Procedimiento Ejecutivo por Obligación de Dar Flashcards
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¿Cuál resolución inicia el cuaderno de apremio en el juicio ejecutivo por obligación de dar?
El mandamiento de ejecución y embargo.
¿En cuántos cuadernos se tramita el procedimiento ejecutivo por obligación de dar?
En dos:
1) Cuaderno ejecutivo o principal (demanda, excepciones, etc).
2) Cuaderno de apremio.
¿Se puede impedir el embargo por la oposición de excepciones del ejecutado en el juicio ejecutivo por obligación de dar?
NO. La paralización es después del embargo.
Aparte del cuaderno ejecutivo (o principal) y el cuaderno de apremio… ¿qué otros dos cuadernos pueden existir en el juicio ejecutivo?
- El cuaderno de tercerías.
- El cuaderno de incidentes.
¿Qué tercerías se contemplan en el CPC?
- Tercería de dominio.
- Tercería de posesión.
- Tercería de prelación.
- Tercería de pago.
¿Suspenden las tercerías la tramitación del cuaderno ejecutivo en el juicio ejecutivo?
NUNCA.
¿Las tercerías de dominio o posesión suspenden por regla general el cuaderno de apremio?
No.
¿Cuáles son los presupuestos necesarios para que exista un juicio ejecutivo?
- Título ejecutivo.
- Obligación líquida.
- Obligación actualmente exigible.
- No encontrarse prescrito.
¿En qué plazo prescriben por regla general las acciones para exigir una obligación ejecutiva?
3 años DESDE QUE SE HIZO EXIGIBLE.
¿Subsiste la acción ejecutiva una vez prescrita? ¿Por cuánto tiempo? ¿Cómo? ¿Cómo se tramitará entonces?
Sí, por 2 años, como acción ordinaria, tramitándose en juicio ordinario.
¿Puede el tribunal declarar de oficio la prescripción en un juicio ejecutivo si el título presentado tiene más de tres años desde la fecha en que la obligación se hizo exigible?
Sí, es una clara excepción a la regla de que la prescripción debe ser alegada.
¿Qué es la denominada “Mantención o subsistencia de la acción ejecutiva”?
Es un medio a través del cual una acción ejecutiva prescrita subsiste por haberse realizado una gestión preparatoria de la vía ejecutiva, que generó un título distinto al primitivo en el cual constaba inicialmente la obligación.
¿Qué significa que una obligación sea actualmente exigible?
Que no está sujeta a modalidad alguna, sea condición, modo o plazo.
¿Qué significa que una obligación sea líquida?
Aquella que se basta a sí misma, determinada en cuanto a su especie, género o cantidad. Se incluyen aquellas en las que sólo basten simples operaciones aritméticas.
¿Cuál es la única fuente creadora de los títulos ejecutivos?
La ley (art. 434 CPC).
¿Qué es un título ejecutivo?
Es un instrumento en el cual consta una obligación de dar, hacer o no hacer, actualmente exigible, líquida y no prescrita, al cual la ley le otorga mérito ejecutivo.
¿Cuáles son las características principales de los títulos ejecutivos?
- De legalidad estricta.
- Autónomos (se bastan a sí mismos).
- Son indubitados (presunción de veracidad).
¿Cuáles son las dos clasificaciones más importantes de los títulos ejecutivos?
- Perfectos / Imperfectos (si requieren o no la realización de una gestión preparatoria de la vía ejecutiva).
- Judiciales / Administrativos / Convencionales (respecto a su origen).
¿Cuáles de los mencionados en el artíuclo 434 CPC son títulos ejecutivos perfectos?
- Sentencia firme o que causa ejecutoria.
- Copia autorizada de escritura pública.
- Acta de avenimiento pasada ante tribunal competente.
Entre otros.
De ejemplos de gestiones preparatorias de la vía ejecutiva.
- Reconocimiento de firma puesto en instrumento privado.
- Confesión de deuda.
- Notificación judicial del protesto de la letra de cambio.
- Avaluación.
- Notificación del título ejecutivo a los herederos.
- Confrontación de títulos y de cupones.
Específicamente, ¿Qué tipo de sentencias definitivas e interlocutorias constituyen un título ejecutivo?
Las de CONDENA.
¿Desde cuándo una sentencia está firme o ejecutoriada?
Hay que distinguir:
- Si no caben recursos: Desde que se notifica.
- Si caben recursos: Desde que se notifique el cúmplase una vez tramitado el recurso o desde que precluyen los plazos para su interposición.
¿Puede un árbitro realizar procedimientos de apremio?
No. En esos casos es necesario recurrir a la justicia ordinaria.
¿Son títulos ejecutivos las sentencias que CAUSAN EJECUTORIA? No las menciona el 434 CPC.
Sí, la jurisprudencia así lo ha entendido.