La prueba digital en el proceso penal Flashcards

(34 cards)

1
Q

¿Qué se puede autorizar durante un proceso penal?

A
  • La intercepción de las comunicaciones telefónicas y telemáticas.
  • La captación y grabación de comunicaciones orales mediante la utilización de dispositivos electrónicos.
  • La utilización de dispositivos técnicos de seguimiento, localización y captación de la imagen.
  • El registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y registros remotos sobre equipos informáticos.
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2
Q

¿De quién se requiere autorización para interceptar las comunicaciones?

A

Durante la instrucción de las causas se podrán acordar con autorización judicial de oficio o a instancia del MF o PJ.

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3
Q

¿Quién autorizará o denegará la solicitud de intercepción de comunicaciones? ¿En qué plazo?

A

El juez de instrucción autorizará o denegará la medida solicitada mediante auto motivado oído el MF, en el plazo máximo de 24 horas desde la solicitud.

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4
Q

¿Qué deberá contener la resolución del juez de instrucción?

A

El hecho y su calificación, identidad de las personas afectadas, extensión, unidad investigadora, duración, forma y periodicidad con la que informar al juez y finalidad.

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5
Q

¿Quién y cómo podrá autorizar una prórroga de la intercepción de comunicaciones?

A

Mediante auto motivado, por el juez competente de oficio o previa petición del MF o PJ.

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6
Q

¿En qué casos el juez acordará el cese de la medida?

A

Si desaparecen las circunstancias que justificaron su adoptación, no hay resultados o transcurrido el plazo.

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7
Q

¿Quién deberá informar al juez de instrucción del desarrollo en la forma y con la periodicidad que este determine?

A

La policía judicial.

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8
Q

¿Cuáles son los principios rectores de la intercepción de las comunicaciones?

A

Especialidad, idoneidad, excepcionalidad, necesidad y proporcionalidad de la medida.

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9
Q

¿En qué consiste el principio rector de especialidad?

A

Medida relacionada con la investigación de un delito concreto, no descubrir delitos o despejar sospechas.

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10
Q

¿En qué consiste el principio rector de idoneidad?

A

Ámbito objetivo y subjetivo y la duración la medida en virtud de su utilidad.

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11
Q

¿En qué consiste el principio rector de excepcionalidad y necesidad?

A

Solo podrá acordarse la medida: cuando no se puedan adoptar otras medidas menos gravosas igualmente útiles o cuando el descubrimiento se vea gravemente dificultado sin el recurso a esta medida.

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12
Q

¿En qué consiste el principio rector de proporcionalidad?

A

Cuando el sacrificio de derechos afectados no sea superior al beneficio que resulte para el interés público o de terceros.

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13
Q

¿Qué se tendrá en cuenta en el principio de proporcionalidad para la ponderación de los intereses?

A

Se basará en la gravedad del hecho, trascendencia social o tecnológica, indicios existentes y relevancia del resultado.

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14
Q

¿Por qué delitos podrá autorizarse la intercepción de las comunicaciones telefónicas y telemáticas?

A
  • Delito doloso castigado con pena con límite máximo de al menos 3 años de prisión.
  • Grupo u organización criminal.
  • Terrorismo.
  • Cometidos a través de instrumentos informáticos o de cualquier otra TIC o servicio de comunicación.
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15
Q

¿Qué se verá afectado en caso de la intercepción de las comunicaciones telefónicas y telemáticas?

A

Los terminales o medios de comunicación objeto de uso habitual u ocasional del investigado.

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16
Q

¿Qué se podrá autorizar en caso de la intercepción de las comunicaciones telefónicas y telemáticas?

A
  • El acceso al contenido de las comunicaciones y a los datos electrónicos de tráfico o asociados al proceso.
  • Intervención de las comunicaciones de la víctima si es previsible un grave riesgo para su vida o integridad.
  • Intervención de las comunicaciones de terceros siempre que: exista constancia de que el investigado se sirve de las mismas; el titular colabora con el investigado o se beneficie de su actividad; el dispositivo sea utilizado maliciosamente por terceros.
17
Q

¿Qué deberá contener la solicitud de autorización judicial?

A

Además de lo establecido en las disposiciones comunes, deberá contener la identificación del número de abonado o terminal, la conexión objeto de intervención y los datos para identificar el medio de telecomunicación.

18
Q

¿La cuál será la duración máxima de la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas?

A

La duración máxima inicial, que se computará desde la autorización judicial, será de 3 meses, prorrogable por iguales periodos sucesivos hasta un máximo de 18 meses.

