Tema 14. Relaciones de las Entidades Locales con las restantes Administraciones Territoriales. La autonomía municipal y el control de legalidad. Flashcards
(7 cards)
Relaciones entre entes territoriales.
¿Dónde se articula?
Título V. Capítulo II. Artículo 55 al 62 LRBRL
Deberes generales en las relaciones recíprocas interadministrativas…
¿Dónde se articula?
1 - Respetar el ejercicio legítimo por las otras Administraciones de sus competencias y las consecuencias que del mismo se deriven para las propias.
2 - Ponderar, en la actuación de las competencias propias, la totalidad de los intereses públicos implicados y, en concreto, aquellos cuya gestión este encomendada a las otras Administraciones.
3 - Valorar el impacto que sus actuaciones, en materia presupuestaria y financiera, pudieran provocar en el resto de Administraciones Públicas.
4 - Deber general de facilitarse información.
5 - Deber de cooperación y asistencia activas.
Artículo 55 Ley 7/1985 LRBRL
Deberes específicos de información y asistencia técnica…
¿Dónde se articula?
1 - Deber de las EELL de remitir al Estado y a la CCAA respectiva, los actos y acuerdos adoptados.
2 - Las Administraciones del Estado y de las CC.AA. podrán recabar y obtener información concreta sobre la actividad municipal, incluso solicitar la exhibición de expedientes y la emisión de informes, para comprobar la efectividad, en su aplicación de la legislación estatal y la autonómica.
3 - Deber de la Administración del Estado y de la de las CC.AA, de facilitar el acceso de los representantes legales de las EE.LL. a los instrumentos de planificación, programación y gestión de obras y servicios que les afecten directamente.
Artículo 56 Ley 7/1985 LRBRL
Principio de Cooperación Institucionalizada…
¿Dónde se articula?
1 - La cooperación económica, técnica y administrativa entre la Admón local y las Administraciones del Estado y de las CCAA, tanto en servicios locales como en asuntos de interés común, se desarrollará con carácter voluntario, pudiendo tener lugar, en todo caso, mediante los consorcios o convenios administrativos que suscriban.
Artículo 57 Ley 7/1985 LRBRL
Autonomía Local.
¿Dónde se articula?
En el artículo 137 de la CE y en la Carta Europea de Autonomía Local.
Autonomía Local. Definición
Derecho y capacidad efectiva de las Entidades locales de ordenar y gestionar una parte importante de los asuntos públicos, en el marco de la Ley, bajo su propia responsabilidad y en beneficio de sus habitantes.
Carta Europea de Autonomía Local.
¿Cuándo fue aprobada?
Consta de…
Aprobada el 15 de Octubre de 1985.
Consta de un preámbulo y tres partes con 18 artículos.