T3. Elementos de cuantificación Flashcards

1
Q

¿De qué dos formas se puede determinar la cuota íntegra?

A
  1. Aplicando un tipo de gravamen a la base liquidable (tributo de cuota variable)
  2. Según una cantidad fija señalada al efecto (tributo de cuota fija)
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2
Q

¿Qué es la base imponible?

Art. 50.1 LGT

A

Es la magnitud dineraria o de otra naturaleza que resulta de la medición o valoración del hecho imponible.

Es decir, la BI se puede expresar en diferentes uds. de medida:
- monetarias (IRPF, Imp. sobre Sociedades),
- de peso, volumen o longitud (Impuestos especiales).

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3
Q

¿Qué es la base liquidable?

Art. 54 LGT

A

Es la magnitud resultante de practicar a la BI las reducciones establecidas en la ley.

BI - REDUCCIONES = BASE LIQUIDABLE

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4
Q

¿Cuáles son las finalidades o fundamentos de la base liquidable?

Art. 54 LGT

A
  • Capacidad económica: Pensiones compensatorias
  • Incentivo a ahorro para previsión social / diferimiento del gravamen: aportaciones a planes de pensiones
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5
Q

¿Pueden coincidir la BI y la Base liquidable?

A

Sí, en caso de no ser necesario la aplicación de reducciones.

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6
Q

¿Cuáles son los métodos para estimar la base imponible?

Art. 50.2 LGT

A
  1. Estimación directa
  2. Estimación objetiva
  3. Estimación indirecta
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7
Q

Clases de bases imponibles

A
  1. Normativa/ Fáctica
    • (Normativa: Determinada a través de normativa fiscal)
    • (Fáctica: Calculada a partir de hechos económicos reales)
  2. Que afectan a un sujeto/ A más de un sujeto
  3. Unitarias/ Desagregadas a efectos de aplicación del mismo (Es decir, se aplican distintos tipos de gravamen)
  4. Monetarias/ No monetarias
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8
Q

¿Cuáles son las funciones de la BI?

A
  1. Retrospectiva
  2. Proyectiva
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9
Q

¿A través de qué método se determina con carácter general la base imponible?

Art. 50.3 LGT

A

Método de estimación directa. Es por tanto, el método de determinación general.

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10
Q

¿Quién usa el método de estimación directa?

A

La Administración Tributaria y el contribuyente

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11
Q

¿Qué caracteriza el método general o de estimación directa de la BI en cuanto a su medición?

A
  • Medición más precisa de la magnitud en qué consiste la BI
  • Perfecta corresponencia entre la definición y medición de la BI
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12
Q

¿Qué utiliza la Administración tributaria para el cálculo de la BI siguiendo el método de estimación directa ?

A
  • Declaraciones o documentos presentados
  • datos consignados en libros y registros comprobados administrativamente
  • Otros documentos justificantes y datos relacionados con los elementos de la OT.

Se basa en datos reales conectados con la situación del contribuyente.

Usa fundamentalmente medios documentales

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13
Q

¿Cómo puede utilizar el método de estimación directa el contribuyente?

A

Realizando un procedimiento de autoliquidación o declaración seguida de liquidación administrativa.

(el contribuyente es el que determina el importe de la BI al practicar la autoliquidación)

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14
Q

¿Cómo puede utilizar el método de estimación directa la Administración?

A

Determina de forma directa la base imponible al estar ante tributos gestionados por declaración seguida de acto administrativo de liquidación.

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15
Q

¿De acuerdo a qué puede utilizarse el método de estimación directa?

A

De acuerdo a lo dispuesto en la normativa de cada tributo.

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16
Q

Procedimientos para el método de estimación directa

A
  • Autoliquidación: El contribuyente comunica los datos necesarios para la liquidación del tributo y calculan el importe de la deuda.
  • Obligaciones de justificación: Aportación de pruebas o evidencias (Ej.: De ingresos o gastos)
  • Facturación y registro: Aportación de estos documentos respecto a la actividad económica.
  • Comprobación administrativa: Para verificar la exactitud e integridad de las declaraciones y autoliquidaciones presentadas.
17
Q

¿Cuándo se puede emplear el método de estimación objetivo para el cálculo de la BI?

Art. 50.3 LGT

A

En los suspuestos establecidos por la ley, siendo siempre su aplicación de carácter voluntario para los obligados tributarios.

18
Q

¿Qué se puede aplicar para calcular la BI siguiendo el método de estimación objetiva?

A

Magnitudes, índices, módulos o datos previstos en la normativa de cada tributo.

19
Q

¿Cómo son las obligaciones formales exigibles en régimen de estimacion objetiva, con respecto al régimen de estimación directa?

A

Menos exigentes, aunque no exime de la obligación de conservar facturas y llevanza de registros.

20
Q

¿Ante qué circunstancias será aplicable el método de estimación indirecta de la BI?

Art. 53.1

A

Ante la** imposibilidad de disponer de datos necesarios** por:

  • Declaraciones no presentadas o inexactas
  • Resistencia, obstrucción, excusa o negativa a actuación inspectora
  • Incumplimiento sustancial de las obligaciones contables o registrales (ausencia, omisiones o falsedades)
  • Desaparición o destrucción (aún por causa de fuerza mayor) de los libros y registros contables o de los justificantes de las operaciones anotadas en los mismos.

Este método tiene carácter subsidiario frente al resto de métodos.

21
Q

¿Qué medio/s se emplean para determinar las bases o rendimientos en el método de estimación indirecta de la BI?

