PENAL Flashcards

(122 cards)

1
Q

Tentativa ?

Pena de la tentativa ?

A
  • Accion u Omision
  • Inequivoca o Inmediatamente
  • A la Ejecucion de un delito
  • No consumado
  • x Circunstancias ajenas a su voluntad.

OJO= No aplica a negligencia.

Art- 35

  • En delito Grave = (La Mitad)
    HASTA= Maximo (10-Años)
  • Cuando Pena del delito sean..
    99-AñOS= (20-Años)

Art- 36

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2
Q

Desistimiento ?

Elementos ?

Elementos para cuando se abandona ?

A
  • Voluntariamente (Antes de consumarse); o
  • Eviita resultados (Luego de comenzado)
  • RG= No estara sujeto a pena
  • EXCEPTO= x conducta ya previamente ejecutada. (Constitutiva de delito)

Elementos:
- Incurrir en Accion u Omision;
- q. comienza una tentiva;
- Evita, resultados.
(Arrepentimiento activo= Pero se intenta levantar como defensa)

Elementos-(Para cuando se abandona)

   - Intervalo razonable de tiempo 
   - LApso suficiente para q. los otros refrenen 
   - Delito se impute a causa independiente.
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3
Q

Dime las Causas de Inimputabilidad; ?

Teoria en General ?

A

1-Minoridad
2- Incapacidad Mental
3- Transtorno Mental transitorio
4- Intoxicacion voluntaria
——————————————————
Se exime x “Falta de Capacidad” sufiente para comprender la criminalidad de sus actos”; o

PAra conducirse de acuerdo al mandato de ley.

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4
Q

Causas de Inimputabilidad; Minoridad

A
  • Se exime de resp. x “falta de capacidad”
  • Son improcesables criminalmente menores de “18-Años
    EXCEPTO=
    - MAyores de “14-Años”
    - Se procesaran cm adulto; Considerando
    1- Hechos
    2- Historial Delictivo
    3- Posibiliad de Rehabilitacion
    4- Bienestar de la Comunidad
            - Mayores de "15-Años" 
            - Se procesaran com adulto; Cuando 
                     1- Asesinato en "1er-Grado" (Modalidad de 
                           Deliberacion) 
                     2- Previamente Acusado x asesinato "1er-
                            Grado"
                     3- Previa adjudicacion de delito grave

Art- 39

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5
Q

Causas de Inimputabilidad; Incapacidad Mental

A
  • Se exime x “Falta de Capacidad”
  • No es imputable;
    - Si al momento de los hechos;
    - X causa de enfermedad; o
    - Defecto mental;;
    (Carecia de capacidad suficiente)

IMP= Ello no incluye= Anormalidad manifestada

IMP=

  - Imputado debera evidenciarla 
  - Ley presume cordura 
  - Fiscal NO tiene q. presentar prueba de su cordura
  - TPI designara siquiatra - NO del Estado. 
  - Retardacion MEntal Severa - Es un Eximente 

Art- 40

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6
Q

Causas de Inimputabilidad; Transtorno Mental Transitorio

A
  • No es imputable x falta de capacidad
  • Al momento de los hechos;
    • Esta en “Estado de Transtorno Mental Transitorio”.

IMP= No exime= CUando sujeto se lo provoco con esa
intencion.

Ej- Adicionales= Sonanbulismo; Ezquizofrenia

Art- 41

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7
Q

Causas de Inimputabilidad; Intoxicacion Voluntaria

A
  • RG= NO es fund. de inimputabilidad (Ej: Voluntaria Embriaguez/ Intoxicacion/ Droga
  • EXCEPTO= Se podra tomar en cuenta cuando; la intencion especifica es un elemento de delito.

Art- 42

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8
Q

De las Penas; Modos de Fijar las Penas ?

A
Penas para P. Naturales: 
      1- Reclusion
      2- Restitucion
      3- Restriccion Dom. 
      4- Multa
      5- Destitucion de Cargo pub. 
      6- Serv. Comu. 
      7- Sus. o Revocacion: (Lic// Permiso// Aut
      8- Compensacion para Fondo= Vic. de delitos. 

Art- 48

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9
Q

De las Penas; Informe Pre-Sentencia

A

Es un requisito

   - Obligatorio en "Delitos Graves" 
   - Discrecional= "Menos Grave" 

Se prohibe al Juez

   - Considerar cm agravante 
       - Info q. NO fue parte de la prueba. 
       - Info q. NO se sometio al jurado. 

Art- 63

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10
Q

De las Penas; Imposicion- Sentencia

A
  • En pena de reclusion o restriccion a a libertad
    - Sera Determinada
    - Con termino especifico de duracion

En “Delitos Graves”
- Sera el termino fijo x ley.

Art- 64

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11
Q

De las Penas; Atenuantes ?

A

1- En causas Eximentes de Resp. (Cuando NO concurran
todos sus elementos)
2- NO tiene Antecedentes penales
3- Goza de buena conducta
4- Su “Temprana o Avanzada”- edad
5- Su cond. mental y fisica
6- Acepto su resp.
7- Coopero voluntariamente- al esclarecimiento
8- Restituyo victima x daños- Disminuyo efectos.
9- Trato evitar el daño.

Art- 65

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12
Q

De las Penas; Agravantes ?

A

1- Historial Delictivo
2- Cometio delito= En “Sentencia Susp”
3- Mintio en juicio (y) No se le proc. x perjuirio
4- Amenazo - Testigos
5- Se aprovecho indebidamente- Auto. de su cargo
6- Cometio delito- En utilizacion de uniforme
7- Se valio de un “Menor o Impedido”
8- Indujo o Influyo” a los demas participantes
9- El Planifico
10- Fue a cambio de Dinero o Compensacion
11- Utilizo arma de fuego u otro
12- Causo grave daño Corp (o) Amenaza
13- Abuso de la Superioridad Fisica
14- Victima- Vulnerable
15- Comision fue= “Violenta, Cruel, y de Desprecio”
16- Fue en Edif. del ELA
17- Hay Vinculo de Parentesco
18- Fue en la “Residencia o Morada” de la Victima
19- Fue Motivada x= Raza// Edad// Religion// Etc.

IMP= Ver este art. con las Reglas de Proc. Crim.

Art- 66

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13
Q

De las Penas; Fijacion de la Pena de Agravantes y Atenuantes ?

A

Agravantes= Aumento en o Hasta (25%)

Atenuantes= Reduccion en o Hasta (25%)

Art- 67

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14
Q

De las Penas; Abonos de Detencion o Termino de Reclusion. ?

A

1- Tiempo recluido= Desde su detencion hasta sentencia queda firme

2- Tiempo de restriccion domiciliario (si posteriormente revocada)

3- En Multas o servicios comunitario (Cada dia en restriccion = 8 hrs servicio comunitario)

4- Si la pena es de multa y estuvo recluido (cada dia= $50)

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15
Q

De las Penas; Diferimiento de la ejecucion de la sentencia ?

A
  • Discrecional del TPI; Cuando convicto;
    • Este gravemente enfermo (Sentencia quedara sin
      efecto- Transcurrido “10-Años”)
    • Embarazo
    • Otras Circunstancias lo justifiquen.
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16
Q

De las Penas; Concurso de Delitos.

Teoria ?

Concurso Ideal ?

Concurso Medial ?

Delito Continuado ?

A

Teoria:
- Se impone con “Multiples delitos”
- Proposito= Reducir la pena (principio de
proporcionalidad)
- “2-o Mas”- delitos independientes.
- Uno o mas actos y varias ofensas.

Concurso Ideal:
- Un solo acto - Varios Delitos
(Ej: Escalamiento y Aprop. Ilegal// Posesion y
venta de sust. controladas)

Concurso Medial:
- Varios Actos y Varias ofensas;
- Se relacionan como un “Medio para un fin”
- Hechos punibles son indivisibles o medio necesario
para realizar otro. (Ej: Daños a la puerta, para
lograr escalar)

Delito Continuado:
- Varios actos- Un solo delito
- Elementos:
1- Unidad de intencion delictiva
2- Varios delitos independientes
3- Victima de todos es la misma.

Art- 71

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17
Q

De las Penas; Que es Concurso de delitos ?

Proposito?

A
  • Es cuando un acto u omision q. el legislador hizo penable bajo dos o mas disp. legales, solo podra castigarse, bajo una de dichas disposiciones, pero no bajo todas.
  • Se puede acusar, enjuiciar, pero al momento de la sentencia se condena por todos los delitos en forma “Concurrente”, bajo e lnuevo CP., con la “Pena Mayor”.

