Examen Flashcards

(54 cards)

1
Q

Derecho Penal

A

El conjunto normativo perteneciente al derecho púbico interno, que tiene por objeto al delito, al delincuente y la pena o medida de seguridad, para mantener el orden social mediante el respeto de los bienes jurídicos tutelados por la ley.

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2
Q

Ius Puniendi

A

El derecho del Estado para castigar a quienes cometan delitos. Es la base del Derecho Penal y justifica la existencia de sanciones legales.

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3
Q

NULLUM CRIMEN NULLA POENA SINE LEGE

A

Principio que establece que nadie puede ser castigado por una acción y omisión que no esté previamente tipificada como delito en una ley vigente. “No hay delito ni pena sin ley”.

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4
Q

Principio de protección al bien jurídico

A

No solamente necesitamos la existencia de una ley, si no que esta ley debe tener que castigar o que sancionar

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5
Q

Principio de intervención mínima del Derecho Penal

A

Las libertades de los gobernados son inversamente proporcional a la extensión del derecho penal (entre mas derecho penal menos libertad).

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6
Q

Parte subsidiaria

A

Qué supla a un principal, si tenemos la posibilidad de cambiar el derecho penal por alguna otra rama, utilizamos la otra.

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7
Q

Principio de Derecho Penal como ultima ratio

A

Establece que el derecho penal debe ser la ultima herramienta utilizada para proteger los bienes jurídicos (prevención, otras ramas del derecho y por último derecho penal)

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8
Q

Principio de responsabilidad objetiva de Derecho Penal

A

No basta con que exista un resultado (un cambio en el mundo fenomenológico, es decir el mundo físico), sino que debe haber una conducta que produzca esta cambio (sea culposa o dolosa mayormente culposo)

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9
Q

Responsabilidad objetiva

A

Qué no esperábamos el resultado, sin embargo aceptamos el hecho de conducir un auto (quiero la acción, pero no el resultado).

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10
Q

Principio de culpabilidad

A

Siempre que exista una vulneración a la norma penal, se busca castigar al sujeto culpable, con una sanción acorde al delito y al daño causado

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11
Q

Culpabilidad

A

La reprochabilidad de un evento típico y antijurídico realizado por una persona a sabiendas de que dicho evento es ilícito y a pesar de contar con otra alternativa de actuación no lo hace.

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12
Q

Principio non bis in idem

A

Nadie puede ser juzgado o sancionado dos veces por el mismo delito

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13
Q

Acción

A

Movimiento corporal voluntario que prohibe el tipo penal. Consiste en actuar o hacer

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14
Q

Omisión

A

No realización de forma voluntaria de algún movimiento corporal que ordena el tipo penal. Consiste en realizar una conducta típica con abstención de actuar, esto es, no hacer o dejar de hacer

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15
Q

Omisión simple

A

Consiste en no hacer lo que se debe hacer, ya sea voluntaria o culposamente, con lo cual produce un delito aunque no haya un resultado, de modo que se infringe una norma preceptiva. Vgr. Portaron de arma prohibida.

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16
Q

Comisión por omisión

A

Es un no hacer doloso o culposo, cuya abstención produce un resultado material. Vgr. Abandono de l obligación de alimentar a los hijo.

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17
Q

Resultado formal

A

Cuando se pone en peligro el bien jurídico tutelado sin afectarlo Vgr. Una falsedad de declaración.

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18
Q

Resultado material

A

A travez de un hecho típico, cual fue el resultado de ese hecho típico

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19
Q

Lesión

A

Un vicio en el consentimiento que ocurre cuando una persona se ve obligada a aceptar un contrato o acto jurídico e términos desproporcionadamente desventajosos debido a su ignorancia, extrema necesidad o inexperiencia notoria

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20
Q

Iter Criminis

A

Es el desarrollo del delito, es decir, las fases o etapas por las que pasa una conducta antes de consumarse como un delito

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21
Q

Fase interna del Iter Criminis (IDR)

A

Comprende los momentos subjetivos del delito, es decir, la ideación, deliberación y resolución de cometerlo. En esta fase no hay consecuencias jurídicas porque los pensamientos no se castigan (Ideación, Deliberación y Resolución)

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22
Q

Fase externa del Inter Criminis (PE)

A

Cuando la conducta empieza a manifestarse en el mundo exterior (Preparación y Ejecución)

23
Q

Tentativa Acabada

A

También conocido como arrepentimiento, cuando el sujeto mismo decide no hacerlo

24
Q

Tentativa Inacabada

A

La ejecución fue parcial, por causas ajenas al sujeto ya no se llevo acabo la consumación del acto.

