Semana 5 Flashcards

(70 cards)

1
Q

Forma bajo la cual el Estado protege el resultado del esfuerzo creador del hombre y algunas de las actividades que tienen por objeto la divulgación de esas creaciones

A

Propiedad intelectual

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2
Q

incluyendo en dicho término los llamados derechos conexos, es el conjunto de disposiciones legales que permiten al autor de una obra, a los artistas, a los productores de fonogramas y a los organismos de radiodifusión, evitar que otros comercialicen, sin su autorización, su expresión creativa, su interpretación o el trabajo de divulgación de sus expresiones creativas e interpretaciones

A

Derecho de autor

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3
Q

conjunto de disposiciones cuyo objeto es la protección de las creaciones que tienen aplicación en el campo de la industria y el comercio y la protección contra la competencia desleal, incluyendo aquellos actos que infringen los llamados secretos industriales o secretos empresariales

A

Propiedad industrial

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4
Q

Convenio que contenía disposiciones para la protección de las invenciones, las marcas, los dibujos y modelos industriales y la protección contra la competencia desleal.

A

Convenio de París

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5
Q

Convenio que contenía disposiciones para la protección de las creaciones literarias y artísticas

A

Convenio de Berna

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6
Q

creaciones como las marcas, los nombres comerciales y los demás signos distintivos

A

Creaciones comerciales

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7
Q

Creaciones, como las invenciones, los modelos de utilidad, los modelos industriales y los esquemas de trazado de los circuitos integrados.

A

Creaciones técnicas

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8
Q

Todas las creaciones protegidas por la propiedad intelectual tienen en común

A

exclusividad

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9
Q

la elaboración de nuevos productos que entran al mercado identificados por una marca y se presentan al público bajo una apariencia especial, denominada

A

Diseño industrial

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10
Q

conjunto de facultades que la ley reconoce a favor del creador de una obra literaria o artística original.

A

Derecho de autor

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11
Q

significa que la protección no se concede a las ideas que se manifiestan en la obra, sino que a su expresión formal, siendo indiferente el medio que se emplee para hacerlo

A

Creación formal

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12
Q

significa que la obra debe ser la expresión individual de su autor

A

Creación original

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13
Q

significa que la obra pueda comunicarse al público, sin importar el medio de expresión que se utilice

A

Susceptible de divulgarse

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14
Q

legislación que señala expresamente que las leyes, reglamentos, acuerdos y demás disposiciones emanadas de los órganos del Estado no son objeto de protección del derecho de autor.

A

Legislación Nicaragüense

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15
Q

son aquéllas que se crean con base en otra ya existente. Los ejemplos más comunes son las traducciones, las compilaciones, las adaptaciones y los arreglos musicales.

A

Obras derivadas

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16
Q

Cuando la obra es realizada por dos o más autores se denomina

A

Obra en colaboración

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17
Q

a cada una de las personas que interviene en la realización de una obra en colaboración se le llama

A

Coautor

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18
Q

Cuando la decisión de crear una obra conjunta proviene de otra persona ajena a los coautores, sea aquélla natural o jurídica, estamos ante una

A

Obra colectiva

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19
Q

Nota
En una obra en colaboración,

A

el derecho de autor pertenece a los coautores, mientras que en una obra colectiva, el derecho corresponde a la persona bajo cuya iniciativa y responsabilidad se realizó la obra

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20
Q

La protección conferida por el derecho de autor comprende facultades de índole personal, llamadas

A

Derechos morales

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21
Q

facultades de contenido económico, llamadas también

A

Derechos patrimoniales

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22
Q

consiste en la facultad del autor de dar a conocer su obra al público.
- en sentido positivo, significa la facultad del autor de dar a conocer su creación y decidir las modalidades bajo las cuales va a divulgar su obra.
- en sentido negativo, significa el derecho del autor a mantener inédita su obra, impedir su divulgación o retractarse de hacerlo.

A

Derecho de divulgación

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23
Q

cuando se ejerce en sentido positivo, significa el derecho del autor a dar a conocer su nombre cuando decide divulgar su obra.
En sentido negativo, significa el derecho al anonimato o a la utilización de un seudónimo.

