OBLIGACIONES Flashcards

(125 cards)

1
Q

¿QUÉ ES LA RESPONSABILIDAD CIVL?

A

Conjunto de normas que establecen la forma como el OJ reacciona frente al daño causado por un sujeto de derecho privado

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2
Q

¿ CÓMO REACCIONA LA RC?

A

La primera reacción del OJ cuando hay un daño es que nadie lo tiene que pagar Casum sentim dominus” = cada cual soporta su propio daño- salvaguardar la libertad

A menos que se demuestren una serie de elementos que si concurren en el caso generan responsabilidad

Responsabilidad como obligacion es excepcion a la regla general

Si ud quiere que alguien pague le toca probar que tiene que pagar

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3
Q

¿CUANDO HAY RESPONSABILIDAD CIVIL?

A
  1. Interacción bilateral
  2. Sensación de daño
  3. Agente dañador es un sujeto de derecho privado
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4
Q

FUNCIONES DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL

A
  1. Reparación
  2. Prevención
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5
Q

REPARACIÓN ( funciones)

A

Llevar a la victima a como estaría hoy si no hubiese ocurrido el hecho dañoso. No a como estaba.

Principio de reparación integral : no debe haber enriquecimiento y empobrecimientos en cabeza de la víctima, pagarle todo el daño pero nada mas que el daño.

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6
Q

PREVENCIÓN (funciones) - general y especial

A
  1. Prevención general

Obligación de indemnizar - desincentivo para causar daños

  1. Prevención especial

A. Reparación por daño contingente

Por regla general se concede acción en todos los casos de daño contingente, que por imprudencia o negligencia de alguno amenace a personas indeterminadas; pero si el daño amenazare solamente a personas determinadas, sólo alguna de éstas podrá intentar la acción.

Si hay daño contingente ud puede demandar una orden de conducta por parte del juez para evitar el daño

B. Deber de mitigación

Cuando una victima empieza a sufrir un daño esta en el deber de mitigarlo = evitar que ese daño se propague o amplíe

Si no evita que el daño se amplíe ( cuando podía) = ese pedazo del daño el agente dañador no se lo tiene que pagar
Si trato de evitar el daño y lo logra o no = el agente dañador paga los gastos de mitigación

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7
Q

¿QUE PROPONE CALABRESI Y POR QUÉ NO FUNCIONA? ( 3 ARGUMENTOS )

A
  1. Dentro del adn de la responsabilidad se trata de una interacción bilateral y el dañador repara. Calabresi impone la responsabilidad a la sociedad , a un individuo x mientras que sea menos costoso.
    Calabresi no explica la bilateralidad de la responsabilidad = que pague el evitador mas barato del costo y no el agente dañador.
  2. Para la responsabilidad es fundamental distinguir entre acciones correctas e incorrectas y diferencia las consecuencias según esto
    Clabresi no hace la distinción entre la accion es correcta o incorrecta
  3. De donde saca los costos ? El numero?
    No trasmite la forma en que se ve la responsabilidad en la practica
    La formula de learned hand no sirve porque uno no piensa en el costo de prevenir el daño de cada cosa que hace
    No pensamos las interacciones de responsabilidad en terminos de costos
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8
Q

QUE PLANTEA COLEMAN SOBRE LA JUSTICIA CORRECTIVA

A

Principio moral que explica el derecho de daños es la justicia

Justicia distributiva = como repartimos el todo entre las partes

Justicia correctiva = una vez a la justicia distributiva ha hecho la repartición del todo entre las partes la justicia correctiva cuida que las partes entre si mantenga la distribución

Es mejor tratar de hacer algo para corregir para acercar la situación a como estaba
Cuando algo es correctivamente injusto

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9
Q

CONCEPCIÓN ANULADORA DE LA JUSTICIA CORRECTIVA

A

Justicia correctiva es un principio moral que impone anular las pérdidas y ganancias injustas

Cualquiera podría anular perdidas y ganancias injustas = no le impone la responsabilidad a nadie

No explica la bilateralidad

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10
Q

CONCEPCIÓN ANULADORA DE LA JUSTICIA CORRECTIVA (Coleman)

A

Justicia correctiva es un principio moral que impone anular las pérdidas y ganancias injustas

Cualquiera podría anular perdidas y ganancias injustas = no le impone la responsabilidad a nadie

No explica la bilateralidad

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11
Q

CONCEPCIÓN RELACIONAL DE JUSTICIA CORRECTIVA ( wenrib)

A

Justicia correctiva es un principio o deber moral que impone el deber de anular las pérdidas y ganancias injustas correlativas

Solo así la situación vuelve a como la puso la justicia distributiva = bilateralidad que le hacia fa.ya a la concepcion anuladora

No todas las perdidas injustas tienen una ganancia correlativa

No se refiere a algo material, a terminos facticos si no a tomar un pedazo de libertad que le correspondía a otro. Tenia la libertad de dañar floreros = no y a la que le dañaron el florero tenia la libertad de que no le dañaran el florero = si —> pierde un pedazo de libertad

Esta mal :

Hay un corto circuito = si la perdida y la ganancia son en terminos de libertad la rectificación debería ser en terminos de libertad pero resulta que la rectificación es en dinero = incoherente

Esta concepción como mira esferas de libertad no mira una periódica realmente = quitar libertades no es la perdida, es la acción ( tomar una libertad que no me corresponde) no pretende que rectifiquemos las perdidas si no las acciones incorrectas.

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12
Q

CONCEPCIÓN MIXTA DE JUSTICIA CORRECTIVA (Coleman)

A

Mix entre anuladora y relacional

La justicia correctiva es un deber moral que consiste en que debemos anular las pérdidas injustas que un sujeto causa a otro

Pérdidas injustas en sentido fáctico
El agente dañador causo la pérdida = responde por ella —> asignación de responsabilidad = bilateralidad
Rectificar pérdidas injustas que un sujeto causa a otro

Falla porque

La faceta preventiva ?
Es trampa porque reprodujo la regla de responsabilidad en el principio moral

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13
Q

¿ QUE ES LA RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL ?

