Las partes y la intervención de terceros Flashcards

(37 cards)

1
Q

Concepto de parte

A

Es parte el que demanda a nombre propio una actuación de la ley, y aquel frente al cual esta es demandada

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2
Q

Precisiones del concepto de parte

A
  • es un concepto procesal, se adquiere esta calidad sin referencia al derecho sustantivo
  • Puede adquirir la calidad de parte toda persona que tenga capacidad procesal
  • El demandado rebelde adquiere la calidad de parte aunque permanezca inactivo
  • Adquiere la calidad de parte el representado y no el representante
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3
Q

Relevancia de la calidad de parte

A

Los actos de alegación, prueba e impugnación deben ser ejecutados por las partes

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4
Q

Determinación de las partes y sus excepciones

A

Tal calidad se adquiere por el solo hecho de figurar como demandado y como demandante en la causa.
Los sujetos de la relación quedan determinados al inicio de la relación procesal, sin embargo pueden sufrir modificaciones:
- Sucesión procesal
- Intervención procesal
- Litisconsorcio derivativo

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5
Q

Capacidad de las partes (clases) y tratamiento procesal

A
  • Capacidad para ser parte
  • Capacidad para comparecer
  • Capacidad de pedir en juicio
    Es un presupuesto procesal, puede denunciarse por una excepción dilatorio o de oficio por el tribunal
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6
Q

Hipótesis de representación

A
  • Representación de personas interdictos
  • Representación legal
  • Representación de personas jurídicas
  • Representación del estado
  • Representación de ausentes
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7
Q

Tratamiento procesal de la representación

A

Es un presupuesto procesal, se puede denunciar como excepción dilatoria, de oficio por el tribunal, y puede dar lugar a la nulidad de todo lo obrado

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8
Q

Concepto legitimación

A

Es el reconocimiento que hace el derecho a un persona de la posibilidad de realizar con eficacia un acto jurídico, derivando dicha circunstancia de un situación determinada entre el sujeto y el objeto del mismo.

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9
Q

Clasificaciones de la legitimación

A
  • Según su naturaleza: ordinaria y extraordinaria
  • Según el numero de sujetos: individual y conjunta
  • Según la posición del sujeto legitimado: Activa y pasiva
  • Según el momento en que se produce: originaria y sobrevenida
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10
Q

Legitimación ordinaria

A

es la que le corresponde al titular de la situación jurídica sustancial que se deduce en juicio.
puede ser individual o conjunta

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11
Q

Legitimación extraordinaria

A

Supone el ejercicio de un acción por una persona distinta del titular de la situación jurídica sustancial y requiere siempre habilitación expresa del legislador.
- Casos en que la ley admite que la acción sea ejercida por un tercero que no es titular del derecho material deducido en juicio.
- Casos donde se concede legitimación extraordinaria para la defesa de intereses supraindividuales, colectivos o difusos.

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12
Q

Tratamiento procesal de la legitimación

A

No es un presupuesto procesal. Es una condición de la acción, no hay acción sin legitimación.
Puede alegarse mediante una excepción material.

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13
Q

Pluralidad de partes o litisconsorcio (concepto)

A

Consiste en la actuación de varias personas en una misma posición procesal dentro de un proceso

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14
Q

Clasificación del litisconsorcio

A
  • Según la posición que ocupan los sujetos en la relación procesal: pasiva, activa o mixta
  • Según la obligatoriedad de la presencia de varios sujetos: necesario o voluntario
  • Según el origen: originario o derivativo
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15
Q

Supuestos de litisconsorcio facultativo

A

Artículo 18 cpc:
- misma acción
- Acciones que emanen directa e inmediatamente de un mismo hecho
- Se procede conjuntamente por muchos o contra muchos en los casos que autorice la ley

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16
Q

Efectos litisconsorcio voluntario

A
  • Todo se tramita en un único procedimiento, pero cada litisconsorte tiene plena autonomía respecto del objeto del proceso.
  • Puede dar lugar a la representación común
  • Existe un termino común para contestar la demanda
  • En el juicio ordinario de mayor cuantía se puede aumentar el termino de emplazamiento en caso de litisconsorcio activo.
17
Q

Litisconsorcio necesario

A

supone la presencia necesario de varias sujetos en un mismo proceso de forma obligatoria
- necesario propio: es aquel en que la ley exige expresamente la intervención de varios sujetos
- necesario impropio: es aquel que su existencia no lo exige la ley, pero deriva de la naturaleza de la relación jurídica deducida en juicio.