25
Antijurícidad
Contradicción de un acto o conducta con el ordenamiento jurídico, significa que una acción va en contra del derecho vigente.
26
Tipo Penal
La descripción legal de una conducta prohibida en la norma jurídica. Es la estructura normativa que establece que actos son delictivos y cuales son sus elementos.
27
Tipicidad
Es la adecuación de una conducta concreta al tipo penal. Es decir, es el proceso de analizar si un acto especifico encaja dentro de la descripción legal del delito. Adecuación de la conducta al tipo penal.
28
Bien jurídico
Son aquellos valores, intereses o derechos que el ordenamiento jurídico protege, es decir, la razón por la cual existen las normas jurídicas: para salvaguardar aspectos esenciales para la convivencia y el bienestar de la sociedad
29
Ley Penal
Una descripción hecha en una ley de comportamientos activos y omisivos de índole antisocial, con la finalidad de bienes jurídicos así como de las consecuencias correspondientes para el autor de un comportamiento.
30
Tipo (Ley Penal)
Describe la conducta y sus circunstancias
31
32
Puniblidad (Ley Penal)
Describe las consecueicas jurídicas a imponer
33
Norma Jurídica
Supuesto hecho (tipo) y consecuencia jurídica (puniblidad)
34
Autor intelectual
Persona que acuerda y o prepara la realización de la conducta pero no participa activa o fisicamente en la ejecución, es decir, quien planea, organiza o da las ordenes para que se cometa un delito. Es la mente detrás del crimen.
35
Autor material
El sujeto que fisicamente lleva acabo la conducta
36
Coautores
Cuando dos o más sujetos concurren materialmente para llevar acabo un comportamiento típico
37
Autor mediato
Cuando no existe un acuerdo de voluntad para la coparticipación, los que llevan acabo sirviéndose de otro.
38
Autor instigador
Los que determinen dolosamente a otro a cometerlo. Cuando una persona influye para que otro sujeto cometa el hecho delictivo
39
Complice
Persona que sin ser coautor o autor previo o posteriormente proporciona medios para su ejecución
40
Encubridor
Los que con posterioridad a su ejecución auxilien al delincuente, el cumplimiento de una promesa anterior al delito.
41
Autor indeterminable
Los que, sin acuerdo previo, intervengan con otros en su comisión, cuando no se pueda precisar el resultado que cada quien produjo.
42
Delito emergente
Aquellas conductas ilícitas que surgen como consecuencias de cambios sociales, tecnológicos o económicos, y que no estaban contempladas o reguladas en las legislaciones previas. Estos delitos suelen aprovechar vacíos legales o nuevas oportunidades
43
Dolo
La intención, conocer los elementos del tipo o prever el posible resultado típico y querer o aceptar su realización
44
Dolo Cognoscitivo
Conocer los efectos del tipo o prever los posibles resultados
45
Dolo Volitivo
Querer su realización
46
Dolo directo (1er grado)
Cuando un sujeto dirige su conducta a la obtención de un resultado, es decir, conocer los elementos del tipo y quiere la realización del resultado.
47
Dolo directo (2do grado)
Cuando el sujeto preve que su conducta producirá un resultado de forma inevitable, acepta la realización del hecho.
48
Dolo eventual
Cuando el sujeto preve la posible producción de resultados típicos y de cualquier forma realiza la conducta.
49
Culpa
Implica que se actúa de forma descuidada pues consiste en la producción de un resultado típico predecible y evitable en virtud del incumplimiento del deber objetivo del cuidado que las circunstancias imponían al sujeto independientemente de que se haya previsto o no el resultado.
50
Culpa sin representación
Cuando el sujeto no haya previsto el resultado pero este fuera predecible
51
Culpa con representación
Cuando e sujeto previo el resultado pero confió en que no se produjera
52
Calidad especifica en el sujeto activo
Requisito previsto por la ley, es una cualidad que debe reunir una persona para que se configure como el activo de un delito.
53
Calidad de garante
La responsabilidad de una persona en el ámbito de un derecho, obligado o situación jurídica, en la cual se compromete a asegurar el cumplimiento de una obligación, generalmente en beneficio de otro.
54
Calidad especifica en el sujeto pasivo
Requisito previsto por la ley, es una cualidad que debe reunir una persona para que se configure como el pasivo de un delito, de no exigirse podríamos entender que puede ser víctima cualquier sujeto.