Unidad 1: Derechos Reales Flashcards
(215 cards)
Concepto de cosa
En derecho es todo aquello que pueda procurar alguna utilidad a las personas
Concepto de Bien
Todos los objetos de derecho que en alguna medida tengan valor económico y que son susceptibles de apropiación
Concepto de Patrimonio
Conjunto de cosas que en alguna medida tengan valor pecuniario
Clasificación de las cosas:
1-Fuera del Comercio/ Dentro del Comercio
2-Mancipi/ Nec Mancipi
3-Corporales/ Incorporales
4-Muebles/ Inmuebles
5-Fungibles/ No fungibles
6-Consumibles/ No consumibles
7-Divisibles/ Indivisibles
8-Principales/ Accesorias
9-Universales/ Singulares
10-Fructíferas/ No Fructíferas
Cosas Fuera del comercio
Son las cosas que no son susceptibles de apropiación y que no pueden ser objeto de negocios jurídicos entre particulares. Se dividen en res divini iuris y res humani iuris
Res divini iuris
Cosas sustraídas del comercio por razones de derecho divino. Se dividen en res sacrae, res religiosae y res santae
Res humani iuris
Cosas sustraídas del comercio por razones de derecho humano. Se dividen en res communes, res publicae y res universitatis.
Mancipi y Nec Mancipi
Son cosas mancipi:
-Los fundos rústicos y urbanos y las casas ubicadas en Italia y los lugares donde rigiera el ius italicum;
-Las servidumbres prediales rústicas constituidas sobre dichos fundos;
-Los esclavos
-Los animales grandes de tiro y carga (bueyes, mulas, asnos, caballos). Los elefantes y los camellos no pertenecen al mancipio.
Por su parte, serían nec mancipi todas las demás cosas.
Cosas Corporales
Son las que tienen un ser real y pueden ser percibidos por los sentidos
Cosas incorporales
Solo tienen existencia ideal; consisten en meros derechos
Cosas muebles
Son aquellas cosas que pueden transportarse de un lugar a otro
Cosas inmuebles
Son aquellas que no pueden transportarse
Cosas Fungibles
Pueden contarse, medirse, pesarse; no son individualizables
Cosas no fungibles
Las cosas con individualidad propia, que no se sustituyen unas por otras
Cosas consumibles
Las cosas cuyo uso trae aparejado su extinción, su consumo
Cosas no consumibles
Las cosas que son aprovechadas por el hombre sin consumirlas
Cosas divisibles e indivisibles
Pueden ser divisibles:
- Materialmente: las que pueden ser reducidas en partes iguales, conservando cada una la esencia y la función misma del todo.
- Intelectualmente: son las cosas que pueden fraccionarse en partes iguales, imaginarias, aunque no puedan serlo materialmente.
Cosas Principales
Es aquella que determina la esencia y la función social de la cosa en un todo o conjunto, tiene existencia por si misma y representa la esencia del todo
Cosas Accesorias
Es aquella destinada para el servicio de otra no absorbida en ella (ambas son autónomas, pero que entran en una relación de subordinación, de manera que una sirva a la otra
Cosas singulares
Los que constituyen una unidad natural o artificial, y que pueden ser simples (que tienen una individualidad unitaria) o complejas (que constituyen un todo coherente formado por dos o más cosas simples unidas).
Cosas universales
Son agrupaciones de bienes singulares que no tienen entre si una conexión física, pero que forman un todo funcional y están relacionadas por un vínculo determinado. Pueden ser de hecho y de derecho
Frutos
Es lo que una cosa da periódicamente y sin detrimento de su sustancia. Divídanse en naturales y civiles.
Cosas Fructíferas y no Fructíferas
Fructífera es la que da frutos; las no fructíferas no los dan.
Derecho subjetivo
Atribución o facultad que corresponde a un sujeto y que es reconocida y amparada por el ordenamiento jurídico.