demandante. Diligencia y fuerza mayor enoxera), administrativamente (por autoridad pública con multas efectivas y proporcionadas. 10/20M o2/4% de volumen de negocio), y penalmente (por revelación, acceso ilegal o vulneración. Agrava menor, sensible o por lucro)
47
Responsabilidad sobre protección de datos: leyes y principios
Reglamento UE: base. LO española: complementa. Si implica UE, se usa reglamento. Siempre LO en régimen electoral general, instituciones penitenciarias, registro civil, de propiedad y mercantil Licitud, lealtad, transparencia, minimizacion, exactitud, conservación limitada, integridad y confidencialidad (se puede pedir rectificación, supresión, oposición o limitación de datos)
48
Responsabilidad medioambiental
Objetiva (mera contaminación) y condicional (probar culpa en actividades listadas) No se pune daños por guerras, fenómenos naturales excepcionales, por defensa o seguridad, proteger desastres naturales y todo lo expreso en ley 30 años. Graves; 10K-50K y suspensión de autorización por -1año. Muy graves; 50K-2M y suspensión de autorización por 1-2 años
49
Responsabilidad medioambiental: empresas
Mediados preventivas y de evitarían por autoridad competente o reparación o restauración de daños (obligatorio en dolo, culpa o negligencia) Pagan operadores económicas Se asegura con fondo de compensación por aval, seguro o reserva técnica independiente. Nunca superior a 20M
50
Responsabilidad de propietarios
Por daños a terceros que habiten su inmueble Agua: infiltración o acumulación. Con o sin culpa Cosas arrojadas:cabeza de familia objetivamente. Debe responder quien habita físicamente Caída de edificios: propietario por reparaciones necesarias faltantes. Enoxera diligencia, fuerza mayor, caso fortuito o prueba de vicios Incendios: propietario salvo prueba. Podrá repetir contra inquilino si es negligencia suya o contra constructores por defectos. Enoxwra causas naturales por terceros o fuerza mayor Uso inadecuado: explosiones, inflamaciones, humos, caída de árboles en tránsito y material cloacas. Propietario objetivo salvo fuerza mayor
51
Responsabilidad sanitaria
Deber de garante de médicos (mera negligencia) y responder por mera negligencia por daños físicos, morales, pérdida de oportunidad, psicológicos, económicos y a terceros, de forma acreditable Paciente debe probar con perito, salvo en daño desproporcionado o por administración
52
Responsabilidad sanitaria: exoneracion
Fuerza mayor, caso fortuito, culpa exclusiva de víctima, lex artis, o consentimiento previo
53
Seguros de responsabilidad civil
Obligatorios (por ley u oficio que lo exige) y facultativos. Trasladar obligación a aseguradora (no cubre oanl ni administrativo) Puede tener cláusulas delimitadas (riesgos y daños cubiertos), limitativa (limitar derechos) sub/objetiva del riesgo, temporal, cuantía y orden jurídico o claim made; cubrir actos formalizados o finalizados (post contractum o retroactivamente)
54
Seguros de responsabilidad civil: acción directa
Contra aseguradora. Pued exponerse por motivos procesales, personales, de relación, resolución, no cobertura, dolo, extinción, cláusulas o limitación de derechos (nunca por incumplimiento de tomador o no declare ni informe resolución de contraro) 1 año contra extracontractuales y 2 en contractuales desde conocimiento Aseguradora hace defensa jurídica (cláusula contraria; nula). Asegurador puede elegir otra defensa, pagada por aseguradora hasta límite del seguro
55
Derecho de daños: responsabilidad del gobierno
Por funcionamiento a/normal por acto material, disposición o inactividad que haga daño efectivo, evaluable e individualizado (no vale fuerza mayor, mera anulación o que supere riesgo del estado de la técnica) de forma in/directa Criterios de valoración legales (en muerte o lesiones, baremos de seguros) en día de lesión efectiva (puede acordarse indemnización en especie)
56
Derecho de daños: responsabilidad del gobierno. Responsabilidades
Directa ante ente público o privado designado por administración, y podrá exigir de oficio DyP por dolo, culpa o negligencia grave En contratos, responde ante terceros por órdenes. 1 año para informar que parte contratante responde Solidaria en gestión conjunta (instrumento regulador puede distribuir) y es competente órgano de los estatutos (si no designa, quien tenga mayor participación en la financiación). 15 días para argumentar en patrimonial
57
La responsabilidad del legislador
Por actos legislativos no expropiatorios, inconstitucionales o contra DE
58
La responsabilidad de los jueces
Por funcionamiento de la administración de justicia Con la LOPJ
59
La responsabilidad del TC
Por anormalidades en amparo o inconstitucionalidad Declara el propio TC
60
Responsabilidad patrimonial pública: tramitación ordinaria
Oficio o parte en 1 año desee hecho, lesión o secuela máxima, notificación de resolución anulada, publicación de ley en BOE o sentencia de inconstitucionalidad 10 días para pruebas y alegaciones. Tramita informes de servicio y del Cosnejo de estado(+50k)/CGPJ(2 meses) en 10 días 10 días para dictamen con propuesta de resolución que se emite emite 2 meses (silencio negativo en 6 meses). Competente ministerio o Consejo, órgano de CCAA o por norma en derecho público
61
Responsabilidad patrimonial pública: tramitación simplificada
De oficio o parte por interes público o simplicidad (si se openen, ordinaria. Particulares oponen en 5 dias) 15 días para alegaciones y pruebas. Audiencia en 10 días con propuesta de resolución. Resolución en 5 dias. Puede haber acción de regreso contra funcionario con dolo, culpa o negligencia grave
62
Responsabilidad del legislador: actos dañinos
Actos legislativos no expropiatorios que no se deban soportar (enoxera expropiación correcta, fuerza mayor o si sobrepasa estado de la técnica)
63
Responsabilidad del legislador: inconstitucionalidad
Según lo dispone el TC (si no, TS) o por lesiones por sentencias firmes desestimatorias por acto hecho con norma inconstitucional
64
La responsabilidad de los jueces: especificaciones
Por error judicial o funcionamiento anormal (salvo fuerza mayor, mera anulación o revocación) Si juez actúa con dolo o culpa grave, regreso
65
La responsabilidad de los jueces: el error judicial
En 3 meses. Debe ser evidente, injustificado sobre fijación de hechos o aplicación o interpretación de ley injusta, ilógica o absurda Ante TS con recurso de revisión civil con MF y LAJ. Resuelve en 15 días Debe agotarse todo recurso. Irrecurisble. Mera presentación no paraliza ejecución
66
La responsabilidad de los jueces: reclamacion patrimonial
A ministro de justicia en 1 año Debe dar informe de CGJP en 2 meses Si es por absolucion tras prisión provisional, por inexistencia objetiva de hechos con sacrificios ocurridos por ello Nunca se resarce por dolo o culpa del perjudicado
67
La responsabilidad del TC: especificaciones
Control a si mismo por anormal A instancia de parte ante ministerio de justicia con audiencia a Consejo de Estado