Proposito:
- Reducir la magnitud de las penas, bajo el principio de proporcionalidad.
1- Por una parte evita q. una persona sea castigada dos veces por un mismo hecho punible
2- y, de otra, modera la pena impuesta a un indiciduo juzgado por dos o mas delitos independientes.

IMP= La pena del concurso solo es pertinente cuando a una persona se le imputan multiples delitos. Esto ultimo puede ocurrir en tres (3) supuestos con rasgos muy particulares, q. segun la normativa q. regula este asunto, se configura a parrtir de un solo hecho o de varios.

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18
Q

De las Penas; Modalidades del Concurso de delitos. ?

A

1- Concurso Ideal o Medial
2- Delito Continuado
3- Concurso aparente de leyes
4- Concurso real.
————————
1- Concurso Ideal;
- Un hecho o unidad de accion, penable por varias disposiciones penales.
(Ej: Tentativa de violacion, restriccion a la libertad agravada y actos lascivos)
(Ej; Hombre casado, por l afuerza viola a su sobrina. Cuantos delitos se le puede imputar? Adulterio// Agresion Sexual (Violacion)// Incesto)
(Ej: Acusado detona una bomba, causa daños a la estructura)
(Ej: Acusado falsifica un doc. y firma bajo juramento, mientras se hace pasar por otra persona)
(Ej: Acusado simulo ser juan reyes, y con ese nomnre firmo y juro las fianzas exigidas, en el cual manifesto q. era dueño de un inmueble, siendo falso).

2- Concurso Medial;
- Una accion penal necesario para realizar otro delito
(Ej; Violacion a la ley de sustancias controladas en relacion a poseer// transportar// ocultar// y distribuir heroina)
(Ej: Intervenir con el contador de energia electrica y por interferencia fraudulenta con el contador y recibir servicio de electricidad sin pagar por ello. (Delito de apropiacion ilegal// interferencia fraudulenta con el contador)

3- Delito Continuado:
- Pluralidad de hechos q. constituye una sola accion o tipo delictivo.
- Elementos:
1- Unidad de proposito delictivo
2- Identidad de sujeto pasivo (victima)
3- Pluralidad de actos
4- Un mismo tipo de delito
5- Un mismo impulso.

     (Ej; Inclumplimiento de la oblig. alimenticia) 
     (Ej; Operar un banca de bolita) 
     (Ej; El delito de oferta de soborno y el delito de conspiracion, cuando aluda a varias fechas de actos en q. incurrieron los imputados) 

4- Concurso Procesal:
- Un acusado, varios delitos acumulados en un mismo proc. judicial. Acumulacion de causas,

5- Concurso Real:
- Varios Hechos, produce varios delitos, q. conforme al proposito del autor constituye un mismo curso de conducta indivisible.

    (Ej: Acusado se le acerco por detras a la victima, la agredio con un batey le arrebato la cartera. (Constituyo una sola transaccion indivisible) 

    (Ej: Robo vehicular mediante amenaza con cuchillo, lo secuentra y va a una cajera y se apropia de dinero con la tarjeta ATH.
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19
Q

De las Penas; Reincidencia ?

Cuantos tipos de reincidencia hay ?

Normas para Determinarla ?

A

1- R. Simple
2- R. Agravada
3- R. Habitual
————————
1- R. Simple:
- El “Convicto y Sentenciado” x “Delito Grave”;
- Incurre de nuevo en “Delito Grave”.
(Se aumenta la “Mitad” de la pena fija del delito
cometido).

2- R. Agravada;
- “Convicto y Sentenciado” x “2 o Mas”, “Delitos
Graves”;
- “Cometidos y Juzgados en Tiempos Distintos (O
sea, diversos e independientes)
- E incurre nuevamente en “Delito Grave”

   Efecto= "20-Años" o "El doble de la pena fija de...(La Mayor q. sea) 
    IMP= No tiene q. ver con la fecha de la sentencia, sino cuando cometio los hechos. 

3- R. Habitual;
- Convicto y Sentenciado x “2 o Mas”, DElitos Graves
- Cometidos y Juzgados en Tiempos diversos e
independientes.
- Y; Luego cometa:
A- Delito Grave - Cuya pena sea mayor de
“15-Años”
B- Viole ley de Explosivos
C- Viole ley contra Crimen org.
D- Viole ley de Sust. controladas
E- Viole ley de Armas.

      (Efecto= Pena sera de "99-Años)  -------------------------------------------- - Normas para Determinar la Reincidencia 
1- No se considera delito anterior; 
       (Si han pasado "10-Años"= DESDE= Terminada de cumplir la sentencia) 
2- Se consideran delitos graves, del viejo CP
3- Se consideran Delitos Consumados "Fuera" del ELA
      si son Graves Aqui en {PR
4- No aplican Delitos Antes de "18-Años"
      EXCEPTO= Si se renuncia a la "Sala de Menores" 
 5- IMP= En la Habitual= Que los Delitos bases sean; 
        (Episodios distintos y separados) (Aunq. sea la
         misma fecha de la sentencia) 

Art- 73

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20
Q

De las Penas; Extincion de la Accion Penal

A

1- Muerte
2- Indulto
3- Amnistia
4- Prescripcion

Art- 86

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21
Q

De las Penas; Terminos Prescriptivos de los Delitos ?

Cumputo del termino de prescripcion. ?

A

[“1-Año”]

     - Menos Graves
     - EXCEPTO; 
                 - Leyes Fiscales. 

[“5-Años”]
- Delitos Graves
- Del CP
- Leyes Especiales
- EXCEPCION;
- Disponga otro termino
- Los “Menos Grave”; Cometidos por Func. o Empl-
eados publicos en sus func.

[“10-Años”]
- Encubrimiento Y Conspiracion; Cuando se comet-
an en relacion a un Asesinato.
- Homicidio

[“20-Años”]

     - Agresion Sexual 
     - Incesto
     - Actos Lascivos
["No-Prescribe"]
         - Genocidio
         - Crimen de Lesa Humanitaria
         - Asesinato
         - Secuestro
         - Secuestro de Menores
         - Malversacion de Fondos
         - Delitos Graves, Cometidos x Func. o Empleados 
            Pub. en su desempeño. 
----------------------------------------
Computo del Termino 
        1- DESDE= Dia de la Comision 
           HASTA= Fecha se determine VDCP (Para Arresto
                            o Citacion) 
    2- Cuando se recurra en "Alzada" 
                   = Interrumpe termino. 

    3- En delitos de "Agresion Sexual" o "Tentativa" o 
         "victima NO ha cumplido "18-Años" (Termino 
            comienza DESDE= q. cumple los "18-Años). 

Art- 87

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22
Q

Causas de Exclusion de Resp.; Cuales son ?

A
1- Legitima Defensa
2- Estado de Necesidad 
3- Ejercecio de un Do. o Cumplimiento de un Deber 
4- Obediencia Jerarquica
5- Error Excusable y de Prohibicion 
6- Entrampamiento 
7- Intimidacion o Violencia 
8- Temor Insuperable 
9- Caso Fortuito
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23
Q

Legitima Defensa ?

A

-No resp.
- Qn defiende su; Persona// Morada// Bienes o Do.
(Suyos o de un 3ro )
- Daño Inminente
- Racionalidad del medio
- Falta de provocacion
- No infligir mas daño q. el necesario.
————————-
Para Justificar dar muerte;
- Motiv. Fund..
- Q. al Dar muerte al agresor;
- Se defendia de un “Inminente Peligro de
Muerte o Grave daño Corporal.
—————————
Para Justificar “Def. de Morada”
- Penetracion Ilegal; o
- Si esta en morada, creer q. cometera un delito.
————————–
Para Justificar “Bienes o Do’s.
- El ataque constituya delito.
- Los ponga en grave peligro de deterioro; o
perdida inminente.

Art. 25

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24
Q

Estado de Necesidad ?

A
  • No resp.
  • Protege; Do’s Propio o ajeno
  • Peligro inminente
  • NO-Provocado
  • Inevitable
  • Infringe un deber o Causa daño en los “BIENES” de otro.
  • Daño inferior al evitado
  • NO- supone muerte; Ni lesion grave.

EXIMENTE= NO beneficia
- A los q. x su “Cargo// Oficio// Act.//
TIENEN q. afrontar el riesgo.

IMP= Se permite en Fuga.

