Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana Flashcards
La Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana. Disposiciones generales. Documentación e identificación personal. Actuaciones para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana. Potestades especiales de policía administrativa de seguridad. Régimen sancionador (80 cards)
Pasaporte.
La competencia para su expedición corresponde:
a) En el territorio nacional, a la Dirección General de la Policía.
b) En el extranjero, a las Representaciones Diplomáticas y Consulares de España.
Infracción Muy Grave / Grave / Leve
Las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad, cuando estas conductas no sean constitutivas de infracción penal.
Leve
Infracción Muy Grave / Grave / Leve
La negativa a entregar la documentación personal legalmente exigida cuando se hubiese acordado su retirada o retención.
Leve
Infracción Muy Grave / Grave / Leve
El traslado de personas, con cualquier tipo de vehículo, con el objeto de facilitar a éstas el acceso a drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya delito.
Grave
Se considerarán organizadores o promotores de las reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones a:
- Personas físicas o jurídicas que hayan suscrito la preceptiva comunicación.
- También a quienes de hecho las presidan, dirijan o ejerzan actos semejantes, o quienes por publicaciones o declaraciones de convocatoria de las mismas, por las manifestaciones orales o escritas que en ellas se difundan, por los lemas, banderas u otros signos que ostenten o por cualesquiera otros hechos pueda determinarse razonablemente que son directores de aquellas.
Normas concursales
Los hechos susceptibles de ser calificados con arreglo a dos o más preceptos se sancionarán observando las siguientes reglas:
- El precepto especial se aplicará con preferencia al general.
- El precepto más amplio o complejo absorberá el que sancione las infracciones consumidas en aquel.
- En defecto de los criterios anteriores, el precepto más grave excluirá los que sancionen el hecho con una sanción menor.
Infracción Muy Grave / Grave / Leve
La omisión o la insuficiencia de medidas para garantizar la conservación de la documentación de armas y explosivos, así como la falta de denuncia de la pérdida o sustracción de la misma.
Leve
Infracción Muy Grave / Grave / Leve
La negativa a la disolución de reuniones y manifestaciones en lugares de tránsito público ordenada por la autoridad competente cuando concurran los supuestos del artículo 5 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio.
Grave
Infracción Muy Grave / Grave / Leve
La solicitud o aceptación por el demandante de servicios sexuales retribuidos en zonas de tránsito público en las proximidades de lugares destinados a su uso por menores, como centros educativos, parques infantiles o espacios de ocio accesibles a menores de edad, o cuando estas conductas, por el lugar en que se realicen, puedan generar un riesgo para la seguridad vial.
Los agentes de la autoridad requerirán a las personas que ofrezcan estos servicios para que se abstengan de hacerlo en dichos lugares, informándoles de que la inobservancia de dicho requerimiento podría constituir una infracción del párrafo 6 de este artículo.
Grave
La infracción se sancionará con multa en grado medio cuando se acredite la concurrencia, al menos, de una de las siguientes circunstancias:
- La reincidencia, por la comisión en el término de 2 años de más de una infracción de la misma naturaleza, cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa.
- La realización de los hechos interviniendo violencia, amenaza o intimidación.
- La ejecución de los hechos usando cualquier tipo de prenda u objeto que cubra el rostro, impidiendo o dificultando la identificación.
- Que en la comisión de la infracción se utilice a menores de edad, personas con discapacidad necesitadas de especial protección o en situación de vulnerabilidad.
Corresponde al [-] la competencia exclusiva para la dirección, organización y gestión de todos los aspectos referentes a la confección y expedición del Documento Nacional de Identidad, conforme a lo dispuesto en esta Ley y en la legislación sobre firma electrónica.
Corresponde al Ministerio del Interior la competencia exclusiva para la dirección, organización y gestión de todos los aspectos referentes a la confección y expedición del Documento Nacional de Identidad, conforme a lo dispuesto en esta Ley y en la legislación sobre firma electrónica.
La competencia a que se refiere el apartado anterior será ejercida por la Dirección General de la Policía, a la que corresponderá también la custodia y responsabilidad de los archivos y ficheros relacionados con el Documento Nacional de Identidad
La intervención de armas, explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos corresponde al [-], que la ejerce a través de la [-]
La intervención de armas, explosivos, cartuchería y artículos pirotécnicos corresponde al Ministerio del Interior, que la ejerce a través de la Dirección General de la Guardia Civil
Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir la identificación de las personas en los siguientes supuestos:
a) Cuando existan indicios de que han podido participar en la comisión de una infracción.
b) Cuando, en atención a las circunstancias concurrentes, se considere razonablemente necesario que acrediten su identidad para prevenir la comisión de un delito. (NO Infracciones, solo delito)
A las personas desplazadas a dependencias policiales a efectos de identificación, se les deberá expedir a su salida un volante que acreditará…
el tiempo de permanencia en ellas, la causa y la identidad de los agentes actuantes.
Infracción Muy Grave / Grave / Leve
El uso público e indebido de uniformes, insignias o condecoraciones oficiales, o réplicas de los mismos, así como otros elementos del equipamiento de los cuerpos policiales o de los servicios de emergencia que puedan generar engaño acerca de la condición de quien los use, cuando no sea constitutivo de infracción penal.
Grave
Infracción Muy Grave / Grave / Leve
El consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, así como el abandono de los instrumentos u otros efectos empleados para ello en los citados lugares.
Grave
Infracción Muy Grave / Grave / Leve
Los daños o el deslucimiento de bienes muebles o inmuebles de uso o servicio público, así como de bienes muebles o inmuebles privados en la vía pública, cuando no constituyan infracción penal.
Leve
Será causa legítima suficiente para la entrada en domicilio:
la necesidad de evitar daños inminentes y graves a las personas y a las cosas, en supuestos de catástrofe, calamidad, ruina inminente u otros semejantes de extrema y urgente necesidad.
Para la entrada en edificios ocupados por organismos oficiales o entidades públicas, no será preciso el consentimiento de la autoridad o funcionario que los tuviere a su cargo.
Los registros corporales externos respetarán los principios de:
proporcionalidad, igualdad de trato y no discriminación, así como el de injerencia mínima, y se realizarán del modo que cause el menor perjuicio a la intimidad y dignidad de la persona afectada, que será informada de modo inmediato y comprensible de las razones de su realización.
Los registros a los que se refiere este artículo podrán llevarse a cabo contra la voluntad del afectado, adoptando las medidas de compulsión indispensables, conforme a los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.
Infracción Muy Grave / Grave / Leve
Dejar sueltos o en condiciones de causar daños animales feroces o dañinos, así como abandonar animales domésticos en condiciones en que pueda peligrar su vida.
Leve
Registros corporales externos.
Salvo que exista una situación de urgencia por riesgo grave e inminente para los agentes el registro se realizará:
- Por un agente del mismo sexo que la persona sobre la que se practique esta diligencia.
- Si exigiera dejar a la vista partes del cuerpo normalmente cubiertas por ropa, se efectuará en un lugar reservado y fuera de la vista de terceros. Se dejará constancia escrita de esta diligencia, de sus causas y de la identidad del agente que la adoptó.
Infracción Muy Grave / Grave / Leve
La desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación.
Grave
Podrán prohibir y, en caso de estar celebrándose, suspender los espectáculos y actividades recreativas cuando…
exista un peligro cierto para personas y bienes, o acaecieran o se previeran graves alteraciones de la seguridad ciudadana.
Infracción Muy Grave / Grave / Leve
La proyección de haces de luz, mediante cualquier tipo de dispositivo, sobre miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para impedir o dificultar el ejercicio de sus funciones.
Leve