TEMA 16 Y 17 ANTIJURIDICIDAD Y CAUSAS DE JUSTIFICACION + ESTADO DE NECESIDAD Flashcards

1
Q

Introducción: objeto de estudio

A

Estábamos estudiando la fase de la tipicidad y ahora vamos a estudiar el juicio sobre el hecho de la antijuricidad.

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Q

Juicio sobre el hecho : tipicidad

A

Sede de las normas prohibitivas y preceptivas, en otras palabras se analiza cómo funcionan las normas perceptivas y prohibitivas que tienen como resultado acciones u omisiones típicas, peligrosas que lesionan o ponen en peligro BJ (juicio de desvalor).

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3
Q

Juicio sobre el hecho : antij

A

Sede de las normas permisivas, estas normas permisivas se llaman causa de justificación. Juicio general donde se comprueba si hay autorización que justifique la acción u omisión típica y sucede si se salvan BJ de más valor que compensen el desvalor precedente. Si no hay: las acciones y omisiones serán antijurídicas.

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4
Q

Juicio sobre la antijuridicidad del hecho: tipicidad

A
  • Juicio penal sobre una conducta que se adecúa a un tipo prohibitivo (acción) o preceptivo (omisión)
  • Juicio previo, “provisional” de antijuricidad: indicios de que la conducta está prohibida para el D
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5
Q

Juicio sobre la antijuridicidad del hecho: antij

A

Juicio general y final del total ordenamiento jurídica, juicio donde se comprueba:
- Si la conducta típica queda definitivamente prohibida por el Derecho → si es antijurídica
- O si hay una norma permisiva que autoriza excepcionalmente la realización de la conducta típica → causas de justificación

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6
Q

Concepto de causas de justificación:

A

Es la renuncia general a la desaprobación penal de la conducta típica: son normas permisivas que autorizan excepcionalmente a actuar típicamente y excluyen la pena.

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7
Q

Causas de justificación son: Según el artículo 20 del CP: conflicto de BJ:

A
  • Legítima defensa: apartado 4:
  • Estado de necesidad: apartado 5:
  • Cumplimiento de un deber: apartado 7:
  • Ejercicio legítimo de un derecho: apartado 7:
    • soluciones sociales “regladas”: expresas o tácitas
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8
Q

Causas de justificación son: Eximentes: Contenido

A

Soluciones sociales de conflicto entre BJ para salvar los de valor preponderante ⇒ soluciones regladas expresas o tácitas

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9
Q

Causas de justificación son: Eximentes: efectos

A
  • La conducta justificada es conforme a Derecho (no sólo impune), soluciones regladas expresas o tácitas
  • Cuando la acción es lícita NO admite legítima defensa
  • Los excesos se valoran por fuera:
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10
Q

Requisitos para las soluciones expresos:

A

Agresión antijurídica
Racionalidad del medio
No provocación de la agresión

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11
Q

Requisitos para tácitos, recogido por la jurisprudencia :

A

Necesidad de defensa: No hay si ha cesado el peligro para el BJ

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12
Q

Si falta un requisito esencial

A

NO HAY causa de justificación, la conducta es antijurídica

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13
Q

Estructura de las causas de justificación

A
  • Elementos objetivos:
    Esenciales: Si faltan elementos esenciales, NO hay justificación : ni exime ni atenúa pena
    Accidentales: Si faltan estos NO hay justificación pero se atenúa pena (permite aplicar un eximente incompleta: art 21.1 CP)
  • Elementos subjetivos de justificación:
    Conocimiento (sin ánimos especiales) de los elementos objetivos esenciales y accidentales
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14
Q
  1. LA LEGÍTIMA DEFENSA: : fundamento
A

El fundamento es doble: defensa del BJ en peligro + defensa del OJ cuestionado

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15
Q
  1. LA LEGÍTIMA DEFENSA: : requisitos
A
  • Esenciales : Agresión ilegítima (expreso), Necesidad de la defensa: (tácito)
  • accidentales: Necesidad racional del medio empleado (expresó), Falta de provocación suficiente (expresó):
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16
Q

Agresión ilegitima

A

acción humana dolosa dirigida a lesionar un bien jurídico
ajeno + ilícita (típica y antijurídica), basta actitud expresiva de ataque.