Art. 26

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25
Ejercicio de un Do. o Cumplimiento de un Deber ?
- No. Resp. - Obra x "Cumplimiento de un Deber"; o - Actuo x "Legitimo Ejercicio" de un; "Do.// Aut.// Cargo. EXCLUYE= -Abuso de Aut. (Policias) - Arresto o Detenciones Ilegales o Irrazonbls - Acometimiento o Agresion Injustificada o Exces- iva - Obstruccion// Impedir// Interrumpir ilegalmente// "Libertad de Expresion (Vias pub. o lugrs) (Agente= Incumplir en su deber de garante) Art. 27
26
Obediencia Jerarquica ?
- No resp. - Acto u Omision x "FUNC.-PUBLICO" - Orden de un Superior - Con aut. sobre el "Empleado" - No Ilicita - Obligue al empleado IMP= Resp. qn la indujo. Art. 28
27
Error Excusable ?
- No resp. - Error - Esencial e Invencible - NO- Intencion - Se desconocia la conducta prohibida; - Creeencia de actuar con la ley. IMP= La ignorancia de la ley No te exime de resp. EXCEPCION= Ausencia de pub. = Ausencia de interpretacion oficil Ej; Ley// opinion jud.// orden adm.// De entidad resp. IMP= Si fue x "NEGLIGENCIA" - Error NO excluye. IMP= En agravantes; - Error impedira la pena mas grave. Art. 29
28
Entrampamiento ?
- No resp. - Aceptar Hechos (Defensa Afirmativa) - Demostar realizacion del hecho delictivo. (Mens Rea)- Inducida. (Ej; por Ardid// Persuacion// Fraude) (x "OFICIAL PUB" O "PRIVADO EN COLAB- ORACION CN EL PUBLICI") - Ausencia de predisposicion. IMP= Resp. qn la indujo = NO beneficia a coautores ajenos. = NO procede x negligencia. Art. 31
29
Intimidacion o Violencia ?
- No resp. - Amenaza fisica o psicologica ( De peligro inminente o grave) - Principio de "Proporcionalidad" Racional. - Fuerza Fisica irresistible - Medios Hipnotico// Narcoticos// Etc. - Requisito de "Contemporaneidad" IMP= Resp. el q. compelio. - Sindrome de la Mujer Maltratada: - Maltrato ciclico y repetitivo - Aplica en periodo de calma; o - Durante ataque de V.D. sin arma mortal. - No es absoluta; Defensa - Presentar actos previos especificos. Art. 32
30
Temor Insuperable. ?
- No Resp. - Obra, "COMPELIDO X MIEDO INVENCIBLE" - Cree, ser victima de "Daño" inmediato e inevitable. - Situacion, Sucumbiria a personas promedio. Art. 33
31
Caso Fortuito ?
- No Resp. - Acto licito, con "Debida Diligencia" - Incurre en una Omision - Causa Daño - X "Accidente// Desgracia// Causalidad// - Sin: Intencion Ni Negligencia. Art. 34
32
Clases de Delitos ?
1- Delitos Contra la Vida 2- Delitos Contra la Integridad Corporal 3- Delitos Contra la Proteccion Debida a los Menores 4- Delitos Contra la Proteccion Debida a las Personas de Edad Avanzada e Incapacitados. 5- Delitos Contra la Indemnidad Sexual 6- Delitos Contra Los Derechos Civiles. 7- Delitos Contra la Propiedad 8- Delitos Contra la Seg. de las Transacciones 9- Delitos Contra la Seg. Colectiva y el Orden Pub. 10- Delitos Contra la Func. Gubernamental 11- Delitos Contra la Func. Publica.
33
Delitos C.V; Tipos de Delitos ?
``` 1- Asesinato - 1er Grado - 2do Grado 2- Homicidio 3- Homicidio Negligente ```
34
Delitos C.V; Asesinato ?
- Dar Muerte a un Ser Hum. - Con Intencion. Art. 92
35
Delitos C.V; Grados de Asesinato. ?
- 1er y 2do= Grado -------------- -1er Grado; 1- Veneno// Acecho// Tortura 2- Premeditacion (Es la Deliberacion previa a la resolucion, luego de considerarla x un periodo de tiempo. (Deliberacion= Resolucion previa a la decision de matar). (Ej. Premeditacion: - Atacar con Arma a Persona desarmada - Disparar mas de una ocasion a corta distancia y alcanzarle la cara. 3- Asesinato Estatutario (Felony Murder Rule) - Es la Consecuencia natural de la consumacion tentativa. (IMP= Fiscal solo tiene q. probar el delito base). - Delitos Base; A.M.A S.I. E.R.E.S. F.E.A - Correlacion (Causa y Efecto) - Tiene q. ser "Previsible", sino; - Seria "Causa Proxima" - El arresto anticipado del co-autor - Mismo Quantum del "Desistimiento". -------------------------------- 4 - Al Consumar// Intentar o Encubrir; - Un Delito Grave" (Fun. Publico o Privado= En Cumplimiento de un deber). --------------------------------- 5- Cuando se dispara; - Desde= Un Vehiculo de motor o en Lugar pub. o abierto al pub. - Ya sea a un punto determinado o inde- terminado - Con claro menosprecio a la seg. de los demas. -------------------------------------- 6- Cuando "Victima Mujer'' - Al cometerse el delito se concurre con alguna de estas circunstancias: A - Q. haya intentado, restablecer una relacion intima. B- Mantenga o haya mantenido relacion familiar. C- Es resultado de reiterada violencia. ------------------------------------ - Todos los Demas asesinatos - No requieren premeditacion Ni Deliberacion. -------------------------------------- IMP= El Corpus Delicti; Que el Daño o Muerte fue causado x un "agente criminal" (Imp= Requiere prueba independitente. Art. 93 ------------------- A.M.A S.I. E.R.E.S. F.E.A. - A = Agresion Sexual (y Agresion Sexual Conyugal) - M= Maltrato Intencional (Agravado// Mediante Restriccion de Lib.// - A= Agresion Grave - S= Secuestro - I = Incendio Agravado - E= Escalamiento Agravado - R= Robo - E= Estrago (Modalidad Intencional) - S= Secuestro de un Menor - F= Fuga - E= Envenenamiento de Aguas Pub. (Mod. Intencional) - A= Abandono de un Menor
36
Delitos C.V; Homicidio ?
- Muerte Intencional - x subita pendencia o Arrebato de Colera - Motivada, x provocacion adecuada. - A Persona promedio u ordinaria - Prudente y Razonable. - Actua, bajo impulsos mentales. OJO= Con el "Cooling Period" Art. 95
37
Delitos C.V; Homicidio Negligente ?
- R.G. = Ocasionar Muerte x Negligencia - Incurre en Delito "Menos GRave" (Pero con "Pena Fija) ["3-Años"] EXCEPCION= Sera "Grave" - Cuando sea x Conducir con "Claro Menospre- cio a la Seg. de los demas" ["8-Años"] EXCEPCION= Sera "Grave" - Cuando sea x Conducir un vehiculo de motor bajo los efectos de "Bebidas Embri- agantes" o "Sustancias Controladas". ["15-Años"] Art. 96
38
Delitos C.I.C; Tipos de delitos ?
1- Agresion 2- Agresion Grave - Agresion Mutilante 3- Lesion Negligente
39
Agresion ?
MENOS GRAVE - Ilegalmente - x cualquier "Medio o Forma" - Cause a otra, una "Lesion a su Integridad Corporal" ---------------------- Elementos; - Fuerza o Violencia para causar daño. - Contacto Fisico NO- Deseado. - Cualquier acto con "Intencion" de causar daño o Certeza sustancias de producirla. Art. 108
40
Delitos C.I.C; Agresion- Grave ? Agresion Mutilante ?
- Lesion- NO deja daño permanente Ni mutilante. -PERO- requiere; "Hospitalizacion o Trat. prolongado" (Incluye= Enfermedades, Conocidas x el autor ------------------ Agresion Mutilante: - Lesiones Mutilante; es - Daño permanente en cualquier parte del cuerpo. Desfigurar// Inutilizar- Capac. de oir, ver, etc. Art. 109
41
Delitos C.I.C; Lesion Negligente ?
- Negligencia - Lesion Corporal - Que requiera; - Hospitalizacion ( o ) Tratamiento prolongado; o - genere; daño permanente o mutilante. Art. 110
42
Delitos C.P.D.M = Tipos de delitos ?
1- Incumplimiento de la oblig. alimentaria (a) - Cuando la paternidad o Maternidad NO este en controversia. (b) - Cuando SI este en controversia (c) - Otras Disposiciones procesales. ``` 2- Secuestro de menores 3- Privacion Ilegal de Custodia - Sera Grave 4- Seduccion de MEnores a traves de la Internet o MEdios electronicos. ```
43
Delitos C.P.D.M = Incumplimiento de la Oblig. Alimentaria ?
