TEMA3:LAORGANIZACIÓNJURISDICCIONALESPAÑOLA Flashcards

(72 cards)

1
Q

Estructura de la organización jurisdiccional española

A

La organización jurisdiccional española se compone de tres grandes grupos de órganos:

Órganos de la jurisdicción ordinaria, que conocen y resuelven la generalidad de los asuntos, materias y sujetos. Son la base del sistema judicial y su estructura y personal están regulados por la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

Órganos de la jurisdicción especial militar, encargados de asuntos relativos a sujetos y materias específicas del ámbito militar.

Órganos con funciones jurisdiccionales y no jurisdiccionales reconocidos por la Constitución Española (CE). No constituyen una jurisdicción especial ni forman un conjunto orgánico plural, pero tienen un papel relevante dentro del sistema de justicia.

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2
Q

Jurisdicción ordinaria: funciones y regulación

A

La jurisdicción ordinaria está formada por un conjunto de órganos jurisdiccionales con la función principal de conocer y resolver la mayoría de los asuntos jurídicos que afectan a los ciudadanos. Esto incluye una gran diversidad de materias (civil, penal, social, contencioso-administrativo) y sujetos.
Estos órganos deben estar establecidos en la LOPJ y su funcionamiento, así como el estatuto de su personal (jueces, magistrados, secretarios judiciales, etc.), también se rige por esta norma orgánica. Representan el pilar central del Poder Judicial en España.

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3
Q

Jurisdicción militar y órganos reconocidos por la CE

A

La jurisdicción especial militar se encarga de la resolución de conflictos relacionados exclusivamente con materias y sujetos militares, como pueden ser delitos cometidos por personal de las Fuerzas Armadas en el ejercicio de sus funciones.
Por otro lado, existen órganos reconocidos por la Constitución Española que tienen funciones jurisdiccionales y no jurisdiccionales, pero no constituyen una jurisdicción especial ni un sistema orgánico propio. Su función puede ser de apoyo, control o garantía dentro del sistema constitucional (como el Tribunal Constitucional en algunos casos, aunque no forma parte del Poder Judicial como tal).

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4
Q

1.Criterios que rigen la organización jurisdiccional española

A
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5
Q

Estructura de la jurisdicción ordinaria y su especialización

A

Los órganos de la jurisdicción ordinaria no actúan de forma indiferenciada ante cualquier tipo de asunto. Debido a la complejidad del ordenamiento jurídico y la diversidad de relaciones sociales, esta jurisdicción se divide en cuatro órdenes o ramas, cada una especializada en un tipo de materia.
Estas ramas permiten una mayor especialización de los jueces y tribunales, mejorando la eficacia y coherencia del sistema judicial. Las cuatro ramas son: civil, penal, contencioso-administrativo y social.

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6
Q

Orden Civil: función y carácter residual

A

El orden civil se encarga de conocer asuntos relacionados con el derecho privado, incluyendo tanto el Derecho Civil como el Mercantil.
Además, tiene una función residual, lo que significa que conoce todos los asuntos que no estén atribuidos expresamente a los otros tres órdenes jurisdiccionales. Es una jurisdicción clave para conflictos entre particulares, contratos, herencias, responsabilidad civil, etc.

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7
Q

Orden Penal: función y límites

A

El orden penal tiene atribuido el conocimiento de las causas y juicios criminales, es decir, el enjuiciamiento de hechos que puedan constituir delitos o faltas.
Sin embargo, no conoce de los delitos cometidos en el ámbito militar, que son competencia de la jurisdicción especial militar. Su objetivo es proteger el orden jurídico penal y sancionar conductas delictivas.

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8
Q

Orden Contencioso-Administrativo: control de la Administración

A

Este orden se encarga de conocer las pretensiones frente a la actuación de las Administraciones Públicas, cuando actúan sujetas al Derecho Administrativo.
Incluye también litigios que afectan al personal al servicio de la Administración y casos en los que la demanda se dirige contra la Administración y un particular conjuntamente.
Su función es garantizar que la Administración actúe conforme a la ley y dentro de los límites del derecho.

