ÁREA 4: Tema 4.II. El modelo agrario europeo en la actualidad. Flashcards

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Q

INTRODUCCIÓN

A

A pesar de la pérdida de peso socioeconómico acontecida en los últimos años, en la UE el sector agrario tiene una especial relevancia.
La actividad agraria tiene importancia desde el punto de vista económico, pues aporta en torno al 2,7% del PIB nacional y acapara el 3,8% de la población activa, y además es la gran abastecedora de materia prima a la industria de transformación, la cual constituye uno de los principales motores económicos comunitario y nacional. Pero también tiene importancia desde el punto de vista cualitativo, pues se trata de un sector estratégico al garantizar el abastecimiento alimentario de la población, y favorecer el mantenimiento de la biodiversidad, y la base del desarrollo rural y del mantenimiento de su tejido social, pues cerca del 80% del territorio de la UE se considera zona rural, donde reside aproximadamente el 40% de la población.
Las producciones agrarias han aumentado espectacularmente desde la creación de la UE gracias a las mejoras tecnológicas y estructurales, a la PAC y a la creación del mercado único.
Actualmente la UE es una de las primeras potencias agrarias mundiales, siendo autosuficiente en la mayoría de los productos agrarios y el primer exportador mundial de estos productos. En los últimos años la evolución económica y social ha producido una disminución muy importante en el número de agricultores y de explotaciones agrarias aunque la producción agrícola y ganadera haya aumentado. El peso del sector productor también ha disminuido en el conjunto de la economía, pero no el conjunto del sector agroalimentario. La industria y la distribución agroalimentarias son de los principales sectores económicos en muchos EEMM, incluido España.

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Q

EL MODELO AGRARIO EUROPEO EN LA ACTUALIDAD

A

El sector agrario europeo actual es el resultado de una larga y positiva evolución acontecida en los últimos 50 años, en la que la PAC ha tenido un papel esencial. El sector agrario se caracteriza en la actualidad por una mejor vertebración de todos los eslabones de la cadena productiva, una modernización estructural, una mayor orientación al mercado y una alta competitividad que permiten satisfacer las demandas de la sociedad con productos de alto valor añadido.
El modelo agrario europeo, concepto enunciado por primera vez en la declaración del Consejo Europeo de Luxemburgo de 1997, ha sido definido en gran medida por el conjunto de objetivos, principios, condicionantes y orientaciones de la Política Agraria Común, resultando de todo ello una política orientada a apoyar una agricultura de carácter multifuncional, que cumple diversas funciones:
 ayudar a los agricultores a producir suficientes alimentos para Europa y a precios razonables, garantizando así la soberanía alimentaria de la UE
 garantizar que los alimentos sean seguros (por ejemplo, a través de la normativa de seguridad alimentaria que forma parte de la condicionalidad)
 proteger a los agricultores de la excesiva volatilidad de precios y de las crisis de mercado, garantizando un nivel de renta equitativo al de otros sectores de la economía
 ayudar a los agricultores a invertir en la modernización de sus explotaciones
 mantener comunidades rurales viables, con economías diversificadas
 crear y mantener puestos de trabajo en la industria alimentaria
 proteger el medio ambiente y el bienestar de los animales.
Así pues, el modelo agrario europeo ha evolucionado desde un modelo productivista e intervencionista en los inicios de la PAC, cuya prioridad era garantizar el abastecimiento alimentario, hacia un modelo multifuncional donde la PAC no solo debe seguir garantizando el cumplimiento de los objetivos inicialmente fijados en el Tratado de Roma, si no también la consecución de objetivos adicionales que permitan legitimar la importante financiación e intervención pública en este sector satisfaciendo otras demandas de la sociedad europea, los denominados bienes o funciones públicas no remuneradas por el mercado, tales como la calidad de los productos, la salud pública, el desarrollo sostenible, la cohesión económica, social y territorial, la gestión del territorio y del paisaje, la diversificación y la revitalización de la economía rural, la protección del medio ambiente o la lucha contra el cambio climático.
La evolución de la PAC ha permitido ayudar a los agricultores a hacer frente a nuevos retos y adaptarse a la evolución de las demandas ciudadanas. Las sucesivas reformas han llevado a los agricultores a orientar cada vez más su producción al mercado y a dotar de mayor competitividad a la agricultura comunitaria, favoreciendo el desarrollo constante de los mercados de exportación, lo cual reviste gran importancia para el crecimiento del sector agrario y de la economía comunitaria.
El Pacto Verde Europeo (Green Deal, en inglés) y la Estrategia «de la granja a la mesa», aprobados por la Comisión en 2019 y 2020 respectivamente, confirman el carácter transversal cada vez mayor de las cuestiones agrícolas y alimentarias.
Por otro lado, el carácter multifuncional del modelo agrario europeo es compatible con la apertura y la liberalización de los mercados. Este interés se manifestó especialmente en el marco del proceso de reforma de la PAC de 2003 y de las negociaciones multilaterales sobre agricultura en el seno de la Organización Mundial del Comercio (OMC), durante la Ronda de Doha. El marco en el que se desenvuelve el comercio exterior comunitario es el establecido en los acuerdos de la OMC, y su evolución en un futuro próximo estará condicionada por los acuerdos que se adopten como resultado de la actual ronda de negociaciones que se está desarrollando con objeto de proseguir la liberalización del comercio mundial de productos agrarios iniciada con la ronda Uruguay. Además, tiene gran importancia el desarrollo de los acuerdos bilaterales de libre comercio (como el CETA o el MERCOSUR). En este sentido, la posición de la UE en las negociaciones es de compromiso a dicha liberalización siempre que se logre un equilibrio entre los aspectos comerciales y los no comerciales mediante el adecuado reconocimiento de la multifuncionalidad de la agricultura, ya que dicho concepto constituye un elemento clave del modelo agrario europeo.
Además de lo anterior, las últimas reformas han orientado las prioridades hacia:
 las prácticas agrarias más sostenibles
 la innovación y la divulgación de los conocimientos
 un sistema más justo de ayudas a los agricultores
 una posición más fuerte de los agricultores en la cadena alimentaria.