A

Aquella responsabilidad que se deriva de la infracción de un vinculo juridico previo y concreto

Que haya vinculo juridico previo y concreto ( antes de la interacción dañosa)

Concreto y singular ( exista entre esas partes en razón de las condiciones singulares de esas partes = que no sea un deber genérico)

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14
Q

¿QUE ES LA RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL?

A

Aquella responsabilidad que no se deriva de la infracción de un vinculo juridico previo y concreto

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15
Q

¿QUE ES LA REPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL?

A

Se compromete la obligacion de indemnizar cuando una parte no ha procedido con buena fe exenta de culpa en los tratos previos a la celebración de un acuerdo

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16
Q

DIFERENCIAS ENTRE CONTRA Y EXTRA

A

Régimen distinto :

Propósito :

Mora:

Daño:

Culpa

Capacidad

Cláusulas de exoneración

Solidaridad

Prescripción

Competencia

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17
Q

¿QUE ES LA REPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL?

A

Se compromete la obligacion de indemnizar cuando una parte no ha procedido con buena fe exenta de culpa en los tratos previos a la celebración de un acuerdo

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18
Q

¿QUE ES LA REPONSABILIDAD PRECONTRACTUAL?

A

Se compromete la obligacion de indemnizar cuando una parte no ha procedido con buena fe exenta de culpa en los tratos previos a la celebración de un acuerdo

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19
Q

¿QUE ES LA PROHIBICIÓN DE OPCIÓN / ACUMULACIÓN?

A

tratandose de un mismo daño no es dable escoger el regimen de responsabiliddd por el cual se demanda ni delegar dicha elección en el juez sino que debe demandarse conforme a la responsabilidad que corrresponda.

No se Viola la prohibición de opcion cuando usted acumula responsabilidades (CyE) estando frente a daños diferentes

CONSECUENCIA

Si ud voilaba la prohibicion de opción = perdía la pretension —> juez declara fallida la pretension por prohibicion de opcion
Fallo de marzo 2020 cambia la consecuencia —> el juez puede reconducir

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20
Q

¿ QUE ES LA CONTRACTUALIZACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD?

A

Fenómeno por el cual una responsabilidad que es inicialmente extracontractual , se torna contractual si se cumplen unos requisitos

  1. Ejecutor material diferente al deudor principal
  2. Unidad de prestaciones
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21
Q

CUALES SON LOS PRESUPUESTOS DE RESPONSABILIDAD CIVIL

A

Hecho
Daño
Factor de atribución
Imputación

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22
Q

QUE ES EL HECHO ANTIJURIDICO

A

Para que haya responsabilidad civil, el potencial agente dañador deb haber incurrido en una accion u omisión antijuridica

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23
Q

QUE ES EL DAÑO INDEMNIZABLE?

A

es toda lesion, afectación o menoscabo cierto personal y directo , sobre un interes jurídico tutelado ( esta definición no es unánime)

Lesión: empeoramiento relativo de la situación de la victima

  • teoria de la diferencia
  • teoria de la valoración real concreta

Interes juridico tutelado: derecho reconocido por el OJ

Cierto : certeza de que ocurrió o de que ocurrirá en un futuro ( daño virtual)

Personal: que lo reclame el titular del interes juridico tutelado no un tercero

  • apoderados, colectividad, victimas de rebote

Directo : debe ser consecuencia inmediata del hecho dañoso ( sin muchos peldaños)

