obligaciones Flashcards

(120 cards)

1
Q

Interdictos:

A

personas que se encuentran restringidas para el ejercicio de ciertos derechos, con motivo de padecer alguna discapacidad mental, haber sido declarado en quiebra, tener antecedentes penales, entre otras situaciones.

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2
Q

Art. 24 el mayor de edad

A

tiene la facultad de disponer libremente de su personal y de sus bienes, salvo las limitaciones que establece la ley.

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3
Q

OBLIGACION:

A

facultad de obtener algo, facultad o el poder de ejercer u obrar para obtener un resultado.

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4
Q

Derecho subjetivo:

A

facultad, es el poder que me otorga el Derecho Objetivo para reclamar ante la autoridad competente el cumplimiento de un deber jurídico contraído por otra persona. (Derecho a la vida, salud, educación, etc.)

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5
Q

Derecho objetivo:

A

hace referencia a las normas jurídicas las cuales regulan la convivencia en sociedad

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6
Q

normas jurídicas son:

A

generales (para todos), heteronomas (elaboradas por decisión ajena), coercibles (se utiliza el uso de fuerza para ser cumplidas, que alguien te obligue a cumplirlas)

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7
Q

Principal obligación con el estado:

A

tributo

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8
Q

Relación entre el derecho subjetivo y el derecho objetivo

A

los derechos subjetivos tienen por causa el derecho objetivo
Si tu tienes derecho de poseer un bien (derecho subjetivo) es por que la ley te faculta y garantiza ese derecho (derecho objetivo)
Por tanto la relación entre ambos es indispensable, intima, necesaria.

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9
Q

Borja Soriano expresa que la obligación es:

A

“Es la relación jurídica entre dos personas, en virtud de la cual una de ellas, llamada deudor, queda sujeta a otra, llamada acreedor, a una prestación o a una abstención de carácter patrimonial, que el acreedor puede exigir del deudor”

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10
Q

En una obligación siempre existirá

A

la relación de un deudor y un acreedor.

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11
Q

En derechos subjetivos se dividen

A

derechos reales y derechos personales

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12
Q

Derechos reales:

A

res-cosa. Facultas de aprovechar una cosa

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13
Q

Derechos personales:

A

facultad de obtener de otra persona una determinada conducta que puede ser de dar una cosa de hacer algo o de no hacerlo.

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14
Q

Derecho jurídico:

A

es lo que esta plasmado en las normas

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15
Q

Cuatros ejes:

A

personas, bienes, obligaciones y sucesiones

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16
Q

DERECHO PERSONAL O DE CREDITO

A

“acreedor” tiene el derecho de exigir tal “deudor” el cumplimiento de una prestación.
O bien el “deudor” tiene la necesidad (obligación) de cumplir con el “acreedor” su prestación.

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17
Q

Comodato:

A

préstamo de uso, bienes, derechos reales.

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18
Q

ELEMENTOS DE LAS OBLIGACIONES
concepto y cuales son

A

personas o la estructura en la que se conforma una obligación
sujeto, objeto y relación jurídica

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19
Q

SUJETO:

A

personas que intervienen en la corformacion de derechos y obligaciones, sin importar que sean físicas o morales
Sujeto pasivo: es el “deudor” la persona que tiene la deuda “obligación”
Sujeto activo: es el que tiene la facultad de exigir a deuda “obligación” acreedor
Sujeto indeterminado: en ambos casos de “acreedor” y “deudor” pueden ser indeterminados o inciertos hasta que el acontecimiento se realice.

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20
Q

OBJETO:

A

es el contenido de la conducta del “deudor” lo que debe “dar”, “hacer” o “no hacer”

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21
Q

RELACION JURIDICA

A

Vinculo que existe entre los sujetos y el objeto de esa obligación, dicho vínculo (derecho subjetivo) esta regulado por la norma (derecho objetivo) y desde luego tiene una coerción para garantizar que se cumpla con la misma.

los derechos y obligaciones que nacen

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22
Q

Fuente primordial de obligaciones

A

lato sensu: hechos y actos jurídicos

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23
Q

las obligaciones nacen de

A

acontecimientos naturales o con la voluntad del hombre y que se encuentren regulados en la legislación.

