Unidad 2. Procedimiento administrativo Flashcards
(39 cards)
¿Qué carácter destaca de la LBPA?
Su plenitud o completitud
Mandato constitucional. Sentidos. Normativa especial.
- A la adm. art. 7
- Al legislador. art. 63 N18
El legislador regula el P.A especial o tramites del mismo, y hay 3 grupos: P.a regulados en LBPA, PA. en leyes especiales (art. 63 C.tri), leyes que solo establecen trámites puntuales y específicos.
Regulación de la LBPA.
Establece que esta ley 19880 regula las bases del procedimiento administrativo de los actos administrativos del Estado. Los que deberán expresarse a través de medios electrónicos, salvo excepciones.
Además, en caso de que la ley establezca procedimientos administrativos especiales, la ley 19880 se aplicará de carácter supletorio.
Carácter del P.A
Actúa de forma formal mediante los instrumentos…
No puede actuar de plano.
Por ende, concluimos que el P.A es la forma de producir esos instrumentos.
Ámbito subjetivo de aplicación de la LBPA
La ley aplica a:
MINISTERIOS; INTENDENCIAS; GOBERNACIONES; SERVICIOS PUBLICOS…; CGR; FUERZAS ARMADAS; FUERZAS DE ORDEN Y SEGURIDAD; GOBIERNOS REGIONALES Y MUNICIPALIDADES.
Quedó fuera los órganos creados para el cumplimiento de la función administrativa, pero es una mera omisión.
¿Qué órganos no se aplica la LBPA?
BANCO CENTRAL
EMPRESAS PUBLICAS - porque se rigen por las mismas normas que los particulares (19 N21 CPR)
TOMA DE RAZÓN - se rige por CPR y LOC
CONCEPTO LEGAL de P.A. Criticas.
Art. 18 LBPA
Es una sucesión de actos trámite vinculados entre sí, emanados de la administración, y en su caso, de particulares interesados, que tiene por finalidad producir el acto administrativo terminal.
Critica: no da cuenta de lo que ocurre en el P.A, el cual es necesario para recabar información, y requiere ser fundado.
Concepto ALEMÁN de P.A
Es la actividad de la autoridad, que produce efectos hacia el exterior, y que sobre la base de la comprobación de las condiciones (legales), está destinada a la preparación y dictación de un acto administrativo o a la suscripción de un contrato administrativo.
Principios del P.A: Principios legales. Cuestiones generales o preliminares. Mencionarlos.
Están contenidos en el articulo 4 LBPA
Naturaleza jurídica: No son principios, sino reglas a las cuales se debe ajustar todo P.A. por ende, el TC habla de “deberes consagrados como principios”
SON: Primacía de la A.P en el P.A; Transparencia; Previsibilidad; Proporcionalidad; Eficacia y continuidad; Igualdad de trato e igualdad jurídica; Independencia.
ppo. PRIMACÍA DE LA ADMINISTRACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO
“Poder discrecional con que cuenta la administración para configurar y llevar adelante un P.A” implica:
- Posibilidad de decretar o no ciertas diligencias
- Acordar con el particular cierta forma de actuación
- Inexistencia de una regulación rígida o completa
Manifestaciones de “primacía de la administración…”
1) PERIODO DE INFORMACIÓN PREVIA. permite reunir información para determinar si inicia o no el P.A
2) ANTECEDENTES ADICIONALES. Podrá recabar de solicitante la modificación o mejora voluntaria de los términos de la solicitud.
3) MEDIDAS PROVISIONALES
4) ACUMULACIÓN DE PROCEDIMIENTOS. siempre que tengan identidad sustancial o intima conexión
5) PRUEBA (informes, inf. publicas); 6) Exc. de abandono
ppo. TRANSPARENCIA. Causales de reserva.
Art. 16. Posibilidad para la generalidad de la comunidad de conocer las actuaciones de la A.P
Sin perjuicio de las excepciones del art. 21 de la ley 20285
Por ejemplo respecto de datos personales; protección de datos técnicos y económicos.
ppo. de PREVISIBILIDAD
“La función de garantía que cumple el P.A debe permitir a los destinatarios proyectar las decisiones de la A.P y ajustar sus propias actuaciones a lo que previsiblemente será decidido”
Por ende debe permitir la vigencia de la certeza y seguridad jurídica de manera que el particular pueda proyectar sus actuaciones.
