ÁREA 11: Tema 31.I: Política Pesquera Común Flashcards

1
Q

Introducción histórica

A

La PPC fue instaurada por el Tratado de Roma (1957). Inicialmente formaba parte de la PAC pero fue adquiriendo identidad propia según fue evolucionando la CE, proceso que empezó en 1970 cuando el Consejo adoptó medidas encaminadas a una OCM (organización común de mercado) para productos de la pesca.
De hecho, la pesca fue materia de negociaciones para la incorporación de DUKI (dinamarca, UK e Irlanda) en la UE en 1972.

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2
Q

Reformas de la PPC

A

REGLAMENTO DE 1983: Reglamento por el que se creaba la PPC de nueva generación: se adoptaban los conceptos de ZEE (zona económica exclusiva) y se establencían las medidas de TAC (totales autorizados de capturas) y cuotas. A partir de aquí la UE tuvo que adaptarse a la retirada de Groenlandia de la Comunidad en 1985 y la adhesión de España y Portugal en 1986 -> estos acontecimientos influyeron en el volumen y estructura de la flota comunitaria y en su capacidad de captura.

REGLAMENTO DE 1992: intentó paliar el grave desequilibrio existente entre la capacidad de la flota y las posibilidades de captura. La solución fue reducir la flota comunitaria + medidas estructurales (concepto del esfuerzo pesquero) para equilibrar los recursos disponibles y las actividades pesqueras. También se implementó un sistema de concesión de licencias.

REFORMA DE 2002: las medidas de 1992 no fueron eficaces para detener la sobrepesca. la reforma se plasmó en 3 Reglamentos que indicaban:
* Planes plurianuales de gestión (población) y recuperación (poblaciones en peligros) para asegurar un futuro sostenible.
* Se creó la EFCA (Agencia Europea de Control de la Pesca) con sede en Vigo para que los controles fueran más eficaces, transparentes y justos.
* Creación de Consejos Consultivos Regionales para la participación de los pescadores: pescadores + expertos científicos, asociaciones ecologistas, consumidores…

REFORMA DE 2013: La reforma de 2002 no cumplió con las expectativas a corto plazo -> en 209 se inició una nueva reforma que adoptó su marco jurídico en 2013 (el actual de la PPC) con 3 reglamentos fundamentales:
* R 1380/2013 sobre la PPC
* R 1379/2013 por el que se establece una OCM en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura
*R 508/2014 relativo al FEMP (Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca) modificado actualmente por el R 2021/1139 por el que se establece el FEMPA.

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3
Q

Objetivos de la PPC

A
  1. Sostenibilidad (MA, económica, social)
  2. Mantenimiento de las poblaciones
  3. Ecosistemas (reducir impacto negativo)
  4. Datos científicos
  5. Eliminar descartes
  6. Pesca extractiva/transformación
  7. Capacidad vs posibilidad pesca
  8. Actividades acuícolas
  9. Nivel de vida del sector
  10. Mercado interior
  11. Pesca costera
  12. Coherencia política (y MA) de la UE
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4
Q

Principios de la PPC

A

1) Ppio de la buena gobernanza basada en el asesoramiento científico y la coherencia con otras PC: definición clara de las responsabilidades a nivel de Unión, regional, nacional y local.
2) Ppio de libre acceso a las aguas y a los recursos: establece que los buques pesqueros de la UE tienen igualdad de acceso a las aguas y a los recursos de todas las aguas de la Unión. No obstante existe una excepción que se aplica dentro de la zona de 12 millas marinas (donde los EEMM poseían derechos de pesca exclusivos) y en la zona de 100 millas de las regiones ultraperiféricas (estas excepciones expiran a partir del 31/12/22).
3) Ppio de estabilidad relativa: los TAC se reparten entre los EEMM de modo que se garantice que el esfuerzo pesquero es globalmente estable.
4) Ppio de cautela: la insuficiencia de datos científicos no puede justificar el aplazamiento ni la falta de adopción de medidas para conservar las especis.

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5
Q

Instrumentos/pilares de la PPC

A
  • POLÍTICA DE MERCADOS
  • POLÍTICA DE RECURSOS
  • POLÍTICA ESTRUCTURAL PESQUERA
  • DIMENSIÓN EXTERIOR
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6
Q

Política de mercados de la PPC

A

Se articula a través de la OCM de los productos de la pesca y la acuicultura (R 1379/2013)
OBJETIVOS
- Contribuir a la consecución de los objetivos de la PPC
- Mejorar la competitividad del sector de la pesca y la acuicultura de la UE
- Incrementar la transparencia y estabilidad de los mercados
- Garantizar condiciones equitativas para todos los productos comercializados de la UE
- Garantizar al consumidor una oferta de productos diversificada

COMPONENTES
- Normas comunes de comercialización
- Organizaciones profesionales pesqueras (OPP) para fomentar el asociacionismo
- Disposiciones relativas a la información al consumidor
- Normas sobre competencias
- Información de mercados a través del EUMOFA (Observatorio Europeo del Mercado de los Productos de la Pesca y la Acuicultura)

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7
Q

Política de recursos de la PPC

A

OBJETIVO
Garantizar la viabilidad del sector a largo plazo a través de una explotación sostenible.