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Q

LA REFORMA DE LA POLÍTICA AGRARIA COMÚN (PAC POST 2020). SITUACIÓN ACTUAL Y CONTEXTUALIZACIÓN A FUTURO.

A

Si bien la penúltima reforma de la PAC entró en aplicación en 2015, actualmente se encuentra en vigor y aplicación la nueva PAC para el período 2023-2027, fruto de la última reforma, que se inició en paralelo a la elaboración del actual marco financiero plurianual (MFP) 2021-2027 que define el techo financiero de la UE, incluida la PAC, y a la necesidad de mejorar ciertos aspectos de la PAC 2013-2022 que habían demostrado no ser totalmente eficaces.
Desde 2013, el contexto en que se forjó esa reforma había cambiado considerablemente. En particular, los precios agrícolas habían disminuido sustancialmente, debilitados por factores macroeconómicos y tensiones geopolíticas. El énfasis de las negociaciones comerciales se venía trasladando de manera más visible de los acuerdos multilaterales a los bilaterales y la UE se había abierto más a los mercados mundiales. La UE había venido suscribiendo nuevos compromisos internacionales, por ejemplo en relación con el cambio climático y los aspectos generales del desarrollo internacional (a través del Acuerdo de París y de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU, respectivamente), y también participaba en esfuerzos para responder mejor a otros acontecimientos geopolíticos como las migraciones. Por último, el Brexit afectó también al presupuesto de la UE, y por tanto al presupuesto y la planificación de la PAC.
Todos estos cambios generaron un debate público en torno a la reforma de 2013 y su capacidad para ayudar a la PAC a responder de forma adecuada a las dificultades económicas del sector agrario, la protección del medio ambiente, las medidas contra el cambio climático y el desarrollo rural, teniendo además en cuenta las oportunidades que surgían en los ámbitos de la bioeconomía, la energía renovable, la economía circular y la economía digital.
La PAC debía por tanto modernizarse para responder a estas dificultades, simplificarse para hacerlo con una carga administrativa mínima, y guardar mayor coherencia con otras políticas de la UE.