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9
Q

Orden Social: conflictos laborales y de Seguridad Social

A

El orden social conoce de los asuntos relacionados con el derecho laboral y de la Seguridad Social. Esto incluye conflictos individuales (por ejemplo, despidos, salarios) y conflictos colectivos (como huelgas o convenios colectivos).
Este orden protege los derechos de los trabajadores y regula las relaciones entre empleadores y empleados, así como entre ciudadanos y organismos de la Seguridad Social.

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10
Q

2.Órdenes o ramas de la jurisdicción ordinaria

A
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11
Q

Clasificación general de los órganos de la jurisdicción ordinaria

A

Dentro de cada uno de los órdenes jurisdiccionales (civil, penal, contencioso-administrativo y social) existen múltiples órganos que se diferencian cuantitativa y cualitativamente, según las normas de competencia (territorial, objetiva, funcional…).
Esto hace necesaria una estructura interna jerárquica, aunque hay que tener en cuenta que los jueces y magistrados no están sometidos jerárquicamente entre sí en cuanto al contenido de sus resoluciones, ya que la Constitución garantiza su independencia y sujeción únicamente al imperio de la ley.

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12
Q

Los Juzgados: órganos unipersonales

A

Los juzgados son órganos unipersonales, es decir, son servidos por una sola persona que ejerce la función jurisdiccional.
Pueden estar servidos por:

Jueces (categoría más básica de la carrera judicial).

Magistrados, en los casos que se establezca expresamente.
Además, pueden ejercer personas que no pertenecen de forma permanente a la carrera judicial, como por ejemplo jueces sustitutos.
Aunque un juez no sea permanente, su función sigue entendiéndose como servicio público a la ciudadanía.

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13
Q

Los Tribunales: órganos colegiados
Contenido:

A

Los tribunales son órganos colegiados, es decir, en ellos la función de juzgar es realizada por un conjunto de magistrados (nunca jueces, salvo la excepción del Tribunal del Jurado).
Son superiores jerárquicamente a los juzgados, tienen un ámbito territorial más amplio y pueden formar parte de más de un orden jurisdiccional.
Internamente, los tribunales se organizan en salas y secciones, lo cual permite distribuir el trabajo entre sus miembros.

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14
Q

Organización interna de los Tribunales: Salas y Secciones

A

Los tribunales se dividen internamente para facilitar su funcionamiento:

Audiencias Provinciales se dividen en secciones, porque su ámbito es más limitado y solo actúan en el orden civil y penal.

Resto de Tribunales (como el Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia…) se dividen en salas, y algunas a su vez en secciones.

Según el artículo 197 de la LOPJ, en ciertos casos la decisión debe ser adoptada por todos los magistrados que componen la sala, no solo por los de una sección.
Por eso, el número de magistrados debe ser impar, para garantizar que siempre se pueda llegar a una mayoría.

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15
Q

3.Clasificación y régimen interno de los órganos de la jurisdicción ordinaria.

A
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16
Q

Demarcación judicial y circunscripción territorial: conceptos clave

A

En el ámbito del Derecho Procesal, se diferencian dos conceptos fundamentales:

Demarcación judicial: Hace referencia a la organización territorial de la función jurisdiccional, es decir, cómo se distribuye el sistema judicial sobre el territorio nacional.

Circunscripción territorial: Se refiere al ámbito geográfico específico sobre el que un órgano jurisdiccional ejerce su jurisdicción.

Estos conceptos permiten establecer qué órgano judicial actúa en qué zona, asegurando una cobertura completa y ordenada del territorio por parte del poder judicial.

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17
Q

División judicial del Estado según el artículo 30 de la LOPJ

A

El artículo 30 de la LOPJ establece que el Estado se organiza territorialmente, a efectos judiciales, en:

Municipios

Partidos Judiciales

Provincias

Comunidades Autónomas

Estas divisiones coinciden con las divisiones territoriales administrativas del mismo nombre, por lo que no presentan dificultades organizativas adicionales.