A

Derecho a la paternindad de la obra

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24
Q

consiste en la facultad que tiene el
autor de exigir que su obra sea divulgada respetando su integridad, es decir, sin supresiones, adiciones o modificaciones que alteren la concepción de la obra o su forma de expresión

A

Derecho a la integridad de la obra

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25
Nota
Los derechos morales son derechos *personales* porque están íntimamente unidos a la persona del autor; son *inalienables* porque las facultades que lo conforman no pueden transmitirse a terceros; son *irrenunciables*, porque el autor no puede disponer, mediante contrato, el no ejercicio de ese derecho; y algunas de sus facultades son *perpetuas* porque se mantienen aún después de la muerte del autor.
26
son las facultades que se otorgan al autor para la explotación económica de su obra.
Derechos patrimoniales
27
consiste en la facultad que tiene el autor de autorizar o prohibir la fijación de su obra en un soporte material, con el objeto de que se puedan obtener copias o ejemplares de ella.
Derecho de reproducción
28
consiste en la facultad que tiene el autor de autorizar la creación de obras derivadas (adaptaciones, arreglos musicales, etc.)
Derecho de transformación
29
consiste en la facultad que tiene el autor de autorizar o prohibir que su obra sea expresada en un idioma distinto al original.
Derecho de traducción
30
consiste en la facultad que tiene el autor de autorizar o prohibir que su obra sea expresada en un género distinto al original. (Por ejemplo, la adaptación de una obra literaria al teatro o a la cinematografía y la fotografía de obras artísticas).
Derecho de adaptación
31
consiste en la facultad que tiene el autor de una obra musical de autorizar la transcripción de su obra a otros instrumentos distintos a aquéllos para los que fue originalmente concebida.
Derecho de arreglo
32
consiste en la facultad que tiene el autor de autorizar o prohibir el acceso del público a su obra por medios distintos a la distribución de ejemplares,
Derecho de comunicación
33
consiste en la facultad del autor a decidir la modalidad a través de la cual pondrá a disposición del público las copias o ejemplares de su obra
Derecho de distribución
34
consiste en la facultad que tiene el autor a prohibir la importación de ejemplares de su obra en determinados territorios.
Derecho de importación
35
consiste en el derecho que tiene el autor de una obra de arte de percibir, en todas las ventas de su obra que se realicen con posterioridad a la primera que él efectúe, un porcentaje del precio de la reventa
Derecho de seguimiento o "droit de suite"
36
nota
. El porcentaje a que tiene derecho el autor varía en cada país. Por ejemplo, en Costa Rica, Honduras y Nicaragua se reconoce un cinco por ciento (5%); en El Salvador un dos por ciento (2%); y en Guatemala un diez por ciento (10%).
37
Nota
Las personas jurídicas no pueden ser consideradas autoras de una obra pero sí pueden adquirir la titularidad originaria de los derechos.
38
Es permitida, sin autorización del autor, la reproducción de una obra para uso personal del copista. Esta excepción está prevista en todos los países centroamericanos, excepto en Guatemala.
La copia privada
39
Considerando el fin educativo que se persigue, se permite reproducir: Por medio de la reprografía y para fines de enseñanza, artículos aislados publicados en la prensa y extractos cortos de una obra publicada, siempre que la reproducción se efectúe en los establecimientos de enseñanza,
La reproducción para fines educativos
40
Es permitida la reproducción de una obra cuando el acto tenga como exclusivo fin de informar al público,
La reproducción para fines informativos
41
En el caso de los programas de ordenador, los países de Centroamérica, excepto Costa Rica, permiten hacer una copia para reemplazar el ejemplar lícitamente poseído, en el caso de que éste se haya perdido, destruido o sea inutilizable;
La copia de seguridad
42
Nota
En El Salvador y Nicaragua es lícita la reproducción de una obra por sistemas especiales como el Braille, para uso privado de los no videntes.
43
son el conjunto de facultades reconocidas a aquellas personas que, sin ser autores, aportan nuevos elementos creativos a las obras, realizan esfuerzos para la difusión de esas creaciones o transmiten al público acontecimientos o información
Derechos conexos
44
se entiende cualquier persona que interprete o ejecute una obra literaria o artística
Artista
45
Nota