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4
Q

NUEVO MODELO Y PROPUESTAS LEGISLATIVAS

A

El proceso de reforma se inició con una amplia consulta sobre la simplificación y modernización de la PAC por parte de la Comisión Europea (COM), y continuó con la presentación en 2017 de la Comunicación “El futuro de la alimentación y la agricultura” por parte de ésta.
Posteriormente, en 2018 la Comisión Europea presentó las propuestas reglamentarias de la inicialmente denominada PAC post 2020, que finalmente se adoptaron y entraron en vigor en diciembre de 2021 y, tras un período transitorio, se aplican desde el 1 de enero de 2023. Así, los actos jurídicos de base de la actual PAC son:
 Reglamento 2021/2115 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los EEMM en el marco de la PAC y se derogan los Reglamentos 1305/2013 y 1307/2013: regula tanto los pagos directos como las medidas de desarrollo rural e incorpora regímenes de ayudas para algunos productos incluidos en el Reglamento de la OCM vigente. Sustituye a los reglamentos sobre pagos directos (R 1307/2013) y desarrollo rural (R 1305/2013). El reglamento establece cómo debe ser el plan estratégico, su contenido y su estrategia de intervención, así como los aspectos relacionados con la gestión del plan, su comunicación a la Comisión y su revisión anual y final.
 Reglamento 1308/2013 por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios, modificado por el nuevo Reglamento 2021/2117, que modifica también los Reglamentos 1151/2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, 251/2014, sobre la definición, descripción, presentación, etiquetado y protección de las indicaciones geográficas de los productos vitivinícolas aromatizados, y 228/2013, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión: los cambios en la OCM son menos numerosos y están destinados principalmente a mejorar los regímenes actuales desde el punto de vista técnico, así como a garantizar la coherencia de todas las intervenciones, dado que el plan estratégico debe incluir las intervenciones en determinados sectores (por ejemplo los programas apícolas), por lo que se suprimen estas disposiciones en el Reglamento 1308/2013.
 Reglamento 2021/2116 sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la PAC y por el que se deroga el Reglamento 1306/2013: los cambios en relación con el anterior Reglamento horizontal (R 1306/2013) están destinadas principalmente a adaptar las disposiciones, que en general se consideró que habían cumplido bien su propósito, al nuevo modelo basado en el rendimiento.

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5
Q

FUNCIONAMIENTO DE LA NUEVA PAC

A

La novedad más importante sobre el enfoque de la política es que el enfoque único ha sido sustituido por un sistema más flexible, con más libertad para que los EEMM de la UE decidan la mejor manera de lograr los objetivos comunes y, al mismo tiempo, responder a las necesidades específicas de sus agricultores y comunidades rurales. La política insiste menos en el cumplimiento y las normas, y más en los resultados y el rendimiento.
El funcionamiento de la actual PAC, esquemáticamente, es el siguiente:
1. Se han fijado a nivel de la UE tres objetivos generales que se concretan en nueve objetivos específicos, a fin de establecer lo que se pretende alcanzar con la política. Los nueve objetivos específicos de la nueva PAC son:
1) garantizar una renta justa a los agricultores
2) aumentar la competitividad
3) reequilibrar el poder en la cadena alimentaria
4) actuar contra el cambio climático
5) proteger el medio ambiente
6) preservar los paisajes y la biodiversidad
7) apoyar el relevo generacional
8) mantener zonas rurales dinámicas
9) proteger la calidad alimentaria y sanitaria
2. Se han acordado a nivel de la UE las medidas que establecen lo que pueden hacer los EEMM con los fondos que se les asignen. Cada país es libre de seleccionar y seguir diseñando las medidas específicas que considere más eficaces para satisfacer sus propias necesidades específicas.
3. Se acuerda, también a nivel de la UE, un conjunto de indicadores de resultados común a fin de garantizar unas condiciones equitativas en la evaluación de la eficacia de las medidas aplicadas.
4. Cada Estado miembro debe llevar a cabo un extenso análisis de sus necesidades específicas y, a continuación, elaborar un plan estratégico de la PAC en el que indique cómo propone dirigir la financiación de ambos pilares de la PAC para satisfacer esas necesidades, en consonancia con los objetivos generales de la UE, precisando qué herramientas o intervenciones va a utilizar, y estableciendo sus propias metas específicas.
5. Cada plan estratégico de la PAC necesita la aprobación previa de la Comisión Europea para garantizar que es coherente con los objetivos comunes, que respeta el carácter común de la política y que no distorsiona el mercado único ni da lugar a cargas excesivas para los beneficiarios o las administraciones.
6. Cada año, los EEMM deben presentar a la Comisión un informe sobre el rendimiento para demostrar cómo avanzan hacia las metas que se han fijado sobre la base de indicadores específicos de resultados. La Comisión revisa los informes y puede elaborar recomendaciones para mejorar el rendimiento en caso necesario.

