25. Sustitutos del cumplimiento Flashcards
¿Cuáles son los sustitutos del cumplimiento?
- Ofrecimiento de pago y consignación
- Compensación
- Dación en pago
- Pago por Cesión de bienes
¿Qué es el ofrecimiento de pago y consignación?
Es la acción que realiza el deudor que tiene a su cargo una obligación vencida, quien ante un juez ofrece realizar el pago y poner a disposición del acreedor la prestación debida como un medio para liberarse de la obligación, cuando el acreedor:
- Se niega injustificadamente a recibir el pago
- Se niega a expedir el documento justificativo
- es incierto, ausente o incapaz
- Siendo conocido, se dude de sus derechos
Todas las prestaciones pueden ofrecerse, pero solo las de dar cosas y ciertas y determinadas pueden consignarse
¿Cuál es el procedimiento que se sigue en el OFRECIMIENTO Y CONSIGNACIÓN?
- Una vez hecho el ofrecimiento y consignación.
- El juez da vista al acreedor - El acreedor tiene dos opciones
- Oponerse y exponer razones
- Aceptar el pago - Si se declara fundada la oposición:
- El ofrecimiento y consignación se tienen por no hechos
- Se producen consecuencias del incumplimiento - Si se declara infundada la oposición o el acreedor acepta
- Se considera PAGO con todos sus efectos
- Los efectos del pago se retrotraen a la fecha del ofrecimiento
- Los gastos del deudor corren a cargo del acreedor
¿Qué es la COMPENSACIÓN y cuáles son sus 3 funciones? ¿Cuáles son sus especies
Modo como dos obligaciones recíprocas existentes entre las mismas personas y derivadas de distinto título o causa se extinguen hasta la concurrencia de la menor.
FUNCIONES
- Privilegia la buena fe: que nadie pretenda el cobro de su crédito sin pagar al mismo tiempo lo que debe a la misma persona.
- Contribuye a la economía procesal: extingue las dos deudas y evita dos demandas recíprocas.
- Otorga seguridad: evita que uno pague su deuda sin hacer efectivo su crédito. (Protege vs. Insolvencia.)
ESPECIES
- Legal
- Convencional
- Facultativa
- Judicial
¿Qué es la compensación legal (efecto principal)? ¿Qué requisitos tiene?
Es aquella que extingue por ministerio de ley las obligaciones principales, secundarias y correlativas hasta el importe de la menor, tiene efectos automáticos independientemente de la voluntad de las partes
REQUISITOS SUBJETIVOS
- Carácter recíproco de A y D proveniente de distinto título: Distinto título, no sinalagmáticas.
- A y D recíprocos por su propio derecho: No procede respecto de créditos ajenos.
- Procede exclusivamente entre A y D principales.
REQUISITOS OBJETIVOS
- Bienes Fungibles: Homogéneos, de idéntica naturaleza y reemplazables unos por otros por tener idéntico poder liberatorio
- Obligaciones Exigibles: Que puedan hacerse efectivas de inmediato por estar vencidas.
- Deudas Liquidas: Desde su formación su objeto y su cuantía están perfectamente determinadas o pueden determinarse por una simple operación aritmética o dentro de un breve plazo de tiempo (9 días)
- Bienes Embargables: no procede cuando alguno de los bienes es INEMBARGABLE.
¿Cuáles son los EFECTOS de la compensación?
- Extingue las deudas recíprocas hasta el importe de la menor
- Extingue deudas accesorias
- Deja expeditas las que no son de igual cantidad (el resto de la deuda)
- No puede darse en perjuicio de derechos de terceros legalmente adquiridos
- Se puede renunciar de manera expresa o tácita
¿En qué casos no procede la compensación legal?
- Por razones de solidaridad social (sobrevivencia del acreedor):
- Alimentos.
- Renta vitalicia.
- Salario mínimo. - Condena de devolver impuesta por un juez por la comisión del delito de despojo.
- Renuncia a la compensación.
- Deuda de devolver la cosa depositada (contrato de depósito).
- Deudas de interés público.
- Créditos privilegiados.
¿Qué son las compensaciones VOLUNTARIA, FACULTATIVA y JUDICIAL?
VOLUNTARIA: Se puede pactar compensación cuando no se reúnen los requisitos de la legal
FACULTATIVA: Opera por renuncia al privilegio o protección que brinda la ley al crédito no compensable por conveniencia, es unilateral
JUDICIAL: Es aquella que dicta un juez dentro de un procedimiento con demanda y contra demanda, presupone que no procede la legal. Sin embargo deben cumplirse los requisitos de homogeneidad y reciprocidad.
¿Qué es la DACIÓN EN PAGO y qué funciones cumple?
Forma sustituta de cumplimiento mediante la ejecución de una prestación distinta a la originalmente estipulada, derivada del acuerdo de las partes.
- Cumple con las 3 funciones del pago, pero no es pago
- No cumple los requisitos objetivos del pago
¿Cuáles son los requisitos de la DACIÓN EN PAGO?
- Ejecución de prestación DISTINTA a la pactada originalmente.
- Acuerdo de voluntades entre Acreedor y Deudor.
- Que la RJO cuya prestación se sustituye se EXTINGA como consecuencia de la nueva prestación
¿Qué es el PAGO POR CESIÓN DE BIENES?
Forma sustituta de cumplimiento a través del cual el deudor pacta la cesión de todos o parte de sus bienes a sus acreedores para que se vendan y el importe líquido se aplique al pago de las deudas.
- Si el importe no es suficiente, continua obligado
- Si el importe es mayor, se le devuelve el excedente
Señala los requisitos del PAGO POR CESIÓN DE BIENES
- Que el deudor transmita la titularidad de los bienes a sus acreedores para que se enajenen .
- Acuerdo de voluntades entre acreedor y deudor.
- Que los bienes se enajenen a terceros.
- Que el producto de la venta se aplique al pago de la deuda.
- Que la deuda se extinga hasta el importe líquido de los bienes.
¿Cómo se diferencian la dación en pago y el pago por cesión de bienes?
DEP
- Se transmite efectivamente la titularidad de bienes en pago
- La deuda se extingue totalmente
PPCB:
- No se transmite la propiedad efectiva, se entregan los bienes para su venta
- No extingue la deuda, inicia un proceso de venta para el pago en efectivo de la deuda
- Se puede hacer por medio de un fideicomiso o un mandato especial
Distingue entre pago por cesión de bienes judicial y convencional
JUDICIAL: Se inicia un procedimiento de concurso (civil/mercantil), donde los acreedores se coligan
CONVENCIONAL: Pactado por las partes