GII T16 CONT PUB. PGE, STMA TRIBUTARIO Flashcards

1
Q

1b El presupuesto como instrumento de planificación. La legislación presupuestaria

A

A- La Constitución Española
B- La Ley General Presupuestaria (Ley 47/2003, de 26 de noviembre).
C- La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

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2
Q

2a Los presupuestos generales del Estado: Estructura de los estados de GASTOS de los PGE

A

ORGÁNICA: -La organización de los distintos entes integrantes del sector público estatal ¿quién? secciones y servicios
POR PROGRAMAS: las finalidades u objetivos que el presupuesto pretende conseguir como resultado de la gestión presupuestaria ¿para qué? 1 área de gasto 2 política de gasto 3 grupo de programa 4 programa (la letra se encarga de diferenciar los programas finalistas de los instrumentales y de gestión)
ECONÓMICA: la naturaleza económica de los gastos. ¿en qué?
⎯ Operaciones corrientes:
Capitulo1. Gasto personal,
Capitulo 2. Gastos corrientes en bienes y servicios
Capitulo 3. Gastos financieros
Capítulo 4. Transferencia corrientes
⎯ Dotación para atender necesidades imprevistas:
Capitulo 5. Fondo de contingencia
⎯ Operaciones de capital:
Capitulo 6. Inversiones reales
Capitulo 7. Transferencias de capital
⎯ Operaciones financieras:
Capitulo 8. Activos financieros
Capitulo 9. Pasivos financieros

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3
Q

2a Los presupuestos generales del Estado: La estructura de INGRESOS

A

LA CLASIFICACIÓN ORGÁNICA:. ¿Qué Centro gestor liquida el derecho?
LA CLASIFICACIÓN ECONÓMICA:
⎯ Ingresos corrientes:
Capitulo 1. Impuestos directos y cotizaciones sociales,
Capitulo 2. Impuestos indirectos
Capitulo 3. Tasas, precios públicos y otros ingresos.
Capitulo 4. Transferencias corrientes
Capitulo 5., ingresos patrimoniales.
⎯ Ingresos de capital:
Capitulo 6. Enajenación de inversiones reales,
Capitulo 7. Transferencias de capital
⎯ Operaciones financieras:
Capitulo 8. Activos financieros
Capitulo 9. Pasivos financieros

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4
Q

3 Elaboración y aprobación. Fases del ciclo presupuestario

A
  1. Fase de elaboración: Poder ejecutivo
  2. Fase de examen, enmienda y aprobación: P. legislativo.
  3. Fase de ejecución: Poder ejecutivo.
  4. Fase control: Poder Legislativo ( a través del Tribunal de Cuentas, que actúa por delegación Gobierno en el examen y comprobación Cuenta General del Estado).
    Art 134 Gobierno elaboración y CCGG examen, enmienda y aprobación. Directrices distn gasto desde MINHAC (Comisión de Políticas de Gasto), teniendo en cuenta el informe del programa de estabilidad e informe estado ec española emitido a UE. Los ministerios y los demás órganos del Estado remitirán al Ministerio de Hacienda sus correspondientes propuestas de presupuesto.
    El presupuesto de ingresos de la AGE será elaborado por el MINHAC, ajustado a la distribución de recursos de la programación plurianual y al cumplimiento de los objetivos de política económica
    MINHAC elevará al acuerdo del Gobierno el anteproyecto de la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Remitido a CCGG antes del 1 octubre. Grupos parlamentarios pueden presentar enmiendas. Ley de PGE aprobada se publica en el BOE entre los días 28 y 31 de diciembre para su entrada en vigor a partir del 1º Enero.
    Últimos años PGE incrementados por fondos europeos procedentes del Plan de recuperación de la UE denominado Next Generation UE
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5
Q

4a Modificaciones presupuestarias. INTRO

A

DEF Son las financiaciones individualizadas de gasto.
CARACTERÍSTICAS de los créditos presupuestarios, vienen dadas por la triple limitación a la que están afectadas: Cualitativa, cuantitativa y temporal . Pueden instrumentarse jurídicamente de dos maneras: solicitud por el Gobierno y concesión de créditos por el Parlamento o aprobación por el Gobierno de modificaciones en los créditos aprobados en la LPGE.

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6
Q

4g Modificaciones presupuestarias. FONDO DE CONTINGENCIA

A

Para hacer frente durante el ejercicio presupuestario a necesidades inaplazables, por importe del dos por ciento del total de gastos para operaciones no financieras.
Modificaciones de crédito financiadas por el Fondo de Contingencia
⎯ Las ampliaciones de crédito.
⎯ Los créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
⎯ Las incorporaciones de crédito
No podrá utilizarse para cobertura de gastos por decisiones discrecionales de la Admon sin cobertura presupuestaria. El Gobierno remitirá a las Cortes Generales, a través de su Oficina Presupuestaria, un informe trimestral acerca de la utilización del Fondo

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7
Q

5a Sistema tributario: estructura básica. Principios del sistema tributario

A

1-Principio de igualdad y generalidad. Todos los españoles son iguales a la hora de pagar los tributos.
2-Principio de capacidad económica. Es la cantidad de ingresos o riqueza que un ciudadano posee, por lo tanto los tributos tendrán que tener en cuenta esta capacidad a la hora de determinar lo que cada ciudadano debe pagar.
3-Principio de progresividad. Cuanta más capacidad económica tenga una persona, más tributos pagara de forma progresiva.
4-Principio de no confiscatoriedad. La tributación no podrá ser superior a la renta o patrimonio gravado.
5- Principio de legalidad. El artículo 133 de la Constitución establece que el único que tiene poder para establecer los tributos es el Estado mediante Ley.