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6
Q

ELABORACIÓN DEL PEPAC

A

Aun cuando las propuestas de reglamento de la nueva PAC se encontraban en fase de negociación, numerosos Estados miembros, entre ellos España, ya comenzaron a elaborar sus planes estratégicos.
En la elaboración del PEPAC español se ha seguido el procedimiento establecido en el reglamento, de manera que, en una primera fase se abordó la evaluación de las necesidades para cada uno de los objetivos y, a continuación, se establecieron las intervenciones o medidas que deben servir para satisfacer las necesidades previamente identificadas. El diseño de las intervenciones se inició con un análisis de la situación de partida, con análisis DAFO para cada uno de los 9 objetivos específicos descritos. Para hacer este análisis, se partió del conjunto indicadores comunes de contexto.
En la elaboración del PEPAC el MAPA contó con la colaboración de las CCAA, y la participación de las organizaciones agrarias, las organizaciones medioambientales, las asociaciones sectoriales, la sociedad civil, los actores del medio rural, así como del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Las medidas de apoyo a las rentas, las de carácter sectorial y las de desarrollo rural de ámbito territorial supraautonómico tienen carácter nacional, por lo que se han diseñado por el MAPA en coordinación con las comunidades autónomas, mientras que el resto de las medidas de desarrollo rural tienen carácter regional y las diseñan las comunidades autónomas, que son las mejores conocedoras de la realidad y las necesidades de sus territorios.
España remitió la propuesta de PEPAC a la Comisión Europea en diciembre de 2021 y ésta lo aprobó en agosto de 2022.

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7
Q

LOS PAGOS DIRECTOS

A

Dentro del debate sobre la última reforma de la PAC, los pagos directos ocuparon un lugar central debido a su importancia en el total de ayudas que reciben los agricultores y a su importancia en el presupuesto de la PAC. Los pagos directos supusieron alrededor del 72% del presupuesto de la PAC y casi el 30% de la totalidad del presupuesto de la Unión en el período 2013-2015. Además, los pagos directos constituyen el elemento más importante de apoyo a la renta de los agricultores de la Unión.
En cuanto a la nueva estructura de los pagos directos, éstos se dividen en:
* Ayudas directas desacopladas:
a) ayuda básica a la renta para la sostenibilidad (ABRS)
b) pago redistributivo
c) ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores
d) regímenes voluntarios para el clima y el medio ambiente (eco-regímenes)
* Ayudas directas acopladas a la producción
Solo podrán percibir las ayudas a la renta quienes realicen una actividad agraria y cumplan con la definición de agricultor activo, y, además, cumplan con la condicionalidad, que, por su mayor ambición medioambiental y climática con respecto a la que se venía aplicando, recibe el nombre de “condicionalidad reforzada”. Otra novedad a destacar es que se reduce el número de regiones agronómicas de 50 a 20, y se acomete un proceso de convergencia interna de los importes de los derechos de pago.
La nueva PAC también quiere dar mayor prioridad a las pequeñas y medianas explotaciones y animar a los jóvenes agricultores a incorporarse a la profesión. Para ello:
 se aumenta el nivel de ayuda por hectárea para las pequeñas y medianas explotaciones
 se reducen progresivamente los importes de los pagos directos que superen un determinado umbral (“degresividad”) y se limitan los pagos a 100.000 euros por explotación (“capping”), con vistas a garantizar una distribución más equitativa de los pagos
 como mínimo el 2% de la asignación de la ayuda de pagos directos de cada Estado miembro se reservará específicamente para ayudar a los jóvenes agricultores, con la posible inclusión de una «indemnización por gastos de instalación» de hasta 100.000€, complementada con una ayuda financiera en virtud del desarrollo rural y medidas para facilitar el acceso a la tierra y los traspasos de tierras
 se garantiza que solo reciban ayuda los agricultores activos (aquellos susceptibles de percibir las ayudas), dejando en manos de los Estados miembros la definición de los requisitos para ser considerado como tal, pues las circunstancias son muy diferentes en cada país.