COMPONENTES
→ Conservación de los recursos pesqueros:
- Limitación de las capturas: Los TAC son las cantidades máximas de peces de poblaciones específicas que pueden capturarse (en toneladas o nº). Se calculan anualmente y se ajustan en fx del desarrollo. La Comisión prepara las propuestas basándose en los dictamenes científicos sobre la situación de las poblaciones. Los TAC se reparten por el Consejo de Ministros de Pesca en forma de cuotas nacionales entre los EEMM, que son distribuidas entre los pescadores. Para ello se aplica un % de asignación distitnto por país que se llama clave de estabilidad relativa. Los EEMM pueden intercambiarse cuotas entre sí. Cuando se agota toda la cuota disponible para una especie, el país correspondiente debe suspender la pesca.
En caso de las especies compartidas y gestionadas conjuntamente con países 3os, los TAC acordados a nivel de la UE tienen que estar en consonancia con los resultados de consulta que se llevan a cabo en estos países terceros.
- Obligación de desembarque: todas las capturas deberán conservarse a bordo, desemcarcarse y deducise de las cuotas. El pescado de talla inferior a la reglamentaria no podrá comercializarse para el consumo humano.
- Medidas técnicas: aparejos de pesca, composición y limite de pesca accidental, uso de aparejos de pesca selectivos, delimitaciones de zonas y periodos de veda, definición del tamaño mínimo de las especies

→ Estrategia a largo plazo para la gestión de recursos pesqueros:
- Planes plurianuales de gestión de las poblaciones y de recuperación de las poblaciones en peligro.
- Rendimiento Máximo Sostenible: captura máxima que puede extraerse de una población de peces manteniendo al mismo tiempo el tamaño de la población. Los planes plurianuales incluyen un objetivo de RMS y un plazo para cumplirlo.
→ Gestión de la flota: ajustar la capacidad de la pesca para garantizar un equilibrio estable y sostenicle entre capacidad y oportunidades de pesca.
- Definición del nº de buques y los tipos autorizados a pescar
- El registro de las flotas
- La obligación de los EEMM de notificar lam capacidad de su flota.

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8
Q

Política estructural pesquera

A

OBJETIVO
Adaptar la capacidad de la flota a las posibilidades de pesca existentes con objeto de poner fin a la sobrepesca.
COMPONENTES
Se financia por el FEMPA, que se fundamenta en los siguientes 3 ejes principales:
→ PESCA DE LA UE SOSTENIBLE DESDE EL PUNTO DE VISTA DEL MA
- inversión en artes de pesca más selectivos para eliminar los descartes, así como
contribución a la recolecta de equipos de pesca abandonados y de basura marina
- prioridad de la recogida de datos y los controles
- aplicación de medidas de conservación de las poblaciones, como las temporadas de
veda, así como paradas temporales para compensar a los pescadores afectados;
- congelación de las ayudas a los operadores que no cumplan las normas de la PPC
→ UN SECTOR PESQUERO DE LA UR COMPETITIVO
- ayuda inicial para pescadores de menos de 40 años de edad con un mínimo de cinco
años de experiencia profesional en el sector;
- ayuda al cese de actividad definitivo a fin de reducir la capacidad y los esfuerzos
pesqueros de la flota
- apoyo a la diversificación de los ingresos de los pescadores mediante actividades
auxiliares (por ejemplo, el turismo de la pesca);
- inversión a bordo para gestionar mejor las capturas y mejorar su calidad, así como
inversión en infraestructura portuaria para cumplir la obligación de desembarque;
- apoyo a la innovación, incluida la construcción de embarcaciones más modernas y
respetuosas con el medio ambiente;
- ayuda al almacenamiento como forma de regulación del mercado: contempla
compensaciones a los operadores del sector pesquero y de la acuicultura por lucro
cesante o costes adicionales, y compensaciones a las organizaciones de productores y sus asociaciones que almacenen productos de la pesca y la acuicultura conforme al R 1379/2013.
- apoyo a los planes de producción y comercialización elaborados por las
organizaciones de productores;
→ MEJORES CONDICIONES SOCIALES
- inversiones para mejorar las condiciones a bordo;
- formación profesional para pescadores;
- creación de un fondo mutuo de seguros para cubrir catástrofes naturales y
accidentes medioambientales o relacionados con la salud

