DP Flashcards
(70 cards)
¿Quién es el Defensor del Pueblo, quién lo designa y para qué?
El Defensor del Pueblo es el alto comisionado de las Cortes Generales designado por estas para la defensa de los derechos del Título I, podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales.
¿Qué función ejerce el Defensor del Pueblo?
Ejerce la función de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
¿Qué dedicación tiene el DP?
Dedicación exclusiva.
¿Cuál es el periodo del mandato del DP?
Es elegido por las CG para un periodo de 5 años reelegible.
¿De qué forma se relaciona el DP con las CG?
Se dirige a las cortes a través de sus presidentes. Se designará en las CG una Comisión Mixta (Congreso-Senado, decide por MS) encargada de relacionarse con el DP e informar a sus Plenos en cuantas ocasiones sea necesario. Ambas Comisiones se reunirán conjuntamente cuando así lo acuerden los Presidentes (C-S) o para proponer al candidato.
¿A quién le corresponde la propuesta de candidatos?
A la Comisión Mixta
¿Cuál es el procedimiento de elección del DP una vez propuesto el candidato?
Se convoca en término no inferior a 10 días al Pleno del Congreso, donde necesitará 3/5 y, posteriormente, en un plazo máximo de 20 días, ratificado por 3/5 del Senado.
En caso de que no se alcancen estas mayorías, se procede a una nueva sesión de la Comisión mixta y en el plazo de un mes, se formulan sucesivas propuestas, hasta conseguir 3/5 en el Congreso y MA en el Senado.
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¿Quién puede ser elegido como DP?
Cualquier español mayor de edad que se encuentre en el pleno disfrute de sus derechos civiles y políticos.
¿Cómo se nombra al DP una vez elegido?
- Los presidentes del C y S acreditan con sus firmas el nombramiento y se publica en el BOE.
- Toma posesión del cargo ante las Mesas de las Cámaras reunidas conjuntamente, presta juramento de fiel desempleo de su función.
¿Cuáles son todas las razones por las que se puede cesar al DP?
Por renuncia, expiración del plazo de nombramiento, por muerte o incapacidad sobrevenida, por actuar con notoria negligencia en el cumplimiento de las obligaciones y deberes del cargo, por haber sido condenado por sentencia firma por delito doloso.
¿Quién declara la vacante una vez cesado el DP y quién desempeña su función?
El presidente del Congreso declara la vacante y mientras desempeñarán sus funciones los adjuntos.
¿En qué casos deciden las CG el cese del DP?
Por actuar con notoria negligencia en el cumplimiento de las obligaciones y deberes del cargo y por haber sido condenado por sentencia firme por delito doloso, el cese se debe decidir por debate de las CG aprobado por 3/5 de cada Cámara previo debate y audiencia del interesado.
¿Cuál es el plazo para el nombramiento del nuevo DP una vez vacante el cargo?
Una vez vacante el cargo iniciará el procedimiento para el nombramiento del nuevo DP en un plazo no superior a 1 mes.
¿A quiénes se aplican las prerrogativas?
Se aplican al DP y sus Adjuntos en el cumplimiento de sus funciones.
¿De qué prerrogativas disfruta el DP y Adjuntos?
- No están sujetos a mandato imperativo, no recibirán instrucciones de ninguna Autoridad y desempeñan sus funciones con autonomía y según su criterio.
- Son inviolables y no podrán ser detenidos (salvo flagrante delito), multados o juzgados por las opiniones o actos en ejercicio de su cargo. Su enjuiciamiento corresponde al TS.
¿Qué incompatibilidades existen con el cargo de DP?
Dedicación exclusiva, incompatible con otro mandato o actividad.
¿Cuáles son los plazos de renuncia en caso de incompatibilidades?
En caso de encontrarse con actividades incompatibles con su cargo debe renunciar en los 10 días siguientes a su nombramiento y antes de tomar posesión, entendiendo que renuncia en caso contrario. Si la incompatibilidad ocurriera una vez tomado el cargo se entenderá que renuncia en la fecha que se hubiera producido. Igual para los adjuntos.
¿Quién puede ser elegido Adjunto del DP?
Cualquier español mayor de edad que se encuentre en pleno disfrute de sus derechos civiles y políticos.
¿Cuántos adjuntos hay?
El DP se encuentra auxiliado por un Adjunto Primero y un Adjunto Segundo, en los que podrá delegar sus funciones y que le sustituirán por su orden, en los supuestos de imposibilidad temporal y en los de cese.
¿Quién nombra y separa a los Adjuntos?
El DP nombará y separará a sus Adjuntos previa conformidad con las Cámaras, publicado en el BOE.
¿De qué dos formas podrá el DP iniciar y proseguir una investigación?
El DP podrá iniciar y proseguir de oficio o a petición de parte (mediante queja), cualquier investigación conducente al esclarecimiento de los actos y resoluciones de la Administración pública y sus agentes, en relación con los ciudadanos.
¿Quién podrá dirigirse al DP?
Toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, sin restricciones. No podrán constituir impedimento para ello la nacionalidad, residencia, sexo, minoría de edad, la incapacidad legal del sujeto, el internamiento en un centro penitenciario o de reclusión.
¿Quiénes no podrán presentar quejas ante el DP?
No podrá presentar quejas ante el DP ninguna autoridad administrativa en asuntos de su competencia.
¿A quién se dirigirá el DP en caso de que las CG no se encuentren reunidas, hubieren sido disueltas o hubiere expirado su mandato?
El DP se dirigirá a las Diputaciones Permanentes de las Cámaras.