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LAS MEDIDAS MEDIOAMBIENTALES

A

Tres de los nueve objetivos de la nueva PAC buscan mejorar las acciones medioambientales y climáticas. En este sentido, existen dos elementos:
 Obligatorios (la condicionalidad reforzada): todos los pagos directos están supeditados al cumplimiento de unos requisitos medioambientales y climáticos obligatorios, como son: conservar los suelos ricos en carbono, utilizar una herramienta obligatoria de gestión de los nutrientes para mejorar la calidad del agua y reducir los niveles de amoniaco y de óxido nitroso o aplicar la rotación de cultivos en lugar de la diversificación de estos.
 Voluntarios: además, los agricultores serán recompensados por ir más allá de los requisitos obligatorios. Cada Estado miembro debe diseñar regímenes ecológicos o eco-regímenes para incentivar a los agricultores a aplicar prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente más allá de los requisitos obligatorios. Si bien es obligatorio que los EEMM diseñen uno o más regímenes ecológicos, éstos son voluntarios para los agricultores. Los eco-regímenes en España se basan en 7 prácticas concretas, que cubren todos los usos posibles del suelo, es decir, pastos permanentes y temporales, tierras de cultivos herbáceos y de cultivos permanentes.

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9
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LA POLÍTICA DE DESARROLLO RURAL

A

En cuanto al segundo pilar, la nueva PAC tiene un papel fundamental para abordar los problemas de las zonas rurales ayudando a los Estados miembros a priorizar y apoyar la vida rural y el desarrollo de un sector agrícola moderno, sostenible e inclusivo. Así, tres de los nueve objetivos de la nueva PAC se centran en el desarrollo rural:
 Promover el empleo, el crecimiento, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales, incluida la bioeconomía y la silvicultura sostenible.
 Atraer a jóvenes agricultores y facilitar el desarrollo de negocios en áreas rurales.
 Mejorar la respuesta de la agricultura de la UE a las demandas de la sociedad en materia de alimentos y salud, incluidos alimentos seguros, nutritivos y sostenibles, desperdicio alimentario y bienestar animal.
Las anteriores medidas de desarrollo rural (alrededor de 70 medidas y submedidas) se agrupan en la nueva PAC en ocho tipos de intervenciones, con el objetivo de favorecer la simplificación:
1) Compensaciones económicas a los agricultores que cumplan voluntariamente con compromisos de gestión que se consideren beneficiosos para el medioambiente y el clima (por ejemplo la producción ecológica).
2) Ayudas para compensar las pérdidas de ingresos relacionadas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas que puedan existir en su territorio (p.ej. zonas de montaña).
3) Compensaciones en relación con las desventajas específicas resultantes de la aplicación de las Directivas hábitats (92/43), aves (2009/147) y aguas (2000/60).
4) Ayudas para inversiones que contribuyan al logro de los objetivos específicos.
5) Ayudas al establecimiento de jóvenes agricultores y puesta en marcha de nuevas empresas rurales vinculadas o no al sector agrario.
6) Ayudas para promover instrumentos de gestión de riesgos que ayuden a los agricultores a gestionar la producción, así como los riesgos para los ingresos relacionados con su actividad agraria sobre los que carezcan de control.
7) Ayudas a la cooperación entre entidades.
8) Ayudas al intercambio de conocimientos e información.
Con la nueva PAC, por primera vez en España un plan único (el Plan Estratégico de la PAC) integra las medidas de desarrollo rural de las diecisiete comunidades autónomas así como las medidas suprautonómicas que en anteriores periodos se encontraban en los 17 PDRs regionales más el PNDR.
Por otro lado, la nueva PAC tiene como objetivo transversal modernizar las zonas rurales fomentando y poniendo en común el conocimiento, la innovación y la digitalización y promoviendo su adopción por el sector agrario, mediante la mejora del acceso a la investigación, la innovación, el intercambio de conocimientos y la formación. Por ello el PEPAC español contempla:
 servicios de asesoramiento a las explotaciones;
 redes PAC (foros de encuentro para acelerar el intercambio de conocimientos);
 actividades de formación e información;
 fomento de la innovación a través de los grupos operativos de la EIP-agri;
 apoyo a las inversiones para la modernización explotaciones agrarias, transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios.