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18
Q

El Partido Judicial: definición y características

A

El partido judicial es una unidad territorial intermedia, que comprende uno o más municipios limítrofes dentro de una misma provincia.
Características clave:

En él tienen su sede juzgados como los de Instrucción, Primera Instancia y los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

Toma el nombre del municipio más importante, llamado cabeza o capital del partido judicial.

Es una división más amplia que el municipio, pero más reducida que la provincia.
Su objetivo es acercar la justicia al ciudadano, sin necesidad de crear órganos judiciales en cada municipio.

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19
Q

4.Demarcación judicial y circunscripción territorial de los órganos jurisdiccionales.

A
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20
Q

Juzgado de Paz

A

Es un órgano unipersonal cuya circunscripción territorial es el municipio.
Forma parte de los órdenes civil y penal, aunque NO está servido por un juez de carrera, sino por un juez de paz, elegido por el pleno del ayuntamiento.
En el orden civil, realiza principalmente actos de auxilio judicial. Tiene funciones limitadas y actúa en poblaciones donde no existen juzgados de primera instancia.

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21
Q

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción

A

Es un órgano unipersonal, cuya circunscripción territorial es el partido judicial, con sede en la capital del partido.
Forma parte de los órdenes civil y penal:

En civil, conoce de todos los asuntos no atribuidos a otros órganos, resuelve recursos contra resoluciones de juzgados de paz, y ejecuta sus propias sentencias.

En penal, actúa como juzgado de instrucción, encargándose de la fase de investigación de delitos.

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22
Q

Juzgado de Violencia sobre la Mujer

A

Órgano unipersonal con circunscripción en el partido judicial. Tiene el mismo rango que los juzgados de primera instancia e instrucción y forma parte de los órdenes civil y penal.
Puede actuar en más de un partido judicial o ser sustituido por juzgados ya existentes.
Sus funciones incluyen:

Protección de víctimas.

Enjuiciamiento de delitos leves cuando la víctima sea la mujer, hijos o personas vulnerables.

Procesos relacionados con estado civil, filiación y relaciones familiares.

Instrucción y resolución de ciertos delitos vinculados a la violencia de género.

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23
Q

Juzgado de lo Mercantil

A

Es un órgano unipersonal de ámbito provincial, con igual rango que los juzgados de primera instancia.
Forma parte solo del orden civil, especializado en:

Procesos concursales (procedimientos especiales de insolvencia).

Asuntos mercantiles civiles, como propiedad industrial, competencia desleal, transporte o derecho societario.

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24
Q

Audiencia Provincial

A

Órgano colegiado, con ámbito provincial y sede en la capital de provincia.
Forma parte de los órdenes civil y penal, y se organiza en secciones (civiles, penales o mixtas).
Sus funciones incluyen:

Resolver recursos de apelación contra decisiones de:

