Derecho de obligaciones, contratos en particular Flashcards

1
Q

LA PROMESA

A

CONTRATO MEDIANTE EL CUAL DOS PERSONAS DENOMINADAS PROMITENTES PACTAN LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO FUTURO.

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2
Q

ELEMENTOS PERSONALES PROMESA

A

PROMITENTES

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3
Q

ELEMENTOS REALES Y FORMALES PROMESA

A

Formal: Hay libertad de forma, pero si se trata de una promesa sobre bienes inmuebles debe otorgarse en escritura pública, ya que es un acto registrable.

Real:
1. Arras;
2. El compromiso de celebrar el contrato futuro. (prestación).

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4
Q

CARACTERÍSTICAS PROMESA

A

Bilateral, porque existen obligaciones para ambas partes
Consensual
Principal
Oneroso
Conmutativo: prestaciones ciertas
Típico: está en la ley

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5
Q

LA OPCIÓN

A

Contrato típico civil en el que se obliga uno de los contratantes frente a otro a otorgarle la alternativa de adquirir un bien bajo ciertas condiciones y x el plazo estipulado.

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6
Q

OPCIÓN ELEMENTOS PERSONALES

A

Optario
Optante

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7
Q

OPCIÓN ELEMENTOS REALES Y FORMALES

A

Formal: libertad de forma, no es solemne.
Real:
1.bien,
2. arras
3. compromiso

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8
Q

OPCIÓN CARACTERÍSTICAS

A

Unilateral
Consensual
Principal
Gratuito: provecho de una sola de las partes.
Conmutativo
Típico

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9
Q

OPCIÓN OBLIGACIONES

A

Optario tiene obligación de otorgar el contrato definitivo.
Optante tiene derecho de opción. Se compromete a celebrar el contrato futuro.

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10
Q

MANDATO

A

Contrato típico civil en el que una persona llamada mandante encomienda a otra llamada mandatario la realización de uno o varios actos o negocios.

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11
Q

MANDATO ELEMENTOS PERSONALES

A

Mandante: persona que encarga a otra la gestión o desempeño de negocios

Mandatario: persona que toma a su cargo el desempeño de los negocios que otro le confía

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12
Q

MANDATO
ELEMENTOS REALES Y FORMALES

A

Real: actos, negocios, remuneración
Formal: escritura pública (solemne) excepción de solemnidad

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13
Q

MANDATO CARACTERÍSTICAS

A

Principal
Gratuito u oneroso
Unilateral o bilateral
Solemne
(excepción asuntos valor no exceda Q. 1000, cuando la representación se de por cartas poderes para asistencia a juntas y actos que permite la ley. 1687)
Intuito Personae: En base a la calidad de la persona.
De tracto sucesivo: ejecución se desarrolla en el transcurso del tiempo

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14
Q

OBLIGACIONES MANDATO

A

Mandatario: desempeñar con diligencia, sujetarse a instrucciones, desempeño personal salvo expresamente facultado para sustitución, derecho de retención 1705 y 1707

Mandante: cumplir obligaciones que mandatario haya contraído, anticipar cantidades necesarias

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15
Q

CLASES DE MANDATO

A
  1. General 1690
  2. Especial 1690
  3. General con cláusula especial. 1693
  4. Judicial 188 LOJ
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16
Q

excepciones a la solemnidad del mandato

A

asuntos valor no exceda Q. 1000, cuando la representación se de por cartas poderes para asistencia a juntas y actos que permite la ley. 1687

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17
Q

¿Se puede dar mandato para testar o donar por causa de muerte?

A

no, 1688

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18
Q

¿Cómo se inscribe el mandato? ¿Cómo se revoca el mandato?

A

Inscripción: en folder, con clave de abogado testimonio, se pagan 130, 125 de arancel y 5 de formulario.

Revocación: se presenta al Registro electrónico de poderes, no lleva duplicado. 1704. En EP

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19
Q

Terminación del mandato

A
  1. vencimiento del término
  2. conclusión del asunto
  3. revocación
  4. renuncia
  5. muerte o interdicción de mandante o mandatario
  6. Quiebra del mandante
  7. Disolución de persona jurídica que lo otorgó.
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20
Q

Plazo del mandato

A

10 años (general) 1726

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21
Q

Mandato con representación

A

negocios obligan al mandante

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22
Q

Mandato sin representación

A

terceros no tienen acción directa con el mandante 1686

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23
Q

¿Qué es el contrato de sociedad?