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24
Q

Convenio:

A

acuerdo de voluntades entre dos o mas personas para crear, transferir, modificar o extinguir derechos u obligaciones.

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25
Contrato:
acuerdo de voluntades entre dos o mas personas para producir o transferir derechos u obligaciones. Primera fuente de las obligaciones
26
Para la existencia del contrato se requiere:
Consentimiento Objeto que pueda ser material del contrato Solemnidad (el código civil solo establece los primeros dos)
27
El contrato puede ser invalidado:
Por incapacidad legal de las partes o de una de ellas; Por vicios del consentimiento; Porque su objeto o su motivo o fin sea ilícito; y Porque el consentimiento no se haya manifestado en la forma que la ley establece.
28
CONSENTIMIENTO:
es la manifestación exterior de la voluntad, la cual puede ser expresa o tácito. Expreso: cuando se manifiesta verbalmente o por escrito o por signos inequívocos. Tácito: es el resultado de hechos o actos que lo presupongan o que autoricen a presumirlo (excepto los que la ley requiera que sean expresos)
29
El objeto puede ser dividido en
3, directo, indirecto y la cosa misma que se da en el propio contrato
30
el objeto directo
es el de crear o transferir derechos y obligaciones
31
El objeto indirecto
versa en las obligaciones plasmadas en el contrato ya sean de dar, hacer o no hacer
32
Son objeto de los contratos civiles según el código civil:
La cosa que el obligado debe dar El hecho que el obligado debe hacer o no hacer.
33
La cosa objeto del contrato debe:
Existir en la naturaleza Ser determinada o determinable en cuanto a su especie Estar en el comercio
34
El hecho debe
ser posible y licito.
35
falta de elementos de existencia o validez nos lleva a
nulidad absoluta o parcial.
36
goce:
aptitud para ser titular de derechos y obligaciones (representado por otro legalmente)
37
ejercicio:
aptitud para ejercitar o hacer valer por si mismo sus derechos.
38
INCAPACIDAD LEGAL:
es la ausencia de la capacidad en cuanto a la voluntad de determinada persona por ser menor, o no siéndolo que tenga periodos de lucidez o bien padezca alguna enfermedad mental que le impida su libre voluntad y toma de decisiones
39
la falta de legitimación es
la facultad de disponer de los derechos teniendo esa legítima posesión de los mismos
40
Vicios caractrísticas
-La voluntad (decisión) debe de ser libre y cierta - equivocada = error - Influenciada= dolo - con intención de que siga en error = mala fe - desproporcional en cuanto a obligaciones = lesión - derivada de amenazas = violencia
41
El error de hecho:
Son equivocaciones de circunstancias fácticas o bien de hecho (apreciaciones erróneas). ejemplo: Te vendo mi vehículo 2016 (el cual es modelo 2017 por haberlo adquirido en septiembre de 2016).
42
El error de derecho:
Son equivocaciones del alcance o interpretación de las normas. ejemplo: te traspaso mi casa y la sigues pagando (traspaso no existe en derecho, se llama sesión de derecho o de normas)
43
error de cálculo:
nos equivocamos en cuestiones cuantificables.
44
CONSECUENCIAS DEL ERROR:
consentimiento no válido contrato no valido error de calculo solo se rectifica
45
dolo en los contratos
cualquiera sugestión que se emplee para inducir a error o mantener en él a alguno de los contratantes
46
mala fe
disimulación del error de uno de los contratantes, una vez conocido
47
Dolo: y Mala Fe (Consecuencias)
anulan el contrato si ha sido la causa determinante de este acto jurídico si ambas partes proceden con dolo, ninguna de ellas puede alegar la nulidad del acto o reclamarse indemnizaciones
48
violencia
cuando se emplea fuerza física o amenazas que importen peligro de perder la vida, la honra, la libertad, la salud, o una parte considerable de los bienes del contratante, de su cónyuge, de sus ascendientes, de sus descendientes o de sus parientes colaterales dentro del segundo grado.
49
Para que la violencia sea considerada como vicio de la voluntad se requiere:
Ser determinante, es decir que haya sido la causa de la celebración del contrato; Ser injusta para la persona violentada por las posibles consecuencias derivadas de la misma
50
temor reverencial
temor de desagradar a las personas a quienes se debe sumisión y respeto, no basta para viciar el consentimiento.
51
Violencia o temor (consecuencias)
Tanto el dolo como la violencia se produce un daño o perjuicio (se pueden reclamar y resarcir el daño)
52
DAÑO:
se entiende por daño la perdida o menoscabo sufrido en el patrimonio por la falta de cumplimiento de una obligación. daño al patrimonio
53
PERJUICIO:
se reputa perjuicio la privación de cualquiera ganancia licita, que debiera haberse obtenido con el cumplimiento de la obligación. perdida de ganancia
54
daños y perjuicios en obligaciones
Los daños y perjuicios deben ser consecuencia inmediata y directa de la falta de cumplimiento de la obligación
55
EXCEPCIÓN de DAÑO PERJUICIO
Nadie esta obligado al caso fortuito
56
Lesión
cuando se existe una desproporción exagerada entre los derechos y obligaciones de las partes, es decir una ausencia de equilibrio o equivalencia entre lo que se da y lo que se obtiene a cambio.
57
El acto jurídico inexistente por la falta de consentimiento o de objeto que pueda ser materia de él,
no producirá efecto legal alguno. No es susceptible de valer por confirmación, ni por prescripción; su inexistencia puede invocarse por todo interesado.
58
La ilicitud en el objeto, en el fin o en la condición del acto
produce su nulidad, ya absoluta, ya relativa, según lo disponga la ley.
59
La nulidad absoluta por regla general
no impide que el acto produzca provisionalmente sus efectos, los cuales serán destruidos retroactivamente cuando se pronuncie por el juez la nulidad.
60
La nulidad es relativa
cuando no reúne todos los caracteres enumerados. Siempre permite que el acto produzca provisionalmente sus efectos.
61
El error como vicio del consentimiento da lugar a la nulidad
relativa
62
Tipos de Obligaciones:
-Morales -Jurídicas -Naturales -Propter rem
63
obligaciones morales
se encuentran sometidas a la conciencia de cada uno, son de carácter legal y el cumplimiento es un acto de voluntad para pagar la misma
64
obligaciones jurídicas
Son las que se plasman en nuestra legislación aplicable y de carácter regulado, exigible, perfectas para su cumplimiento.