MENOS GRAVE - Todo padre o MAdre q.; - SIN- Excusa legal - Deje de cumplir la oblig. impuesta. ----------------------- 1)- Cuando la Paternidad NO este en controversia: -Cuando imputado; Acepto paternidad y antes de juicio; o - cuando "Paternidad" no es controversia; - Se celebrara el juicio; - Si resulta culpable, fijara suma de alimentos. y apercibira de "Desacato civil" si incumple. ------------------------- 2)- Cuando "Paternidad o Maternidad" SI esta en Contro- versia: - Cuando imputado Niegue: - Tiene plazo de "NO-MAS" de ["10-Dias"] para contestar alegacion. - El juicio sera inmediato. - Juez resolvera dentro del ["5to-DIA"] desde oida la prueba. - De probarse, se levantar acta y dictara. - Fijara cuantia. - Efecto retroactivo al dia de la denuncia. ------------------------------- 3)- otras disposiciones procesales. - Luego de los anteriores proc. - Caso continuara a base de alegaciones de incumplimiento. - TA puede suspender efectos. - Acusado tiene Do. Apelar. - Apelacion/ No suspendera- efecto de la sentencia. Art. 117
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Delitos C.P.D.M = Secustro de Mennores ?
GRAVE - El q. mediante; Fraude// Fuerza// Intimidacion// Violencia// Engaño. - Sustraiga un menor - Con el "Proposito" de Retenerlo y ocultarlo (de sus padres, tutores, encargados). -------------------------- Habra "Agravantes" cuando el secuestro sea en: Hosp// Escuela// Edif- Ocupadp// Parques// Centro Cuido de niños// Areas Recreativas// Centro Comercial. Art. 120
45
Delitos C.P.D.M = Privacion Ilegal de Custodia ?
RG= MENOS GRAVE - Cuando "Sin tener Do.", una persona -Prive al padre o madre - De la custodia legitima de un menor incapacitado ------------------ SERA GRAVE: - Se traslade menor, fuera del ELA - Padre No custodio, residente fuera de PR, lo retine; - lo oculte; o con conocimiento del paradero, no lo diga. Art. 121
46
Delitos C.P.D.M = Seduccion de Menores a traves de la Internet o Medios Electronicos ?
GRAVE = ART. 124 - El q. a sabiendas - Utilice, cualquier medio de comunicacion telematica - para, seducir o convencer un menor, para encontrarse con el; - Con "Intencion" sexual.
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Delitos C.P.D.P.E.A.I = Tipos de delitos ?
1- Incumplimiento de la oblig. Alimentaria 2- Abandono de Persona de edad. 3- Negligencia en el cuidado de personas de edad avanzada e incapacitados.
48
Delitos C.P.D.P.E.A.I = Incumplimiento de la Oblig. Alimentaria ?
MENOS GRAVE = ART. 125 - El q. SIN excusa Legitima - Incumpla, su oblig. impuesta - Sea; Conyuge// ascendiente// descendiente (Mayores de edad)//
49
Delitos C.P.D.P.E.A.I = abandono de Personas de Edad Avanzada ?
- Aquel qn se le confie; - Y q. lo "Abandone", en cualquier lugar; - con, "Intencion" de desampararlo. --------------------------- AGRAVANTE: - Si x las circunstancias del "Abandono" se "Pone en Peligro" la vida// Salud// integridad Fisica// Indemnidad Sexual//
50
Delitos C.P.D.P.E.A.I = Negligencia en el Cuidado de Personas de Edad Avanzada e Incapacitados ?
Art. 127 - El q. con "Negligencia"; - Y teniendo una "Oblig. Impuesta x Ley" - No observara el "Cuidado Debido" - Y- Pone en "Peligro la Vida// Salud// Integridad//
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Delitos C.I.S. = Tipos de Delitos ?
1- Agresion Sexual 2- Incesto 3- Actos Lascivos 4- Acoso Sexual
52
Delitos C.I.S. = Agrsion Sexual ? Sus modalidades ? Circunstancias Agravantes ?
GRAVE = ART. 130 - El q. lleva a cabo ( o ) provoque q. otro realice; - una "Penetracion-Sexual"; ya se.. Vaginal// Anal// Orogenital// instrumental -------------------------------- Cuando victima sea menor de ["16-Años"] -Pero, si el agresor es menor de ["18-Años"]- Incurrira en DELITO GRAVE, si es proc. como adulto. - (La "Violacion Tecnica" -------------------------------- Modalidades. 1- Menor de 16-Años 2- Incapacidad Mental 3- Violacion con Violencia 4- Victima drogada o Hipnotizada 5- Victima NO tiene Conciencia del Acto. 6- Mediante Treta 7- Relacion NO- Deseada con Terceras personas. 8- Relacion de Superioridad --------------------------------- 9- Circunstancias Agravsntes. 1- Se cometa en el "Hogar de la Victima"; o "Lugar de su "Expectativa Razonable de Intimidad". 2- Resulte Embarazada. 3- Contagia una Enfermedad; Siendo conocidad x el autor. 4- Es conyuge, Conviviente, o tuvo intimidad o noviazgo; y fue compelida x Fuerza// Violencia// Intimidacion. ---------------------------------- IMP= La agresion consiste en= Integridad fisica// Sico emocional// Dignidad.
53
Delitos C.I.S. = Incesto ? Agravantes ?
GRAVE = ART. 131 ``` - Penetracion Sexual; Vaginal// Orogenital// Anal// Digital// Orogenital. - Con qn haya "Parentesco" ----------------------- AGRAVANTES: - Embarazo - Enfermedades Contagiosas ---------------------- IMP= El Delito consiste en: - LA agresion inferida a: La Integridad Fisica// Sico Emocional// Dignidad de la Persona. ``` = LA emision NO es necesaria: - Se consuma con la "Penetracion".
54
Delitos C.I.S. = Actos Lascivos ? Modalidades ?
GRAVE = ART. 133 Cuando: - SIN- Intentar de Consumar la Agresion sexual. - Someta a otra persona al acto de; Despertar// Excitar// Satisfacer la pasion del Deseos Sexuales. ------------------------ IMP= Despues de q. se den TODOS los elementos; Hay q. correlacionarlos a alguna de las modalidades para q. se configure. ----------------------- Modalidades 1- Victima Menor de ["16- Años"] 2- Incapacidad Mental 3- Violencia, Amenaza, etc. 4- Victima Drogada o Hipnotizada. 5- Victima, NO tenia Conciencia del Acto. 6- Mediante Treta. 7- Relacion de Superioridad 8- Por Razon de Parentesco. ---------------------------- 9- Circunstancias Agravantes: 1- Se cometa en el "Hogar de la Victima"; o "Lugar de su "Expectativa Razonable de Intimidad". 2- Resulte Embarazada. 3- Contagia una Enfermedad; Siendo conocidad x el autor. 4- Es conyuge, Conviviente, o tuvo intimidad o noviazgo; y fue compelida x Fuerza// Violencia// Intimidacion.
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Delitos C.I.S. = Acoso Sexual ?
MENOS GRAVE = ART. 135 - El q. en el ambito: Laboral// Docente// o de Prestacion de Servicios: - Solicite Favores Sexuales; - Para si o Para un Tercero - Y; Q. sujete las Cond. de Trabajo// Docencia// Etc. -A su cumplimiento; - O; X comportamiento Sexual provoque; - Situacion Intimidante// Hostil// para victima.
56
Delitos C.D.C. = Tipos de Delitos ?
``` 1- Restriccion a la Libertad 2- Restriccion de la Libertad Agravada 3-Secuestro 4- Secuestro Agravado 5- Servidumbre Involuntaria 6- Trata Humana 7- Violacion de Morada 8- Amenaza ```
57
Delitos C.D.C. = Restriccion a la Libertad ? Restriccion a la Libertad = Agravada ?
MENOS GRAVE = ART. 155 -Restringir Intencionalmente - SIN excusa legitima - a otra persona; - interfiriendo sustancialmente su libertad. ----------------------- IMP= Se refiere a la "Libertad de Movimiento"; o = Mediant; Intencion// Actos Afirmativos// Conocimiento de la Ilegalidad. -------------------------- RESTRICCION A LA LIBERTAD AGRAVADA= GRAVE - Primero cometerse el delito anterior. - Bajo alguna de las siguientes Modalidades: 1- "Violencia"// Intimidacion// fraude// Engaño 2- Simulando ser Aut. Publica. 3- Menor de ["18-Años"] o Incapacidad Mental. 4- Func. Publico= En abuso de su poder. 5- Con el Pretexto de q. padece de "Enfermedad Mental" 6- Es el Conyuge// Conviviente// Novia// Intimidad o Tiene Hijo en Comun.
58
Delitos C.D.C. = Secuestro ? Secuestro Agravado ?
GRAVE = ART. 157 - Fuerza// Violencia// Intimidacion// Fraude - Sustrae// Retieney Oculta - Privacion de su Libertad. ---------------------- Sustraccion= Basta con Movimiento o TRaslado de un lugar a otro. ----------------------- SECUESTRO AGRAVADO= GRAVE - Mismo delito anterior - Concurrencia con alguna modalidad 1- Menor de ["18-Años"]// Incapacitado// Enfermedad Mental. 2- Func. Publico. 3- Su proposito es= Compensatorio u Otro Movil 4- extraterritorial.
59
