CAPITULO 1 Flashcards

(31 cards)

1
Q

¿Qué es el patrimonio?

A

es una universalidad jurídica que se componen de relaciones jurídicas pasivas y activas, vinculo que se establece entre sujetos de derecho para satisfacer una necesidad. |

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2
Q

Funciones del patrimonio

A
  • Garantía: En caso de incumplimiento el acreedor puede perseguir los bienes del deudor presentes o futuros que puede ser mediante el: Embargo, secuestro y subasta pública
  • Función de responsabilidad: La Responsabilidad patrimonial se puede perseguir para la satisfacción. demandar.
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3
Q

¿Qué es el derecho real?

A

Derecho real es el que tenemos sobre una cosa sin especto a determinada persona. Son derechos reales el de dominio, el de herencia, los de usufructo, uso o habitación, los de servidumbres activas, el de prenda* y el de hipoteca.

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Q

¿Qué es el derecho real?

A

Derecho real es el que tenemos sobre una cosa sin especto a determinada persona. Son derechos reales el de dominio, el de herencia, los de usufructo, uso o habitación, los de servidumbres activas, el de prenda* y el de hipoteca.

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4
Q

¿Qué son los derechos personales?

A

la facultad que tiene una persona, el acreedor, de exigirle a otra, el deudor, una prestación, un servicio

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5
Q

¿Qué es una relación Jurídica?

A

El vínculo que une a dos o más personas físicas o morales, respecto determinados bienes o intereses, estable y orgánicamente regulada por el Derecho

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6
Q

¿Qué son los deberes genéricos?

A

una situación pasiva en la que una persona está en una condición de sujeción frente a sujetos indeterminados y su contenido es abstracto.
Ejemplo: el deber de no causar daño a otro y si llega a pasar hay una responsabilidad civil.

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7
Q

¿Qué son los deberes específicos?

A

se tiene respecto de una persona determinada y su contenido es igualmente determinado.
Ejemplo: art 178 CC: tenemos dos sujetos determinados (dos cónyuges) y el contenido del deber es cohabitar, pero el incumplimiento no genera consecuencias patrimoniales.

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8
Q

¿Qué son las cargas?

A

comportamientos que debe adoptar una persona si quiere aprovechar una ventaja o evitar un perjuicio.

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9
Q

¿Qué es la relación obligatoria?

A

Vinculo jurídico en virtud de la cual una persona debe realizar una prestación en favor de otra y que consiste en dar, hacer y no hacer algo.

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10
Q

¿Qué es el derecho de crédito o derecho personal ?

A

ART 666 CODIGO CIVIL
Parte activa de la relación obligatoria
Obligación de deuda - Parte pasiva

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11
Q

¿Qué es el objeto de la obligación obligatoria?

A

Comportamiento o conducta del deudor enderezada a satisfacer el interés del acreedor.

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12
Q

Teoría Subjetiva

A

El objeto es la persona y su conducta

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13
Q

Teoría Realista

A

El objeto serán los bienes que servirán para cumplir la obligación

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14
Q

Doctrina tradicional

A

El objeto de la obligación es el comportamiento del deudor hasta el límite de la coacción

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15
Q

¿Qué es la prestación de dar?

A

La conducta del deudor está encaminada a constituir o transferir un derecho real

  • Constituir
  • Transferir
  • Entrega
16
Q

¿Qué es la obligación de hacer?

A

Realización de una conducta positiva o en la entrega de una cosa sin transferir un derecho real (arrendar)

17
Q

¿Qué pasa cuando existe una ejecución forzada en la obligación de hacer?

A
  • Que lo ejecute directamente el deudor
  • Que lo ejecute un tercero a expensas del deudor
  • Que se indemnice el perjuicio derivado del incumplimiento
18
Q

¿Qué es la obligación de NO HACER?

A

Son aquellas obligaciones en las que la conducta se concreta en una abstención u omisión que, sin esta obligación, el deudor podría llevar a cabo en el ámbito de su libertad.