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9
Q

Dimensión exterior

A

La UE, potencia pesquera de primer orden y el mayor mercado mundial de productos de la pesca, ejerce un papel importante en el fomento de la gobernanza en varias organizaciones internacionales. Ello implica elaborar y aplicar una política de gestión pesquera y, más generalmente, el Derecho del Mar.
Las Naciones Unidas adoptaron la Convención de las Naciones Unidas sobre el
Derecho del Mar (CNUDM) en 1982, una especie de Constitución para los océanos, por la que se reconoce el derecho de los Estados ribereños a controlar las capturas pesqueras en sus aguas aledañas. Si bien las ZEE ocupan tan solo el 35 % de la superficie total de los mares, en ellas se encuentra el 90 % de los recursos pesqueros mundiales. La CNUDM regula no solamente las ZEE, sino también la alta mar, y alienta a los Estados a cooperar con el fin de conservar y gestionar los recursos vivos en alta mar, mediante la creación de Organizaciones Regionales de Pesca.

La UE ha participado en la elaboración de 3 instrumentos que completan las disposiciones de la CNUDM:
- el Acuerdo para promover el cumplimiento de las medidas internacionales de
conservación y ordenación por los buques pesqueros que pescan en alta mar,
adoptado por la FAO.
- el Acuerdo para la Aplicación de las Disposiciones de la Convención de las
Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativas a la conservación y
ordenación de las poblaciones de peces transzonales y las poblaciones altamente
migratorias, denominado «Acuerdo de Nueva York»
- el Código de Conducta para la Pesca Responsable. La FAO aprobó en 1995 el
Código de Conducta Para la Pesca Responsable, vinculante a más de 170 países.
Sin embargo, la pesca Ilegal No Declarada y No Reglamentada sigue constituyendo un problema. Por ello, en 2001 los miembros de la FAO elaboraron el Plan de Acción Internacional contra la Pesca Ilegal No Declarada y No Reglamentada
(PAI-INDNR). La UE ha implementado este PAI desarrollando un Rgto 1005/2008
por el que se establece un sistema comunitario para prevenir, desalentar y eliminar la
pesca INDNR.

  • ACUERDOS BILATERALES DE PESCA
    a. Acuerdos de asociación en el sector pesquero: estos acuerdos se suscriben
    especialmente con países de África, del Caribe y del Pacífico (ACP), y Groenlandia, que
    tienen recursos pesqueros que no explotan plenamente. A cambio del acceso a sus zonas de pesca, la UE paga una compensación financiera y pacta con ellos unas medidas
    específicas destinadas a fomentar el desarrollo del sector pesquero así como a contribuir a una pesca sostenible en sus aguas. Por su parte, los armadores que desean faenar en el marco de estos acuerdos pagan un canon.
    b. Acuerdos septentrionales (“de reciprocidad”): implican un intercambio de
    posibilidades de captura entre las flotas de la UE y las de terceros países. Existen acuerdos de este tipo con Noruega, las Islas Feroe e Islandia. Estos acuerdos afectan sobre todo a especies «industriales» (utilizadas para la fabricación de harinas de pescado), principalmente el bacalao. Estos Acuerdos son sumamente importantes para un amplio segmento de la flota de la UE.
    Por ejemplo, el Acuerdo con Noruega representa cuotas por valor de más de 2.000 millones de euros. Sin embargo, en la actualidad, el acuerdo más importante en términos de compensación financiera y de derechos de acceso es el alcanzado con Mauritania, que supone una contrapartida de casi 62m€. Tras el primer acuerdo firmado en 1977 con los Estados Unidos, se ha firmado un total de 29 acuerdos, principalmente con países de ACP y con países del Atlántico Norte (Noruega, Islandia, las Islas Feroe y Groenlandia)
  • ACUERDOS MULTILATERALES DE PESCA:
    objetivo -> reforzar la cooperación regional a fin de garantizar la conservación y la explotación sostenible de los recursos pesqueros en alta mar y de las poblaciones de peces transzonales, así como la prevención de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada. La legislación aplicable en alta mar se basa en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, que entró en vigor en 1994.
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10
Q

Conclusión

A

Debido a la Guerra Ucrania-Rusia -> debido al aumento del precio del combustible la Comisión Europea ha activado el mecanismo de crisis previsto del FEMPA para compensar a los pescadores x el aumento de los costes y así evitar la paralización de la pesca y el desabastecimiento de los mercados.

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