Juzgados de primera instancia

Juzgados de lo mercantil

Juzgados de violencia sobre la mujer

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25
Tribunal Superior de Justicia (TSJ)
Órgano colegiado cuya circunscripción es la Comunidad Autónoma. Es el órgano superior de la jurisdicción dentro de la Comunidad, aunque no del Estado. Estructura en 3 salas (pueden dividirse en secciones): Civil y penal Contencioso-administrativo Social Funciones destacadas: Resolver recursos extraordinarios basados en normas de Derecho foral o autonómico. Conocer demandas contra aforados autonómicos (presidentes, consejeros...).
26
Tribunal Supremo
Máximo órgano jurisdiccional en todos los órdenes jurisdiccionales. Tiene ámbito estatal y es un órgano colegiado. Su función principal es resolver recursos extraordinarios, como: Recurso de casación Recursos por infracción procesal Revisión y unificación de doctrina Está compuesto por 5 salas: Civil Penal Contencioso-administrativo Social Militar (pertenece a la jurisdicción especial) También conoce causas contra altos cargos (ministros, diputados, etc.) y sobre cuestiones penales internacionales (por reconocimiento mutuo en la UE).
27
5.Órganos del orden civil
28
Fases del Proceso Penal
Instrucción: Investigar el hecho delictivo y a los posibles responsables. El proceso puede finalizar aquí si no hay delito o no se identifica al autor. Juicio Oral: Si hay indicios suficientes, se pasa a esta fase para condenar o absolver. Ejecución de la condena: Se lleva a cabo lo decidido en sentencia si es condenatoria.
29
Juzgado de Paz (Orden Penal)
Órgano unipersonal con funciones limitadas en el orden penal. Actúa en delitos leves y asuntos de escasa gravedad en municipios sin juzgado de instrucción. Es el escalón más bajo en la jerarquía penal.
30
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción (Orden Penal)
Órgano unipersonal con doble función: Instructor en delitos que serán enjuiciados por juzgados de lo penal o audiencias provinciales. Sentenciador en casos de delitos leves. Además, realiza funciones de guardia judicial.
31
Juzgado de Violencia sobre la Mujer (Penal)
Funciona como: Instructor para delitos de violencia de género y delitos contra los derechos y deberes familiares. Sentenciador en delitos leves en los que la víctima es mujer o personas protegidas. Mismo rango jerárquico que los juzgados de instrucción.
32
Juzgado Central de Instrucción
Órgano unipersonal con jurisdicción estatal. Investiga delitos de gran repercusión nacional, como terrorismo, narcotráfico internacional, crimen organizado, etc., independientemente de dónde se hayan cometido.
33
Juzgado de lo Penal
Órgano unipersonal a nivel provincial. Función principal: enjuiciamiento y ejecución de causas por delitos menos graves. También ejecuta sentencias y sanciones dictadas en el ámbito de la UE.
34
Juzgado Central de lo Penal
Órgano unipersonal con competencia estatal. Juzga delitos graves que afectan al conjunto del país (terrorismo, delitos económicos complejos, etc.). Depende de las investigaciones del Juzgado Central de Instrucción.
35
Juzgado de Vigilancia Penitenciaria
Órgano unipersonal provincial encargado de: Supervisar la ejecución de condenas. Autorizar beneficios penitenciarios, cambios de grado o libertad condicional. Controla que los derechos de los presos se respeten.
36
Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria
Circunscripción: Estatal. Vigila la ejecución de las penas impuestas por: Juzgados centrales de lo penal Sala de lo penal de la Audiencia Nacional
37
Juzgado de Menores
Órgano unipersonal provincial que juzga a menores de edad penal (14-17 años) bajo la LORPM. Funciones: Sentenciador en procedimientos iniciados por el Ministerio Fiscal, quien actúa como instructor. También ejecuta las medidas impuestas al menor.
38
Juzgado Central de Menores
Circunscripción: Estatal. Juzga a menores en delitos de relevancia nacional. También ejecuta las medidas judiciales correspondientes a estos casos.
39
Audiencia Provincial (Orden Penal)
Órgano colegiado de ámbito provincial. Funciones: Enjuiciar delitos graves (penas > 5 años prisión). Resolver recursos contra resoluciones de: Juzgado de Instrucción Juzgado de lo Penal Juzgado de Violencia sobre la Mujer Vigilancia Penitenciaria Juzgado de Menores
40