17
Q

Necesidad de la defensa: tacito

A

vigencia del peligro ⇒ agresión actual e inminente
(el ‘exceso extensivo’ – si ha cesado – impide eximir o atenuar)

18
Q

Necesidad de racionalidad del medio empleado

A

: adecuación del medio a la entidad
de la agresión conforme a las circunstancias del caso, valoradas por el espectador
objetivo (potencial lesivo del agresor, intensidad del ataque, medio al alcance, estado
de ánimo…). Basta racionalidad no proporcionalidad. Si falta el elemento (exceso
intensivo) se permite atenuar la pena.

19
Q

Falta de provocación suficiente

A

ausencia de un estímulo razonable,
proporcionado para la agresión

20
Q
  1. EL ESTADO DE NECESIDAD: concepto: Realización de una conducta típica para
A
  • para salvar un bien jurídico en peligro: por conflicto de Bj de valor prevalente o igual
  • o para cumplir un deber: por conflicto de deberes de valor equivalente
  • BJ que es propio o ajeno
21
Q
  1. EL ESTADO DE NECESIDAD: fundamento
A
  • El fundamento se basa en el principio de ponderación de intereses. El mal causado no puede ser mayor que el evitado, el mal es:
    – menor
    – igual
    — teoría de la unidad
22
Q
  1. EL ESTADO DE NECESIDAD: requisitos esenciales
A

–> Situación de necesidad: hay conflicto: un bien jurídico en peligro que sólo puede conjurarse/protegerse mediante una acción de salvación del bien jurídico amenazado:
- “Actualidad”, “realidad”, “inminencia” y “gravedad del peligro’’.
- “Idoneidad” de la acción de salvamento: causa un mal para salvar el bien jurídico y resolver la situación de necesidad
- Inexistencia de medios menos perjudiciales” (haber agotado las vías legales).

22
Q
  1. EL ESTADO DE NECESIDAD: requisitos inesenciales
A
  • Mal causado no mayor que el evitado: Ponderación de intereses en conflicto para salvar un bien jurídico de valor preferente o, por lo menos, equivalente.
  • Situación no provocada intencionadamente.
  • Ausencia del deber de sacrificarse (por razón del cargo)
23
Q
  1. EL ESTADO DE NECESIDAD: elementos subjetivos
A

Conocimiento de los presupuestos objetivos previos.

24
Q
  1. EL CUMPLIMIENTO DE UN DEBER: concepto
A

Quien realiza una conducta típica para cumplir con un deber impuesto por el OJ (para cumplir fines de interés general relacionados con una profesión o un cargo público). NO autoriza el cumplimiento de un deber puramente ético o moral (ej ginecólogo provida que impide a un colega practicar un aborto legal).

25
Q
  1. EL CUMPLIMIENTO DE UN DEBER: requisitos esenciales
A
  • Competencia objetiva: como funcionario o agente de la autoridad, en el ejercicio de sus funciones.
  • Necesidad en abstracto de la violencia: cuando no se justifica su uso o su ejercicio es altamente desproporcionado.
26
Q
  1. EL CUMPLIMIENTO DE UN DEBER: requisitos inesenciales
A
  • Necesidad en concreto: según los principios de proporcionalidad y menor lesividad posible.
  • Ánimo de cumplir con el deber para evitar un daño grave, inmediato e irreparable.
27
Q
  1. EL EJERCICIO LEGÍTIMO DE UN DERECHO, OFICIO O CARGO: concepto
A

Cuando el autor realiza la conducta típica amparado por un derecho reconocido por el OJ.

28
Q
  1. EL EJERCICIO LEGÍTIMO DE UN DERECHO, OFICIO O CARGO: grupo de supuestos
A
  • El derecho de corrección de los padres sobre sus hijos.
  • Declaraciones de diputados y senadores en el ejercicio de su función.
  • Actuaciones de abogados en su profesión.
  • Libertad de expresión e información de la actuación de los periodistas.
  • Ejercicio de la función del personal médico cuando cuenta con el consentimiento de sus pacientes.