A

2 o + personas convienen en poner en común bienes o servicios para ejercer una actividad económica y dividirse las ganancias.

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24
Q

¿Cuáles son los elementos personales de la sociedad civil?

A

Socios:
Personas individuales o jurídicas, mínimo dos, pueden ser capitalistas o industrial

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25
Q

¿Cuáles son los elementos formales y reales de la SC?

A

Real o patrimonial: aportaciones
Formal: escritura pública, inscribirse en REPEJU. (Solemne)

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26
Q

¿Cuáles son las características del contrato de sociedad civil?

A

Principal
Absoluto (bajo ninguna condición)
Bilateral o plurilateral
Oneroso
Intuito Personae
Tracto sucesivo (se ejecuta en el trascurso del tiempo)
Solemne 1729
De organización o abierto (no decir): es posible que se incorporen nuevos socios).
Consensual

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27
Q

¿Cómo debe constar el contrato de SC?

A

escritura pública, inscribirse en REPEJU. (Solemne)
1729

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28
Q

¿Hay pacto leonino en la SC?

A

No, es nula y se tiene por no puesta la cláusula que diga que algún socio no participará de ganancias. 1732

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29
Q

¿Los cónyuges pueden ser socios en la SC?

A

No, salvo que figuren como consocios terceras personas. 1736

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30
Q

¿Cómo se forma la razón social, en la SC?

A

Nombre + Apellido de 1 de los socios o los apellidos de 2 o más, al final con las palabras Sociedad Civil: S.C.

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31
Q

¿Cuál es la responsabilidad en la SC?

A

SUBSIDIARIA 1742

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32
Q

Diferencias entre la sociedad civil y mercantil

A
  1. La sociedad civil no es comerciante; la sociedad mercantil es un comerciante social; 2. La sociedad civil es un contrato típico civil. La sociedad mercantil puede adquirir diversas modalidades, la sociedad civil tiene solo una modalidad.
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33
Q

¿Qué es la compraventa?

A

Contrato típico civil, por el cual el vendedor transfiere la propiedad de una cosa y se compromete a entregarla y el comprador se obliga a pagar el precio en dinero. 1790

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34
Q

¿Se puede el pacto de retroventa?

A

No, no es válido. 1791

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35
Q

¿Qué se puede hacer para que entre esposos se pasen un bien?

A

Liquidación parcial del patrimonio conyugal y adjudicación en pago. 1792

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36
Q

¿De cuanto es el plazo de prueba de la compraventa, de cosas sujetas a prueba?

A

salvo estipulación en contrario es de 3 días. 1799

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37
Q

¿Qué es la compraventa por abonos?

A

Es la compraventa en la cual se fracciona el precio, cuando el precio se paga totalmente se transfiere la plena propiedad al comprador.

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38
Q

¿Qué es el pacto de reserva de dominio?

A

Es en la cuál el precio se paga por abonos; el comprador obtiene la posesión y uso de la cosa, pero mientras no pague totalmente el precio, no adquiere la plena propiedad; por lo que no puede enajenar o grabar. 1834

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39
Q

¿Cuándo se puede dar por resuelta una compraventa por abonos?

A

Por falta de pago de cuatro o más mensualidades consecutivas. 1836

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40
Q

¿Se puede rescindir un contrato de compraventa si se pago más de la mitad?

A

No, no procede. art. 1846

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41
Q

¿En qué casos se puede rescindir un contrato ya cumplido?

A

En la compraventa al contado art. 1851

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42
Q

¿Cuándo una compraventa esta exenta de impuestos?

A

Una compraventa está exenta cuando el bien inmueble no cueste más de 250 mil o no tenga una construcción de más de 80 metros2. / finca rústica con área no mayor 120 metros 2 y valor no más de 120 mil quetzales, siempre que el que vaya adquirir no tenga bienes ni su núcleo familiar.