19
Q

Diferencia con los deberes generales de abstención y las obligaciones no hacer?

A

No perturbar el derecho de otro no tiene un contenido propio mientras que la de no hacer - comportamiento especifico

20
Q

¿ Qué se hace ante el incumplimiento de la Obligación de NO HACER?

A

Art 1612 CC.

  • Se puede pedir al juez que ordene retrotrae las codas, en la medida en que sea posible
  • Si no es posible, únicamente se ordena la indemnización de perjuicios
21
Q

¿Qué es la naturaleza de la prestación?

A

La prestación debía ser estimable en dinero, es necesario establecer un contenido económico para fijar una indemnización por incumplimiento

22
Q

Diferencia entre prestación e interés?

A

La prestación debe tener carácter económico, pero el interés puede corresponder a otra naturaleza y ser extrapatrimonial

23
Q

¿Qué es la eficacia?

A

La prestación surja y produzca sus efectos

Art 1518 C.C

24
¿Qué es la posibilidad ?
Se refiere a que la prestación sea susceptible de realización en el mundo de lo físico. Que sea posible de ejecutar. - Criterio temporal: ver si la prestación nace siendo posible o imposible - Dar un unicornio Según el tipo de prestación: - Dar: la cosa debe existir actual o potencialmente, está sujeta a una condición suspensiva  QUE NAZCA LA COSA A FUTURA - Hacer o no hacer: la prestación sea susceptible de hacerse, que no contradiga las leyes de la naturaleza
25
¿Qué es la determinación?
Permite fijar el alcance y además que determina el comportamiento debido del deudor y la conducta esperada por este. - Dar: la cosa debe existir actual o potencialmente, está sujeta a una condición suspensiva - QUE NAZCA LA COSA A FUTURA - Cuerpo cierto: bienes que están muy bien identificados con sus características - Mueble: se determinan por la especificación  bien único - Inmueble: ESTATUTO NOTARIAL, folio de matrícula o registro inmobiliario, escritura pública, cedula - Género: Cantidad, volumen y calidad, especificar la categoría  perros - Hacer o no hacer: condiciones de tiempo modo y lugar.  hago un servicio de transporte y te recojo en la séptima
26
¿Qué es la licitud?
Si el objeto es un hecho, es necesario que sea física y moralmente posible debe estar de acuerdo con - Ley imperativa: Normas de obligatorio complimiento, no admiten pacto en contrario - Sus preceptos le interesan al orden publico - Orden público: conjunto de valores y principios que resultan indispensables para que una comunidad se mantenga cohesionada  DIGNIDAD HUMANA - Pueden variar temporal o espacialmente - Buenas costumbres: Estándares de comportamiento de lo que la generalidad de la colectividad considera adecuado o correcto - Ética social: principios o valores éticos que se consideran relevantes
27
¿Qué es el contenido de la relación jurídica obligatoria?
El contenido es la facultad que tiene el acreedor de exigir un comportamiento al deudor
28
¿Qué es la teoría del débito y la responsabilidad?
Toda relación jurídica obligatoria tiene dos competentes principales - Un elemento personal: de deuda, que es el comportamiento pasivo que debe adoptar el deudor - Responsabilidad: en caso de incumplimiento el acreedor puede perseguir los activos de deudor para la satisfacción de su crédito. 2488 C.C
29
¿Qué es la referencia al vínculo jurídico?
Elemento inmaterial que liga o une a los dos extremos de la relación obligatoria. Lo entendemos implícito en el concepto de la relación jurídica obligatoria, es un elemento de las relaciones.
30
¿Cuál causa o fuente que le da origen a la relación jurídica obligatoria?
Es algo que antecede a la relación jurídica obligatoria. - Fuentes voluntarias: la voluntad da origen a la relación jurídica (bilateral o unilateral) - Fuentes involuntarias: sin la voluntad de las partes, ejemplo: indemnización de perjuicios en la responsabilidad extracontractual