CONOCIMIENTOS ESPECIFICOS 2 Flashcards
(278 cards)
CONSTITUYE EL RECURSO ACTIVO MAS VALIOROS CON QUE CUENTA LA SEMAR Y EL DE MAYOR IMPORTANCIA PARA HACER FRENTE A LOS RETOS DE ACTUALES Y FUTUROS?
EL RECURSO HUMANO
QUE ES LA OFICILIA MAYOR DEL RAMO?
LA RESPONSABLE DE DETERMINAR Y AUTORIZAR LAS PLANILLAS ORGANICAS DE LAS UNIDADES Y ESTABLECIMIENTOS NAVALES ASI COMO DE COMUNICAR LA CANTIDAD DE VACANTES QUE DEBERAN SER CUBIERTAS ANUELAMENTE EN LA INSTITUCION
QUE ES EL SIPAM?
SISTEMA DE INFORMACION DEL PERSONAL DE LA ARMADA DE MEXICO DONDE ESTAN REGISTRADOS LOS DATOS GENERALES DEL MILITAR DURANTE SU PERMANENCIA EN EL SERVICIO DE LA ARMADA DE MEXICO
es la aplicación de un conjunto de técnicas y procedimientos para captar personal calificado y capaz de ocupar una vacante dentro de las Unidades y Establecimientos Navales y comprende el reclutamiento interno (redistribución interna), reclutamiento externo y selección de personal.
La obtención de Recursos Humanos
es el conjunto de actividades orientadas a obtener personal de la propia Institución para cubrir las necesidades de un puesto determinado en una Unidad o Establecimiento Naval, con base a su perfil y competencia para el puesto, derivado de los
procesos de promociones, cambios de adscripción, cambios de cuerpo o servicio y adecuaciones de grado
El reclutamiento interno o redistribución interna del personal
es un proceso técnico administrativo que consiste en hacer de individuos del medio civil, candidatos a ocupar una vacante dentro de la Institución, desarrollando un proceso sistemático de selección de personal que reúna el perfil necesario.
El reclutamiento externo
Aspirante a ingresar al servicio activo de la Armada de México como Oficial, Clase o Marinero de la milicia auxiliar.
(B).Estatura mínima 1.70 m. para personal masculino.
Aspirante a ingresar al servicio activo de la Armada de México como Oficial, Clase o Marinero
de la milicia auxiliar.
i. Requisitos generales que deben reunir:
(F).No ser desertor de las Fuerzas Armadas.
es el proceso de orientación y adiestramiento por medio del cual, una vez
que causen alta en el Servicio Activo de la Armada de México, los nuevos elementos de extracción
civil se integran como marinos militares en los Centros de Capacitación establecidos. Este proceso
les permite familiarizarse con las normas, valores y doctrina de la Institución, así como, las rutinas y
en específico con el área de trabajo donde quedaran comisionados, logrando así su pronta y
efectiva adaptación al medio.
b. Inducción al Medio.
i. La inducción de personal
acto jurídico celebrado entre la Secretaría de Marina y el personal
de la milicia auxiliar, mediante el cual se establece el compromiso de continuidad en el servicio activo y la
prestación de servicios de forma voluntaria y temporal, en el que se asientan los derechos y obligaciones
que adquiere con motivo del mismo.
El Contrato de Reenganche
Para poder renovar el contrato de reenganche, el personal de Oficiales, Clases y Marinería, deberán
cumplir los siguientes requisitos:
(A). Estar apto para el desempeño de las actividades navales, acreditándose mediante un certificado
médico;
(B). Tener conceptuado conducta militar y civil buena.
(C). Tener aptitud militar y profesional como mínimo suficiente.
(D). Registrar de ser el caso sus señas particulares en el Sistema de Sanidad Naval.
a. Requisitos que debe cubrir el personal de la Milicia Auxiliar.
se caracteriza por su estabilidad en el servicio y los que a ella pertenecen no pueden ser destituidos de su jerarquía, sino por sentencia ejecutoriada del órgano de justicia competente (Art. 36 LOAM).