65
obligaciones naturales
Atribuidas al derecho natural, cercanas a civiles por su naturaleza y para su cumplimiento. 
no se tipifican en la ley
66
obligaciones Propter rem

el origen de la obligación se encuentra en la misma se les conoce con el nombre de ambulatorias, ya que la obligación pasa de un sujeto pasivo a otro por el simple hecho de la detención material de la cosa. 
 no ligan al deudor personalmente, necesidades jurídicas sobre el propietario, la deuda sigue a la cosa
67
CAPACIDAD
Es la facultad o aptitud de una persona para en titularidad de derechos y obligaciones para ejercitarlos.
68
Incapacidad y falta de legitimación
no es lo mismo. un mayor de edad tiene la capacidad de ejercicio pero no puede realizarse por la falta de legitimación
69
REPRESENTANTE
figura Jurídica mediante la cual una persona llamada representado permite que otra persona llamada representante realice los actos jurídicos del primero a su nombre como si el se estuviese realizando, excluyendo al representante de la obligación ahí adquirida.
70
CLASES DE REPRESENTACIÓN
-voluntaria -Legal/oficiosa -Judiciales
71
representación voluntaria
aquellas donde el representado otorga su voluntad para que otro lo represente.
72
representación legal
aquellas donde por disposición de la ley determinan que una persona debe estar representada por otra: 

