Delitos contra la integridad sexual Flashcards
(18 cards)
Generalidades. Regulación, qué es moralidad pública, orden de las familias, libertad sexual e indemnidad sexual.
¿Cuál es el B.J protegido?
¿Qué es lo importante de estas figuras? ¿debe haber un EFECTIVO detrimento?
Regulación: Titulo 7 libro 2 CP “crimenes y simples delitos contra el orden de las familias, contra la moralidad publica y contra la integridad sexual”
1) moralidad publica: Son canones imperantes en la sociedad respecto del ejercicio de la sexualidad.
2) orden de las familias: Forma en cómo se han de estructuras las relaciones al interior de la familia
3) libertad sexual: facultad de ejercer actividad sexual (positiva) o facultad de abstenerse de realizarla (negativa)
4) Indemnidad sexual: Derecho de las personas de no verse involucradas en un contexto sexual en atención al detrimento fisico, psiquico o emocial que dicha experiencia pueda provocar en el COMUN DE LOS SERES HUMANOS.
DELITOS DE VIOLACIÓN. clasificación y elementos en común.
Clasificación
1) Delito de violación propio. (361) victima +14
2) D. v. impropia (362) victima -14
3) “figura agravada de violación” 372 bis (violación + homicidio)
elementos en común: AUSENCIA DE VOLUNTAD DE LA VICTIMA
Conducta: acceso carnal
Sujeto activo que realiza conducta básica: Hombre
Relaciones concursales de violación con
1) homicidio
2) aborto
3) lesiones
1) aplicar figura del 372 bis si son dolosas. Si muerte es culposa, habría un concurso ideal.
2) concurso ideal
3) lesiones leves, menos graves y simplemente graves comprendidas o absorbidas por violación (concurso aparente)
las lesiones de mayor gravedad, determinar si hay concurso ideal o real (si son posteriores).
VIOLACIÓN PROPIA
361 - P. ma- g. min a med.
comete violación el que accede carnalmente por vía anal, vaginal o bucal a una persona +14 en alguno de los siguientes casos
1) cuando se usa fuerza o intimidación
2)Cuando la victima se halla privada de sentido o se aprovecha de su incapacidad para oponerse
3) cuando se abusa de la enajenación o trastorno mental de la victima
Consumación: introducción del pene en cavidades
Sujeto activo: Hombre
Modalidades de ejecución. señaladas.
Aspecto subjetivo: Excluye culpa. Dolo directo y eventual (solo N1)
Antijuricidad: no aplicables causales de justificación, consentimiento excluye tipicidad, no existe ejercicio legitimo de derecho.
Iter criminis: MERA ACTIVIDAD. se admite tentativa
AUTORIA Y PARTICIPACIÓN. autoria mediata* otros comportamientos*
VIOLACIÓN IMPROPIA
En 362 Pr. ma. g. med a max.
comete violación el que accede carnalmente por via anal, vaginal o bucal a una persona -14 años, aun si no se dan las circunstancias del articulo anterior.
ESTUPRO
363 Pr. me. g. max a pr. ma. g. min.
Victima ha de ser +14 pero -18 y concurrir alguna de las siguientes circunstancias:
1) abusar de anomalía o perturbación mental
2) abusar de la relación de dependencia
3) abusar de grave desamparo en que se encuentra
4) cuando se engaña abusando de su ignorancia o inexperiencia sexual
COMUN: Situación de desvalidamiento de victima, en que sujeto se aprovecha de ella.
ASPECTO SUBJETIVO: Excluye culpa - dolo directo
dif con violación: ACA HAY CONSENTIMIENTO, pero está viciado.
VIOLACIÓN CON HOMICIDIO
372 BIS P.P a P.P.C
El que con ocasión de violación, cometiere además homicidio
Si hombre mata a mujer se llama “violación con femicidio”
AGRAVANTES COMUNES
368 bis
12 N1: alevosía
ser 2 o mas los autores del delito
sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 63
por ende si son inherentes al delito, no se aplican.
ABUSO SEXUAL. generalidades
Consiste en la utilización de la victima para la realización de una acción sexual distinta del acceso carnal, empleando medios violentos o no.
- es un caso de subsidiariedad expresa. es una figura residual
- no hay exigencias subjetivas para respecto de la victima
1) abuso concepto amplio
2) agresión: ejercer violencia
3) explotación sexual: relación de indole pecuniaria u obtener beneficio a traves de la conducta sexual que ha cometido.
CLASES
1) abuso sexual propio o directo (contacto) 366 y 366 bis
2) Abuso sexual impropio o indirecto: 367 quater
3) A.S. agravado. 365 bis
366 ter (conducta). acción sexual, cualquier acto de significación sexual y de relevancia realizado mediante contacto corporal con la victima, o que haya afectado sus genitales, ano o boca de la victima, aun cuando no haya contacto corporal con ella.