El personal de la Milicia Permanente
El personal naval que realice estudios por su cuenta, acordes a su profesión y sin perjuicio del
servicio, que resulten de utilidad para la Institución, obteniendo un título o diploma y cédula
profesional, según corresponda, siempre y cuando exista vacante (Arts. 38 y 40 LOAM).
ADECUACION DE GRADO.
a. Personal de la Milicia Permanente y Milicia Auxiliar.
Criterios a considerarse en el proceso de Adecuación de Grado.
f. Cuando alguna carrera no se encuentre considerada en el Catálogo de Cuerpos y Servicios, debido
a los nombres que cada Institución educativa asigna a las carreras que imparte, la Unidad Jurídica
solicitará a la Universidad Naval opinión respecto a si los estudios cursados por el solicitante son
homologables a algún Cuerpo o Servicio de los contenidos en el Catálogo de Cuerpos y Servicios
de la Armada de México.
g) La procedencia del trámite de Adecuación de Grado se determinará de acuerdo a la existencia de
vacantes en las planillas orgánicas de las Unidades y Establecimientos, por Servicio, Núcleo,
Escala y Jerarquía; así como, que dichos estudios resulten de utilidad a la Institución.
CAMBIO DE CUERPO, ESCALA O SERVICIO.
El personal de la Armada de México, podrá ser cambiado de Cuerpo, Escala o Servicio.
a. Por solicitud o por necesidades del servicio.
No perderá la antigüedad en el grado, si el cambio es por necesidades del servicio.
b) Perderá la antigüedad en su grado, ocupando el último lugar en el escalafón que le corresponda a
su antigüedad, si es a solicitud del interesado; la nueva antigüedad contara a partir de la fecha del
cambio.
c) Cuando el trámite se efectúe a propuesta del Mando Naval (de conformidad a la fracción primera
del artículo 67 de la L.O.A.M.), estará condicionado a la existencia de vacantes en la adscripción
solicitante.
d) Cuando la solicitud sea elevada a petición del interesado y no existan vacantes en su adscripción,
pero si en la planilla orgánica general de la Armada de México, previa aprobación de exámenes
correspondientes, se le comunicará el cambio de servicio y/o escala y se propondrá su cambio de
adscripción a una Unidad o Establecimiento donde sean necesarios sus servicios y existan
vacantes.
se realizará bajo las mismas reglas contenidas en el Manual para el Cambio de Servicio, con excepción de la aplicación del examen académico.
b) Si el padecimiento del militar fue contraído en actos del servicio, el trámite se encuadrará en la
fracción primera del artículo 67 de la LOAM.
c) Si el padecimiento del militar no fue contraído en actos del servicio, el trámite se encuadrará en la
fracción segunda del artículo 67 de la LOAM.
d) El escalón de Sanidad Naval propondrá a que servicio y escala puede cambiar el militar de acuerdo
al padecimiento que presenta.
Cambio de Cuerpo o Servicio Núcleo y/o Escala por prescripción médica.
En que apartado Es facultad del Oficial Mayor de Marina, comunicar los nombramientos de Mandos y autorizar los
movimientos del personal operativo y de servicios de la Armada de México (Art. 8 Fracc. III. R.I.S.M.). El
personal de la jerarquía de Marinero a Teniente de Navío podrá solicitar su cambio de adscripción,
siempre y cuando no se perjudique el servicio, exista vacante y motivos que lo justifiquen (Art.
42.R.G.D.N.).
MOVIMIENTOS DE PERSONAL.
a) Al desincorporarse informará al Oficial de Guardia, quien ordenará se asiente en la copia del oficio
de movimiento la leyenda: “con esta fecha el interesado da parte de marchar a incorporarse a su
nueva adscripción”, fecha, grado, sello y firma del Oficial de Guardia, además los Almirantes,
Capitanes y Oficiales se despedirán del Comandante o Director y del Segundo Comandante. Los
Clases y Marinería del Segundo Comandante y del Oficial de Guardia Militar o Administrativa.
b) Al presentarse a su nueva adscripción se presentarán ante el Oficial de Guardia. Los Almirantes,
Capitanes y Oficiales, lo harán además ante el Comandante, de requerirse, los interesados
presentaran su credencial de identidad militar y comprobarán la fecha de desembarco con la
anotación del Oficial de Guardia en la copia de su oficio de movimiento.