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24
Q

DIFERENCIAS ENTRE PERJUICIOS PATRIMONIALES Y EXTRAPATRIMONIALES

A

PATRIMONIALES

Recae sobre la esfera económica
Se indemniza

EXTRAPATRIMONIALES

No recae en la esfera económica
Se compensan

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25
DISTINCIÓN ENTRE DAÑO Y PERJUICIO
Daño es el concepto dogmático : afectación del derecho que puede generar repercusiones de carácter patrimonial o extrapatrimonial = perjuicios Perjuicio = repercusiones o efectos que el daño genera SE INDEMNIZAN PERJUICIOS NO DAÑO
26
QUE ES DAÑO EMERGENTE ( patrimonial)
Erogación o sobre costos que incurre la victima con ocasión del hecho dañoso
27
QUIEN PUEDE RECLAMAR DAÑO EMERGENTE
Todo el que lo haya sufrido
28
CUANTO SE PUEDE COBRAR POR DAÑO EMERGENTE
El monto del perjuicio = reparación integral Procedimiento de cuantificación
29
COMO SE PRUEBA DAÑO EMERGENTE
Libertad probatoria pero normalmente prueba documental
30
QUE ES LUCRO CESANTE ( patrimonial)
Ingresos o, réditos o beneficios económicos que paran de ingresar o que no ingresarán al patrimonio de la victima como consecuencia del hecho dañoso
31
QUIEN PUEDE COBRAR LUCRO CESANTE
Todo el que lo haya sufrido * QUOTA SIBI
32
COMO SE PRUEBA EL LUCRO CESNTE
Cuantificación PRESUNCIONES !!! Libertad probatoria - prueba documental
33
CUALES SON LAS PRESUNCIONES DE LUCRO CESANTE ( casposo dificles)
34
¿QUE ES DAÑO MORAL ( extra patrimonial)
consiste en la tristeza , la aflicción, la angustia , la sosobra , el desasasosiego que sufre la victima con ocasión del hecho dañoso Daño moral se preocupa por la esfera interna = sentimientos
35
QUIEN PUEDE RECLAMAR DAÑO MORAL
Cualquiera que lo demuestre, todo el que lo sufra
36
CUANTO SE PUEDE COBRAR POR DAÑO MORAL Y COMO SE DECIDE
Arbitrio judicial : el juez en su prudente criterio determinara el monto de la compensación por daño moral Tope hoy 60 millones de pesos por reclamante por mayor afectación ( muerte de padres e hijos o cuadriplegia)
37
COMO SE PRUEBA EL DAÑO MORAL
Libertad probatoria Debería probarse a traves de declaraciones
38
EJEMPLOS DE CASOS DIFÍCILES EN DAÑO MORAL
1. Persona juridica 2. Menores de muy corta edad 3. Personas en estado de coma 4. Muerte instantánea 5. Perdida de feto con muerte de la madre 6. Hijo póstumo y hermano póstumo
39
QUE ES EN DAÑO A LA VIDA EN RELACIÓN
Modalidad de perjuicio extrapatrimonial que consiste en la imposibilidad de relacionarse normalmente y de disfrutar de los placeres de la vida como consecuencia d eun afectación pisco física Este paga la esfera externa : como se proyecta
40
QUIEN PUEDE RECLAMAR DVR
Cualquiera que lo haya sufrido También victimas de rebote
41
CUANTO SE PUEDE RECLAMAR Y QUIEN DECIDE EN DVR
Arbitrio judicial Sentencia de 2021 : tope hoy en día esta 140 millones de pesos por reclamos d estor afectacion
42
COMO SE PRUEBA EL DVR
Libertad probatoria Dictamen medico, dictamen psicológico La corte ha exonerado de prueba cuando s errata de un hecho notorio
43
QUE SON LOS DAÑOS A INTERESES PERSONALÍSIMOS DE ESPECIAL RELEVANCIA CONSTITUCIONAL
Violación de un derecho protegido por la constitución Son compensables los daños a IPDRC Si a una persona se le afecta un interes personalismo : el solo hecho de la vulneración de ese derecho da lugar a esa compensación TOPE 20.000.000
44
QUE SON LOS FACTORES DE ATRIBUCIÓN Y COMO SE CLASIFICAN
Criterios juridicos que determinan cuando un daño le es imputable, endilgable a una persona determinada. Hay factores objetivos y subjetivos
45
QUE SON LOS FACTORES OBJETIVOS DE ATRIBUCIÓN
Aquellos que no miran la corrección o incorrección del comportamiento de la gente para asignar la responsabilidad Riesgo + los demás * La regla general es que la responsabilidad es subjetiva, se tiene que encontrar una norma ( jurisprudencia…) que muestra que es objetiva * La responsabilidad objetiva es una regla excepcional
46
DONDE SE USA MÁS LA RESPONSABILIDAD OBJETIVA ?
ACTIVIDADES DE RIESGO * En Colombia no se esta de acuerdo con que sea de responsabilidad objetiva porque alude a la culpa * En Colombia la corte dijo que la responsabilidad por riesgo se guiaba del art 2356 es una responsabilidad por riesgo donde la culpa se presume pero la diligencia no exonera ( la culpa pierde todo el rol) la corte hace un disfraz juridico para no separarse de la norma * Desde punto de vista teórico es subjetiva pero desde el practico es objetiva * La postura se mantuvo asi hasta 2009 * En 2021 se profiere la sentencia 2111 de 2021 : cuando se tiene una actividad peligrosa es una responsabilidad objetiva ○ Así el articulo en que se basa sea un articulo que alude a la culpa * Responsabilidad objetiva solo no se debe probar dolo ni culpa pero si todos lo demás ( nexo causal…) La corte estaba diciendo que era objetiva Fallo 2023 dice que es subjetiva con exoneración de culpa Todavía seguimos en la discusión de si la actividad peligrosa es objetiva o subjetiva, la corte saco un fallo que yo no muestra que es objetiva
47
QUE SON LOS FACTORES SUBJETIVOS DE ATRIBUCIÓN
Son aquellos que miran la corrección o incorrección del comportamiento de la gente para asignar la responsabilidad Dolo Culpa
48
QUE ES EL DOLO?
Intención positiva de causar daño Solo hay un tipo de dolo = igual en contra y extra El dolo no se presume hay que probarlo El dolo futuro no se puede condonar
49
QUE ES LA CULPA ( dos concepciones )
Noción psíquica o psicológica de culpa ( derecho clásico francés previo a la revolución industrial) : hay culpa cuando una persona ha cometido una imprudencia o un error de conducta siendo consciente de la imprudencia de su actuar Noción abstracta o objetivada de culpa ( post revolución - hermanos massaeu : hay culpa cuando existe un error de conducta tal que ho habría sido cometido por una persona prudente y diligente situada en las mismas circunstancias del autor del daño ○ Cuando al comparar lo que le demandado hizo con el estándar de diligencia aplicable y no lo cumple : hay culpa
50
CUALES SON LOS TIPOS DE CULPA Y CAMPO DE APLICACIÓN