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43
Q

Compraventa, elementos personales

A

Vendedor
Comprador

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44
Q

elemento reales y formales de la compraventa

A

Real: cosa y precio
Formal: hay libertad de forma, no es solemne. Pero sí va en EP si es bienes inmuebles

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45
Q

características de la compraventa

A

Principal
Consensual
Bilateral
Oneroso
Traslativo de dominio
Conmutativo

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46
Q

obligaciones en la compraventa

A

Vendedor: conservar la cosa hasta su entrega, entregar la cosa en tiempo, lugar modo y estado convenida.
Comprador: pagar el precio en el día, lugar y forma estipulada en el contrato y recibir la cosa 1825

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47
Q

PERMUTA

A

Uno de los contratantes transmite la propiedad de una cosa a cambio de otra. 1852

48
Q

elementos personales permuta

A

Permutantes

49
Q

elementos reales, permuta

A

Real: cosas o bienes.

50
Q

elemento formal, permuta.

A

En principio hay libertad de forma, debe constar en EP cuando se refiere a bienes inmuebles.

51
Q

Características permuta:

A

Principal
Consensual
Bilateral
Oneroso
Traslativo de dominio
Conmutativo

52
Q

¿Qué es la permuta estimada?

A

Es en la que además del bien, se otorga parte en dinero. 1853

53
Q

¿Cuáles son las causas de ingratitud en la donación entre vivos?

A
  1. Donatario comete delito contra la persona, la honra o los bienes del donante, su cónyuge, conviviente de hecho, ascendientes, o descendientes.
  2. Negarse a alimentar al donante que careciere de bienes o si lo desampararé o abandonare cuando estuviere necesitado de asistencia. 1866
54
Q

¿Qué es donación entre vivos?

A

Una persona transfiere a otra la propiedad de una cosa a título gratuito

55
Q

sujetos de donación entre vivos

A

Donante: transmite
Donatario: recibe

56
Q

elementos formales y reales

A

Real:
enriquecimiento de una persona y empobrecimiento de otra.
Animus donandi (intención de hacer una liberalidad a favor de una persona)
Formal: bienes inmuebles, aceptación en EP.

57
Q

características

A

Principal
Traslativo de dominio
Gratuito
Formal
Unilateral
Consensual
conmutativo

58
Q

¿Qué impuestos paga la donación entre vivos?

A

12% de IVA

59
Q

¿Cómo se hace constar la donación entre vivos?

A

hay libertad de forma/ si es de bienes inmuebles debe hacerse en EP. 1862

60
Q

Elemento especial de la donación

A

Se da el enriquecimiento de una persona, se da el empobrecimiento de otra. Existe el animus donandi, que es la intención de enriquecer a otra persona.

61
Q

¿La donación entre vivos se puede hacer por apoderado?

A

donación entre vivos, SI se puede por apoderado, debe designar donatario y especificar bienes y condiciones. 1860

62
Q

¿Qué es la donación antenupcial?

A

son los esponsales.

63
Q

Arrendamiento

A

Una de las partes se obliga a dar el uso o goce de una cosa por cierto tiempo a otra persona que se obliga a pagar un precio determinado.

64
Q

Tácita reconducción

A

Si venciere el plazo del arrendamiento y el arrendante aceptare la renta subsiguiente entonces se entenderá por plazo indefinido.

65
Q

¿Si se prorroga el arrendamiento, se entiende por prorrogada la fianza?

A

NO, salvo que el fiador se obligue nuevamente expresamente. 1887

66
Q

Elementos personales del arrendamiento

A

Arrendante, propietario o locador o arrendador.

Arrendatario, inquilino o locatario

67
Q

elemento real y formal del arrendamiento

A

Real: bien y renta
Formal: libertad de forma, debe inscribirse y constar en EP:
solicitud de parte
+ 3 años
Anticipado renta x + 1 año

68
Q

MUTUO

A

Una persona entrega a otra dinero o cosas fungibles, con el encargo de devolverlas en igual cantidad (préstamo, mutuom o desplazamiento patrimonial)

69
Q

Elementos personales

A

Mutuante: persona que entrega la cosa en préstamo
Mutuario: persona que adquiere el uso de la cosa

70
Q

Elementos reales y formales

A

Real: dinero, bienes fungibles, intereses, hipoteca, garantía y mobiliaria (si hay garantía)
Formales: hay libertad, pero si fuera garantía hipotecaria deberá constar en escritura pública.