MANIFESTACIONES del ppo. de previsibilidad (1)
1) ORDEN DE RESOLUCION (art 7)
MANIFESTACIONES del ppo. de previsibilidad (2)
2) FIDELIDAD (16 i4)
Ppo. de PROPORCIONALIDAD
P.A debe estar conformado de tal manera que sea adecuado a la finalidad que se persigue sin que el ciudadano sufra el ejercicio de medidas desmesuradas o innecesarias durante la tramitación del mismo.
MANIFESTACIONES Ppo. de PROPORCIONALIDAD
1) Principio de economía procedimental (Art. 9)
2) Principio de celeridad (Art. 7)
3) No exigir presentar documentos que están en manos de la administración (Art. 17)
ppo. de EFICACIA Y CONTINUIDAD
“El P.A debe llevarse acabo con continuidad, se manera de evitar suspensiones innecesarias o de facto. Es decir, que no haya trámites dilatorios”
MANIFESTACIONES del ppo. de eficacia y continuidad
1) Principio conclusivo (art. 8)
2) Plazo para la resolución (art. 24 i4) que dice que, al recibirle el documento (OFICINA DE PARTES), debe entregarse a la dependencia correspondiente en el plazo de 24 horas y de forma electrónica.
Si debe dictar un acto de mero tramite: dentro de 48 horas contado desde recepción.
Los informes / dictámenes: evacuarse dentro de 10 días.
Decisiones definitivas, dentro de 20 días siguientes contados desde que a petición del interesado, se certifique que el acto se encuentra en estado de resolver (solicitar que se certifique…)
La prolongación injustificada de la certificación dará origen a la responsabilidad administrativo: QUIEN DEBIA CERTIFICAR, no jefe de servicio.
Características de los plazos administrativos
No son fatales salvo que la ley diga lo contrario. Razón: A.P adolece de dilación crónica por exceso de trabajo o negligencia.
Los plazos para la administración corresponde a PLAZOS ADMINISTRATIVOS HÁBILES: excluye sábados, domingos y festivos.
Hay un carácter continuo de las plataformas electrónicas que permitan la presentación electrónica de documentos.
SILENCIO ADMINISTRATIVO. Presupuesto. Tipos (mencionar). Efecto
“Es el efecto que la ley atribuye a la NO ACTUACIÓN de la A.P en un P.A”
- Presupuesto: Que tenga un plazo para actuar.
- Tipos: Positivo (lo solicitado se entiende aceptado); Negativo (lo solicitado se entiende rechazado)
- Efecto (art. 66) da lugar a un acto presunto que tiene el mismo efecto que el acto formal de término.
Silencio administrativo POSITIVO
Art. 64. Implica que, transcurrido el plazo legal para resolver la solicitud que haya originado el P.A, sin que la A.P se pronuncie, el interesado podrá denunciar el incumplimiento, requiriendo una decisión de la solicitud (resolver). La autoridad debe otorgar recibo de la denuncia (+fecha) y elevar copia al superior jerárquico dentro de 24 horas (no siempre hay superior, atenerse a sistema de organización)
Si no se pronuncie en plazo de 5 días contados desde recepción de denuncia, se entiende ACEPTADA.
Se usa como incentivo para resolver, pero no se suele aceptar.
Silencio NEGATIVO
Art. 65, implica que se entiende rechazada la solicitud que no sea resuelta dentro del plazo legal cuando:
1) ella afecte PATRIMONIO FISCAL (problema técnico: patrimonio publico),
2) cuando la A.P actúa de oficio
3) cuando resuelve sobre impugnaciones/revisiones (Sirve para impugnar vía judicial),
4) cuando interesado ejerce derecho de petición (19N14CPR)
Ppo. de IGUALDAD JURÍDICA E IGUALDAD DE TRATO
- Respecto de los interesados implica que deben ser tratados con igualdad por parte de la A.P
- Respecto de la A.P, implica la igualdad de medios jurídicos, es decir, que actúan mediante igualdad e armas jurídicas ante la administración, es decir, tener las mismas oportunidades de defensa y prueba del interés.
EJ. Clausura de local - local podrá establecer pruebas para desacreditar a inspector.