Delitos C.D.C. = Servidumbre Involuntaria o esclavitud ? Agravantes ?
GRAVE = ART. 157 -Ejercer atributos de Prop. sobre alguien. - x Servidumbre Involuntaria o Esclavitud ------------------------------ AGRAVANTES - Autor es= Padre// Encargado// Tutor//; de un= Menor// Incapacitado. - El trabajo sea "Sexual" o "Venta de Organos".
60
Delitos C.D.C. = Trata Humana ? Agravantes ?
GRAVE = ART. 160 - Por Captacion// Transporte// Traslado// Acogido//; Y - Y; Violencia...... - Reciba= Beneficios o Pagos - Con fin de= Obtener Consentimiento del q. tiene Aut. - Para, cualquier clase de explotacion. (Aun con el consentimiento de victima). --------------------- AGRAVANTES - Sea el Padre// Tutor// Encargado.
61
Delitos C.D.C. = Violacion de Morada ?
MENOS GRAVE = ART. 170 - Introducirse o Mantenerse; en - Casa// Edif. Res. Ajeno// Dependencias// Solar - SIN Consentimiento o Contra la Voluntad; del - Morador/ Representante; o - O; Penetrar Clandestinamente o Con engaño.
62
Delitos C.D.C. = Amenaza ? Atenuante ?
MENOS GRAVE = ART. 177 - Amenazar - A el o Familia - De un; "Daño Determinado" - A la integridad Corp// Do.s// Honor// Patrimonio. ----------------------- ATENUANTE. - Si provoca; Evacuacion de un Edif// Lugar// Facilidad de Transp. Pub.//
63
Delitos C.P. = Tipos de Delitos ?
``` 1- Aprop. Ilegal - Aprp. Ilegal - Agravada 2- Rateria 3- Robo - Robo Agravado 4- Extorcion 5- Recibo, Disp y Transp de Bienes objeto de delito. 6- Escalamiento - Escalamiento Agravado 7- Entrada en Heredad Ajena 8- Daños -Daños Agravados 9- Fraude 10- Fraude x Medio Informatico 11- Fraude en la Ejecucion de una Obra 12- Impostura 13- Aprop. Ilegal de Identificacion. ```
64
Delitos C.P. = Apropiacion Ilegal ? Apropiacion Ilegal Agravada ? Circunstancias Agravantes ?
MENOS GRAVE = ART. 181 (RESTITUCION) - Aprop. Ilegalmente - Bienes Muebles. - Pertenecientes a otra persona - SIN- Violencia// SIN- Intimidacion IMP= Menos de $500 (Cuando es Menos de.. El digito no se cuenta) -------------------------------------- APROP. ILEGAL AGRAVADA. = GRAVE = (RESTITUCION) - Aprop. de Prop. o Fondos Publicos; o - Bienes, cuyo Valor sea: - $10,000 o Mas (Pena Fija = 15-Años) - $ Menor de $10,000 PERO= Mas de $ 1,000 (Pena Fija= 8- Años) - Menor de $ 1,000 PERO= mayor de $500 (Pena Fija= 3-Años) ----------------------------------------- CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES - Ganado// Frutos// Animales// Maquiinaria Agricola
65
Delitos C.P. = Rateria o Hurto de Mercancia en Establecimientos Comerciales. ? Cuando sera grave ?
MENOS GRAVE = ART. 188= (RESTITUCION) - Intencion de Aprop. Ilegalmente; - Mercancia de un Establecimiento Comercial; - para si o para otro; - SIN- pagar el precio estipulado x comerciante; - ocultandola// alterando// o cambiando precio// cambiando mercancia de envase; - Remueva la Mercancia; - Ocasionando q. la caja registre o refleje precio mas bajo. ----------------------------------- GRAVE = - Cuando se vuelva a cometer, luego de una misma conviccion previa. ---------------------------------- IMP= Se podra procesar x "Aprop. Ilegal Agravada"; - Cuando "Excedan las Cantidades"
66
Delitos C.P. = Robo ? Robo Agravado ?
GRAVE = ART. 189 = (RESTITUCION) - Aprop. Ilegalmente de Bienes Muebles. - Pertenecientes a otra persona - Sustrayendolas; - Inmediate presencia; - Contra su Voluntad; - Mediando: Violencia// o // Intimidacion; o - O; Emplee violencia o Intimidacion para retener la cosa aprop. ------------------------------------- ROBO AGRAVADO 1- Se vale de un menor 2- Objeto sea = Vehiculo de motor 3- Se inflija= Daño Fisico 4- Ocurre en = Edif. Ocupado// dnd este la victima 5- Se cometa con= Arma de Fuego. 6- Victima= Amarrada// Amordazada// Restrinjan su Libertad.
67
Delitos C.P. = Extorcion ?
GRAVE = ART. 191 = - Violencia o Intimidacion; o - Pretexto; de Tener Do. cm Func. o Empleado publico. - Oblig. a otro a "Entregar Bienes" - o; a Realizar// Tolerar// Omitir Actos// - Posteriores a la; Violencia// Intimidacion// Pretexto.
68
Delitos C.P. = Recibo, Disposicion, y Transportacion de Bienes objeto de Delito. ?
MENOS GRAVE = ART. 192 = (RESTITUCION) - Comprar// Recibir// Retener// Transportar// Disponer. - B. Muebles. - "Sabiendo" = Su obtencion fue ilicita. (Se puede inferir x; Valor Depreciado// Vaguedad en el modo de adquirir// Ausencia de facts. --------------------- SERA GRAVE - Bien, Excede de $500
69
Delitos C.P. = Escalamiento ? Escalamiento Agravado ?
GRAVE = ART. 194 = (RESTITUCION) - Penetracion - Proposito de; Aprop. Ilegal o Delito Grave ----------------------- ESCALAMIENTO AGRAVADO 1- Edif. Ocupado (Lo imp= Es q. este en uso, aunq. al momento de lo hechos, No hayan personas presentes. Incluye sus dependencias). 2- Lugar en q. la Victima tiene una "Expectativa Raz. de Intimidad" . 3- Vivienda Pub. 4- Fuerze su Penetracion
70
Delitos C.P. = Entrada en Heredad Ajena ?
MENOS GRAVE = ART. 197 - "Ingresar", Finca o Heredad Ajena. - SIN- Permiso; - Forzando, cerca o Paliza - Intencion de "Cometer un Delito. ------------------------ SERA GRAVE -Cuando se configura el delito de Aprop. Ilegal (Y0 Producto si es agricola. (Pena Fija = 3- Años) - Producto agricola = Excede $1,000 (Pena Fija = 8-Años)
71
Delitos C.P. = Daños ? Daño Agravado ?
MENOS GRAVE = HAY RESTITUCION - ART. 198 ``` - Destruir// Inutilizar// Alterar// Desaparecer// o Dañar de cualquier modo; - un Bien ajeno; - Total o Parcialemente; - Mueble o Inmueble. ------------------------ DANO AGRAVADO = GRAVE ``` Cuando concurra alguna: 1- Sustancias dañinas// Venenosas// Corrosivas// Inflamables// Radioactivo// 2- Daño es $ 500 o MAS 3- Son Bienes = Historicos// Artisticos// Culturales 4- Bienes del ELA o Entidad Privada sin fines de lucro.
72
Delitos C.P. = Fraude
GRAVE = ART. 202 - El q. "Fraudulentamente" - Induzca o Realize; - Actos u Omisiones - Afectar Do's O Intereses Patrimoniales (Muebles o Inmuebles) en perjuicio (Persona// Estado// Tercero ---------------- AGRAVANTE - Cuando "Privan o Afectan"
73
Delitos C.P. = Fraude x MEdio Informatico ?
GRAVE = ART. 203 = HAY RESTITUCION - Intencion de defraudar - Manipulacion informatica - Conseguir transferenica; No consentida de bienes o Do's Patrimoniales; - Perjuicio, de un tercero o Estado.
74
Delitos C.P. = Fraude en la Ejecucion de obra. ? Pena ?>
GRAVE = ART. 204 = ``` Ser persona; Natural o Juridica; - Compromiso a ejecutar - Cualquier tipo de obra. - Luego de recibir $$ como pago (Parcial o total). - Intencion de defraudar - Incumplir oblig. - Pactada. ----------------------- PENA ``` - Resarcir el doble del $$ recibido - Se podra: suspender// Revocar// - Lic...// Permiso// Autorizacion
75
Delitos C.P. = IMPOSTURA ?
MENOS GRAVE = ART. 208 = - Intencion de Engañar - Hacerse pasar x otro// o // lo represente; - bajo tal caracter; - Realiza acto NO aut. - x persona falsamente representado -------------- IMP= Cuando representado consintio a la Impostura - Incurre en delito.
76
Delitos C.P. = Apropiacion Ilegal de Identidad. ? Agravantes ?
GRAVE = ART. 209 - Aprop. de un "Medio de Identificacion"; - Intencion de realizar acto ilegal. ----------------------- AGRAVANTE Cuando: - Aprovechando la "Apop. Ilegal de Id." - Incurre en Impostura; o -Transacciones comerciales- Afecete Do's de la victima.
77
Delitos C.S.T. = Tips de delito ?
``` 1- Falsificacion de Doc. 2- Falsedad Ideologica 3- Poseion y Transportacion de Doc. Falsificados. 4- Lavado de Dinero 5- Insuficiencia de Fondos 6- Cuenta Cerrada, Inexistente y Detencion indebida del Pago. 7- Conocimiento de Falta Pago. 8- Proc. Interpelacion. ```
78
Delitos C.S.T. = Falsificacion de Doc. ?