18
Q

Ineficacias jurídicas en caso de no respetar el litisconsorcio necesario / instrumentos procesales para velar por el litisconsorcio necesario

A
  • inoponibilidad de la sentencia
  • nulidad de la sentencia
  • absolución de la instancia
    / Excepción procesal dilatoria, corrección de oficio, aplicación del art 21 cpc, acumulación de autos
19
Q

Intervención procesal, clasificación de terceros

A
  • Terceros en sentido meta jurídico o vulgar: terceros absolutos, son aquellos terceros que no pueden ser alcanzados por los efectos directos o indirectos de la sentencia
  • Tercero en sentido técnico: terceros relativos, son aquellos que sin ser parte pueden ser afectados por la sentencia.
20
Q

Clases de intervención procesal (clasificaciones9

A
  • Según la forma en que se produce: voluntaria o provocada
  • Según la posición que adopte el tercero: principal, adhesivo.
21
Q

Requisitos de la intervención voluntaria

A
  • Existencia de un proceso pendiente
  • Justificación de la intervención del tercero con arreglo a la ley
22
Q

Intervención forzada

A

Esta intervención se da por el tercero verse compelido en participar de un proceso pendiente, bajo amenaza de producirse en su contra algún efecto jurídico negativo
Hipótesis:
- Supuesto art 21 cpc
- jactancia
- Citación de evicción

23
Q

Sucesión procesal (concepto)

A

Es el reemplazo del demandado o del demandante durante un proceso como consecuencia de la transmisión o transferencia de la cosa litigiosa

24
Q

Requisitos de la sucesión procesal

A
  • que se produzca durante un proceso la transferencia o transmisión de la cosa litigiosa.
  • que dicha transferencia o transmisión pueda generar un cambio de partes
  • Que se solicite y decrete el cambio de partes en el proceso pendiente.
25
Sucesión por muerte de una de las partes
- Si la parte que fallece tenia constituido mandato judicial: el mandatario continua con la tramitación, salvo que se requiera la comparecencia personal - Si la parte comparece personalmente: se suspende el proceso y se comunica el estado a los herederos.
26
Sucesión por transferencia de la cosa litigiosa
- Contrato de cesión de derechos litigiosos - Negocios jurídicos que impliquen la transferencia de los derechos objeto del proceso - Transferencia de los derechos por el solo ministerio de la ley
27
Postulación procesal (concepto)
Es la aptitud que tienen ciertas personas para comparecer en juicio en defensa y representación técnica de otro
28
Patrocinio (concepto)
El patrocinio es el acto por el cual una persona encomienda a un abogado la defensa de sus derechos en juicio.
29
Acreditación en juicio del patrocinio
En la primera presentación de cada parte se debe patrocinar con el nombre, apellido, firma y domicilio del abogado.
30
Termino del patrocinio
- Por muerte del patrocinante - Por renuncia del patrocinante: se debe enviar un escrito de la renuncia, se notifica al patrocinado, y se computan 18 días hábiles para que cesen las tareas del abogado. - Por revocación del patrocinado: expresa o tacita
31
Mandato judicial (concepto)
Es el acto por el cual una persona encomienda a un procurador la representación de sus derechos en juicio.
32
Formas de constitución del mandato judicial
- Por escritura pública otorgada ante notario o ante oficial del registro civil a quien la ley confiere esta facultad - Por acta extendida ante el juez de letras o juez arbitro y suscrita por todos los otorgantes - Por declaración escrita del mandante, autorizada por el secretario del tribunal que esta conociendo de la causa.
33
Mandatarios judiciales
- Abogados - Procuradores del número - Estudiantes de derecho inscritos en tercero, cuarto o quinto año de la carrera - Egresados de derecho hasta 3 años después de haber rendido los exámenes correspondientes - Egresados de derecho que se encuentren realizando la practica profesional en las corporaciones de asistencia judicial
34
Facultades ordinarias o esenciales
Son aquellas facultades que permiten al procurador tomar parte en todos los tramites e incidentes del juicio y en todas las cuestiones que por vía de reconvención se promuevan hasta la ejecución completa de la sentencia definitiva.
35
Facultades extraordinarias
- Desistirse en primera instancia de la acción deducida - Aceptar la demanda contraria - Renunciar a los recursos o términos legales - Absolver posiciones - Transigir - Comprometer - Otorgar a los árbitros facultades de arbitradores - Celebrar convenios - Percibir
36
Facultad de la naturaleza
Delegar el mandato La subdelegación esta prohibida
37
Termino del mandato
- No termina por la muerte del mandante - No termina de pleno derecho, debe constar en el respectivo proceso - En caso de renuncia del mandatario, debe ponerse en conocimiento del mandante, el estado del juicio y que transcurra el termino de emplazamiento