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8
Q

5b Sistema tributario: estructura básica. Estructura de los tributos

A

La ley 58/2003 General tributaria es el eje central del ordenamiento tributario. ESTRUCTURA:
– TASAS son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen del derecho público que se refieran, afecten o beneficien de forma particular al obligado tributario.
– CONTRIBUCIONES ESPECIALES son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valorde sus bienes, como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos.
– IMPUESTOS son los tributos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente.

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9
Q

5c. Sistema tributario: imposición directa e indirecta. Clasificación impuestos directos

A
    • sobre la renta: impuestos sobre la renta de las personas físicas. Impuestos sobre sociedades
    • sobre el capital: impuestos sobre sucesiones y donaciones, sobre el patrimonio
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10
Q

5d Sistema tributario: imposición directa e indirecta. Clasificación impuestos indirectos

A
    • Sobre el tráfico civil: impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados
    • Sobre el tráfico mercantil: Impuesto sobre el Valor añadido. Impuestos especiales, tabacos, bebidas. Impuestos sobre las primas de seguro. Tributos sobre el juego. Impuestos sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos.
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11
Q

1a El presupuesto como instrumento de planificación. INTRO.

A

Estado satisface necesidades (educación, sanidad, justicia…) que se concretan en unos gastos para los que es preciso contar con unos ingresos. El conjunto ordenado de dichos gastos e ingresos constituye un plan económico, es decir, un presupuesto.
El presupuesto está fuertemente unido a la política económica estatal, erigiéndose como un instrumento de planificación y asignación eficiente de recursos

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12
Q

1c El presupuesto como instrumento de planificación. Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

A

Reforma del artículo 135 de la Constitución Española, introduciendo al máximo nivel normativo de nuestro ordenamiento jurídico una regla fiscal que limita el déficit público de carácter estructural en nuestro país y limita la deuda pública al valor de referencia del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Los tres objetivos de la Ley son: Garantizar la sostenibilidad financiera de todas las Administraciones Públicas; fortalecer la confianza en la estabilidad de la economía española; y reforzar el compromiso de España con la Unión Europea en materia de estabilidad presupuestaria
COVID situación de emergencia extraordinaria que motiva la suspensión de las reglas fiscales tanto en 2020 como en 2021

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13
Q

4b Modificaciones presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.

A

En el primer caso no existe dotación presupuestaria y en el segundo, el crédito es insuficiente. SI surge en operaciones no financieras, se financiará mediante baja en los créditos del Fondo de Contingencia y en operaciones financieras del Presupuesto, se financiará con Deuda Pública. Limit cuantitativa

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14
Q

4c Modificaciones presupuestarias. Incorporaciones de crédito.

A

Adición de remanentes de créditos del ejercicio anterior. Excepción al principio general de temporalidad por el que los créditos no gastados a fin de año quedan anulados. El Estado funciona de manera diferente al resto de AAPP. En el Estado no existen los remanentes de tesorería, es un caso especial y bastante más complicado (temas de mercados secundarios, mercados de Deuda, etc.) se financian con cargo al Fondo de Contingencia o con baja en otros créditos de operaciones no financieras.

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15
Q

4d Modificaciones presupuestarias. Transferencia de créditos

A

Son traspasos de dotaciones entre créditos. Pueden realizarse transferencias entre créditos de un mismo programa o entre programas de un mismo servicio. Competencia es de los Ministros titulares. Limitación que excepciona: cuantitativa y cualitativa.

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16
Q

4e Modificaciones presupuestarias. Generaciones de créditos

A

Incrementan los créditos como consecuencia de la realización de determinados ingresos no previstos (ej venta de bienes, enajenación de inmovilizado, reembolso de préstamos…). Competencia del ministro correspondiente o, en algunos casos del Ministro de Hacienda. Limitación que excepciona: cuantitativa

17
Q

4f Modificaciones presupuestarias. Créditos ampliables

A

Son los créditos destinados al pago de pensiones de Clases Pasivas del Estado y los destinados a atender obligaciones específicas del respectivo ejercicio, derivadas de normas con rango de ley. Autorización del MºHAC. Limitación que excepciona: cuantitativa

18
Q

5e. Sistema tributario: tasas y precios públicos

A

La ley 8/1989 de Tasas y Precios Públicos especifica qué tributos cumplen las condiciones de ser una tasa y cuáles las condiciones de precio público. La TASA puede definirse como una contribución coactiva para la cobertura del coste de un servicio público. Dichas actividades han de ser de solicitud o recepción obligatoria y que no debe existir concurrencia con el sector privado (DNI, examen conducir…)
PRECIOS PÚBLICOS, estos ingresos se producen cuando el Estado realiza un determinado bien o servicio, generalmente por empresas públicas, a precios inferiores a los de mercado, cubriendo no obstante el coste de producción. Es decir, pagamos a un ente público por un servicio que también nos lo da el sector privado y que es voluntario (museos, piscinas…).
Uno de los principios de las tasas es el principio de equivalencia, es decir, cuando paguemos una tasa el pago que realicemos debe ser como máximo lo equivalente al coste, el segundo principio es el de la capacidad de pago, por lo que cuando sea posible el ente público debe acomodar las tasas a nuestra capacidad de pago. En cambio, los precios públicos no tienen que estar adaptados a la capacidad de pago o al coste del servicio