GRAVE = ART. 211 - Intencion de defraudar - Todo o PArte de: - Doc// instrumento// Escrito Falso; - para crear// Transferir// Terminar// Afectar; - Do's// Oblig. //Intereses; o - o; falsamente altere// limite// suprima// destruya// total o parcial// uno verdadero.
79
Delitos C.S.T. = Falsedad Ideologica ?
GRAVE = ART. 212 - Intencion de defraudar - hacer en doc: Publico o Privado - Declaracion falsa; - De un hecho q. el doc. da fe. IMP= Si es Doc. privado. - Perjudique a otros.
80
Delitos C.S.T. = Psesion y traspaso de Doc. Falsificados ?
GRAVE = ART. 217 - Intencion defraudar - Posea// Use// circule// venda// pase como; "Genuino o verdadero"; - doc.// instru// escrito; "Falsificado"; - a sabiendas de su falsedad
81
Delitos C.S.T. = Lavado de Dinero ?
GRAVE = ART. 221 = PUEDE HBR CONFISCACION - Convertir o Transferir bienes; - conociendo procedencia delictiva; - o; participacion delictiva; - Proposito= Ocultar// encubrir su origen ilicito. - ocultar o encubrir - Naturaleza.. origen// localizazion.
82
Delitos C.S.T. = Insuficiencia de fondos ? Cuando sera grave ?
MENOS GRAVE = ART. 222 = RESTITUCION - Intencion de defraudar; - hcer// extender// endosar// entregar; cheuqe// giro// letra// orden; - para pago de dinero; - cargando= banco// depositario. - Conociendo la insuficiencia; - Y; careciendo de aut. expresa, para girar al descubierto. ------------------------------ GRAVE - Cantidad mayor de $500
83
Delitos C.S.T. = Cuenta cerrada, Inexistente y Detencion indebida del pago ? Cuando sera grave ?
MENOS GRAVE = ART. 223 = HAY RESTITUCION - Intencion = defraudar - Ordenar- Cancelacion de la cuenta designada al pago. - Sabiendo- q. hay previa cancelacion - habia un pago con cargo a la cuenta; o - girar contra cuenta = Cerrada// Inexistente; o - Sin justa causa = Detener pago de instrumento. ---------------------- SERA GRAVE - Cantidad mayor de $500
84
Delitos C.S.T. = Conocimiento de falta de pago ?
- Es evidencia "Prima Facie" de tal conocimiento; - Insuficiencia de fondo// cuenta cerrada// inexistente// cancelacion de cuenta. - Cuando; girador o Endosante ; - Hace// extiende// endosa// entrega cheque, etc. - Rehusado x el girador en: cualquier circunstancia. de insuficiencia de fondos// cuenta cerrada// etc.
85
Delitos C.S.T. = Proc. de Interpelacion ?
(Es una Notificacion) - Nadie incurrira en el delito de; - Insuficiencia de fondos// Cuenta cerrada// Inexistente// Detencion indebida de pago. - EXCEPTO= - Se pruebe q. el tenedor o agente del cheque; - Aviso personalmente o x carta certificada con acuse de recibo; - A su ultima direccion conocida; - Interpelandolo a q. pague; - En plazos- No menos de ["10-Dias"]; o - ["15-Dias"] si reside fuera del ELA.
86
Delitos C.S.C.O.P. = Tipos de delitos ?
``` 1- Incendio - Agravado - Forestal - Negligente 2- Estrago 3- Envenenamiento de Aguas uso Publico. 4- Alteracion a la paz 5- Motin 6- Conspiracion 7- Empleo de Violencia o Intimidacion; Coontra la Aut. pub. 8- Resistencia u Obstruccion a la Aut. Pub. 9- Uso disfraz en la comision delito. 10- Riesgo a la seg. u orden pub. al disparar un Arma fuego. ```
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Delitos C.S.C.O.P. = Incendio ? Incendio Agravado ? Incendio Forestal ? Incendio Negligente ?
GRAVE = ART. 230 = HAY RESTITUCION EN TODOS - Maliciosamente - Pegarle fuego a un edif. - Edif. NO tiene q. destruirse - Basta; Pegar fuego a cualquier parte material ---------------------- INCENDIO AGRAVADO Modalidades; 1- Se cause daño a la vida// salud// integridad corp. 2- Autor= Desaparecio// Daño// inutilizo (Instrumento para apagar incendio ) 3- Edif. Ocupado= Del ELA - Refiriendose al q. esta en uso 4- Se almacenaba= Material toxico/ Inflamable --------------------- INCENDIO FORESTAL - Encender ( Montas// sembrados// pastos// bosques// plazas// etc. ) - Ajenos. AGRAVANTES - Media peligro a la vida// salud// integridad fisica ----------------------- INCENDIO NEGLIGENTE - Negligencia; - Incendiar; - Poner en peligro la; vida// sallud// integridad fisica
88
Delitos C.S.C.O.P. = Estrago ? Atenuante ?
GRAVE = ART. 234 = HAY RESTITUCION - Violar (Ley// reglamento// permiso) - Poner en peligro la; vida// salud// integridad corp// de si o de otros; o - o; causando Daño- al ambiente; x - Explosion o inundacion - Demolicion de Inmueble o Mov. de Tierra - Sustancias toxicas o peligrosas - Sustancias biologicas. ----------------- ATENUANTES - Por negligencia (3-años = pena fija)
89
Delitos C.S.C.O.P. = Envenenamietno de las Aguas de uso pub. ?
GRAVE = ART. 235 = RESTITUCION - Violacion: ley// reglamento// permiso. - Poner en peligro; - al envenenar// contaminar// o verter; - sustancias toxicas o peligrosas - En pozos// tuberias o cuerpos de agua. - Q. sirvan al uso y consumo hum. -------------------------- ATENUANTE - Por negligencia (pena fija 3- años)
90
Delitos C.S.C.O.P. = Alteracion a la paz ?
MENOS GRAVE = ART. 241 = - Perturbar la paz o tranquilidad x; - Conducta ofensiva (Que afecte Do's a intimidad en su hogar// o lugar dnd haya una expectativa raz. de intimidad) - Palabras o Expresiones ofensivas o Intimidantes - Profiriendolas en; Lugar de Exp. Raz. de intimidad. - Vituperios// oprobios// desafios// provocaciones// - Q. provoquen reaccion violanta. ------------------ Elementos - Objetivo - Subjetivo ------------------- PENAS - MENOS GRAVE - Si fue al ELA = Se multa, no menos de $1,000 No mas de $ 1, 500 - Si es insolvente = Servicios = No menos de "30-DIas" = No mas de "60-Dias" - Si fue "oficina privada" $500 $1,000 --------- 20/30
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Delitos C.S.C.O.P. = Motin ?
GRAVE = ART. 242 - 2 o Mas personas - Obrando juntas (y) SIN aut. en ley. - Emplean fuerza, violencia; - Perturbando la tranquilidad publica; o - Amenazen; Emplearle - Acompañada de la aptitud para realizar el acto.
92
Delitos C.S.C.O.P. = Conspiracion ?
- 2 o Mas personas; - Conspiren o se pongan de acuerdo; - para; cometer delito; Y - concurran acto ulterior x uno o mas de los conspiradores. -------------------------------- PENAS MENOS GRAVE = MENOS GRAVE GRAVE = GRAVE. ( o, sea depende para el delito q. estan conspirando, si conspiran para cometer un delito menos grave, pues la conspiracion sera menos grave) ----------------------------------- EXCEPCIONES - En delito Grave contra una persona// Incendio// escalamiento// - No se necesita, "Acto Ulterior" - Es suficiente, el acuerdo de cometerlo para su configuracion. -------------------------------- AGRAVANTE - Es Func. publico (Y) se aprovecha de su cargo.
93
Delitos C.S.C.O.P. = Empleo de Violencia o Intimidacion contra la Aut. Pub. ?
GRAVE = ART. 245 - Violencia o Intimidacion - Contra - Func. o Empleado pub. - Para - "Oblig" - hacer u omitir; un acto propio de su cargo; o contra su deber.
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Delitos C.S.C.O.P. = Resistencia u Obstruccion a la Aut. publica. ?
MENOS GRAVE = ART. 246 Modalidades; 1- Demorar o Estorbar Func. publico en el cumplie- ento; o al tratar de cumplir las oblig. de su cargo. 2- Entorpecer en el cobro de deudas fiscales. 3- Negarse o Impedir o Ayudar en un Arresto. 4- Resistir al Arresto. 5- Negativa a comparecer o a Acatar citacion 6- Negativa a "Declarar" o "Prestar- Juramento" como testigo. 7- Negativa a prestar juramento o contestar info de fiscal.
95
Delitos C.S.C.O.P. = Uso de disfraz en la Comision de Delito. ?