Obligaciones del Militar.
es el acto mediante el cual el Mando promueve al militar en servicio activo al grado inmediato
superior en el orden jerárquico dentro del cuerpo o servicio que fija la Ley Orgánica de la Armada de
México, realizándose estos “Por Facultad del Mando Supremo” y “Por Facultad del Alto Mando”.
- ASCENSOS DEL PERSONAL.
Ascenso
es el documento con validez legal, en el cual se conceptúa la actuación de los
Almirantes, Capitanes y Oficiales, durante determinado periodo de su servicio dentro de la Armada de
México, evaluando la actuación profesional y conducta militar-civil, teniendo como sustento documentos
oficiales mismos que deberán obrar en el expediente personal del militar. Los Comandantes, Jefes de
Unidades o Directores serán los responsables de supervisar la formulación de las Hojas de Actuación en
tiempo y forma en su Unidad o Establecimiento Naval. (Ver DAM 1.1.1.1).
HOJA DE ACTUACION.
La Hoja de Actuación
documento con validez legal, en el cual se conceptúa la actuación del
personal de Clases y Marinería, durante un determinado período de su vida dentro de la Armada y tiene
como objetivo registrar los datos biográficos, datos del servicio y notas de las actividades que realiza el
personal; así como proveer un medio para evaluar su desempeño laboral y disciplinario en las Unidades y
Establecimientos, convirtiéndose en una herramienta capaz de brindar al Mando la oportunidad de
detección de necesidades de capacitación y adiestramiento, al igual que información en relación a los
aspectos cualitativos y cuantitativos del citado desempeño y actuación militar, necesarios para una
adecuada toma de decisiones en materia de puestos, comisiones, promociones, reenganches, premios y
recompensas.
MEMORIAL DE SERVICIOS.
El Memorial de Servicios
acto mediante el cual se realiza la entrega oficial del Mando de Armas o Cargo en una Unidad o
Establecimiento Naval, oficializándose con la designación de un representante de la Superioridad para
la toma de protesta (acto protocolario) y de un interventor para el acto administrativo, debiéndose
formular la documentación correspondiente, apegándose a las normas establecidas por las
Secretarías de Marina y de la Función Pública signados en los siguientes documentos: “Acuerdo que
establece las disposiciones que deberán observar los servidores públicos al separarse de su empleo,
cargo o comisión, para realizar la entrega recepción del informe de los asuntos a su cargo y de los
recursos que tengan asignados” (D. O. F. 13 de octubre de 2005). “Decreto para realizar la entrega-
recepción del informe de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan
asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión”
ENTREGA-RECEPCION DEL MANDO DE ARMAS O CARGOS.
El Alto Mando a través del Estado Mayor General designará a un representante en la entrega-recepción de los Mandos Superiores en Jefe para la toma de protesta (acto protocolario),
mientras que para efectos del acto administrativo en el caso de Mandos Superiores en Jefe,
fungirá como interventor el Inspector del Mando que corresponda.
Procedimiento: Entrega-Recepción (Procedimiento y Documentación).
La ______________________es el documento que muestra a todo el personal adscrito a una Unidad o Establecimiento y se utiliza
para conocer tanto el estado de fuerza con el grado y nombre, entre otros datos, de todos los
elementos que conforman la planilla orgánica autorizada incluyendo comisionados y excedentes,
siendo responsabilidad de su formulación oportuna los titulares de las Unidades y Dependencias
Navales. Dentro de los primeros cinco días de cada mes se remite vía correo institucional a la
Dirección General Adjunta de Control de Personal Naval (Sistema de Información para el Personal de
la Armada de México). El original deberá ser legalizado con las firmas de los funcionarios
responsables y conservándose en el archivo correspondiente
RELACION NOMINAL.