71
Q

Características

A

Principal
Consensual
Bilateral
Oneroso o gratuito por excepción.
De tracto sucesivo
Conmutativo

72
Q

Obligaciones

A

Mutuante: entregar la cosa y responder de los perjuicios que sufra el mutuario por la mala calidad de la cosa o vicios ocultos

Mutuario: devolver el objeto del mutuo, pagar los intereses, prestar garantía correspondiente.

73
Q

Tipos de mutuo

A
  1. Con garantía hipotecaria
  2. Con garantía mobiliaria.
  3. Con garantía fiduciaria
  4. Garantía mixta
  5. Mutuo simple (sin garantía)
  6. Mutuo quirografario: de confianza, simple y sin garantía
74
Q

Interés legal:

A

promedio ponderado de tasas de interés publicadas menos dos puntos porcentuales 1947

75
Q

¿En el mutuo se pueden capitalizar intereses?

A

NO, Prohibición de capitalización de intereses o anatocismo. 1949

76
Q

¿Qué impuesto paga el mutuo?

A

El mutuo esta exento de impuesto

77
Q

COMODATO

A

Una persona entrega a otra, gratuitamente, algún bien mueble no fungible o semoviente para que se sirva de él (cierto tiempo y cierto fin) y después lo devuelva.

78
Q

Elementos personales Comodato:

A

Comodante: cede el uso de la cosa (quien tiene libre disposición, usufructuario y arrendatario c/autorizacion)

Comodatario: adquiere el uso

79
Q

Elementos reales y formales Comodato:

A

Real: cosas no fungibles (=consumibles), muebles o semovientes.

Formales: verbal, documento privado o escritur

80
Q

Características Comodato:

A

Principal
Consensual
Bilateral
Gratuito
Traslativo de uso
Conmutativo

81
Q

Obligaciones en el comodato

A

Comodatario: cuidar la cosa, emplearla en el uso señalado, hacer gastos ordinarios, devolver la cosa

Comodante: avisar si tiene algún vicio oculto, no pedir lo prestado antes del vencimiento, pagar gastos extraordinarios

82
Q

¿Hay derecho de retención en el comodato?

A

no, pero si la deuda procede de gastos extraordinarios e indispensables en beneficio de la misma cosa, podrá retenerla como deposito mientras no se haga el pago. 1971

83
Q

DEPÓSITO

A

Una persona recibe de otra alguna cosa para su guarda y conservación con la obligación de devolverla cuando la pida el depositante u ordene juez

84
Q

Elementos personales deposito

A

Depositante
Depositario

85
Q

Elementos reales y formales deposito

A

Real: remuneración y cosa

Formal: no es solemne, si es de +Q300, escrito

86
Q

Características Deposito

A

Bilateral
Real
Oneroso
Conmutativo
Tracto sucesivo

87
Q

obligaciones deposito

A

Depositario: guardar la cosa y abstenerse de hacer uso de ella, no registrar las cosas en arca, cofre, dar aviso inmediato del peligro de pérdida o deterioro, indemnizar daños.

Depositante: satisfacer gastos

88
Q

OBRA O EMPRESA

A

El contratista se compromete a ejecutar y entregar una obra que le encarga otra persona mediante precio

89
Q

Elementos personales obra o empresa

A

Dueño, propietario o comitente: a su favor se realiza la obra

Contratista o empresario: se compromete a realizar obra

90
Q

Elementos reales y formales del contrato de obra o empresa

A

Real: obras y precio
Formal: hay libertad de forma.

91
Q

Características del contrato de obra o empresa

A

Principal
Consensual
Bilateral
Oneroso
Tracto sucesivo
Conmutativo

92
Q

Obligaciones del contrato de obra o empresa

A

Del dueño o contratante: pagar los anticipos y precio total convenido; mantener el diseño y los planos sin modificaciones.