- El q. utilize disfrz; (Completo o parcial) - Alterando- su apariencia fisica - Proposito; - Evitar (q. se descubra o reconosza id. en la comision de delito); - Evitar la Justicia (Evitanto arresto, ser proc.// sentenciado// denunciado). - Adentrarse o Intervenir (Con act. en inst. pub.// educativa//, gobierno//) -------------------------- PENA MENOS GRAVE = MENOS GRAVE GRAVE = GRAVE -------------------------- EXCEPCION - No se configura; cuando - hay evento festivo de macaras; o - autorizado x autoridad - Su uso es "Bona Fide"- Ligado a una act. - Su uso es "Bona Fide" ligado a emergencia.
96
Delitos C.S.C.O.P. = Riesgo a la seg. u ORden publica al Disparar un Arma de Fuego. ?
GRAVE = ART. 249 - Poner en riesgo seg. u orden pub. - Disparar - arma de fuego. - Desde= Vehiculo de motor (Terrestre o Acuatico) - o; dicoteca// bar// c. comercial// negocio// sitio pub. o abierto.
97
Delitos C.F.G. = Tipos de delitos ?
1- Aprovechamiento ilicito de TRab. o Serv. pub. 2- Usurpacion de Cargo pub. 3- Certificaciones falsas. 4- Soborno 5- Oferta Soborno 6- Influencia Indebida 7- Omision en el cumplimiento de un deber 8- Negligencia-en el Cumplimiento del deber 9- Malversacion de fondos pub.
98
Delitos C.F.G. = Delitos Contra la Func. Gubernamental ? Cuando hay agravantes ?
GRAVE = ART. 252 - Utilizar ilicitamente (para su beneficio o d 3ro) - Prop// trab// servicios pagados// - Con fondos pub. --------------- AGRAVANTE - Lo cometio; func. o empleado pub.
99
Delitos C.F.G. = Usupacion de Cargo pub. ?
MENOS GRAVE = ART. 255 - El q. nunca nombraron - El q. nomnbraron q. no tenia ese poder - El q. tenia el poder y termino su nombramiento
100
Delitos C.F.G. = Certificaciones Falsas ?
GRAVE = ART. 258 - Func. o empleado pub. - Aut. x ley - Expida cm verdaderas - Declaraciones q. le consten falsas.
101
Delitos C.F.G. = Soborno ?
GRAVE = ART. 259 - Func. o Empleado Pub. (Aut. x ley; Jurado// Testigo// Arbitro) 1- Solicitar o recibir - Directo o x Intermedio; - Para si o para tercero; - Aceptando; Dinero o Beneficio o Proposicion - x realizar// Omitir// Retardar// - Actos Contrarios a sus deberes. - Entendiendo q. tal; Remuneracion o Benef- icio, es para influir; en sus Actos// Decisiones// Votos= En Caract. Oficial. --------------------------- SOBORNO Es func. pub. Autorizado para; - Oir o resolver controversias.
102
Delitos C.F.G. = Oferta Soborno ?
GRAVE = ART. 260 - Directa o x Intermedio - Dar o Prometer; - A func. o Empleado; Pub// testigo// jurado// arbirtro, et. - Dinero o Beneficio - Con el fin previsto en el soborno
103
Delitos C.F.G. = Influencia indebida ? Cuando hay Agravantes ?
GRAVE = ART. 261 - Obtener o tratar - Beneficio - Asegurando o pretendiendo - Hallarse en aprtitud de influenciar sobre un Func. o Empleado pub. - Influenciar respecto a sus func. ---------------------- AGRAVANTES ``` Haberlo obtenido (No imp= se limita a la func. pub.) ```
104
Delitos C.F.G. = Omision en el Cumplimiento de un Deber ? Agravantes ?
MENOS GRAVE = ART. 262 Func. o Empleado pub. - Omitir intencionalmente su deber x ley; - Consecuencias ocasionan - Perdida fondos pub// //daños a la prop. pub. ----------------- AGRAVANTES Sera GRAVE = Daños excedan $10,000
105
Delitos C.F.G. = Negligencia en el cumpliento de un deber ? Cuando hay Agravantes ?
MENOS GRAVE = ART. 263 Func. o Empleado pub. - Descuidar obstinadamente (Las oblig. de su cargo) - Consecuencias- ocasionen - Perdida de fondos pub. // o // Daños a la prop. pub. ---------------------------- AGRAVANTES SERA GRAVE; Dañs excedan $10,000
106
Delitos C.F.G. = Malversacion de Fondos ?
GRAVE = ART. 264 Func. o Empleado publico. - ser directa o indirectamente resp. de (La adm// Traspaso// Cuidado// Custodia// Ingresos) - de fondos pub.; - aprop. ilegalmente (en todo o en parte); - los utilice a fines NO aut. (o) contrario a la ley; - los deposite ilegalmente en su cuenta; o - o; deje de guardarlos o desembolsarlos en la forma prescrita. IMP= No se necesita obtener o o beneficios. (Tampoco q. este en posesion, tampoco q. los haya utilizado en beneficio personal) ----------------------- AGRAVANTE Cantidad exceda de $50, 000 (O sea, cantidad perdida)
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Delitos C.F.P. = Perjurio ? Perjurio Agravado ? Defensas NO admisibles ?
GRAVE = ART. 269 Dos Formas: 1- Certificar la verdad (Por deposicion// juramento// testimonio// declaracion) - Ante TPI o Func. Competente; - Y; declare como cierto- Hecchos esenciales; o - Conociendo su falsedad; - Declare "Categoricamente" (Sobre hechos esenciales)- Cuya certeza no le consta. ``` 2- Prestar 2-o- Mas testimonios; - Irreconciliables entre si. (aqui se tiene q. establecer su falsedad). ------------------ PERJURIO AGRAVADO ``` Cuando Declaracion: - Priva la libertad; o conduce a; - Su conviccion. Forma de juramento IMP= No hay forma especial -------------------- DEFENSAS NO ADMISIBLES: - Haberse tomado juramento - Irregular - El ignoraba imp. de declaraciones falsas. - El q. no afectara la causa. Basta= q. sea "Esencial o Imp" y q. hubiera podido afectar. IMP= queda consumado; DESDE= q. se presta, con proposito de divulgacion.
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Delitos C.F.P. = Tipos de Delitos ?
``` 1- Perjuirio - Perjurio Agravado 2- Fuga 3- Desacato 4- Encubrimiento 5- Fraude o Engaño sobre testigo 6- Amenaza o Intimidacion a testigo. 7- Destruccion de prueba. ```
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Delitos C.F.P. = Fuga ?
GRAVE = ART. 275 ``` Evadir custodia del Estado - Luego de sometido legalmente a; 1- Detencion preventiva 2- Pena de reclusion 3- Restriccion libertad 4- Trat. y Rehabilitacion (ELA o Privado) 5- Medida de Seguridad 6- Prog. de desvio. -------------- IMP= Tambien incurre en fuga; - El colaborador. (Ayuda a fuga) (ej. encargado de custodia). --------------- PENA ``` - Sera consecutiva - No hay desvio
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Delitos C.F.P. = Desacato ?
MENOS GRAVE = ART. 279 - Perturbe a juez o TPI - interruptir o menoscabar - Desobedecer - Resista (ilegalmente prestar juramento// o // servir como testigo) - Deje de contestar = SIN excusa legitima - Critique - Injuriosamente o Infamatoriamente - Publique - Voluntariamente - Informe falso o inexacto de proc. judicial.
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Delitos C.F.P. = Encubrimiento ?
GRAVE = ART. 280 1- Con "Consentimiento" de la ejecucion de delito. - Oculte al resp. 2- o; para impedir la justicia; - desaparezca// altere// oculte = Prueba. ---------------------------- AGRAVANTE 1- Actue cn animo de lucro. 2- Func. o empleado pub. - Aprovechando su cargo o empleo. IMP= Es necesario un delito base (o sea un delito anterior) = Conocimiento es posterior.
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Delitos C.F.P. = Fraude o Engaño sobre testigo ?
GRAVE = ART. 282 - Fraude o Engaño - Proposito= Afectar testimonio de testigo. - En tramites aut. x ley. ; - o; a sabiendas = haga proposicion q. pueda afectar indebidamente el testimonio.
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Delitos C.F.P. = Amenaza o Intmidacion a testigo ?
GRAVE = ART. 283 - Amenaza - De daño fisico a el // familia// patrimonio - Siendo esta o pudiendo ser testigo. - En asunto aut. x ley. - A comenzado o no. IMP= proposito= Testigo lo preste parcialemtne; o varie el mismo. IMP= En asuntos administrativos: - PAra q. se configure esta amenaza - Las sanciones adm tiene q. exceder $15,000 - o; Se trate de una suspension de empleo. ---------------------------- AGRAVANTE -Victima es menor de ["21-Año"]
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Delitos C.F.P. = Destruccion de Prueba ?
GRAVE = ART. 285 - Sabiendo, q. alguna prueba pudiera presentarse - (Doc. o algun objeto) - en asunto aut. x ley.; - La destruya o Esconda; - Proposito= Impedir su presentacion; IMP= Intencion especifica.