Tribunal del Jurado
No permanente, se forma para cada causa. Composición: 1 magistrado presidente 9 ciudadanos elegidos por sorteo del censo Opera dentro de las Audiencias Provinciales. Juzga ciertos delitos como homicidio, allanamiento, cohecho… Excepto si el acusado es aforado al Tribunal Supremo.
41
Tribunal Superior de Justicia (Orden Penal)
Función penal de la Sala Civil y Penal del TSJ: Juzgar a personas aforadas a nivel autonómico. Resolver recursos contra resoluciones del Tribunal del Jurado en su Comunidad Autónoma.
42
Audiencia Nacional (Penal)
Órgano colegiado estatal con 4 salas. En Penal: Sala de lo Penal: Enjuicia delitos del art. 65 LOPJ (terrorismo, crimen organizado...). Resuelve recursos contra decisiones de: Juzgado Central de Instrucción Juzgado Central de Menores Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria Sala de Apelación: Revisa resoluciones de la Sala Penal. También incluye salas Contencioso-Administrativa y Social.
43
6.Órganos del orden penal
44
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
Órgano unipersonal, con jurisdicción provincial (puede abarcar varias provincias). Esencial en el orden contencioso. Conoce de recursos contra: Entidades locales Actos/disposiciones de CCAA o entes públicos sin competencia nacional Resoluciones en materia de extranjería de la administración periférica del Estado
45
Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo
Órgano unipersonal con jurisdicción estatal. Competente en recursos contra actos/disposiciones de autoridades y organismos con competencia en todo el territorio nacional.
46
Tribunal Superior de Justicia – Sala de lo Contencioso-Administrativo
Órgano colegiado autonómico. Funciones: Primera instancia: Conoce recursos sin necesidad de órgano inferior previo. Segunda instancia: Resuelve recursos contra decisiones de Juzgados de lo contencioso. Recursos extraordinarios: Según la normativa. Competencia residual: Asume asuntos no asignados a otro órgano del orden contencioso.
47
Audiencia Nacional – Sala de lo Contencioso-Administrativo
Órgano colegiado con competencia nacional. Funciones clave: Primera instancia: Conoce recursos contra actos y disposiciones de: Ministros Secretarios de Estado Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo Segunda instancia: Revisa resoluciones de los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo.
48
Tribunal Supremo – Sala de lo Contencioso-Administrativo
Máximo órgano del orden contencioso-administrativo. Funciones: Enjuiciar recursos contra actos y disposiciones de altas instituciones del Estado, como: Consejo de Ministros Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Conoce recursos extraordinarios definidos por la normativa procesal (casación, revisión…).
49
7.Órganos del orden contencioso-administrativo
50
Juzgado de lo Social
Órgano unipersonal con jurisdicción provincial. Conoce los asuntos laborales no atribuidos a otros órganos del orden social, incluyendo: Contratos de trabajo (asalariados y autónomos) Conflictos colectivos Seguridad Social Responsabilidad del Estado por legislación laboral Régimen y funcionamiento de sindicatos Tutela de la libertad sindical
51
Tribunal Superior de Justicia – Sala de lo Social
Órgano colegiado autonómico. Funciones: Procesos sobre conflictos/colectivos y cuestiones sindicales con ámbito superior al provincial, pero dentro de la CCAA Resuelve recursos contra: Resoluciones de los Juzgados de lo Social Ciertas resoluciones laborales de Juzgados de lo Mercantil (orden civil)
52
Audiencia Nacional – Sala de lo Social
Órgano colegiado con jurisdicción estatal. Función principal: Enjuicia conflictos laborales (colectivos, sindicales, etc.) cuando su ámbito territorial supera una CCAA. 🛑 No resuelve recursos, ya que no existe ningún juzgado unipersonal laboral con competencia estatal.
53
Tribunal Supremo – Sala de lo Social
Máximo órgano del orden social. Competente para conocer: Recursos extraordinarios en materia laboral (casación, revisión, etc.) Uniformiza la doctrina y resuelve discrepancias jurisprudenciales.
54
8.Órganos del orden laboral o social
55
Conflicto de Jurisdicción y Competencia
Conflicto Positivo: Ocurre cuando varios órganos consideran que tienen jurisdicción o competencia para conocer de un asunto. Conflicto Negativo: Sucede cuando ningún órgano se considera competente para conocer el asunto.
