obligaciones mancomunadas
divisibles e indivisibles
obligaciones solidarias
activa (acreedores) pasiva (deudores) mixta (hay pluralidad de acreedores y deudores).
regla general
en una obligación mancomunada el acreedor sólo le puede pedir al deudor su cuota de la deuda no la totalidad. ninguno responde de las deudas de los demás, solo parte.
regla de no solidaridad
Posta que sea solidaria ha debido de ser pactada por las partes
Sino queda claro se aplica la mancomunidad.