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Principios para la aplicacion del Do. penal = Principio de Legalidad ? Q. significa ?
No se instará acción penal contra persona alguna por un hecho que no esté expresamente definido como delito, ni se impondrá pena o medida de seguridad que la ley no establezca previo a los hechos. No se podrán crear ni imponer por analogía delitos, penas, ni medidas de seguridad. ------------------------------- QUE SIGNIFICA - no se instará acción penal por un hecho que - no esté expresamente definido por ley como delito; no se impondrán penas o medidas de seguridad que la ley no hubiera previament e establecido; - no se podrán crear delitos, penas, o medidas de seguridad mediante analogía, jurisprudencia, o derecho consuetudinario; - la legislatura podrá delegar en una agencia administrativa el poder para definir delitos, siempre que proporcione un principio inteligible que limite el poder de la agencia; - la legislatura deberá proveer un aviso adecuado de la conducta prohibida; - la legislatura deberá precisar los estatutos penales; - la legislatura deberá evitar la utilización de conceptos ext ensivos o vagos; - la legislatura deberá evitar la configuración de penas indet erminadas; - la judicatura no podrá suplir mediante precedente la falta de precisión legislativa.
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Principio de Legalidad; Doctrina de Vaguedad ?
la doctrina de vaguedad es un corolario del debido proceso de ley que prohíbe la aplicación en contra de una persona de una ley o reglamento cuyos términos no revelan clara y adecuadamente cuál es la conducta prohibida; - una Ley penal adolece de vaguedad si: una persona de inteligencia promedio no queda debidamente advertida del acto u omisión que el estatuto pretende prohibir y penalizar; - se presta a la aplicación arbitraria y discriminatoria; o interfiere con el ejercicio de derechos fundamentales garantizados por la Constitución;
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Ambito de Aplicacion de la ley penal; Espacio y Tiempo ?
Las disposiciones penales aplicarán a todo delito intentado o consumado: - dentro de la extensión territorial (espacio de t ierra, mar y aire sujeto a la jurisdicción) del ELA; - o fuera de la jurisdicción del ELA, cuando: parte de la conducta delictiva se lleva a cabo en la extensión territorial del ELA; - cuando un funcionario, empleado público, o persona a su servicio viole los deberes inherentes de su cargo o encomienda; - cuando sean casos de genocidio o lesa humana; o - cuando los t ratados o convenios ratificados por los EU permitan procesar el delito en PR. --------------------------------- IMP= (La ley penal de vigencia temporera se aplicará a hechos cometidos durante su vigencia, aunque la ley haya perdido su vigencia con posterioridad, salvo que por ley se determine otra cosa)
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Prohibicion de Leyes "Ex Post Facto" ?
- La Ley penal aplicable es la vigente al momento de la comisión de los hechos - La Constitución de PR prohíbe la aprobación de leyes ex post facto. - Una ley se considera ex post facto cuando: - castiga un acto que no era punible cuando se realizó; - agrava la pena más de lo que era cuando se realizó; - altera las normas de evidencia de manera perjudicial al acusado (e.g., el quantum de prueba); - o altera desfavorablemente la situación del acusado. - ------------------------------------ - Se prohíbe la eliminación de una defensa que existía al momento de los hechos cuando la misma es de naturaleza "Sustantiva". - La defensa es sustantiva cuando: - sirve para negar un elemento sustancial del delito; - justifica la comisión del delito; - o excusa la conducta del acusado
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Leyes Ex-Post- Facto; Planteamientos ?
- La esencia de la protección contra leyes ex post facto se refiere a la ley penal sustantiva: delito, pena, y medidas de seguridad. - Se podrá acusar y castigar actos cometidos bajo una ley posteriormente revocada, a menos que la ley revocadora expresament e disponga lo contrario. - Una decisión judicial que anula un procedimiento penal t iene efecto retroactivo, a menos que dicha decisión disponga lo contrario. - Se permite extender retroactivamente los t érminos prescriptivos, siempre que éstos no hayan expirados. Esto significa que: - una ley que amplía el término prescriptivo de un delito; - se puede aplicar retroactivamente; - a hechos ocurridos previo a la vigencia de dicha ley; - siempre que dicha ampliación haya tenido lugar antes de haber transcurrido el término prescriptivo original; - sin que se considere una violación a la cláusula constitucional contra leyes ex post facto.
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Principio de la Aplicacion mas favorable ?
La ley penal t iene efecto retroactivo en lo que favorezca al imputado. En consecuencia, se aplican las siguient es normas: > si la ley vigente al cometerse el delito es distinta de la que exista al procesar al imputado o al imponerle sentencia, se aplicará siempre la ley más benigna; > si durante el cumplimiento de la sentencia entra en vigor una ley más benigna en cuanto a la pena o a la medida de seguridad o al modo de ejecutarlas, ésta se aplicará retroactivamente; > si durante el cumplimiento de la sentencia entra en vigor una ley que suprime el delito, o el TSPR despenaliza el hecho, la pena "Quedará extinguid a" y la persona liberada, y los efectos de la nueva ley o de la decisión judicial operarán de pleno derecho; > sin embargo, las disposiciones más favorables del nuevo código penal no aplican retroactivamente a hechos cometidos antes de su entrada en vigor.
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Principio de Causalidad ?
> Nadie podrá ser sancionado por un hecho previsto como delito si la conducta delictiva no es consecuencia de su acción u omisión. > No impedir un evento cuando se tiene la responsabilidad jurídica de evitarlo, equivale a causarlo
122
Principio de especialidad ? | Art. 9
> Cuando la misma materia se regula por diversas disposiciones penales, la disposición especial prevalece sobre la general. > aplica cuando existe un sólo acto que aparenta infringir varias disposiciones pero, realmente sólo infringe una; > incluye casos de delito que se encuentra en una relación de especialidad con otro (principio de especialidad); > se requiere que existan 2 delitos sobre la misma materia, donde el delito especial contenga elementos adicionales no incluidos en el general; > por ejemplo, el delito de robo está en una relación de especialidad con el de apropiación ilegal, pues la ofensa de robo requiere que se cometa una apropiación ilegal y, adicionalmente, que haya mediado fuerza o violencia; > incluye casos de delito que se encuentra en una relación de subsidiariedad con otro (principio de subsidiariedad); > la subsidiariedad es expresa cuando en la propia disposición se establece expresamente que el delito aplica sólo en casos en que no es de aplicación otro más grave; > la subsidiariedad es tácita cuando la interpretación del sentido de un precepto pone de manifiesto que no pretende ser aplicado en circunstancias en que también puede aplicarse un delito de mayor gravedad; > Incluye casos de delito q. se encuentra en una relacion de consuncion con otro principio (Principio de consuncion) > esto ocurre cuando un hecho delictivo engloba otros delitos que no se castigan independientemente porque su desvalor va incluido ya en el desvalor del delito que forman parte.