Modos de extinguir las obligaciones part. general - pago Flashcards
(42 cards)
qué son los modos de extinguir las obligaciones
son actos o hechos a los que la ley le atribuye el valor de hacer cesar los efectos de las obligaciones
que modos de extinguir existen en chile
los del art. 1567 cc, se establecen en 10 numerandos y el inc 1 establece la resciliación o mutuo disenso
cuales son los modos que establece el art. 1567
inc. 1: resciliacion o mutuo discenso
1. Solucion o pago efectivo
2. novacion
3. transaccion
4. remision
5. confusion
6. compensacion
7. perdida de la cosa que se debe
8. por la declaracion de la nulidad o rescision
9. por el evento de la condicion resolutoria
10. prescripcion
es taxativo el art. 1567, o existen otros modos de extinguir
no es taxativo el art. 1567, existen otros modos de extinguir las obligaciones que no estan contempladas en el art. por ejemplo:
los plazos extintivos en los contratos de arrendamiento
la imposibilidad absoluta de cumplir con la ejecucion de una o° hacer
la muerte del deudor en las obligaciones intransmisibles y en los contratos intuitu personae
dacion en pago
que es la solucion o pago efectivo
segun los establecido en el art.1568 el pago efectivo es la prestacion de lo que se debe
cual es la naturaleza juridica del pago
- convencion extintiva, por lo que debe cumplir con los requisitos generales del acto juridico (existencia, validez y capacidad de las partes)
- cuando se trata de obligacion de dar, se paga haciendo la tradicion. Por eso se dice que la tradicion es un pago
- es intuitu personae, porque no se puede pagar a otra persona que no sea el acreedor o a quien representa al acreedor
cuales son las caracteristicas del pago
- especifico
- completo
- indivisible
que significa que el pago sea especifico
- segun el art. 1569 el pago debera hacerse bajo todo respecto en conformidad al tenor de la obligación. sin perjuicio de los casos especiales que dispongan las leyes.
- el acreedor no va a poder ser obligado a recir otra cosa que lo que se deba ni aun a pretexto de ser de igual o mayor valor que la debida
que signfica que sea completo
significa que debe comprender integramente lo debido, segun lo establecido en el art.1591 inc 2 comprende intereses e indemnizaciones
por regla general los gastos del pago son del deudor
que significa que el pago sea indivisible
Segun lo establecido en el art.1591 inc 1 el deudor no puede obligar al acreedor a recibir por partes el pago de lo que se debe, salvo en el caso de convencion contraria o en los casos especiales que la ley establezca
cuales son los casos en que el pago puede ser divisible
- por convencion de las partes
- los obligaciones simplemente conjuntas
- deudas hereditas
- en las deudas en que existen varios fiadores
- en la compensacion
por quien debe hacerse el pago
el pago debe hacerse por el deudor
tambien comprende a:
* representante legal
* mandatario
* heredero del deudor
que efecto va a tener el pago hecho por el deudor
la olbligacion se extingue sin conconsecuencia posterior
¿solo el deudor y a quienes comprende el deudor pueden hacer el pago?
no, no solo el deudor puede hacer el pago. Tambien puede hacer el pago un tercero, en tal caso, se debe distinguir si tiene interes en extinguir la obligacion o es un tercero extraño a la obligacion
quienes son los terceros que tienen interes en extinguir la obligacion
pueden ser:
* Codeudores solidarios: quienes se subrogan en derechos y creditos del acreedor
* Los fiadores: tambien se subrogan en derechos y credito del acreedor
* Propietario de la finca hipotecada: las razones pueden ser hipotecar la causa en favor de la deuda de un tercero o haber adquirido un bien hipotecado
cuales son los terceros que son extraños a la obligacion
debemos distinguir:
1. si el tercero paga con el consentimiento expreso o tacito del deudor: se subroga en el credito del acreedor. Pasa a ser un madatario, por lo que tendra: la accion subrogatoria y la accion propia del mandatario
2. si el tercero paga sin el conocimineto del deudor: no opera la subrogacion legal, solo la convencional, por que que si el acreedor le subrogue su credito, tendra la accion subrogatoria pero de otra forma solo tendra accion de reembolso
3. si el tercero paga en contra de la voluntad del deudor: no va a tener derecho a que se le reembolse lo pagado, salvo que el acreedor le ceda su accion
pero el tercero actua como agente oficioso, por lo que se debe atender a: si el pago fue util para el deudor o no
si el pago fue util:
se aplica el art. 2291 hay accion de repeticion
si no fue util: se aplica la regla del art. 1574
como se debe hacer el pago de una obligacion de dar
la obligacion del deudor es hacer la tradicion
existen reglas para hacer la tradicion
si,
el tradente debe ser el titular del derecho que transfiere o debe tener el consentimiento del dueño.
debe.
Tambien el tradente debe tener la capacidad de disposición
y finalmente debe cumplir con las solemnidades legales exigidas para la enajenacio y que sin ellas no trnasfiere el dominio, estas son: el que paga debe tener la facultad de enajenar (nulidad relativa o nulidad absoluta)
la observancia a las leyes especiales
cual es la importancia de saber a quien debe hacerse el pago
la importancia radica en que, si el deudor paga mal, no queda liberado
Cómo se puede validar el pago hecho a persona inhábil
El acreedor ratifica el pago
El que recibe el pago, sucede en el crédito
Cuáles son las excepciones respecto de quienes no pueden recibir el pago
Pago es nulo cuando:
Recibe el pago una persona que no tiene la libre administración de sus bienes
Pago hecho al acreedor cuyo crédito se ha embargado u ordenado retener por decreto judicial
Existen otras personas que pueden recibir el pago
Los representantes del acreedor, quienes pueden ser:
*Legales
*Judiciales
*Convencionales
quienes son los representantes legales
se encuentran establecidos en el art. 1579:
* Tutores y curadores
* Albaceas
* Maridos respecto de los bienes sobre los cuales tengan la adminisitracion de los mismos
* Padres o Madres respecto de los hijos sobre los cuales ejerzan la patria potestad
* Recaudadores fiscales, de comunidades o establecimientos publicos entre otros
NO ES TAXATIVO
Quienes pueden ser representantes judiciales, ejemplo
son aquellos que han sido designados por el juez para recibir el pago, por ejemplo en el caso en que exista una medida precautoria de secuestro