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10
Q

IMPULSO DEL RELEVO GENERACIONAL Y LA INCORPORACIÓN DE MUJERES A LA ACTIVIDAD AGRARIA

A

El PEPAC español supone además una gran oportunidad para el relevo generacional y para las mujeres, ya que:
 el enfoque estratégico e integrado del relevo generacional en el Plan garantiza la coherencia entre las diferentes medidas de la PAC. Ejemplo de ello es la nueva definición de jóvenes agricultores y agricultoras, única para todas las ayudas de la PAC, lo que favorece la simplificación y reducción de la burocracia.
 Se contará con un presupuesto adecuado para jóvenes en este periodo, pues existe un presupuesto específico de 220 M€/año exclusivamente para incentivos al relevo generacional. Además, los jóvenes agricultores se pueden beneficiar del resto de ayudas.
 Se prioriza a los jóvenes recién instalados en la actividad agraria en la asignación de derechos de pago de la reserva nacional.
 En relación a las mujeres, por primera vez se incorpora el enfoque de género en la PAC, dada la situación actual de desigualdad entre hombres y mujeres en el medio rural (masculinización, brecha de género, menor tasa de empleo de mujeres, etc.).
 Además, junto a la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores, las comunidades autónomas pueden aplicar en sus territorios medidas de desarrollo rural favorables a los jóvenes, como la de establecimiento de jóvenes agricultores, en materia de formación y asesoramiento o para la inversión en tierras.

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Q

PERIODO TRANSITORIO

A

Si bien en un principio estaba previsto que la nueva PAC se aplicase desde 2021, la complejidad de los debates sobre la reforma en el Parlamento Europeo y en el Consejo, así como de las negociaciones en curso sobre el MFP, pusieron de manifiesto que el procedimiento legislativo no concluiría a tiempo para poder aplicar a partir del 1 de enero de 2021 las nuevas normas y los planes estratégicos. Por consiguiente, fue necesario prever un período transitorio, adoptándose para ello un “Reglamento de Transición” (Reglamento 2020/2220), que asegurase un marco jurídico estable al permitir la continuidad del marco jurídico de 2013 hasta la entrada en aplicación de la nueva PAC el 1 de enero de 2023, permitiendo al mismo tiempo a los Estados miembros elaborar sus planes estratégicos y planificar su aplicación.
A su vez, fue necesario adaptar nuestro marco jurídico nacional a este período transitorio, para lo cual se aprobó el Real Decreto 41/2021, de 26 de enero, por el que se establecían las disposiciones específicas para la aplicación en los años 2021 y 2022 de los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014, 1077/2014 y 1078/2014.

