Unidad 1 y 2 (Plazos) Flashcards
(6 cards)
Plazos de la denuncia con auxilio judicial
Art. 359 s.s.
- A los 5 días de conseguir información necesaria para la acusación, esta debe presentarse.
- Luego de admitida, se establecen 10 días para la conciliación (si no se aparece, se entiende abandonada la acusación)
¿Cuanto tiempo tienen los continuadores de la acción para continuarla?
Art. 362
30 días
¿Cuanto tiempo tiene la policía para dar constancia de una infracción delictiva al Ministerio Público?
Art 274
24 horas
¿Cuanto tiempo tiene la policía para dar informe final sobre sus diligencias? (2)
Art. 277
72 horas si no hay arresto
48 horas si hay arresto
¿Cuáles son los plazos de investigación?
Art. 150
3 meses privativa
6 meses no privativa
Con 2 meses de solicitud de prórroga justificado (el imputado puede manifestarse al respecto)
luego de esto, se intima al MP, que en 10 días debe sacar acusación y si no prescribe la acción