Extra contractual - Solo hay una culpa Contractual - Grados de culpa * Art 63 cc : grave , leve , levisima * Grave: aquella que no habría sido cometida ni siquiera por la persona dotada de la mas elemental inteligencia. El estándar que se viola es el mas elemental , el más básico. Es sumamente ostensible * Leve: aquella que no habría sido cometida por una persona prudente. Se viola el estándar medio de cuidado * Levisima : aquella que no habría sido cometida por la persona con la mas esmerada diligencia. Se viola el estándar mas exigente La gravedad de la culpa se gradúa en comparación con el estándar que se violó
51
HASTA POR QUÉ CULPA RESPONDE EL SUJETO ?
* Art 1604 CC : teoria general de la prestación de las culpas El grado de culpa por el que se responde depende del beneficio de la relacion juridica * Beneficio para ambas partes ( compraventa) : responden hasta por culpa leve ( grave y leve ) se tolera o se perdona la culpa levisima * Beneficio para una de las partes ( donación) : la parte que se beneficia responde hasta por la culpa levisima ( grave, leve, levisima) al recibir sin dar nada a cambio se espera la mayor diligencia. La parte que da responde solo por culpa grave.
52
QUE PROBLEMA TIENE LA TRIPARTICIÓN DE LA CULPA
En la practica las definiciones generan problemas, no se sabe donde trazar la línea entre los estándares ( que es medio, que es grave? )
53
COMO HACEMOS ENTONCES PARA ANALIZAR LA CULPA?
* En responsabilidad contractual, en la practica, se utiliza la distinción de obligaciones de medio y de resultado ( no esta en la ley esta distinción pero se usa jurisprudencialmente) * La distinción entre obligacion de medio y de resultado atañe a dos elementos fundamentales : prestación y culpa ○ Prestación en obligacion de medio : hacer los mejores esfuerzos para lograr un resultado pero no a lograrlo ○ Prestación en obligacion de resultados : se compromete a lograr resultado ○ Culpa en obligaciones de medio : sistema de culpa probada, el acreedor que demanda su deudor tiene que probar que no hizo los mejores esfuerzos , si no lo hace , no hay responsabilidad d ○ Culpa en obligacion de resultado : culpa presunta. El deudor no entrega el resultado al que se comprometió, se presume su culpa. El acreedor no tiene que probar ○ El deudor no se exonera mostrando diligencia * La culpa se puede condonar tanto pasada como futura * Solo no se puede condonar la culpa grave futura
54
QUE ES EL NEXO CAUSAL?
* El hecho debe haber sido la causa del daño para que surja la obligación de indemnización * Razón de derecho por la cual se rompe el casum sentim dominus : factor de atribución * Razón de hecho por la cual se rompe el casum sentim dominus: nexo de causalidad * Nexo : razón de hecho , hacer que ese hecho tenga que ver con el daño
55
QUE PLANTEA LA TEORIA DE LA EQUIVALENCIA DE LAS CONDICIONES
Un suceso es causa de otro cuando al suprimir el suceso inicial desparece el suceso consecuencial Si no A entonces no B
56
EQCO: EN QUE TEORIA DE LA FILOSOFÍA SE BASA
* Tambien se conoce en le derecho como el test sine qua non * Ase basa en un juicio de la filosofía - juicios contrafácticos
57
EQCO: ES UN JUICIO GENERALISTA O PARTICULARISTA
* Particularista : le interesa determinar que CAUSÓ la caída del marcador no que es lo que causa la caída de marcadores. Es en ese caso particular
58
EQCO: CUALES SON SUS DESAFÍOS
* Nos lleva a un regreso al infinito (si no hubiera nacido etc… ) * Casos de sobredeterminacion causal : dos cursos causales que producen el mismo resultado - ninguno de los dos ○ Sobredeterminacion simultánea : los dos o mas cursos causales producen el resultado simultáneamente = ahí ninguno causo ○ Sobredeterminacion sucesiva : dos cursos causales producen el mismo resultado pero no al tiempo * Pésima para resolver los casos de incertidumbre causal : no es dificultad para probar la causa, sino no se puede saber cual fue la causa ( hidroituango)
59
QUE PLANTEA LA TEORIA DE LA CAUSA ADECUADA
* Un suceso es causa de otro cuando en base de las maximas de la experiencia y lo que usualmente ocurre, ese suceso es idóneo para producir el resultado * Se denomina prognosis póstuma - requiere conocimientos especiales técnicos y científicos
60
CA: EN QUE TEORIA DE LA FILOSOFÍA SE BASA
* Juicios regularistas: podemos inferir los fenómenos causales a partir de lo que regularmente pasa en le mundo
61
CA: ES UN JUICIO PARTICULARISTA O GENERALISTA
* Generalista : no le interesa saber si el disparo causo la perdida del ojo de la victima , sino si los disparos causan la perdida de ojos
62
CA: CUALES SON SUS DESAFÍOS
Resultados atípicos - Según como yo pregunte cambio el resultado
63
QUE PLANTEA LA TEORIA DE LA IMPUTACIÓN OBJETIVA
* Ninguna teoria de la causalidad es por si sola suficiente para resolver el problema causal * El análisis de la causalidad no es solo un tema fáctico se deben incluir variables juridicas * La teoria de la imputación considera que un suceso es causa de otro cuando pasa un análisis de dos etapas: 1. Causa de hecho * Causa de hecho : si el evento fue fácticamente el detonante del resultado * Para la causa de hecho se debe hacer un juicio sine qua non ( equivalencia de las condiciones) - ahí surgen las causas fácticas 2. Causa de derecho * Causa de derecho : del grupo de causas fácticas , cuales son jurídicamente relevantes - ver si es una causa fáctica jurídicamente relevante Criterios de selección de causas: A. Criterio de adecuación y presivsibilidad * Que tan previsible era el resultado * Si era previsible es jurídicamente relevante B. Se prohíbe el regreso al infinito * “Si no hubieran nacido no hubiera ocurrido” Considerar fin de protección de la norma
64
IO: COMO SE MIRA LA CAUSA DE HECHO