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12
Q

APLICACIÓN EN ESPAÑA DE LA ACTUAL PAC

A

Posteriormente, con el fin de adaptar el marco jurídico nacional al europeo, a nivel nacional se ha adoptado un amplio paquete legislativo, conformado por un total de 19 normas, de entre las que cabe destacar:
 Ley 30/2022 por la que se regulan el sistema de gestión de la PAC y otras materias conexas.
 Real Decreto 1045/2022 sobre derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la Política Agrícola Común.
 Real Decreto 1046/2022 por el que se regula la gobernanza del Plan Estratégico de la PAC en España y de los fondos europeos agrícolas FEAGA y Feader.
 Real Decreto 1047/2022 por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la PAC.
 Real Decreto 1048/2022 sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la PAC, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
 Real Decreto 1049/2022 por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la PAC que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI).
 Real Decreto 1054/2022 por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria (SIEX), así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.
 Real Decreto 906/2022 por el que se regula la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
 Real Decreto 147/2023 por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el PEPAC.
Estas normas regulan cuestiones ligadas directamente a la gestión de las ayudas establecidas en el plan estratégico de la PAC, si bien dentro de este paquete normativo también se han aprobado otras normas que, si bien no afectan a las ayudas de la PAC, al regular la actividad agraria también contribuyen directamente a los objetivos establecidos en el plan estratégico. Estas normas son la relativa a la protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias (RD 47/2022), la que establece el marco de actuación para un uso sostenible de antibióticos en especies de interés ganadero (RD 992/2022), la que establece normas de sanidad y protección animal durante el transporte (RD 990/2022), la relativa al uso sostenible de los fitosanitarios (RD 1050/2022), la relativa a la nutrición sostenible de los suelos (RD 1051/2022), y la que modifica varias normas en materia de bienestar animal (RD 159/2023).

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13
Q

PRESUPUESTO DE LA NUEVA PAC PARA ESPAÑA

A

El presupuesto de la PAC para España en el periodo 2021-2027 se corresponde con 47.724 Millones de euros (M€) que se distribuyen de la siguiente manera:
 13.730 M€ en el periodo transitorio (2021-2022), para ayudas directas, ayudas de desarrollo rural y medidas de mercado.
 32.549 M€ para las medidas contenidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
 1.445 M€ para otras medidas fuera del Plan para el periodo 2023-2027, como el Programa de opciones específicas por la lejanía y la insularidad (POSEI) de las Islas Canarias, los programas de distribución de leche, productos lácteos, frutas y hortalizas en los centros escolares o los programas nacionales de información y promoción relativos a productos agrícolas en el mercado interior y en terceros países.

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14
Q

CONCLUSIÓN

A

La política agrícola común es una de las políticas de la UE más antiguas e importantes. Desde su creación en la década de 1960, ha garantizado los niveles más elevados del mundo en cuanto a seguridad alimentaria e inocuidad y calidad de los alimentos en Europa, si bien se ha modificado muchas veces para adaptarse a las necesidades cambiantes de los ciudadanos europeos y a los retos cada vez más globales.
A pesar de que sigue siendo en el fondo una política concebida para apoyar a los agricultores europeos y garantizar la seguridad alimentaria de Europa, la PAC de hoy en día supone mucho más que eso. Europa necesita un sector agrícola resistente, sostenible y competitivo a fin de garantizar la producción de alimentos inocuos, de alta calidad y asequibles para sus ciudadanos, y un sólido tejido económico y social en las zonas rurales, y la PAC contribuye significativamente a la consecución de estos objetivos.
La actual PAC, centrada en nueve objetivos claros que reflejan sus pilares económico, medioambiental y social, seguirá velando por el acceso a unos alimentos de alta calidad y un fuerte apoyo al modelo europeo de agricultura, único en el mundo, con un mayor hincapié en el medio ambiente y el cambio climático, facilitando la coordinación de la transición hacia un sector agrícola más sostenible y el desarrollo de unas zonas rurales dinámicas.

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