Los artistas *interpretan* las obras musicales de los compositores, cuando dichas obras están compuestas por música y letra, o la *ejecutan* cuando sólo está compuesta por música; los actores *interpretan* papeles en una obra de teatro o en una película y ejecutan movimientos de una coreografía. Por *productor de fonogramas* se entiende a la empresa o persona que asume la coordinación y la responsabilidad de realizar una grabación de sonido.
46
creación intelectual que tiene por objeto dar a un producto una apariencia particular.
Diseño industrial
47
que son aquellos que otorgan una apariencia original al producto, utilizando para ello líneas, figuras o colores.
Dibujos industriales
48
son aquellos que proveen al producto de una apariencia original a través de una forma tridimensional, siempre que esa forma no implique efectos técnicos o que haya sido concebida por consideraciones o exigencias de orden técnico
modelos industriales
49
son las señales o figuras que utilizan las empresas para hacerse reconocer en el mercado y diferenciarse de sus competidores.
Signos distintivos
50
cualquier signo que permite distinguir, en el mercado, los bienes o servicios producidos o prestados por una persona de los de otra.
Marca
51
cuando están integradas exclusivamente por palabras, nombres, frases, letras o cifras.
Denominativas
52
cuando están constituidas exclusivamente por figuras, retratos, escudos, estampados, viñetas, orlas, líneas y franjas y combinaciones o disposiciones de colores y otros signos similares.
Figurativas
53
cuando están integradas por elementos denominativos y figurativos.
Mixtas
54
cuando están integradas por elementos, que sin ser denominativos, figurativos o mixtos, cumplen una función distintiva en el comercio, mediante una particular forma, presentación o acondicionamiento de los productos, o de sus envases o envolturas, o de los locales comerciales en los que se venden los productos o se prestan los servicios.
Tridimensionales
55
cuando están integradas por elementos auditivos
Sonoras
56
cuando están integradas por elementos perceptibles por el sentido del olfato
Olfativas
57
se registran para distinguir los productos o los servicios de una persona en particular;
Marcas individuales
58
se registran para identificar los productos o servicios de un grupo de personas que han sido autorizadas para utilizar las marcas;
Marcas colectivas
59
se registran para identificar mercancías o servicios que cumplen un determinado estándar de calidad, controlado y certificado por la institución propietaria de la marca
Marcas de certificación
60
Las marcas de certificación sólo es posible registrarlas en
Costa Rica, Guatemala y Nicaragua.
61
aquellos signos que por su uso o promoción en el comercio han adquirido cierto grado de conocimiento y reputación, sea entre los consumidores, los comerciantes o el público en general
Marcas notorias
62
Las marcas cuya notoriedad ha trascendido a todo el público se les denomina
Marcas famosas
63
es el que aplican todos los países de la región centroamericana, el derecho exclusivo se “atribuye” a la persona que obtiene el registro del signo ante la oficina correspondiente
Sistema atributivo
64
faculta al titular de una marca para impedir que terceros no autorizados realicen actos
Derecho de exclusividad
65
signo denominativo, que tiene por finalidad identificar a una empresa o a un establecimiento.
Nombre comercial
66
signo denominativo, que tiene por finalidad identificar a una empresa o a un establecimiento.
Rotulo
67
es toda leyenda, anuncio, lema, frase, combinación de palabras, diseño, grabado o cualquier otro medio similar, que sea original y característico, que se emplee con el fin de atraer la atención de los consumidores o usuarios sobre un determinado producto, servicio, empresa, establecimiento o local comercial.
Expresión o señal de publicidad comercial
68
es el nombre geográfico empleado para designar un bien como originario de un lugar, cuya calidad, reputación o características se deben, esencialmente, a ese medio geográfico o a los factores naturales o humanos existentes en ese lugar.
Denominación de origen
69
su registro no confiere un derecho exclusivo a favor de una persona en particular sino favorece a todos los productores, fabricantes o artesanos que desempeñen su actividad dentro de la zona geográfica que comprenda la denominación de origen y que cumplan con las normas de producción o elaboración establecidas en el reglamento respectivo.
Denominaciones de origen
70
Cuando este tipo de signo es figurativo o mixto, es decir, se integra con figuras o palabras y elementos figurativo, se denomina
Emblema