1. La causa de hecho se mira con un sine qua non , entonces los problemas que vimos se replican en esta teoria. La teoria de imputacion hereda los problemas del sine qua non ( sobredeterminacion causal, cazadores ) Para que el sine qua non este probado tiene que llegar a un humoral cercano a la certeza - de suprimir el inicial , desaparece el consecuencial * La doctrina impone el estándar de convicción ○ Regla del todo o nada : para aplicar el test sine qua non usted tiene que llegar a un humoral cercano a la certeza - tiene que saber casi que a ciencia cierta si al suprimir el inicial desaparece el consecuencial ○ Regla de probabilidad o parciaria : en casos de incertidumbre no se debe determinar a ciencia cierta si desaparece el resultado sino la probabilidad de que desaparezca el resultado. Atribución por probabilidades
65
IO: DONDE ESTA COLOMBIA?
* Caso de Clínica Las Vegas * La teoria de la causalidad por si sola es insuficiente - análisis en etapas : causa de hecho, causa de derecho —> teoria d ela imputacion * En ese fallo la corte no dice con que teoria hacer la causa de hecho y con que teoria hacer la causa de derecho * 12 enero 2018 caso Codensa : Colombia usa como estándar de convicción la regla de todo o nada - cuando hay incertidumbre entonces dicen que nadie
66
ANTES DE INDEMNIZAR QUE SE DEBE HACER
Ver si hay causales de exoneración
67
QUE SON LAS CAUSALES DE EXONERACIÓN
Cualquier clase de circunstancia que desestime los presupuestos de la responsabilidad Hay muchas pero existen dos famosas: 1. Causa extraña 2. Causales de justificación
68
QUE SON LAS CAUSAS EXTRAÑAS Y COMO EXONERAN
* Fuerza mayor o caso fortuito : circunstancia que proviene de la naturaleza o del hazar y que fue la causa del daño. No se podia razonablemente evitar e imprevisible imprevisible e * Hecho de la victima o culpa d ela victima : obrar irresisitible e imprevisible de la victima que causa el daño * Hecho de tercero : circunstancia imprevisible e irresistible qun proviene de un tercero Si hay estos o , se rompe el nexo causal y se mantiene el casum sentim dominus * La exoneración puede ser total o parcial * Si los hechos generan en su totalidad el daño : exoneración total * Si los hechos generan parcialmente el daño : concurrencia de causas y se divide la exoneración
69
QUE SON LAS CAUSALES DE JUSTIFICACIÓN Y COMO EXONERAN
Causal de exoneración que enerva o desestima la antijuridicidad de la conducta * Hubo un proceder contrario a derecho pero es tolerado por el ordenamiento En principio parecen conductas antijuridicas pero no lo son porque el ordenamiento las autoriza
70
QUE TIPO DE OBLIGACIÓN ES LA OBLIGACIÓN DE INDEMNIZAR ?
1. Obligacion de indemnización es una obligacion de valor * En las obligaciones de valor : la obligacion consiste en un valor especifico, no se promete dar , hacer o no hacer —> suplir el valor que esta esperando el deudor ( puede asumir la forma de dar, hacer o no hacer segun el caso) * En la indemnización el valor se presenta en el principio de reparación integral - llevar a la victima en el estado en el que estaba Depende del daño y de los perjuicios que se reclamen
71
COMO SE INDEMNIZA SEGÚN EL SUJETO ?
* Tiene 4 componentes esencial * Sujeto activo : acreedor - victima * Sujeto pasivo : deudor- agente dañador * Puede ser una obligacion de sujeto único o de sujeto plural * Si es de sujeto plural puede haber pluralidad de deudores y de acreedores * Si hay muchas victimas la obligacion es mancomunada por activa : cada victima solo tiene derecho a su parte, no es solidaria por activa * Si hay varios deudores es solidaria por pasiva : cualquiera de los deudores puede ser obligado a pagar la totalidad de la obligacion * Es solidaria por pasiva tanto en contractual como en extracontractual * En responsabilidad contractual no desvirtúa que en civil las obligaciones son conjuntas por regla general - la obligacion de repara perjuicios es solidaria por pasiva por protección de la victima * Es solidaria frente a la victima no se habla de causantes si no de responsables frente a la victima * Una vez que uno de los agentes dañadores paga no significa que no pueda repetir con los demás , puede pagar la cuota causal que le corresponde - distribución de porcentajes causales
72
CUALES SON LAS FORMAS DE REPARAR
* Hay dos formas de reparar : in natura y subrogado pecuniario * In natura : cumplir la prestación tal y como estaba pactada * Subrogado pecunario : entregar un equivalente en dinero * La regla general es la reparación in natura - la que mejor ayuda a la reparación integral * El subrogado pecunario solo sera procedente en tres eventos ○ Cuando la reparación in natura no se físicamente o jurídicamente posible ○ Cuando sea excesivamente onerosa para el acreedor Cuando el acreedor ya no tenga interes en la prestación in natura
73
COMO SE PAGA?
* En principio es una obligacion pura y simple * El juez puede ordenar pagos en cuotas si esto le favorece mas a la victima
74
CUALES SON LAS FORMAS DE PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN
* El juez puede establecer mecanismos de administración de la indemnización sin petición de la parte Agente dañador paga TODO a un patrimonio autónomo y la entidad fiduciaria le gira mensualmente
75
DESDE CUANDO SE DEBE LA INDEMNIZACIÓN
* Surge desde el hecho dañoso, en eses instante se rompe el casum sentim dominus y surge la obligacion de reparar ( la sentencia es de caracter declarativo) * La mora se configura desde la sentencia judicial
76
QUE PASA CON LA INDEMNIZACIÓN SI SE MODIFICA EL DAÑO O LOS PERJUICIOS
* Si ud pide paraplejia y se vuelve cuadraplejico * En Colombia no hay regla Modificación entre la demanda y la sentencia * Reglas jurisprudencia les * Se atenúa el perjuicio: el principio de congruencia impide dar más pero puede dar menos * Agravación : no se viola el principio de congruencia si se da más por el principio de reparación integral, es deber del juez reconocer el perjuicio agravado * Art 206 CGP Modificación despues de la sentencia * No hya regla
77
QUE PAGOS SE DESCUENTAN DE LA INDEMNIZACIÓN
* Para saber si se descuenta un pago o no de la indemnización : * Naturaleza del otro pago : si el otro pago tiene naturaleza indemnizatoria se tiene que descontar ( no se puede indemnizar dos veces ) si el pago no es indemnizatorio no se puede descontar * Si se subroga el pagador : si hecho el pago el que paga se subroga, ocupa la posición de la victima contra el agente dañador Se descuentan * Pagos del soar * Pagos de la seguridad civil * Pagos recibidos de la ARL ( indemnizatorio) * Cualquier pago indemnizatorio No se descuentan * Pensiones * Seguros de vida * Bonos