73
representación jurídica
aquellas que donde se nombra de forma judicial a un representante a favor de una persona: ej. tutor
74
MANDATO:
Es un contrato por medio del cual una persona llamada mandante (representado), otorga a uno llamado mandatario (representante) las facultades para realizar determinados actos jurídicos a su nombre.
75
2 Tipos de mandato:
Especial: mandante faculta de forma limitativa al mandatario para ciertos actos jurídicos. 
 General: mandante le otorga al mandatario en amplitud de facultades realizar diversos actos jurídicos dentro de la especie de negocios donde se pretenda representar por tanto pueden ser limitados en esa vertiente de especie o bien que abarque todas las especies. 

76
3 especies de mandato:
Mandato de administración Mandato de pleitos y cobranzas Mandato de actos de dominio
77
Contrato unilateral
Un solo autor, manifestación unilateral de la voluntad Ej: testamento, promesa de recompensa
78
actos jurídicos plurilaterales
los celebrados por dos o mas partes que por mutuo e interés propio o debidamente representados se someten a obligaciones y derechos recíprocos.
79
Las partes son:
1.- Quien celebro el acto jurídico; 2.- Quien fue legalmente representado; 3.- Quien recibe todo o parte del patrimonio del Causante
80
Son terceros:
I.- Quienes no celebraron el acto, ni fueron legalmente representados; 2.- El representante; 3.- Quien recibe parte del patrimonio debidamente identificados y descrito del causante
81
Legatario:
ercero que pueda tener derechos.
82
sucesión
cambio de sujeto de una relación jurídica. trasmisión de bienes y derechos
83
El derecho sucesorio
implica un cambio en los titulares de un derecho u obligación de un titular (causante) que sigue o sucede a otro (causahabiente);
84
la sucesión puede ser:
1.- A título particular (inter vivas) respecto de un derecho individual como el de propiedad (comprador del vendedor; donatario del donante, etc.); 2.- A título universal y particular (mortis causa) respecto de la totalidad del patrimonio (por causa de muerte /herencia/legado)
85
PACTA SUNT SERVANDA
Principio jurídico, habla de que los contratos deben ser cumplidos.
86
Ad intra:
lo que va implícito de las obligaciones
87
RES INTER ALIOS ACTA
los actos jurídicos producen obligaciones únicamente para el autor del contrato o las partes, pero NO para terceros.
88
Excepciones a la máxima res inter alios acta
› Actualmente este principio es parcial o limitado, pues SI pueden producir efectos a terceros en su beneficio otorgándoles derechos
89
REBUS SIC STANTIBUS
cláusula que permite modificar obligaciones en casos especiales;
90
código civil de 1928, en la que la contempla como fuente de las obligaciones y la dividida en tres especies :
Oferta al público (de promesa de venta y de recompensa, asi como el concurso de promesa de recompensa) El derecho en favor de un tercero (estipulación al tercero) Los títulos civiles (portador y orden)
91
¿Qué es la declaración unilateral de la voluntad?
Fuente de las obligaciones Emite la voluntad del deudor -Fuente general o limitada de crear obligaciones
92
ENDOSO =
Manifestación expresa 4 tipos: en propiedad, en procuración, en blanco, en garantía
93
ENRIQUECIMIENTO ILEGITIMO
- tercera de las fuentes de las obligaciones - El enriquecimiento de cualquier persona es valido y legal siempre y cuando sea justificado - nadie se empobrece sin motivo y en beneficio ajeno - el que se enriquezca en perjuicio de otro esta obligado a indemnizarlo en la misma proporción de su enriquecimiento
94
In Rem Verso
consiste en la indemnización al que se empobreció en la medida en la que se enriqueció el otro en perjuicio del primero
95
Va a ser consentimiento expreso
-oferta y recompensa
96
contrato electrónico *características
firma electronica: cadena digital donde se va a plasmar el consentimiento
97
Título ejecutivos civiles
-Documento civil que contiene una prueba -Documentos que traen emparejada una ejecución
98
GESTION DE NEGOCIOS