56
Ámbitos de los Conflictos de Jurisdicción y Competencia
Los conflictos pueden surgir entre órganos jurisdiccionales, pero también entre órganos jurisdiccionales y la Administración Pública. Pueden darse entre: Órganos de jurisdicción ordinaria y especial Órganos de distinto orden jurisdiccional Órganos del mismo orden jurisdiccional (por competencia objetiva o funcional)
57
Tipos de Conflictos
Conflictos de Jurisdicción: Se refiere a la duda sobre qué órgano tiene la competencia territorial para resolver el asunto. Conflictos de Competencia: Se plantea cuando hay dudas sobre la capacidad de un órgano para resolver un asunto debido a la naturaleza del mismo. Cuestiones de Competencia: Se refiere a disputas sobre si un órgano tiene o no competencia funcional en un caso concreto.
58
Tratamiento de los Conflictos
Los conflictos de jurisdicción y competencia tienen diferentes tratamientos dependiendo de: Los órganos involucrados Si son de jurisdicción ordinaria o especial Si pertenecen a distintos órdenes jurisdiccionales o al mismo orden
59
9.Conflictos de jurisdicción y de competencia. Cuestiones de competencia.
60
Conflictos de Jurisdicción entre Órgano y Administración Pública
Estos conflictos surgen cuando un órgano jurisdiccional y una Administración Pública no se ponen de acuerdo sobre qué autoridad tiene competencia para conocer un asunto. Conflicto Positivo: Ambos consideran que tienen competencia para decidir sobre el asunto. Conflicto Negativo: Ninguno se considera competente para resolver el asunto.
61
Conflictos entre Jurisdicción Ordinaria y Militar
Este tipo de conflicto ocurre entre un órgano de la jurisdicción ordinaria y un órgano de la jurisdicción militar, sobre quién tiene la competencia para conocer un asunto específico.
62
Resolución de los Conflictos entre Órgano y Administración Pública
La resolución se lleva a cabo por el Tribunal de Conflictos de Jurisdicción, compuesto por: Presidente del Tribunal Supremo 2 magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo 3 miembros del Consejo de Estado
63
Resolución de los Conflictos entre Jurisdicción Ordinaria y Militar
Este tipo de conflicto es resuelto por la Sala de Conflictos de Jurisdicción, integrada por: Presidente del Tribunal Supremo 2 magistrados de la sala correspondiente del Tribunal Supremo (en el orden en conflicto) 2 magistrados de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo
64
9.1.Conflictos de jurisdicción
65
Conflictos entre Órganos de Distintos Órdenes de la Jurisdicción Ordinaria
Este tipo de conflicto se plantea cuando órganos de distintos órdenes de la jurisdicción ordinaria no se ponen de acuerdo sobre la competencia para conocer un asunto específico.
66
Resolución de Conflictos entre Órganos de Distintos Órdenes de la Jurisdicción Ordinaria
La resolución de estos conflictos corresponde a una sala especial y no permanente del Tribunal Supremo: Sala de Conflictos de Jurisdicción Composición: Presidente del Tribunal Supremo 2 magistrados de la sala del Tribunal Supremo de cada orden jurisdiccional en conflicto
67
Conflictos de Competencia y Preferencia del Orden Penal
Los órganos del orden penal tienen preferencia en los conflictos de competencia. No es posible que otros órdenes de la jurisdicción ordinaria planteen conflictos positivos frente a los órganos penales.
68
9.2.Conflictos de competencia
69
Cuestiones de Competencia
Las cuestiones de competencia se plantean entre órganos del mismo orden jurisdiccional. Pueden surgir debido a la competencia objetiva, funcional o territorial, o por la especialización de los órganos jurisdiccionales.
70
Regulación de las Cuestiones de Competencia
La regulación de las cuestiones de competencia no es común a todos los órdenes jurisdiccionales, sino que se encuentra en las normas procesales propias de cada orden.
71
Reglas Generales sobre Cuestiones de Competencia
No se entablan cuestiones de competencia entre órganos subordinados. El órgano de rango superior fija la competencia, decidiendo si se hace cargo del asunto o lo envía al de rango inferior. Las cuestiones de competencia las resuelve el superior jerárquico común a los órganos en conflicto, determinado por el tipo de órganos y su demarcación territorial.
72
9.3.Cuestiones de competencia