78
EN COLOMBIA PARA EL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN SE REQUIEREN PERITOS?
No es obligatorio
79
CUALES SON LOS MECANISMOS DE PROTECCIÓN PATRIMONIAL
Seguros de responsabilidad Cláusulas de exoneración de responsabilidad Pactos de indemnidad
80
QUE SON LOS SEGUROS DE RESPONSABILIDAD ?
Protege frente a los daños a terceros ocasionados en el desempeño de la actividad profesional, empresarial o comercial.
81
EL CONTRATO DE SEGUROS TIENE QUE SER EN DOCUMENTO?
* El contrato de seguros se instrumenta en un documento * No requiere documento para surgir a la vida juridica pero si es una formalidad ad probationem : documento o confesión * Póliza : carátula, condiciones particulares, condiciones generales, anexos
82
QUIENES SON LOS SUJETOS EN CUN CONTRATO DE SEGUROS?
* Un extremo:Entidad profesional vigilada por la SP : aseguradora ( sociedad anónima) * Otro extremo : uno , dos o tres sujetos ○ Tomador de la póliza : quien asume las obligaciones del contrato y encarga la emisión del seguro ○ Asegurado: titular del interes asegurable, quien puede sufrir una perdida di el riesgo se realiza ○ Beneficiario : quien recibe la prestación * Cuando el tomador es igual a los otros : seguro por cuenta propia * Cuando el tomador es diferente a los otros : seguro por cuenta ajena
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RIESGOS SE AMPARAN EN LOS CONTRATOS DE SEGUROS
* Riesgos amparados : los asume la compañía de seguros * Ese riesgo para ser asegurable tiene que tener cierta caracteristicas : * Cuando hablamos de riesgo : suceso futuro e incierto que no depende exclusivamente de la voluntad del tomador, asegurado o beneficiario * Hay riesgos que son inasegurables , que la norma señala que no pueden asegurarse . Ej. Sanciones de orden penal * El dolo y la culpa grave tampoco se pueden asegurar * El riesgo que asume la compañía de seguros es la posibilidad de que el asegurado sea civilmente responsable * Responde para pagar indemnización de perjuicios
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DESAFÍOS DEL CONTRATO DE SEGUROS
* Cuando hay siniestro de responsabilidad civil ? Cuando se realice el riesgo que está en la póliza * El sujeto puede delimitar los riesgos : delimitación local, temporal, causal * Leer Exclusiones( exoneración)
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QUE SON LAS CLAUSULAS DE EXONERACIÓN ?
· Estipulaciones que tienen por objeto/efecto excluir del TODO o limitar la responsabilidad que se deriva de un evento específico Cláusulas que tengan como objeto o con efecto - no necesita que diga explícitamente Exonerar o excluir la responsabilidad: Pactos de exoneración (excluye TODA responsabilidad) NO es cláusula de asunción de riesgos Si se materializa riesgo ud lo asume Puede ser que sea limitativa: cláusulas limitativas de responsabilidad Válido? Pacto validos que producen efectos siempre que cumplan con requisitos (eficacia)
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CUALES SON LOS REQUISITOS DE LAS CLAUSULAS DE EXONERACIÓN?
Debe haber sido libremente aceptada por las partes Ausencia de consentimiento = inexistencia Aceptación puede ser expresa o tácita (se infiera de conducta que han querido aceptar) No puede contrariar orden público Contrario al orden público que pacto deje SIN contenido a la obligación ◊ Ej: camaronera No vacie contenido de obligación - nulo absoluto · NO se puede condonar dolo o culpa grave futura --> contraria norma imperativa (nulo absoluto) NO puede ser cláusula abusiva Contrarían orden público - prohibido abusar de los derechos (nulidad absoluta x regla general) Test para saber si es abusiva (Ley 1480 de 2011- Estatuto al Consumidor/ Ley 1328 de 2009): Ver que no esté en una lista negra (cláusulas que son abusivas per se) Que no sea abusiva en base a regla general Abusivas cuando cumplen con 3 criterios: ® Predispuesta x una parte- Impuesta por una de las partes ® Generan desequilibrio manifiesto a cargo de la otra parte ® Desequilibrio es contrario a la buena fe
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QUE SON LOS PACTOS DE INDEMNIDAD?
Acto juridico por virtud del cual se crea en cabeza de una persona , la obligacion de reparar los perjuicios que sufra otra cuando ocurra un evento y se cumplan unas condiciones
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LA OBLIGACION DE INDEMNIZAR EN UN PI DE DONDE SRUGE?
No surge del hecho si no del pacto Es un acto juridico bilateral El deudor paraba la indemnidad y el acreedor parte indemnizada Regla general : esta sujeta a condición
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DONDE TIENE ORIGEN EL PI ?
Common law Principio caveat emptor
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QUE ES EL CASO LEASING MAZDA EN PI?
Considero pactos de indemnidad como garantia de buen funcionamiento de cosa vendida
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CARACTERISTICAS GENERALES EN PI
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QUE ES LA INSOLVENCIA Y CUANDO OCURRE?
* Patrimonio es prenda : garantia de pago de las obligaciones * Patrimonio es prenda comun : todos los acreedores tienen derecho a perseguirlo * Patrimonio es prenda general : incluye todos los bienes que posee el deudor Las empresas o personas adquieren deudas mas grandes que su patrimonio * Aquí entra la insolvencia * Insolvencia : proceso judicial para organizar a todos los acreedores en un solo proceso para garantizar que a cada uno se le pague lo que se le debe ○ Intentar pagar todas las obligaciones
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EN QUE CONSISTE LA REORGANIZACIÓN Y LIQUIDACIÓN
* Reorganización : El empresario se organiza para tratar de pagar y salvar la empresa * Liquid¡dacion : La empresa ya no es viable, se coge la plata y se le paga a los acreeedores
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CUALES SON LOS EFECTOS DEL PROCESO DE REORGANIZACIÓN ?