Art. 53.2

A
  1. Ampliación de los datos y antecedentes disponibles relevantes.
  2. Utilización de elementos que indirectamente acrediten la existencia de los bines, rentas, ingresos, costes y rendimientos que sean normales en el respectivo sector económico.
  3. Valoración de las magnitudes, índices, módulos o datos que concurran en los respectivos obligados tributarios, según los datos o antecedentes que se posean de supuestos similares o equivalentes.
22
Q

Distinción básica de los medios empleados para determinar las bases o rendimientos en el método de estimación indirecta de la BI.

Clasificación.

A
  • Elementos internos a la situación del contribuyente:
    • Directos
    • Indirectos
  • Elementos externos a la situación del contribuyente (Ej. Estudios económicos del sector)
23
Q

Procedimiento para aplicar método de estimación indirecta

Art. 158 LGT

A

1. Junto al acta, se requerirá un informe razonado sobre:
1. Causas determinantes de la aplicación del método de estimación indirecta
2. Situación de la contabilidad y registros obligatorios del obligado tributario.
3. Justificación de los medios elegidos para la determinación de las bases de rendimientos o cuotas.
4. Cálculos y estimaciones efectuados en virtud de los medios elegidos

2. No se requerirá de un acto administrativo previo que lo declare.

24
Q

¿De qué fuentes pueden proceder los datos y antecedentes utilizados en el método de estimación indirecta de la BI?

A
  1. Los signos, índices y módulos establecidos para el método de estimación objetiva….
  2. Datos económicos y del proceso productivo obtenidos del propio obligado tributario (De ejercicios anteriores o posteriores o del momento de la inspección si se considera suficiente o fiable)…
  3. Datos procedentes de estudios del sector efectuados por organismos públicos u organizaciones privadas (se debe identificar la fuente de los estudios)
  4. Datos de una muestra obtenida por órganos de la inspección sobre empresas o actividades o productos con características relevantes que sean análogas o similares a las del Obligado Tributario y se refieran al mismo año (se debe identificar la muestra elegida)
25
Q

En caso de imposición directa, ¿Qué elementos se podrán determinar por el método de estimación indirecta?

A
  • Ventas y prestaciones
  • Compras y gastos
  • Rendimiento neto de la actividad

Depende de la información que se considere insuficientemente acreditada.

26
Q

En caso de imposición sobre el consumo, ¿Qué elementos se podrán determinar por el método de estimación indirecta?

A
  • La base y la cuota repercutida
  • La cuota soportada y deducible
  • Ambos
27
Q

En el contexto del método de estimación indirecto:

¿Cómo se repartirá la cuota estimada en el caso de los tributos con periodos de liquidación inferior a un año?

A

La cuota estimada por la Inspección de forma anual se repartirá linealmente entre los periodos de liquidación correspondientes, salvo que el obligado tributario justifique que procede un reparto temporal diferente.

28
Q

¿Qué es el tipo de gravamen?

A

Es la cifra, coeficiente o porcentaje a aplicar a la base liquidable para obtener la cuota íntegra.

Art. 55 LGT

29
Q

¿En qué se fundamenta el tipo de gravamen?

A

Se fundamenta en la capacidad económica (BI) para el Ente Público.

Teniendo en cuenta que…

La base imponible es la cuantía de la capacidad eco. del Obligado Tributario.

30
Q

Clases de tipo de Gravamen

A
  1. Porcentual (también conocído como alícuota, se aplica si la base es monetaria)
  2. Específico (Se aplica si la base es no monetaria, el tipo es una cantidad de dinero por volumen o ud. de base.
  3. Tarifa (conjunto de tipos de gravamen aplicables a las distintas uds. o tramos de base liquidable en un tributo. También se denominan escalas)
  4. Tipo cero, tipos reducidos o bonificados (normalmente para beneficios fiscales)
31
Q

¿Cuándo se aplica un tipo impositivo porcentual?

A

Cuando la base imponible es monetaria

32
Q

¿De qué dos formas se puede aplicar un tipo impositivo porcentual (alícuota)?

A
  • Aplicando un tipo único (Proporcional): Independientemente de la cuantía de la base.
  • ** Aplicando pluralidad de tipos** (tarifas o escalas, progresivas por escalones. Se evita el error de salto): Se aplica un tipo u otro en función de la cuantía de la base.
    Si estos tipos incrementan con la cuantía de la base imponible, se denominan tipos Progresivos
33
Q

¿Cuándo se aplica un tipo impositivo específico?

A

Cuando la base es no monetaria.

El tipo es una cantidad de dinero por volumen o ud. de base.

Ej. x euros/litro, x euros/cigarrillo… se dan por ejemplo en los imp. especiales de fabricación, imp. sobre alcoholes, o sobre las labores del tabaco)

34
Q

¿Qué es la cuota líquida?

A

Es el resultado de aplicar a la cuota íntegra deducciones, bonificaciones, adiciones o coeficientes previstos, en su caso, en la Ley de cada tributo.

35
Q

¿Qué es la cuota diferencial?

Art. 56.6 LGT

A

Es el resultado de minorar la cuota líquida en el importe de las deducciones, pagos fraccionados, retenciones, ingresos a cuenta, cuotas, conforme a la normativa de cada tributo.

36
Q

¿Por qué está constituida la deuda tributaria?

Art. 58 LGT

A
  1. Cuota o cantidad a ingresar (resultado de la OT principal o de las obligaciones de realizar pagos a cuenta)
  2. Interés de demora
  3. Recargos por declaración extemporánea (presentación fuera de plazo)
  4. Recargos del periodo ejecutivo
  5. Recargos exigibles legalmente sobre las bases o cuotas.

No forman parte de la deuda tributaria las sanciones.