23. Incumplimiento de Contrato Flashcards
¿Qué es el incumplimiento y para qué casos aplica?
Es la no ejecución exacta, en tiempo y lugar convenido de lo pactado en un contrato o cualquier otra fuente de RJOs
Es decir, la falta de alguna requisito objetivo, subjetivo o de las circunstancias.
¿Cuál es la consecuencia principal del incumplimiento y cómo se puede definir?
LA RESPONSABILIDAD CIVIL, es decir, la obligación de reparar los daños e indemnizar por los perjuicios ocasionados al acreedor por el incumplimiento culpable del deudor.
Distingue entre DAÑOS y PERJUICIOS
- Los DAÑOS se refieren a la perdida o menoscabo de cualquier derecho subjetivo de carácter patrimonial o extra patrimonial, estimable en dinero, por falta de cumplimiento de la obligación (Daño emergente=pérdida valorarle en $ efectivamente sufrida).
- Los PERJUICIOS: Privación de cualquier ganancia lícita que debiera haberse obtenido con el cumplimiento (Lucro Cesante=ganancia lícita dejada de percibir en el futuro)
Señala los requisitos/presupuestos de la responsabilidad civil
- Existencia de una obligación
- Incumplimiento productor de daños y perjuicios
- Culpa o dolo como factor de atribución al deudor
- Relación de causalidad entre incumplimiento y daños y perjuicios
Explica el primer requisito de la responsabilidad civil: Existencia de una obligación
Debe haber una obligación contractual o extra contractual que se incumple. Este incumplimiento se equipara a un hecho ilícito
En nuestro CCF no se regula la responsabilidad Precontractual: El que rompe u obstaculiza el curso normal de de las negociaciones en un contrato
Explica el segundo requisito de la responsabilidad civil: Incumplimento productor de daños y perjuicios
- Los daños siempre se producen automáticamente con el incumplimiento
- Los perjuicios no siempre se producen, la expectativa de ganancia debe ser real, y objetiva, además de probada por el acreedor
Establece la diferenciación en las distintas obligaciones, entre cumplimiento total y mal cumplimiento
Mal cumplimiento:
- DEFECTUOSO: No reune las características que estipula el contrato
- Dar: Si es esencial, se considera incumplimiento total y el acreedor puede rechazar el pago. Si no es así, el deudor debe realizar reparaciones y remediar el daño, además de pagar daños y perjuicios
- Hacer: Lo mismo
- No Hacer: Solo hay incumplimiento total - TARDÍO: Si no es esencial debe cumplirse la obligación, pagar intereses moratorios y daños y perjuicios. Si es esencial paga daños y perjuicios.
- EN LUGAR DISTINTO: Si no es lugar esencial, se debe abonar los gastos en los que se incurre para recibir le pago
El ___ y la _____ son los únicos factores que permiten…
DOLO, CULPA, imputar responsabilidad civil
¿Qué ocurre cuando el incumplimiento se da sin dolo ni culpa?
No se genera responsabilidad civil y el deudor no esta obligado al pago de daños y perjuicios
¿Qué es la CULPA y cómo se regula?
Puede ser de dos maneras:
1) Negligencia: Hace menos de lo que debe
2) Imprudencia: Obrar precipitado, hace de más
La culpa se puede regular, excluir o limitar por convenio
Señala y explica la clasificación de la CULPA (y cómo se aplicaría en la práctica, según la dóctrina)
GRAVE: Es una imprudencia o negligencia excesiva, que se equipara al dolo.
LEVE: Se da en el caso del deudor diligente que no prevé el daño. Culpa ordinaria de las personas comunes (“buen padre de familia”)
- L. En abstracto: No aplica diligencia correspondiente a personas razponables
- L. En concreto: No aplica diligencia que acostumbra en sus bienes y negocios
LEVISIMA: Se exige un cuidado o diligencia más rigurosa de lo común (actuar como “superhombre”)
¿Qué es el DOLO y cómo se regula?
Es una conducta maliciosa del deudor que incumple sabiendo el daño que ocasiona, tiene el fin de ocasionar el daño
No se puede excluir el derecho a reclamar responsabilidad civil por dolo.
¿A qué se refiere el hecho de que haya una RELACIÓN DE CAUSALIDAD entre incumplimiento y daños y perjuicios?
- RELACIÓN NECESARIA: Consecuencia que regular o habitualmente ocurre cuando se da una determinada causa
- RELACIÓN DIRECTA: Concatenación de eventos relacionados entre sí y sin interrupción. (“la causa de la causa es causa de lo causado”)
- RELACIÓN ACTUAL: Se refiere a una actualidad lógica, más que cronológica (el tiempo entre ambos eventos es lo suficientemente actual para concluir, razonablemente que uno es causa de otro)
¿Qué es la INDEMNIZACIÓN y cuáles son sus tipos?
La reparación de daños y perjuicios
- POR NATURALEZA Y POR EQUIVALENTE
- COMPENSATORIA Y MORATORIA
- POR DAÑO MORAL
Explica la indemnización POR NATURALEZA y POR EQUIVALENTE
Por naturaleza: Se restablecen las cosas a como estaban antes del incumplimiento (borra los efectos de este)
Por equivalente: Se da cuando por naturaleza no es posible (se paga un equivalente a los daños y perjuicios causados, determinado por el juez)