Efectos de proceso de reorganización: Se levantan procesos ejecutivos y medidas cautelares cuando se admite insolvencia ® Tiene propiedad de usar activos Personas siguen obligados a contrato de tracto sucesivo con deudor cuando esta en insolvencia --> no los pueden terminar (acreedor debe seguir ejecutando contrato) ® Sobrecarga a acreedores --> se crean los gastos de administración - en medida que se ejecuta las oblg que se causen después de reorganización se deben pagar como gastos de admin (se causan después de admisión de reorganización) ◊ Se van pagando en medida que se van causando □ Diferente presentar solicitud (no puede hacer pagos, ect) y admisión (acreedores no pueden terminar contrato, ect) ® Una vez se admite proceso judicial de reorganización - ® Deudor presenta documentos: cuánta plata debe, a quién, categoría de deudores, activos ® Acreedores tienen derecho de revisar estos documentos - no hay pblg de notificar FORMALMENTE ◊ El acreedor debe revisar en sociedades y si no me pronuncio en término de ley le pagan de últimas □ Negocación - negociar con acreedores (3 meses) --> acuerdo de reorganización --> docuemntos de orden de pago que debe respetar orden de prelación □ Si admite se ejecuta si se incumple - liquidación
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DE QUIEN ES LA COMPETENCIA PARA CONOCER DE LA INSOLVENCIA ?
Súper Intendencia de sociedades
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QUE PRICNIPIOS SIGUE LA INSOLVENCIA
Igualdad : el patrimonio es prenda común - acreedores tiene trato equitativo en principio universalidad : todos los bienes del deudor hace parte de la insolvencia
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HAY EXECEPCIONES A LA UNIVERSALIDAD? (Insolvencia)
Si, las garantias mobiliarias pueden excluirse de la reorganización y liquidación. ES UNA CONTRADICCIÓN La corte responde que la prelación de créditos no ha sido modificado pero el proceso de insolvencia si excluye a veces las garantías. No pueden ir nunca en perjuicio de alimentos de menores
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BAJO EL PRINCIPIO DE IGUALDAD QUE SE HACE EN LA INSOLVENCIA ?
Prelación de créditos
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QUE ES LA PRELACIÓN DE CRÉDITOS ( categorías) ?
Hacer el pago según categorías establidas en ley Primera categoría : alimentos, mesadas pensionarias, deudas laborales, deudas de mandatarios, costos judiciales, expensas funerarias, deudas con el estado Segunda categoría : posadero sobre efectos del deudor, acarreador de transporte con cosa de transporte, acreedor prendario sobre la prenda Tercera categoría : hipotecas Cuarta categoría : créditos por gastos para insumos y materias primas para proveedores Quinta categoría : todo el resto
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QUE HACER CUANDO NO SE ESTA DENTRO DE LAS 5 CATEGORÍAS ( prelación)?
Hacer una garantía porque estan en segunda categoría y en tercera categoría ( prenda e hipoteca)
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DE QUE ÍNDOLE ES EL PROCESO DE INSOLVENCIA ?
El proceso se organiza en orden publico ( ley) pero como se trata de un proceso judicial se establecen mecanismos procesales para modificar la prelación ( felxibilizar)
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EXISTEN COSAS QUE NO SE PUEDAN PERSEGUIR EN EL PATRIMONIO? ( insolvencia)
Si, hay bienes inembargables
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QUE ES LA TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.
* El sujeto activo o el sujeto activo pueden cambiar cuando hay la muerte o desaparición de alguno de los sujetos * Cuando se tiene un derecho en litigio o en disputa : derecho litigioso tambien se puede ceder Cuando se tiene un derecho cierto en el campo civil o en el campo mercantil , se pueden trasmitir los derechos
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QUE ES LA CESIÓN DE CRÉDITOS ( civil)
* Negocio juridico por el cual una persona denominanda cede te transfiere a otra denominad cesionario un derecho de crédito del que el cedente es titular de modo tal que perfeccionada la cesión, el nuevo titular sera el cesionario
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CUAL ES LA ESTRUCTURA DE LA CESIÓN DE CRÉDITOS ( civil)
* Cedente * Cesionario Deudor cedido
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CUAL ES LA NATURALEZA DE LA CESIÓN DE CRÉDITOS ( civil)
* Cesiones son actos juridicos * Les aplican todas las vicisitudes de los actos juridicos : objeto, consentimiento, causa * Pueden tener inexistencia, nulidad , inoponibilidad …. Tesis minoritaria: la cesión es un modo de adquirir dominio , forma como se hace la tradicion de los derechos de crédito. Para perfeccionar la cesión debe entregarse el título físicamente, si hay que hacer esto se trata de una tradición
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QUE SE PUEDE CEDER? (Civil)
* Si se puede : los que s transfiere a traves de cesión de créditos : derecho de crédito o derecho personal * Si se puede ceder activos * Se puede ceder individualizados
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QUE NO SE PUEDE CEDER (Civil)
* No se puede transferir obligaciones * No se pueden ceder pasivos * No se pueden ceder contratos enteros( los contratos obligan a ambas partes) * No es para ceder derechos personalísimos e inalienables * No se puede ceder universalidades ( tienen su propio regimen:herencia) * No se pueden ceder derechos cuya cesión este prohibida por el ordenamiento ( ceder créditos embargados) * No se pueden ceder derechos de crédito en relaciones intuito personae ( condición personal de las partes) * No se pueden ceder titulos valores ( tienen su propia ley de circulación- regulación especial de titulos valores)
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COMO SE PERFECCIONA ( civil)