19
Q

¿Quiénes están obligados a prestar al juez, MF o PJ asistencia y colaboración precisas? ¿Qué deben guardar y en qué incurrirían en caso contrario?

A

Los prestadores de servicios de telecomunicaciones y personas que de cualquier modo contribuyan, están obligados a prestar al juez, MF o PJ asistencia y colaboración precisas debiendo guardar secreto pudiendo incurrir en delito de desobediencia.

20
Q

¿Qué pondrá la PJ a disposición del juez con la periodicidad que este determine y en soportes digitales distintos?

A

La transcripción de los pasajes de interés, indicando su origen, destino y aseguramiento mediante sellado o firma electrónica.

21
Q

¿En qué lugares se puede colocar y utilizar dispositivos electrónicos que permitan la captación y grabación de las comunicaciones orales directas que se mantengan por el investigado?

A

En la vía pública o lugares cerrados (domicilio u otro lugar cerrado).

22
Q

¿Quién deberá acordar la captación y grabación en el domicilio con dispositivos electrónicos?

23
Q

¿Por qué razón se podría conceder la captación y grabación de comunicaciones con dispositivos electrónicos?

A

SI puede racionalmente preverse que la utilización aportará datos esenciales y de relevancia probatoria.

24
Q

¿Por qué delitos se podrá captar y grabar las comunicaciones con dispositivos electrónicos?

A
  • Delito doloso castigado con límite máximo de al menos 3 años de prisión.
  • Grupo u organización criminal.
  • Terrorismo.
25
¿En qué situaciones podrá la PJ obtener y grabar por cualquier medio técnico imágenes de la persona investigada y por qué motivos? ¿Podrá llevarse a cabo si afecta a otros?
Cuando se encuentre en un lugar o espacio público, para localizar los instrumentos del delito u obtener datos sobre los hechos. Podrá llevarse a cabo aun cuando afecte a personas diferentes del investigado.
26
¿En qué situaciones se podrá utilizar dispositivos o medios técnicos de seguimiento y localización?
Cuando concurran acreditadas razones de necesidad y la medida resulte proporcionada, debiendo especificar el medio técnico.
27
¿En qué situaciones la PJ colocará los dispositivos o medios técnicos de seguimiento y localización? ¿Qué plazos tiene para informar?
Cuando concurran razones de urgencia que de no colocarse inmediatamente se frustrará la investigación, dando cuenta a la mayor brevedad posible, y en todo caso en el plazo máximo de 24 horas, a la autoridad judicial, quién podrá ratificar la medida adoptada o acordar su inmediato cese en el mismo plazo.
28
¿Cuál es la duración máxima de la utilización de dispositivos o medios técnicos de seguimiento y localización?
La duración máxima, que se computará desde la autorización judicial, será de 3 meses, prorrogable excepcionalmente por iguales o inferiores períodos hasta un máximo de 18 meses.
29
¿Qué se necesitará en caso de que sea previsible la aprehensión de ordenador o dispositivos de almacenamiento?
Se necesitará resolución del juez de instrucción para acceder al contenido de estos.
30
¿La incautación de dispositivos de almacenamiento de información legitima su acceso?
No, la simple incautación no legitima el acceso al contenido.
31
¿Quién podrá ordenar la medida de registro de dispositivos de almacenamiento de información?
- El juez - PJ o MF cuando concurran razones de urgencia dando cuenta a la mayor brevedad posible, y en todo caso en el plazo máximo de 24 horas, a la autoridad judicial, quien podrá ratificar la medida adoptara o acordar su inmediato cese en el plazo máximo de 72 horas.
32
¿Quién podrá autorizar la utilización de datos de identificación y códigos, así como la instalación de software que permitan de forma remota el examen a distancia y sin conocimiento de su titular del contenido de un ordenador o dispositivo electrónico?
El juez competente.
33
¿En qué supuestos se puede ordenar el registro remoto de equipos informáticos?
- Organizaciones criminales. - Terrorismo. - Contra menores o personas con capacidad modificada judicialmente. - Contra la CE, de traición y relativas a la defensa nacional. - Cometidos a través de instrumentos informáticos o de cualquier otra TIC o servicio de comunicación.
34
¿Cuál podrá ser la duración máxima de los registros remotos sobre equipos informáticos?
La duración máxima, que se computará desde la autorización judicial, será de un mes, prorrogable por iguales periodos hasta un máximo de 3 meses.