Del contratista: entregar la obra en el plazo y condiciones, asumiendo los riesgos; hacer la obra según el contrato; daños y perjuicios por el retardo en la entrega

93
Q

Derechos del dueño o contratante en el contrato de obra o empresa

A

Derechos del dueño o contratante: recibir la obra en el precio, plazo y calidad; no recibir si no cumple con lo especificado; ejercer acción por incumplimiento.
Derechos del contratista: recibir el precio pactado; retener la cosa si no se le paga.

94
Q

SERVICIOS PROFESIONALES

A

Una de las partes denominada profesional se compromete respecto de la otra (cliente) a realizar un servicio, actividad o trabajo, a cambio de remuneración proporcional al tiempo o cantidad de trabajo producido

95
Q

Elementos personales servicios profesionales

A

Cliente o paciente

Profesional

96
Q

Elementos reales y formales servicios profesionales

A

Formal: hay libertad de forma.
Real: actividad del profesional y honorarios, “y gastos”.

97
Q

Características del contrato de servicios profesionales

A

Principal
Consensual
Bilateral
Oneroso
De tracto sucesivo
Intuito personae

98
Q

Obligaciones contrato servicios profesionales

A

Del cliente:
pagar la retribución, honorarios y gastos del profesional

Del Profesional:
prestar sus servicios, cubrir daños y perjuicios que cause, avisar al cliente cuando ya no pueda continuar sus servicios

99
Q

Derechos del contrato de servicios profesionales

A

Del cliente:
Derecho: rescindir el contrato si no está conforme, pagando el trabajo y gastos efectuados.

Del profesional:
Derecho: ser retribuido, independiente del éxito o resultado

100
Q

FIANZA

A

Una persona denominada fiador se compromete a responder por las obligaciones de otra, denominada fiado.

101
Q

Elementos personales fianza

A

Fiador
Acreedor
Deudor (Fiado)

102
Q

Elementos reales y formales fianza

A

Real: remuneración.
Formal: por escrito.

103
Q

Características del contrato de fianza

A

Principal
Consensual
Bilateral
Oneroso
De tracto sucesivo
Intuito personae

104
Q

RENTA VITALICIA

A

Una persona transmite el dominio de determinado bien a otra que se obliga a pagar periódicamente una pensión durante la vida del rentista. Puede constituirse a título gratuito.

105
Q

Elementos personales renta vitalicia

A

Rentista (a quien le dan la renta)
Deudor (quien paga la renta)
Instituyente (puede ser o no el rentista).

(rentista puede ser Persona Jurídica)

106
Q

Elementos reales y formales renta vitalicia

A

Real: renta, bienes, garantía
Formal: Solemne.

107
Q

Características renta vitalicia

A

Aleatorio: no sé si mi abuelo se va a morir en dos meses).
Bilateral
Consensual
Oneroso
Conmutativo
Solemne

108
Q

LOTERÍAS Y RIFAS, APUESTAS DE JUEGO

A

Participación o interés en una lotería. Solo se acredita con el billete o documento legalmente expedido.

109
Q

Elementos personales de loterías y rifas, apuestas de juego

A

Empresario o persona encargada

Portador

110
Q

Elementos reales y formales de loterías y rifas, apuestas de juego

A

Formal: billete o documento legalmente expedido, Real: premio

111
Q

Características de loterías y rifas, apuestas de juego

A

Principal
Real
Oneroso
Bilateral
Aleatorio.

112
Q

TRANSACCIÓN

A

Las partes mediante concesiones recíprocas deciden de común acuerdo poner fin a un punto dudoso o litigioso, evitan el pleito que podría promoverse o terminan el ya principiado

113
Q

Elementos personales transacción

A

Personas vinculadas por un punto dudoso o litigioso. Si llegan a Litis, se les denomina partes

114
Q

Elementos reales y formales transacción

A

Reales: las concesiones recíprocas.
Formales: escrito (en EP o documento privado legalizado); o bien, mediante acta judicial o petición escrita dirigida al juez. firmas de petición autenticadas por Notario

115
Q

características transacción

A

Principal
Consensual
Bilateral
Oneroso
Conmutativo
Con forma restringida