versa en la intervención voluntaria de una persona que no tiene mandato ni obligaciones en los negocios de otra persona que esta ausente o bien impedida para atender sus negocios, con la finalidad de evitar le sean causados perjuicios o que con tal intervención esta obtenga beneficios.
99
sujetos de la gestion de negocios
gestor del negocio y el dueño del negocio.
100
gestor
obligación de desempeñar su cargo con toda la diligencia que emplea en sus negocios propios debe actuar de conformidad a los intereses del dueño del negocio. Debe avisar de su gestión al dueño y esperar que este decida si esta de acuerdo o no con su gestión. Debe de continuar con su gestión hasta que concluya el asunto Debe rendir cuentas de su gestión y si el dueño desaprueba la gestión realizada. Debe restituir las cosas en el estado en que originalmente se encontraban e indemnizar al dueño de los perjuicios causador por su intervención.
101
dueño del negocio
pagar los gastos hechos por el gestor, siempre y cuando el negocio se hubiese gestionado de manera útil, y responder de las obligaciones contraídas por el gestor con motivo de su administración.
102
cumplimiento de las obligaciones
consiste en la entrega de cosa debida en la prestación o hecho que se hubiera prometido
103
Plazo
periodo que se asigna para el cumplimento de una obligación.
104
Término
día, la hora o el momento en que expira el plazo.
105
Clases de plazo
Suspensivo y extintivo: el primero suspende el cumplimiento de la obligación y el segundo la extingue. Convencional, legal y judicial: el primero las partes pactan fecha [ara el cumplimiento de las obligaciones; el segundo la ley lo señala y el tercero el juez interviene para fijar el plazo.
106
Mora:
es el retardo de ese mismo cumplimiento a la obligación. nace la responsabilidad jurídica sobre daños y perjuicios.
107
Caso fortuito
evento de la naturaleza que es impredecible.
108
Fuerza mayor
evento causado por el hombre que es inevitable.
109
Consignación
forma mediante la cual el deudor cumple con el pago de la obligación aun y cuando el propio acreedor no quiera o no pueda recibirla.
110
Cláusula penal (pena convencional)
Estipulación de tipo contractual por la que se impone al deudor una prestación especial en el caso de incumplimiento de la obligación o de que se cumpla de modo inadecuado.
111
Monto de la clausula penal:
La cláusula penal no puede exceder ni en valor ni en cuantía a la obligación principal
112
se exige cumplimiento de obligaciones y pago de pena convencional
El acreedor puede exigir el cumplimiento de la obligación o el pago de la pena, pero no ambas
113
Evicción:
el que adquirió alguna cosa fuere privado del todo o parte de ella por sentencia que cause ejecutoria, en razón de algún derecho anterior a la adquisición.
114
Saneamiento:
la restitución de precio de la cosa vendida. Por evicción o vicios ocultos (buena o mala fe)
115
Vicios ocultos (restitución):
Indemnización por los mismos mediante saneamiento.
116
Buena fe:
La restitución de precio de la cosa vendida El pago de los gatazo del contrato realizado por el comprador. El pago del juicio de evicción El valor de las mejoras útiles necesarias.
117
Mala fe:
Pago del precio a tiempo de la adquisición al de la evicción. Pago de mejoras voluntarias (no necesarias) Pago de daños y perjuicios.
118
ACCIÓN PAULIANA
Facultad concedida al acreedor, a fin de que se anulen los actos celebrados de mala fe por su deudor en su perjuicio objetivo es reconstruir el patrimonio del deudor para que salga de la insolvencia parcial o total en que se encuentra
119
acción paulina requiere para su procedencia:
que exista de un acto jurídico celebrado posterior a la obligación de pago. Que dicho acto jurídico deteriore el patrimonio del deudor y. Lo deje en estado de insolvencia. Que se cause perjuicio al acreedor si la celebración del acto se realizo de manera onerosa, haya existido mala fe tanto del deudor como del tercero, por haber conocimiento del perjuicio que el acto puede acarrear a los acreedores.
120