CONCEPTOS DE CIVIL Flashcards
(80 cards)
ACTO JURÍDICO
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HECHOS JURÍDICOS
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HECHOS JURÍDICOS VOLUNTARIOS O ACTOS HUMANOS
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HECHOS JURÍDICOS NATURALES
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ARTÍCULO 1444
**Artículo 1444.
**
Se distinguen en cada contrato las cosas que son de su esencia, las que son de su naturaleza, y las puramente accidentales.
- Son de la esencia de un contrato aquellas cosas sin las cuales o no produce efecto alguno, o degenera en otro contrato diferente;
- son de la naturaleza de un contrato las que no siendo esenciales en él, se entienden pertenecerle, sin necesidad de una cláusula especial;
- y son accidentales a un contrato aquellas que ni esencial ni naturalmente le pertenecen, y que se le agregan por medio de cláusulas especiales.
ARTÍCULO 1445
Artículo 1445.
Para que una persona se obligue a otra por un acto o declaración de voluntad es necesario:
1º que sea legalmente capaz;
2º que consienta en dicho acto o declaración y su consentimiento no adolezca de vicio;
3º que recaiga sobre un objeto lícito;
4º que tenga una causa lícita.
La capacidad legal de una persona consiste en poderse obligar por sí misma, y sin el ministerio o la autorización de otra.
ELEMENTOS ESENCIALES
X
ELEMENTOS DE LA NATURALEZA
Las partes también pueden eliminarlos sin alterar la esencia del contrato
ELEMENTOS ACCIDENTALES
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EL CONSENTIMIENTO
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OFERTA
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ACEPTACIÓN
Acto Jurídico Unilateral por el cual el destinatario de la oferta manifiesta su conformidad con ella.
Requisitos: Pura y Simple/En término oportuno.
MOMENTO EN QUE SE ENTIENDE FORMADO EL CONSENTIMIENTO
Se debe distinguir entre contrato entre presentes y entre ausentes.
Entre presentes: Se aplica el artículo 97 del Código de Comercio, se forma de inmediato.
Entre ausentes:
Teorías:
* De la declaración de voluntad
* Del conocimiento
* De la recepción
* De la expedición
¿Cuál aplica? Artículo 101 C.Com: Teoría de la Declaración.
El consentimiento se forma en el momento en que el destinatario acepta la oferta, independiente del conocimiento que el oferente haya tenido de tal aceptación.
EL DOLO
El dolo se presenta en un triple ámbito en el derecho:
En el otorgamiento o celebración de los actos y contratos, es un vicio del consentimiento:
“Es aquella maquinación fraudulenta que consiste en una falsa representación de la realidad, destinada a obtener una declaración de voluntad para la celebración de un acto o contrato, de forma tal que de no mediar esta maquinación, dicha declaración de voluntad o no se hubiera obtenido o se hubiera obtenido en términos sustancialmente diferentes.”
En la ejecución de los contratos, es decir, en la fase de cumplimiento de las obligaciones objeto de los mismos, es una agravante de la responsabilidad contractual según el artículo 1558:
“Son los actos u omisiones intencionales del deudor para eludir el cumplimiento de su obligación”
En el ámbito de la responsabilidad extracontractual civil es el elemento constitutivo del delito civil:
“Artículo 44: Es la intención positiva de inferir injuria a la persona o propiedad de otro.”
LA FUERZA
Apremios físicos o morales.
Grave, injusta, determinante.
EL ERROR
Error de Derecho o Error de Hecho.
Error de hecho:
* Error esencial
* Error sustancial
* Error en las calidades accidentales
* Error en la persona
OBJETO
El artículo 1445 señala que el acto o declaración de voluntad debe recaer en un objeto lícito.
El artículo 1460 señala que toda declaración de voluntad debe tener por objeto, una o mas cosas que se trata de dar, hacer o no hacer.
Cosa: Determinada o Determinable/Comerciable/Real
Hecho: Determinado o Determinable/Física o Moralmente posible.
ARTÍCULO 1464
Hay un objeto ilícito en la enajenación:
1º. De las cosas que no están en el comercio;
2º. De los derechos o privilegios que no pueden transferirse a otra persona;
3º. De las cosas embargadas por decreto judicial, a menos que el juez lo autorice o el acreedor consienta en ello;
4º. De especies cuya** propiedad se litiga**, sin permiso del juez que conoce en el litigio.
EL OBJETO ILÍCITO
Es aquel que no se conforma con la ley, o bien, el que infringe la ley, el orden público o las buenas costumbres.
LA CAUSA
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LA NULIDAD ABSOLUTA
Es la sanción a todo acto o contrato a que falte alguno de los requisitos que la ley prescribe para **el valor **del acto segun su **especie **art. 1681
LA NULIDAD RELATIVA
1681
LA REPRESENTACIÓN
Modalidad moderna en virtud de la cual los efectos de un acto que celebra una persona que actúa a nombre o en lugar de otra, se radican en forma inmediata y directa en esta última, como si ella personalmente lo hubiera celebrado.
LA SIMULACIÓN
Voluntad Real y Voluntad Declarada.
Simulación Absoluta y Simulación Relativa.
1560 = Prima la voluntad real.