Que produzca efectos entre cedente y cesionario Requisitos: * Art 1959 CC * El cedente debe entregar al cesionario el titulo que contenga el derecho cedido * Si no entrega el titulo, ese contrato no produce la plenitud de sus efectos ( formalidad) Que produzca efectos frente al deudor cedido y terceros Requisitos: * Que el deudor cedido acepte la cesión : expresa o tacita * Que la cesión se le notifique al deudor cedido * Cuando se haga la notificación se le tiene que exhibir al deudor cedido el titulo con una nota de traspaso que indique quien es el cesionario y tenga la firma * Hacer notificación por escrito : correcto certificado - ese correo certifica para todos los fines legales que ha sido recibido por el destinatario
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QUE COMPRENDE LA CESIÓN ( civil)
* El principal y todos los accesorios * Lo único que no se cede son la excepciones personales
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RESPONSABILIDAD EN LA CESIÓN ( CIVIL)
* Art 1965 CC * Responsabilidad del cedente frente al cesionario * Si la cesion es a título gratuito : el cedente no responde por nada ( salo pacto en contrario) * Si la cesion es a título oneroso : el cedente responde por la existencia del crédito al momento de la cesion ( responde si me cede un crédito inexistente) a menos que se comprometa a responder por la solvencia del deudor cedido ( al momento de la cesion- no futura) ○ Limitado al monto de la contraprestación que recibió por la cesion a menos de que se comprometa responder sin limite
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QUE ES LA CESIÓN ( mercantil)
La cesion del Cco no es sobre un derecho de crédito, permite ceder toda la posición contractual ( derechos y obligaciones)
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ESTRUCTURA DE LA CESIÓN ( mercantil)
* Sigue siendo una estructura triangular pero ya no tenemos un derecho de crédito sino un contrato * Ya no se llama deudor cedido sino contratante cedido
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QUE S EPUEDE CEDER Y QUE NO ( mercantil)
* En mercantil si se puede ceder toda la posición en el contrato = derechos y obligaciones * Las demás restricciones se mantienen Contratos con prestaciones pendientes de cumplimiento**
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COMO SE PERFECCIONA?( mercantil)
* Art 888 Cco * Entre cedente y cesionario : la cesion debe hacerse en el mismo formato del contrato que se esta cediendo ( verbal, escrito ) si tiene escritura publica no hace falta lo puede hacer en un escrito privado con presentacion ante notaria * Frente a contratante cedido y terceros : aceptacion expresa o tacita o notificación * Art 892 : no hay que exhibir el titulo - dos teorias : como y sin titulo
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QUE COMPRENDE ( mercantil)
* El principal y todos los accesorios * Salvo las personales
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RESPONSABILIDAD EN LA CESIÓN ( mercantil)
* Art 890 Cco Se responde por la existencia y validez del contrato cedido salvo pacto en contrario
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QUE ES LA RESEREVA DE NO LIBERAR EL CEDENTE ( cesion mercantil)
beneficio que se le confiere al deudor cedido * Deudor cedido propone * El cedente es quien recibe Art 893 cco: Si el contratante cedido hace la reserva de no liberar al cedente, al autorizar o aceptar la cesión o al serle notificada, en el caso de que no la haya consentido previamente, podrá exigir del cedente el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato cuando el cesionario no las cumpla, pero deberá poner el incumplimiento en conocimiento del cedente dentro de los diez días siguientes a la mora del deudor. Lo dispuesto en este artículo no se aplicará a los casos en que la ley autorice la cesión sin previa aceptación o notificación. * Es un beneficio que hay que invocar cuando se notifica o se acepta la cesión * Para efectos de hacer efectivo el beneficio ( cesionario no cumplió y el contratante cedido quiere reclamarle al cedente) tiene que notificarle al cedente de la mora del cesionario dentro de los 10 días siguientes a que ocurre
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QUE ES EL ACUERDO DE VOLUNTADES ( cesión mercantil)
* Si hay pacto de que va a responder por la solvencia : el cesionario le puede reclamar al cedente ○ El cedente asume responsabilidad del cedido frente al cesionario ○ El cedente podrá ser reclamado si el cedido no cumple ○ Informar mora del cedido dentro de 10 días siguientes En ambos escenarios se estudia cual es la responsabilidad del cedente * Art 891 y 892 Cco
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DE QUIEN ES LA COMPETENCIA PARA CONOCER DE LA INSOLVENCIA ?
Súper Intendencia de sociedades
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BAJO EL PRINCIPIO DE IGUALDAD QUE SE HACE EN LA INSOLVENCIA ?
Prelación de créditos
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BAJO EL PRINCIPIO DE IGUALDAD QUE SE HACE EN LA INSOLVENCIA ?
Prelación de créditos
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QUE ES LA PRELACIÓN DE CRÉDITOS ( categorías) ?
Hacer el pago según categorías establidas en ley Primera categoría : alimentos, mesadas pensionarias, deudas laborales, deudas de mandatarios, costos judiciales, expensas funerarias, deudas con el estado Segunda categoría : posadero sobre efectos del deudor, acarreador de transporte con cosa de transporte, acreedor prendario sobre la prenda Tercera categoría : hipotecas Cuarta categoría : créditos por gastos para insumos y materias primas para proveedores Quinta categoría : todo el resto
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DE QUE ÍNDOLE ES EL PROCESO DE INSOLVENCIA ?
El proceso se organiza en orden publico ( ley) pero como se trata de un proceso judicial se establecen mecanismos procesales para modificar la prelación ( felxibilizar)
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DE QUE ÍNDOLE ES EL PROCESO DE INSOLVENCIA ?
El proceso se organiza en orden publico ( ley) pero como se trata de un proceso judicial se establecen mecanismos procesales para modificar la prelación ( felxibilizar)