ABUSO SEXUAL PROPIO DEL 366
366
el que abusivamente realizare una acción sexual distinta del acceso carnal
1) persona +14 si abuso consistiere en alguna de las circunstancias del 361
2) si concurren circunstancias del 363 (v. +14 -18)
3) Si el abuso consiste en empleo de sorpresa
4) u otra maniobra que no suponga consentimiento de victima
Requisitos:
1) significación sexual
c. objetivo: actos que los seres humanos generalmente realizan motivados por el impulso sexual.
c. subjetivo. intención del hechor + pensamientos v.
2) relevancia: que haya un atentado a la indemnidad sex.
3) aprox. corporal; o afectación de cabidades sin contacto corporal.
A. SUBJETIVO: EXCLUYE CULPA - EXIGE DOLO directo
ABUSO SEXUAL PROPIO DEL 366 BIS
Comete abuso sexual el que realizare una conducta sexual distinta del acceso carnal a una persona menor de 14.
366 bis - p. me g. max a p. ma en g. min
ABUSO SEXUAL AGRAVADO
365 BIS
si la acción sexual consistiere en la introducción de objetos de cualquier indole, por via anal, vaginal o anal, o se utilizaren animales en ello
- concurre circunstancias de 361
- victima es -14
- concurren circunstancias del 363 (+14 - 18
ABUSO SEXUAL IMPROPIO
366 QUATER
son conductas que sin tener la gravedad de las comprendidas en la violación, estupro y abuso sexual propio, pueden dañar la integridad sexual de un menor.
CONDUCTAS
1) realizar acciones de significación sexual ANTE -14
2) determinar al menos a realizar actos de sig. sexual delante suyo o de un 3ro
3) determinar al menor a ver o escuchar material pornografico o presenciar actos del mismo caracter
4) determinar a -14 a enviar, entregar, exhibir imagenes o videos de significación sexual de un -14, o de sus genitales o de otro menor de 14.
TAMBIEN APLICA A +14 -18 si concurren circunstancias del 361 n1, 363 y 296 y 297
EXCLUYE CULPA. DOLO DIRECTO.
A. SUBJETIVO: art. dice “lograr exitación sexual propia o de un 3ro) pero no excluye otras motivciones.
AGRAVANTE EN INC. FINAL: si oculta edad o identidad (+1 grado)
RELACION CONCURSAL ENTRE
Abuso sexual y violación
estupro y abuso sexual
violación consumada absorbe abuso
violación tentada + abuso. Concurso aparente
Estupro consumado absorbe abuso
estupro tentado + abuso. se aplica el ultimo**
OBTENCIÓN DE ACCIÓN SEXUAL MEDIANTE RETRIBUCIÓN
367 TER
el que obtuviere la realización de una acción sexual de una persona -18 a cambio de cualquier tipo de retribución hacia la victima o un 3ro.
SE CRITICA porque carece de fundamento, ya que en este caso, son conductas sexuales que el menor ejecutó libremente.
FAVORECIMIENTO DE LA EXPLOTACIÓN SEXUAL
367
el que promoviere o facilitare la explotación sexual de un -18 (figura basica)
si se perpetrare el hecho explotandola en razón de su dependencia personal o económica o si concurriere habitualidad (f. agravada)
explotación sexual: utilización de -18, para la realización de actos de significación sexual o actos sexuales, a cambio de cualquier tipo de retribución.
Conducta
promover
facilitar: hacer expedito desarrollo de comercio sexual
ES DELITO DE RESULTADO, EXCLUYE CULPA
DELITOS RELATIVOS A PORNOGRAFÍA INFATO JUVENIL.
1) producción del materia: consiste en participar en la producción, cualquiera sea su soporte, en cuya elaboración hubieren sido utilizados -18
Bj protegido: integridad sexual
NO ADMITE CULPA. dolo eventual y directo.
¿qué es material pronografico? 367 quater, es toda representación de actividades sexuales, explicitas, reales o simuladas, o toda representación de sus genitales con fines sexuales o que se emplee su voz o imagen para dichos fines.
2) TRAFICO O DIFUSIÓN: comercializar, exportar, importar, distribuir, difundir y exhibir. (DOLO DIRECTO. es de mera actividad)
3) ALMACENAR O ADQUIRIR. “debe ser malicioso” dolo directo. es de mera actividad. no admite tentativa ni frustración.
ADOLESCENTE COMO SUJETO ACTIVO
Ley de R.P.A
no procede penalmente respecto de los delitos del 362, 366 bis y 366 quater. si es -14, sin que se den las circunstancias del 361 o 363, salvo que haya dif. de 2 años, o de 3 en los demás casos.
habrá sobreseimiento definitivo hecho investigado: violación de -14 si el agente logra el acceso carnal sin que se den 361 o 361 y no supere 2 años de dif.